Boletín Oficial de la República Argentina del 02/03/2012 - Segunda Sección

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Segunda Sección
Viernes 2 de marzo de 2012

3. Edictos Judiciales
3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.
CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS

NUEVAS

cias e impuesto al valor agregado, ambas, del período anual 2005 no constituyen delito arts.
334, 335, 336, inciso 3 y ss. del Código Procesal Penal de la Nación; artículo 2 del Código Penal, 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 15, ap. 1, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, con expresa mención de que la sustanciación de este proceso -con respecto a estos hechosen nada ha afectado el buen nombre y honor de que hubieran gozado Fdo. Javier López Biscayart. Juez.
Ante Mí: Enrique Decarli. Secretario.
Secretaría, 22 de febrero de 2012.
Máximo Nicolás Díaz, secretario e. 02/03/2012 Nº18361/12 v. 08/03/2012


JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL TRIBUTARIO NRO. 1 SECRETARÍA UNICA -

JUZGADOS NACIONALES EN LO
PENAL TRIBUTARIO
N 1
El Juzgado Nacional en lo Penal Tributario nro. 1 de Capital Federal, a cargo del Dr. Javier López Biscayart -sito en la calle Sarmiento 1118, 3er. piso de esta ciudad-, tel.: 4124-7070
notifica a Ernesto Miguel Reynoso D.N.I. nro.
12.425.940, que en la causa nro. 748/05 Int.
504, caratulada: Colombo, Pedro Angel y otros -contribuyente: Coltarco S.A.- sobre evasión tributaria simple se ha dictado la siguiente resolución: Buenos Aires, 9 de febrero de 2012
Autos y Vistos Y Considerando Resuelvo:
I. Sobreseer a Ernesto Miguel Reynoso por cuanto los hechos denunciados no constituyen delito arts. 334; 335; 336, inciso 3 y ss. del CPPN; 2º del CP; 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y el art. 15, ap. 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos con la expresa mención de que la formación del presente proceso en nada afecta el buen nombre y honor de que hubiera gozado art.
336, in fine, del CPPN. II. Disponer las costas en el orden causado art. 530 y 531 del CPPN, eximiendo a los sobreseídos de las comunes.
Protocolícese y regístrese. Notifíquese al agente Fiscal en su despacho y a la imputada mediante cédula urgente o telegrama, según corresponda.
Oportunamente, devuélvase la documentación y archívese. Fdo. Javier López Biscayart. Juez.
Ante mí: Máximo Nicolás Díaz. Secretario.
Buenos Aires, 22 de febrero de 2012.
e. 02/03/2012 Nº18371/12 v. 08/03/2012


JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL TRIBUTARIO NRO. 1 SECRETARÍA UNICA -

El Juzgado Nacional en lo Penal Tributario nro. 1 de Capital Federal, sito en la calle Sarmiento 1118, 3er. piso, a cargo del Dr. Javier López Biscayart, notifica a Anibal Hugo Rodríguez argentino, nacido el 13 de diciembre de 1946
y titular del D.N.I. nro. 8.263.946 y Oscar Julio Rodríguez argentino, nacido el 14 de febrero de 1952 y titular del D.N.I. nro. 10.263.230, que en los testimonios de la causa nro. 1705/05, registrados bajo el número de interno 1265, caratulados: N.N. - contribuyente: Futura Hnos. S.R.L.
sobre evasión tributaria simple se ha dictado lo siguiente: Buenos Aires 17 de febrero de 2012 En atención al resultado negativo de la notificación que antecede, notifíquese a Aníbal Hugo Rodríguez y Oscar Julio Rodríguez lo resuelto el 13 de febrero pasado por edictos
Fdo. Javier López Biscayart. Juez. Ante Mí: Enrique Decarli. Secretario. Otro: Buenos Aires, 13 de febrero de 2012. Autos y Vistos Y Considerando Resuelvo: I. Declarar, en cuanto a los hechos de evasión tributaria simple del impuesto a las ganancias ejercicio fiscal 2006, y del impuesto al valor agregado períodos fiscales del ejercicio anual 2006, presuntamente cometidos en beneficio de Futura Hnos. S.R.L., que no se puede proceder en razón de la suspensión del ejercicio de la acción penal establecida en el artículo 3 de la ley 26476, mientras no se produzca el rechazo o la caducidad del acogimiento doctrina de la Cámara Nacional de Casación Penal, Sala II, Reg. 17.348. Y, por esa razón, no se puede proceder respecto de Aníbal Hugo Rodríguez, Oscar Julio Rodríguez y Rubén Eduardo Rodríguez; todos, de las demás condiciones personales obrantes en autos doctrina de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, Sala B, Reg. 408/10. II. Sobreseer parcialmente a Aníbal Hugo Rodríguez, Oscar Julio Rodríguez y Rubén Eduardo Rodríguez; todos, de las demás condiciones personales obrantes en autos, por cuanto los hechos investigados evasión tributaria del impuesto a las ganan-

