Boletín Oficial de la República Argentina del 08/10/2015 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Jueves 8 de octubre de 2015

BOLETIN OFICIAL Nº 33.231

JUZGADO NACIONAL ENLOCRIMINAL
YCORRECCIONAL FEDERAL NRO. 1
SECRETARÍA ELECTORAL
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n 1, Secretaría Electoral en el distrito Capital Federal, a cargo de la señora Juez Federal, Dra. María R. Servini, hace saber, en cumplimiento de lo establecido en el art. 15
del Decreto n3213/84 que en los autos caratulados ZELAYETA, CELESTE s/EXCLUSION
DEL PADRON ELECTORAL - Art. 8 ley 346
ciudadanía española, Expte. N 1992/2014 se ha dictado la siguiente resolución: nos Aires, 18 de junio de 2014.- Córrasele traslado del dictamen fiscal obrante a fs. 6 a la ciudadana Celeste Zelayeta M.I. 24.196.808, para que en el término de quince 15 días hábiles a partir de la notificación de la presente, conteste y ofrezca prueba de descargo, en los término del artículo 15 del Decreto 3213/84 reglamentario de la ley 23.059. Fdo. María R. Servini. Juez Federal. Ante mí: Carlos M. Pascuali, Prosecretario Electoral Ad Hoc ñora Juez: Teniendo en cuenta lo que surge de las presentes actuaciones recibidas de la Excma. Cámara Nacional Electoral, referente a la ciudadana nativa argentina que ha adoptado la nacionalidad Española, lo dispuesto por los arts. 1 y 2 de la Ley 23.059 y art. 8 de la ley 346, corresponde que V.S. decrete la exclusión del padrón electoral y la suspensión en el ejercicio de los derechos políticos de la ciudadana Celeste Zelayeta M.I. 24.196.808, clase 1974.Fiscalía 11 de Junio de 2014. Fdo: Jorge Felipe Di LelloFiscal Electoral En Buenos Aires, a los 2 días del mes de septiembre de 2015.- María R. Servini Juez - Carlos M. Pascuali Prosecretario Electoral Ad Hoc e. 08/10/2015 N145904/15 v. 08/10/2015

JUZGADO NACIONAL ENLOPENAL
ECONÓMICO NRO. 8
SECRETARÍA NRO. 16
El Juzgado Nacional en lo Penal Económico n 8, a cargo del Dr. Gustavo D. MEIROVICH, Secretaría n16, a cargo de la Dra. Lorena DI GIRONIMO, en el que tramita la causa n522/2014
DEUTSCHECAR S.A.; OZAN, CARLOS; MARIANI, EDUARDO ANTONIO; PIQUERO, MARÍA CECILIA S/Inf. Art. 302, notifica mediante edicto y por el término de 2 días al Sr. Carlos Aníbal OZAN, que con fecha 2 de octubre de 2015 se resolvió citarlo en su carácter de presidente de la firma DEUTSCHECAR S.A, a prestar declaración indagatoria art. 294 del C.P.P.N, en orden a su participación en el hecho investigado en autos consistente en el libramiento y posterior rechazo de los cartulares de pago diferido Nros 00001198 y 00001199 pertenecientes a la cuenta corriente Nro. 005-13751/3
del Banco Santander Río, Sucursal Monserrat, para el día 30 de noviembre de 2015 a las 11
horas, bajo apercibimiento de ley en caso de ausencia injustificada. Para mayor recaudo se transcribe el auto que así lo ordena: Buenos Aires, 2 de octubre de 20153 En virtud de lo informado a fs. 131/132, cítese nuevamente a Carlos Aníbal OZAN, en su carácter de presidente de la firma DEUTSCHECAR S.A, a prestar declaración indagatoria art. 294 del C.P.P.N, en orden a su participación en el hecho investigado en autos consistente en el libramiento y posterior rechazo de los cartulares de pago diferido Nros 00001198 y 00001199 pertenecientes a la cuenta corriente Nro. 005-13751/3
del Banco Santander Río, Sucursal Monserrat, para el día 30 de noviembre de 2015 a las 11
horas, bajo apercibimiento de ley en caso de ausencia injustificada. Notifíquese por edictos, que se deberán publicar en el Boletín Oficial, por el término de 2 días. Fdo. Gustavo D. MEIROVICH. JUEZ NACIONAL. ANTE MÍ: Lorena DI
GIRONIMO, SECRETARIA DE JUZGADO.
GUSTAVO D. MEIROVICH Juez - Lorena DI GIRONIMO SECRETARIA
e. 08/10/2015 N153785/15 v. 09/10/2015

