Boletín Oficial de la República Argentina del 27/04/2015 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Lunes 27 de abril de 2015

2014, los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo y sus equivalentes por el ejercicio finalizado en esa fecha y las notas 1 a 30 y los anexos A a L, N y O que los complementan. Asimismo, hemos examinado el estado de situación patrimonial consolidado de la Entidad con su sociedad vinculada que se indica en la nota 6 a los estados contables individuales al 31 de diciembre de 2014, los correspondientes estados consolidados de resultados y de flujo de efectivo y sus equivalentes, las notas 1 a 4 y el anexo B por el ejercicio finalizado en esa fecha, que se presentan como información complementaria. Además hemos revisado la memoria del Directorio correspondiente a dicho ejercicio. Los documentos citados constituyen información preparada y emitida por el Directorio de la Entidad, en ejercicio de sus funciones exclusivas. Nuestra responsabilidad consiste en emitir una opinión sobre dichos documentos basados en el examen efectuado con el alcance descripto en el apartado 2.
2. Nuestro examen fue practicado de acuerdo con normas de sindicatura vigentes. Dichas normas requieren que el examen de los estados contables se efectúe de acuerdo con las normas de auditoría vigentes, e incluyan la verificación de la razonabilidad de la información significativa de los documentos examinados y su congruencia con la restante información sobre las decisiones societarias de las que hemos tomado conocimiento, expuestas en actas de Directorio y Asamblea, así como la adecuación de dichas decisiones a la ley y los estatutos, en lo relativo a los aspectos formales y documentales.
Para realizar nuestra tarea profesional, hemos considerado la auditoría efectuada por los auditores externos de la Entidad, KPMG, quienes emitieron su informe de auditoría con fecha 13 de febrero de 2015, el cual contiene una opinión favorable con una salvedad originada en las diferencias entre la aplicación de normas contables del Banco Central de la República Argentina B.C.R.A. y las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires detalladas en nota 10 a los estados contables. Una auditoría requiere que el auditor planifique y desarrolle su tarea con el objetivo de obtener un grado razonable de seguridad acerca de la inexistencia de manifestaciones no veraces o errores significativos en los estados contables. Una auditoría incluye examinar, sobre bases selectivas, los elementos de juicio que respaldan la información expuesta en los estados contables, así como evaluar las normas contables utilizadas, las estimaciones significativas efectuadas por la Entidad, y la presentación de los estados contables tomados en su conjunto.
Dado que no es responsabilidad de la Comisión Fiscalizadora efectuar un control de gestión, el examen no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Entidad, cuestiones que son de incumbencia exclusiva de su Directorio.
Asimismo, en relación con la Memoria del Directorio correspondiente al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2014, hemos verificado que contiene la información requerida por el artículo 66 de la Ley de Sociedades Comerciales y, en lo que es materia de nuestra competencia, que sus datos numéricos concuerdan con los registros contables de la Entidad y otra documentación pertinente.
3. Conforme se indica en la nota 10 a los estados contables, los mismos han sido preparados de acuerdo con las normas contables establecidas por el B.C.R.A., lo cual implica ciertos apartamientos respecto a lo dispuesto por las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El efecto de dichos apartamientos es cuantificado en dicha nota.
4. Sobre la base del examen efectuado señalado en el apartado 2, estamos en condiciones de expresar que las cifras de los estados contables mencionados en el apartado 1, presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación patrimonial y financiera de Banco de Servicios y Transacciones S.A. al 31 de diciembre de 2014, los resultados de sus operaciones, las variaciones en su patrimonio neto y el flujo de efectivo y sus equivalentes por el ejercicio finalizado en esa fecha, así como la situación patrimonial y financiera consolidada de la Entidad y su sociedad vinculada al 31 de diciembre de 2014, los resultados consolidados de sus operaciones y el flujo de efectivo y sus equivalentes consolidado por el ejercicio finalizado en esa fecha, de acuerdo con las normas contables establecidas por el B.C.R.A., y excepto por lo mencionado en el apartado 3, con las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
5. Manifestamos, asimismo, que durante el ejercicio hemos realizado, en cuanto correspondían, las tareas previstas por el artículo 294 de la Ley N19.550.
6. En relación con la Memoria del Directorio, no tenemos observaciones que formular en materia de nuestra competencia, siendo las afirmaciones sobre hechos futuros responsabilidad exclusiva del Directorio de la Sociedad.
Asimismo, hemos realizado una revisión del Informe emitido por el Directorio de la Entidad sobre el grado de cumplimiento del Código de Gobierno Societario acompañado como anexo a la Memoria, respecto del cual no tenemos observaciones que formular en cuanto a su veracidad.
7. Hemos revisado la situación de cumplimiento de las garantías de los directores de acuerdo a las Resoluciones N20/04 y 07/05 de la Inspección General de Justicia y al respecto no tenemos observaciones que formular.
8. Los estados contables surgen de los registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes y las normas reglamentarias del Banco Central de la República Argentina, y cumplen con lo dispuesto en la Ley de Sociedades Comerciales y en las resoluciones pertinentes de la Comisión Nacional de Valores.
9. Hemos aplicado los procedimientos sobre prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo previstos en las correspondientes normas profesionales emitidas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
10. Al 31 de diciembre de 2014, la Entidad registra el patrimonio neto mínimo y contrapartida líquida requerida por la normativa de la Comisión Nacional de Valores acorde a la exigencia aplicable a las actividades vinculadas al mercado de capitales que desarrollaba la Entidad al 31 de diciembre de 2014, según se menciona en Nota 8 a los estados contables individuales indicados en el párrafo 1.
11. De acuerdo con lo requerido por la Resolución General N 368 y sus modificatorias de la Comisión Nacional de Valores informamos que:
i las políticas de contabilización aplicadas para la preparación de los estados contables mencionados en el apartado 1 están de acuerdo con las normas contables del B.C.R.A, y excepto por los apartamientos indicados en el apartado 3, con las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y ii los auditores externos han desarrollado su auditoría aplicando las normas de auditoría vigentes.
Dichas normas requieren la independencia y la objetividad de criterio del auditor externo en la realización de la auditoría de los estados contables.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 13 de febrero de 2015.
GUILLERMO GONZÁLEZ FISCHER, Por Comisión Fiscalizadora.
e. 27/04/2015 N28777/15 v. 27/04/2015

BOLETIN OFICIAL Nº 33.117

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Boletín Oficial de la República Argentina del 27/04/2015 - Segunda Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data27/04/2015

Conteggio pagine72

Numero di edizioni9380

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione03/07/2024

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