El Juzgado Nacional en lo Penal Tributario nro. 1 de Capital Federal, a cargo del Dr. Javier López Biscayart, Secretaría única, -sito en la calle Sarmiento 1118, 3er. piso de esta ciudad, teléfono: 4124-7070- notifica a Diego Hernán Tomio DNI nro. 25.682.692, Víctor Rubén Domínguez DNI nro. 13.556.433, María Victoria Tomio DNI nro. 24.957.727 y Ramón Epifanio Ocampo DNI nro. 11.075.246, en la causa nro.
1705/05 int. 600, caratulada: N.N. -Contribuyente: Tomio Ingenieria S.A. - sobre evasión tributaria simple que en el marco de la causa de referencia se dictó la siguiente resolución:
Buenos Aires, 22 de febrero de 2012 Resuelvo: sobreseer, parcialmente, a Diego Hernán Tomio, Víctor Rubén Domínguez, María Victoria Tomio, Elías Jorge Tomio, Ramón Epifanio Ocampo y Alfredo Norberto Greco; todos, de las demás condiciones personales obrantes en autos, en orden a la presunta evasión tributaria simple del concepto salidas no documentadas del artículo 37 de la ley 20628 del ejercicio anual 2004, en virtud de que no constituye delito artículo 336, inciso 3 del Código Procesal Penal de la Nación;
artículo 2 del Código Penal, 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 15, ap.
1, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, con expresa mención de que la sustanciación de este proceso, con relación a este hecho, en nada ha afectado el buen nombre y honor de que hubieran gozado. Protocolícese.
Regístrese. Notifíquese al agente Fiscal en su despacho; a la querella, los sobreseídos presentados en autos y sus defensores, mediante cédula urgente, con copia del presente. Fdo.
Javier López Biscayart. Juez. Ante mí: Máximo Nicolás Días. Secretario.
Buenos Aires, 23 de febrero de 2012.
e. 02/03/2012 Nº18365/12 v. 08/03/2012


JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL TRIBUTARIO

N 2

El Juzgado Nacional en lo Penal Tributario Nº2, Secretaría Unica, sito en Sarmiento 1118, piso 3º de la ciudad de Buenos Aires, notifica a Marcelo Ignacio Rioboo D.N.I. Nº 14.882.624, lo resuelto con fechas 9/11/11 y 16/2/12 en los autos Nº1304/2008 988 caratulados: Atalaya Consultores en Seguridad S.A. sobre Infracción Ley 24.769, lo que a continuación se transcribirá, en sus partes pertinentes: Buenos Aires, 9
de noviembre de 2011. Autos Y Vistos Y Considerando Se Resuelve: I.- Sobreseer parcialmente en la causa y respecto de Marcelo Ignacio Rioboo, en orden a la supuesta evasión de pago del Impuesto al Valor Agregado correspondiente al ejercicio anual 2004 períodos enero a diciembre de 2004, al que se encontraría obligada la empresa Atalaya Consultores en Seguridad S.A.
C.U.I.T. Nº 30-70850856-6, con los alcances del art. 336 inc. 2º del C.P.P.N. II.- Declarar que la formación del proceso con relación al hecho descripto por el punto anterior no afectó el buen nombre y honor que hubiere gozado Marcelo Ignacio Rioboo artículo 336 último párrafo, del C.P.P.N IV.- Invitar a Marcelo Ignacio Rioboo a designar defensor de su confianza dentro del quinto día de notificado, caso contrario, se le designará al Defensor Público Oficial ante los Juzgados Nacionales en lo Penal Tributario, Dr.
Hernán De Llano, y se tendrá por constituido su domicilio en la sede de la Defensoría Oficial sita en la calle Suipacha Nº570, piso 5º de esta ciudad Fdo: Fdo. Diego García Berro. Juez. Ante Mí: Patricia Roxana Mieres. Buenos Aires, 16
de febrero de 2012. Autos y Vistos Y Considerando Se Resuelve: I. Sobreseer totalmente en la presente causa Nro. 1304/2008 988 con relación a Marcelo Ignacio Rioboo, cuyas demás condiciones personales obran en autos; con respecto a la supuesta evasión de pago de la suma de $130.322,93 en concepto de Impuesto al Valor Agregado correspondiente al ejercicio anual
BOLETIN OFICIAL Nº 32.349

2005 períodos fiscales mensuales 1/05 a 12/05
al que se encontraría obligada la contribuyente Atalaya Consultores en Seguridad S.A arts.
334, 335 y 336 inc. 3º, del C.P.P.N.. II. Declarar que la formación de este proceso no afectó el buen nombre y honor de que hubieren gozado los nombrados en el punto anterior art. 336 último párrafo, del C.P.P.N.. III. Sin Costas arts.
530, 531 y 532 del C.P.P.N Fdo: Fdo. Diego García Berro. Juez. Ante Mí: Patricia Roxana Mieres.
Nancy Beatriz Garon, secretaria.
e. 02/03/2012 Nº18326/12 v. 08/03/2012