JUZGADO NACIONAL ENLOPENAL
ECONÓMICO NRO. 8
SECRETARÍA NRO. 16
El Juzgado Nacional en lo Penal Económico n 8, a cargo del Dr. Gustavo D. MEIROVICH, Secretaría n 16, a cargo de la Dra. Lorena

DI GIRONIMO, en el que tramita la causa n 82009336/1998 ACTUACIONES POR SEPARADO E C/N 9336. KYLE PATRICK NALENDRA S/Inf. Ley 22.415, notifica mediante edicto y por el término de 1 día al Sr. Steven Michael ROSARIO, que con fecha 4 de marzo de 2015 se resolvió DECLARAR EXTINGUIDA
POR PRESCRIPCIÓN LA ACCIÓN PENAL y, en consecuencia SOBRESEER DEFINITIVAMENTE
en la presente causa al Sr. Steven Michael ROSARIO de nacionalidad australiano, nacido el 28 de octubre de 1948 en India, Pasaporte Australiano NL6978456, en orden al hecho mencionado en la presente resolución. arts. 59 inc.
3, 62 2, 63, 67-4, b del Código Penal y 864
inc. b del Código Aduanero Y 334, 336 inc.
1 del C.P.P.N..-. Asimismo se resolvió DEJAR
SIN EFECTO LA DECLARACIÓN DE REBELDÍA
Y LEVANTAR LA ORDEN DE CAPTURA INTERNACIONAL dispuesta en estas actuaciones a fs. 834/834, respecto de Steven Michael ROSARIO, en virtud de la forma en la que se resuelve.
Para mayor recaudo se transcribe el auto que así lo ordena: Buenos Aires 4 de marzo de 2015AUTOS Y VISTOSY CONSIDERANDOSE RESUELVE: I DECLARAR EXTINGUIDA POR PRESCRIPCIÓN LA ACCIÓN PENAL
en la presente causa N8200 9336/1998 y, en consecuencia SOBRESEER DEFINITIVAMENTE
en la presente causa y respecto del Sr. Steven Michael ROSARIO de nacionalidad australiano, nacido el 28 de octubre de 1948 en India, Pasaporte Australiano NL6978456, en orden al hecho mencionado en la presente resolución.
arts. 59 inc. 3, 62 2, 63, 67-4, b del Código Penal y 864 inc. b del Código Aduanero Y 334, 336 inc. 1 del C.P.P.N..- II DEJAR SIN EFECTO
LA DECLARACIÓN DE REBELDÍA Y LEVANTAR
LA ORDEN DE CAPTURA INTERNACIONAL
dispuesta en estas actuaciones a fs. 834/834, respecto de Steven Michael ROSARIO, en virtud de la forma en la que se resuelve. III SIN
COSTAS arts. 530 y ccs. del C.P.P.N..
GUSTAVO D. MEIROVICH Juez - Lorena DI GIRONIMO SECRETARIA
e. 08/10/2015 N153818/15 v. 08/10/2015

JUZGADO NACIONAL ENLOCRIMINAL
DEINSTRUCCIÓN NRO. 15
SECRETARÍA NRO. 146
Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N 15, Secretaría N 146, cita y emplaza por cinco días a contar desde la última publicación del presente a ALEJANDRO FELIPE CRECO, a efectos que comparezca al Juzgado estar a derecho en la causa que se le sigue c/n4692/14
seguida en orden al delito de portación de arma de fuego sin autorización legal, a fin de recibirle declaración indagatoria, bajo apercibimiento de lo que hubiere lugar por derecho en caso de inasistencia. Publíquese por cinco días. Buenos Aires, 6 de enero de 2015.
Dra. Karina M. Zucconi Juez - Santiago Atucha Secretario e. 08/10/2015 N153928/15 v. 15/10/2015

JUZGADO NACIONAL ENLOCRIMINAL
DEINSTRUCCIÓN NRO. 15
SECRETARÍA NRO. 146
El Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción n15, Secretaría n146, cita y emplaza a Augusto César Parodi, D.N.I. nro. 13.214.044, en el marco de la causa nro. 72.073/14, seguida por el delito de defraudación por retención indebida, para que se presente dentro del tercer día de notificado, a fin de que se le reciba declaración indagatoria, bajo apercibimiento de lo que por derecho corresponda. Buenos Aires, 23 de septiembre de 2015.KARINA M. ZUCCONI Juez - SANTIAGO ATUCHA SECRETARIO
e. 08/10/2015 N153942/15 v. 15/10/2015

