Boletín Oficial de la República Argentina del 11/10/2012 - Segunda Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Jueves 11 de octubre de 2012
1241 caratulada: MULTIGRANOS CEREALES
S.A. SOBRE INFRACCION LEY 24.769, lo que a continuación se transcribirá, en sus partes pertinentes: Buenos Aires, 31 de mayo de 2012.
AUTOS Y VISTOS: Y CONSIDERANDO: 1º Que el objeto del presente proceso el cual fue iniciado el 20/10/2010 - consiste en la supuesta evasión de pago de la suma de $107.817,26
en concepto de Impuesto a las Ganancias correspondiente al ejercicio fiscal 2005 a la que se habría encontrado obligada la contribuyente MULTIGRANOS CEREALES S.A. SE RESUELVE: I. SOBRESEER TOTALMENTE en la presente causa Nº1329/2010 1241, caratulada: MULTIGRANOS CEREALES S.A. SOBRE INFRACCION
LEY 24.769 con relación a Marcelo Raúl CANO, Gustavo ALVAREZ en orden al hecho descripto por la consideración 1º, con los alcances del art. 336 inc. 1º, del C.P.P.N. II. SIN COSTAS
arts. 530 y cctes. del C.P.P.N.. FDO. DIEGO
GARCIA BERRO. JUEZ. ANTE MI: PATRICIA
ROXANA MIERES. SECRETARIA. Publíquese por cuatro días.
Nancy Beatriz Garon, secretaria.
e. 11/10/2012 Nº102156/12 v. 16/10/2012


JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL TRIBUTARIO N 2 SECRETARIA UNICA
El JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL
TRIBUTARIO Nº 2, SECRETARIA UNICA, sito en Sarmiento 1118, piso 3º de la ciudad de Buenos Aires, notifica al señor Daniel Omar TRACOGNA L.E. Nº 8.406.928, lo resuelto con fecha 12/9/2012 en el marco de la causa Nº 1.623/2003 34 caratulada RONDINE S.A.
SOBRE INFRACCION LEY 24.769, lo que a continuación se transcribirá, en sus partes pertinentes: Buenos Aires, 12 de septiembre de 2012. AUTOS Y VISTOS: Y CONSIDERANDO: 1º Que los hechos que constituyen el objeto procesal en los presentes actuados, con relación a Daniel Omar TRACOGNA, se hallan circunscriptos a las supuestas omisiones de depósito, dentro de los diez días hábiles administrativos de vencidos los plazos de ingreso, de los importes retenidos en concepto de aportes previsionales a los dependientes de .: a SOLVING S.R.L. ., con relación a los períodos fiscales: noviembre/2000 $ 40.530,78, febrero/2001 $ 15.249,89, julio/2001 $ 14.316,66, agosto/2001 $ 15.247,24, septiembre/2001
$ 15.318,12, octubre/2001 $ 13.363,54 y diciembre/2001 $ 14.110,64; y b SOLVENS
S.A. , relativos a los períodos fiscales: noviembre/2000 $ 33.776,79, febrero/2001
$ 34.702,20, abril/2001 $ 40.745,34, junio/2001 $53.475,27, julio/2001 $34.682,75, agosto/2001 $ 35.010,44, septiembre/2001
$ 31.031,34, octubre/2001 $ 29.202,90, noviembre/2001 $ 16.307,21, diciembre/2001
$ 25.876,46 y enero/2002 $ 14.269,45. 5º Que trasladadas las consideraciones precedentes al sub lite cabe concluir que la ley penal vigente en la actualidad art. 9º de la ley Nº24.769
según la reforma introducida por el art. 8º de la ley Nº26.735, confr. consid. 3º, en el caso concreto es más benigna que la que se encontraba vigente al momento de los hechos investigados en autos en lo que respecta a los períodos fiscales referidos por la consideración 1º punto a a excepción de noviembre/2000 y 1º punto b exclusivamente los relacionados con los meses noviembre/2001 y enero/2002 -art. 9º de la ley Nº 24.769 según su redacción original, confr.
consid. 2º-; ya que en tales casos los montos supuestamente retenidos y no depositados, no superan, respectivamente, el de $20.000 al cual actualmente se hace referencia por la disposición reformada. En consecuencia, corresponde en el sub lite, con el alcance que surge del párrafo anterior, aplicar en forma retroactiva el art. 9º de la ley 24.769 según el texto establecido por el art. 8º de la ley Nº 26.735, a partir de lo cual los hechos mencionados en el párrafo precedente resultan atípicos, procediendo el dictado de un auto de sobreseimiento parcial con relación a aquéllos en función de lo previsto por los arts. 334 y 336 inc. 3º del C.P.P.N. SE
RESUELVE: I. SOBRESEER PARCIALMENTE en la presente causa Nº1623/2003 34 con relación a Daniel Omar TRACOGNA, con respecto a los hechos referidos por la consideración 5º -arts. 334, 335 y 336 inc. 3º, del C.P.P.N.- II. DECLARAR que la formación de este proceso con relación a los hechos mencionados en el punto anterior no afectó el buen nombre y honor de que hubiere gozado el allí nombrado art. 336 último párrafo, del C.P.P.N.. III. DEJAR PARCIALMENTE sin efecto, en función a lo resuelto por la presente, la orden de paradero y comparendo dispuesta por el punto III del pronunciamiento de fs. 5478/5483 respecto de los hechos referidos
por el punto I de la presente decisión y de Daniel Omar TRACOGNA. FDO. DIEGO GARCIA BERRO. JUEZ. ANTE MI: PATRICIA ROXANA MIERES. SECRETARIA. Publíquese por cuatro días.
Nancy Beatriz Garon, secretaria.
e. 11/10/2012 Nº102170/12 v. 16/10/2012


JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL TRIBUTARIO N 2 SECRETARIA UNICA
El JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL TRIBUTARIO Nº 2, SECRETARIA UNICA, sito en Sarmiento 1118, piso 3º de la ciudad de Buenos Aires, notifica a Elizabeth Julia NAVARRO MATIAS D.N.I. Nº92.560.339, lo resuelto con fecha 2/10/2012 en el marco de la causa Nº792/2005
346 caratulada: TICINENSE S.A. SOBRE INFRACCION LEY 24.769, lo que a continuación se transcribirá, en sus partes pertinentes: Buenos Aires, 2 de octubre de 2012. AUTOS Y VISTOS: Y CONSIDERANDO: 1º Que los hechos que constituyen en objeto procesal de estas actuaciones con relación a. Elizabeth Julia NAVARRO MATIAS son las supuestas evasiones de pago: a del Impuesto al Valor Agregado correspondiente al ejercicio anual 2001
períodos fiscales mensuales 2/2001 a 6/2001
por la suma de $ 248.154.70; b del Impuesto al Valor Agregado correspondiente al ejercicio anual 2002 períodos fiscales mensuales 7/2001
a 6/2002 por la suma de $ 596.750,53; c del Impuesto al Valor Agregado correspondiente al ejercicio anual 2003 períodos fiscales mensuales 7/2002 a 1/2003 y 3/2003 a 6/2003
por la suma de $ 523.424,81; d del Impuesto al Valor Agregado correspondiente al ejercicio anual 2004 períodos fiscales mensuales 7/2003 a 6/2004 por la suma de $765.028,60;
e del Impuesto al Valor Agregado correspondiente al ejercicio anual 2005 períodos fiscales mensuales 7/2004 a 6/2005 por la suma de $ 765.660,43; f del Impuesto a las Ganancias correspondiente al ejercicio fiscal 2001 por la suma de $151.925,87; g del Impuesto a las Ganancias correspondiente al ejercicio fiscal 2002
por la suma de $205.929,95; y h del Impuesto a las Ganancias correspondiente al ejercicio fiscal 2005 por la suma de $245.948,31. Tales hechos se habrían cometido mediante la omisión de presentar, en todos los casos, las correspondientes declaraciones juradas impositivas y, asimismo, a través de la presunta utilización de personas físicas interpuestas, con la finalidad de ocultar la verdadera identidad de los sujetos responsables de las obligaciones tributarias derivadas de la actividad gravada de la contribuyente TICINENSE S.A SE RESUELVE: I. DECLARAR
EXTINGUIDAS POR PRESCRIPCION LAS ACCIONES PENALES con relación a Elizabeth Julia NAVARRO MATIAS y a los hechos referidos por la consideración 1º, apartados a, b, c, d, e y f, en consecuencia, SOBRESEER
PARCIALMENTE en la presente causa respecto a los nombrados y a aquellos sucesos arts. 59, inc. 3º y 62, inc. 2º, 63 y 67 del C.P., arts. 334
y 336, inc. 1º, del C.P.P.N. III. SOBRESEER
PARCIALMENTE también en las presentes actuaciones con relación a Elizabeth Julia NAVARRO MATIAS y a los hechos mencionados por los apartados g y h de la consideración 1º art. 336 inc. 3º del C.P.P.N.. IV. DECLARAR
que la formación de este proceso, en relación a los hechos referidos por el punto III, no afectó el buen nombre y honor del que hubieren gozado los allí nombrados art. 336 último párrafo, del C.P.P.N. FDO. DIEGO GARCIA BERRO. JUEZ.
ANTE MI: PATRICIA ROXANA MIERES. SECRETARIA. Publíquese por cinco días.
Nancy Beatriz Garon, secretaria.
e. 11/10/2012 Nº102150/12 v. 17/10/2012

JUZGADO NACIONAL EN LO
CRIMINAL Y CORRECCIONAL
FEDERAL N 7
SECRETARIA N 14
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 7 Interinamente a cargo del Dr. Norberto M. Oyarbide, Secretaría Nº 14
a cargo del Dr. Jorge García Davini en causa Nº 11.271/10 Caratulada: N.N. s/Falsificación de Moneda, Notifica mediante la publicación de edictos a Diego Alfredo Apaza Antezana DNI. Nº 32.534.903 que deberá presentarse en la sede del Tribunal sito en la Avda. Comodoro Py Nº2002 Piso 4º de la Ciudad de Buenos Aires, dentro del tercer día a contar desde la publicación del presente a fin de recibirle declaración indagatoria, Art. 294 del C.P.P.N. Bajo Apercibimiento de que en caso de no hacerlo será declarado rebelde. Buenos Aires, 04 de
BOLETIN OFICIAL Nº 32.498

octubre de 2012 A efectos de prestar declaración indagatoria en los términos del art. 294
del C.P.P.N., publíquese edictos de conformidad con lo normado por el art. 150 del C.P.P.N..
Notifíquese.- Fdo. Dr, Norberto M. Oyarbide, Juez Federal. Ante mi. Dr. Jorge García Davini.
Secretario Federal, El Presente edicto se publicará por un día en el Boletín Oficial.- Dr. Norbeto Oyarbide. Juez Federal. Ante Mí. Jorge García Davini, Secretario Federal.
e. 11/10/2012 Nº102173/12 v. 11/10/2012

JUZGADO NACIONAL EN LO
CRIMINAL DE INSTRUCCION N 7
SECRETARIA N 121

El Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción nro. 7, Secretaría nro. 121, cita y emplaza a Jorge Daniel Talquenca, cuyos demás datos personales se desconocen, en la causa nro.
53.454/07, seguida por el delito de encubrimiento, con el objeto que dentro del tercer día de notificado se haga presente en el tribunal, a fin de fijar a su respecto fecha para recibirle declaración indagatoria, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde art. 288 y concordantes del C.P.P.N y ordenar su paradero y posterior citación en caso de inasistencia injustificada. Omar Anibal Peralta -Juez de InstruccionAnte mí: SIlvina B. Damiano Secretaria.
Buenos Aires, 03 de octubre de 2012.
e. 11/10/2012 N 102136/12 v. 11/10/2012


JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL DE INSTRUCCION N 7 SECRETARIA N 121
El Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción nro. 7, Secretaría nro. 121, cita y emplaza a Pablo Ariel Aguirre, indocuementado, nacido el 8 de agosto de 1989, con último domicilio conocido en Pino Achado 3347, Florencio Varela, provincia de Buenos Aires, en la causa Nº 19.842/12, seguida por el delito de robo en tentativa, con el objeto que dentro del tercer día de notificado se haga presente en el tribunal, a fin de fijar a su respecto fecha para recibirle declaración indagatoria, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde art. 288 y concordantes del C.P.P.N y ordenar su paradero y posterior citación en caso de inasistencia injustificada. Buenos Aires, 12 de diciembre de 2012. Omar Anibal Peralta -Juez de InstruccionAnte mí: SIlvina B.
Damiano Secretaria.
e. 11/10/2012 Nº102320/12 v. 17/10/2012

JUZGADOS NACIONALES
EN LO COMERCIAL

N 1
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 1, a cargo como Juez del Dr.
Alberto Alemán, Secretaría Nº2, a cargo del Dr.
Juan Pablo Sala, sito en Av. Roque Sáenz Peña 1211, 5º piso de esta Capital Federal, comunica por cinco días que con fecha 20 de septiembre de 2012, se decretó la quiebra de LLOYD
AEREO BOLIVIANO S.A. s/QUIEBRA CUIT Nº 30-50700547-7, Expediente Nro. 98706-, en la que se designó síndico al Ctdor. MANUEL CAMILO ARIAS, con domicilio en AV. CONGRESO
2629 PISO 9º B, de esta capital, ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 7 de diciembre de 2012.
Se intima al deudor para que cumplimente los siguientes recaudos: a Se abstenga de salir del país sin previa autorización del Tribunal art.
103 L.C.. b Se prohíben los pagos y entrega de bienes al fallido, so pena de considerarlos ineficaces y c Se intima a quienes tengan bienes y documentación del fallido para que los pongan a disposición del síndico en cinco días. d Intímase al fallido para que en el plazo de 48 horas constituya domicilio dentro del radio del Juzgado, bajo apercibimiento de tenerlo por constituído en los Estrados del Juzgado. art. 88, inc. 7º L.C..
Buenos Aires, 04 de octubre de 2012.
Juan Pablo Sala, secretario.
e. 11/10/2012 Nº102184/12 v. 17/10/2012


JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL

N 16

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial No. 16, Secretaria No. 160 a cargo de Dra. María Virginia Villarroel - Juez P.A.S., sito en Avda. Callao 635, PB, Capital Federal, cita a Mario Martín Duarte en los autos: Banco Cetelem
48

Argentina SA c/Duarte Mario Martín s/Ejecutivo Expt.: 28275, para que en el plazo de cinco días comparezca a estar a derecho y oponer excepciones, bajo apercibimiento de designar Defensor Oficial para que lo represente art. 531:2 y 146/147
del CPCC. El presente edicto deberá publicarse por 1 día en el Boletín Oficial.
Buenos Aires, 17 de agosto de 2012.
María Agustina Ballester, secretaria.
e. 11/10/2012 Nº 102703/12 v. 11/10/2012


JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL

N 20

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 20 a cargo del Dr. Eduardo E.
Malde Secretaría Nº 39 a mi cargo, en los autos caratulados ADMINISTRACION Y SERVICIOS
ERIKA SA S/QUIEBRA hace saber que con fecha 20/09/2012 se decretó la quiebra de ADMINISTRACION Y SERVICIOS ERIKA SA CUIT nro.
30-64357674-7 y que hasta el día 05/12/12 los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación al síndico IGNACIO ALBERTO BILON
con domicilio constituído en la calle Reconquista 715 piao 4 of E así como los títulos justificativos de sus créditos. El síndico presentará los informes previstos en los arts. 35 y 39 de la ley 24.522 los días 27/02/13 y 17/04/13, respectivamente. Prohíbese hacer pagos y/o entrega de bienes al fallido so pena de considerarlos ineficaces, intimando al fallido y a terceros que tengan bienes del fallido para que los pongan a disposición del síndico dentro del quinto día. Asimismo, intímase al fallido para que dentro del quinto día dé cumplimiento a lo dispuesto opr el artículo 88 inc. 3 y 4 LCQ. Intímase a la fallida y en su caso sus administradores a efectos de que dentro de las 48 hs. constituya domicilio procesal bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado. Para ser publicado en el Boletín oficial por el término de cinco días sin pago previo.
Buenos Aires, 4 de octubre de 2012.
Ana V. Amaya.
e. 11/10/2012 N 102133/12 v. 17/10/2012


JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N 20
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº20, a cargo del Dr. Eduardo E. Malde, Secretaría Nº40, a mi cargo, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, piso 4, CABA, en los autos caratulados: MEHTCE EMILIO ESTEBAN S/ QUIEBRA
EXPTE. 066756, hace saber que con fecha 14 de septiembre de 2012 se ha decretado la quiebra del Sr. EMILIO ESTEBAN MEHTCE. DNI 18.388.271
- CUIT 20-18388271-7, y que los acreedores podrán verificar sus créditos hasta el día 13/12/2012
por ante el síndico IDA IRENE NUSSENBAUM, con domicilio en Lavalle 2024, piso 5, CABA, en los términos del art. 32 de la ley 24.522. El síndico deberá presentar los informes previstos en los arts. 35 y 39 de la ley citada, los días 01/03/2013
y 12/04/2013 respectívamente. Se ha dispuesto, asimismo la prohibición de hacer pagos y/o entrega de bienes a la fallida so pena de considerarlos ineficaces, intimandose a la fallida y terceros que tengan bienes del fallido para que los pongan a disposición del síndico dentro del quinto día. Se ha dispuesto, además la intimación a la fallida para que entregue al síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. Para ser publicado en el Boletín oficial por el término de cinco días, sin pago previo.
Buenos Aires, 02 de octubre de 2012.
Guillermo M. Pesaresi, secretario.
e. 11/10/2012 Nº102152/12 v. 17/10/2012


JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL

N 21

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº21, a cargo del Dr. Germán Paez Castañeda, Secretaría Nº 41, a cargo de la Dra.
Andrea Rey, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, 3º piso, de esta Capital Federal, comunica por cinco días que en los autos cartulados. ESTHETICS
GROUP SRL s/Quiebra Expte. Nºde 1ra. instancia: 057029, que con fecha 14 de septiembre de 2012, se decretó la quiebra de Esthetics Group SRL CUIT 30-70994032-1, en la que se designó síndico al contador Victorio José Noriega,con domicilio en Juana Azurduy 3443 PB, ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 13 de diciembre de 2012 de lunes a viernes de 10 a 13hs. El síndico presentará los informes previstos en los arts. 35 y 39 LCQ los días 4 de marzo de 2013 y 18 de abril de 2013, respectivamente. Se intima al deudor para que cumplimente los siguientes recaudos: a constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/10/2012 - Segunda Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data11/10/2012

Conteggio pagine68

Numero di edizioni9411

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione03/08/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Octubre 2012>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031