JUZGADO NACIONAL
ENLOCORRECCIONAL NRO. 4
SECRETARÍA NRO. 67
El Juzgado Nacional en lo Correccional n4 del Dr. Francisco Carlos Ponte, Secretaria n67 a
cargo del Dr. Julio Augusto Pedroso sito en Juncal n941, piso 1 de C.A.B.A., en el marco de la Causa n3913/2015, seguida en orden al delito de hurto, cita a Omar Vladimir RAMÍREZ
GALARZA peruano, Pasaporte n 6251651, nacido el 21 de mayo de 1980, con domicilio desconocidopara el día 2 de noviembre del corriente año a las 9.30 horas a los fines de prestar declaración indagatoria art. 294 del C.P.P.N., bajo apercibimiento de ley. Fdo.
Francisco Carlos Ponte, Juez. Ante mi: Julio Augusto Pedroso, Secretario. Buenos Aires, 5 de octubre de 2015. FRANCISCO CARLOS
PONTE Juez - JULIO AUGUSTO PEDROSO
SECRETARIO
e. 08/10/2015 N153926/15 v. 13/10/2015

JUZGADO NACIONAL ENLOCONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO FEDERAL NRO. 6
SECRETARÍA NRO. 12
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 6, a cargo del Dr. Enrique Lavié Pico, Secretaría Nº12, a cargo del Dr. Marcelo Bruno dos Santos, sito en la calle Tucumán 1381, 1º piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cita y emplaza al Sr. Buglione, Oscar Abel, a fin de que dentro del quinto día, contados a partir de la última publicación, comparezca a estar a derecho ante este Tribunal, oponga excepciones y constituya domicilio en el radio del Juzgado, en los autos caratulados AFIP-DGI
C/ READ, NESTOR ABEL Y OTRO S/ EJECUCION FISCAL - AFIP, Expte. Nº12349/2007, bajo apercibimiento de designarle Defensor Oficial para que lo represente en juicio. El auto que ordena el presente dice: Buenos Aires, 24 de octubre de 2014.- publíquense edictos por dos días en el diario Página 12
y en el Boletín Oficial, este último mediante comunicación electrónica por Secretaría Res. CSJN nº 1687/12, citándose al codemandado Oscar Abel Buglione, por cinco días, a partir de la última publicación, para que comparezca a estar a derecho y oponga excepciones, bajo apercibimiento de nombrar al Sr. Defensor Oficial para que lo represente en juicio arts. 145, 146, 147, 343
y concordantes del Código Procesal. Fdo.
Enrique Lavié Pico, Juez Federal.ENRIQUE LAVIE PICO Juez - ADRIANA CHRISTEN PROSECRETARIA ADMINISTRATIVA
e. 08/10/2015 N153869/15 v. 09/10/2015

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 3
SECRETARÍA NRO. 6
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 3, Secretaría N 6, comunica por cinco días que con fecha 14 de septiembre de 2015 se decretó la quiebra de MESPLET LARRAÑAGA Y GIACCONE S.A.C.A.I.F con CUIT 30-52169522-2.
Los acreedores podrán presentar los títulos justificativos de sus créditos ante el síndico Cont. Luis Ricardo Kralj, con domicilio en Bouchard 468 piso 5 I, Capital Federal, hasta el día 15 de diciembre de 2015. El síndico deberá presentar los informes de los arts. 35
y 39 de la ley 24.522 los días 02 de marzo de 2016 y 18 de abril de 2016 respectivamente.
Se intima a los terceros que tuvieren bienes o documentos del fallido a que los entreguen en el término de cinco días al síndico previniéndose a dichos terceros la prohibición de hacer pagos al mismo bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. Se intima a la fallida a que: a presente los requisitos exigidos en los incisos 2 a 5 del art. 11 de la LCQ en tres días y correspondiere y en igual término, los mencionados en los incisos 1 a 7 del citado artículo; b constituya domicilio procesal en el término de 48 horas bajo apercibimiento de practicar las sucesivas notificaciones en los estrados del Juzgado;
c entregue al síndico sus libros, papeles y bienes en el término de 24 hs.
JORGE S. SICOLI Juez - BLANCA B.GUTIERREZ
HUERTAS SECRETARIA
e. 08/10/2015 N153761/15 v. 15/10/2015

19

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 6
SECRETARÍA NRO. 12
El Juzgado Nacional en lo Comercial nº 6, a cargo de la Dra. Marta G. Cirulli, Secretaría nº12, a cargo del Dr. Ernesto Tenuta, sito en Av.
Diagonal Norte Pte. Roque Sáenz Peña 1211, piso 2º de la ciudad de Buenos Aires; comunica por cinco días que en los autos American the Globe S.R.L, Expediente n30249/2014 con fecha 24 de septiembre de 2015 se ha decretado la quiebra de American the Globe S.R.L CUIT
20-14867610-1, siendo el síndico actuante el contador Oscar Alfredo Arias, con domicilio en la calle Carlos Pellegrini 1063, piso 11; TE:
1328-4342/4294 donde los acreedores deberán concurrir para presentar los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 3.12.2015. Se prohíbe a los terceros realizar pagos al fallido, caso contrario serán ineficaces. Asimismo, se intima al fallido y a cuantos tengan bienes o documentos del mismo a ponerlos a disposición del funcionario. Deberá el fallido, dentro de las veinticuatro horas, entregar a la sindicatura los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. Intímase al fallido para que constituya domicilio dentro del radio del Juzgado y en el plazo de 48 horas bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados del Juzgado. MARTA G. CIRULLI Juez - ERNESTO TENUTA SECRETARIO
e. 08/10/2015 N154046/15 v. 15/10/2015

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 17
SECRETARÍA NRO. 34
En los autos caratulados PROCONSUMER
C/ OMINT S.A. DE SERVICIOS S/ SUMARÍSIMO Expediente Nº 20690/10, iniciados con fecha 10 de junio de 2010, en trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N17, a cargo de Federico A. Gerri, Secretaria N 34, a cargo de Fernando Delgado, sito en la calle Marcelo T. de Alvear 1840, 3º piso, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se ha resuelto comunicar, mediante la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial por el plazo de 24 hs., a todos los consumidores afiliados y ex afiliados de OmintS.A. de Servicios cualquiera fuere el plan contratado que hayan sufrido aumentos en la respectiva factura mensual aplicados en razón de la edad a partir del mes de junio del año 2000 y hasta la actualidad a ejercer el derecho de exclusión previsto en el art. 54 de la ley 24.240 2 párrafo dentro del plazo de sesenta días contados desde la recepción de la nota de contenido similar a la presente publicación que la parte demandada Omint enviará a sus afiliados para que puedan manifestar su deseo de no ser abarcados por la sentencia a dictarse en estas actuaciones. Los involucrados podrán autoexcluirse mediante la presentación en autos de una nota simple sin necesidad de firma de letrado dentro del plazo mencionado. El art. 54 de la ley 24.240 establece que la sentencia que haga lugar a la pretensión hará cosa juzgada para el demandado y para todos los consumidores o usuarios que se encuentren en similares condiciones, excepto de aquellos que manifiesten su voluntad en contrario previo a la sentencia
La parte actora en las presentes actuaciones es la Asociación Protección Consumidores del Mercado Común del Sur-Proconsumer con domicilio en la calle Viamonte 885, 2º piso, CABA, y la parte demandada es la empresa de medicina prepaga Omint S.A. de Servicios Ayacucho 1781, CABA. El objeto de la acción es el siguiente: 1 la nulidad de la cláusula contractual del contrato de adhesión suscripto por los clientes consumidores del servicio de medicina prepaga ofrecido por Omint, en donde se disponga uno o varios aumentos tarifarios según la edad del consumidor; 2 la nulidad de la cláusula contractual del contrato de adhesión suscripto por los clientes consumidores del servicio de medicina prepaga ofrecido por Omint, que autorice a dicha firma a rescindir sin causa el contrato sin que medie incumplimiento del consumidor; 3 la devolución de los importes cobrados a los clientes consumidores del servicio de medicina prepaga ofrecido por Omint, en concepto de aumentos por la edad de los mismos, con más sus intereses, calculados a las tasas activas percibidas por el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuentos de documentos de terceros de sus clientes, debiendo abstenerse además, en caso de comprobarse que dicha infracción se

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Boletín Oficial de la República Argentina del 08/10/2015 - Segunda Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data08/10/2015

Conteggio pagine36

Numero di edizioni9392

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione15/07/2024

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