JUZGADO NACIONAL EN LO
CRIMINAL DE INSTRUCCION N 25
SECRETARIA N 161

El Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº25, Secretaría Nº161, cita y emplaza por tres días a contar desde la última publicación, a José Edmundo Correa DNI Nº18.058.038, con último domicilio en Yerbal 5960 piso 13 dpto. A
de esta ciudad, para que se presente ante el tribunal toda vez que se da en autos el estado de sospecha al que alude el art. 294 del C.P.P.N.
a fin de recibirle declaración indagatoria, bajo apercibimiento de declararlo rebelde. Publíquese por tres días.
Buenos Aires, 8 de febrero de 2012.
H. Diego Donarini, secretario ad-hoc.
e. 02/03/2012 Nº18383/12 v. 06/03/2012

JUZGADOS NACIONALES EN LO
COMERCIAL
N 4

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº4 Secretaría Nº8 de Capital Federal, sito en Diagonal R. S. Peña 1211, 1º piso, of 101, comunica que en autos: Sirius Tankers S.A
s/Concurso Preventivo Expte. 093439, con fecha 30 de diciembre de 2011, declaró la apertura del concurso preventivo de Sirius Tankers S.A., CUIT 30-71106594-2, debiendo los acreedores por causa o título anterior a la presentación, formular al síndico el pedido de verificación de sus créditos hasta el día 18 de abril de 2012.
El estudio sindical Bi-lenca-Ghiglione-Sabor;
Contadores Públicos, con domicilio en Lavalle 1675, piso 7º, of. 13, tel. 4374-1280 recibirá los pedidos de lunes a viernes días hábiles judiciales en el horario de 12 a 18hs. El Síndico deberá presentar los informes del art. 35 el día 04 de junio de 2012 y del art. 39, el día 01 de agosto de 2012. La audiencia informativa se fijó para el día 21 de febrero de 2013 a las 10hs. El presente deberá publicarse por cinco días en el Boletín Oficial.
Buenos Aires, 15 febrero de 2012.
Josefina Conforti, secretaria ad-hoc.
e. 02/03/2012 Nº19018/12 v. 08/03/2012


JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL

N 10

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 10, a cargo del Dr. Héctor Osvaldo Chomer, secretaría N 19, a cargo del Suscripto, sito en Callao 635 P.B, Cap. Fed., comunica por cinco días que con fecha 06/02/2012
se ha decretado la quiebra de Wolfenson Band Alejandro s/Quiebra, en la cual ha sido designado síndico el contador María Cecilia Mori con domicilio constituido en Joaquín V. Gonzalez 3156 CABA Cap. Fed., ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes justificativos de sus creditos hasta el día 30/04/2012 L.C: 32 en el horario de 12 a 18 hs. El informe individual del síndico deberá presentarse el día 13/06/2012, y el general el día 01/08/2012 art. 35 y 39 de la citada ley. Intímese al fallido y a terceros para que pongan a disposición del síndico la totalidad de los bienes del deudor en la forma que sea más apta para que el funcionario concursal tome inmediata y segura posesión de los mismos. A los efectos de la realización de bienes déjese constancia que no se realizarán más citaciones que la edictal y que se procederá a la venta en los términos de la L.C.: 217,1, realizándose el patrimonio con inmediata distribución de los fondos entre los acreedores verificados, sin perjuicio de las reservas para los insinuados. Decrétase la inhabilitación definitiva de la fallida y la de sus integrantes por el plazo de un año contado desde la fecha de la presente art. 234 a 238 de la ley 24.522. Intimese a la fallida a que dentro de 24 hs. entregue los libros de comercio y demás
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documentos relacionados con su contabilidad al sindico. Intímese al fallido para que en el plazo de cinco días cumpla con los requisitos del art.
11 inc. 7 de la ley 24.522 conforme art. 86. Prohíbase a los terceros hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. Intímese al fallido para que dentro de las 48 hs. constituya domicilio en esta jurisdicción, bajo apercibimiento de tenerlo por constituído en los términos de los arts. 41 y 133
del CPCCN.
Buenos Aires, 22 de febrero de 2012.
Leandro Sciotti, secretario.
e. 02/03/2012 N 18285/12 v. 08/03/2012


JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 10 SECRETARÍA NRO. 20 -

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº10 a cargo del Dr. Héctor Osvaldo Chomer, secretaría Nº20 a cargo de la Suscripta, sito en Callao 635 P.B. C.A.B.A., comunica por cinco días que con fecha 23.2.2012 se decretó la quiebra de Vitruvius S.R.L., con C.U.I.T.
Nº 30-70976109-5, en la cual se ha mantenido como síndico al Estudio Ledesma y Asociados, con domicilio constituido en Av. Córdoba 1.351
Piso 8º C.A.B.A., ante quien los acreedores posteriores a la presentación en concurso preventivo deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes justificativos de sus créditos hasta el 30.3.2012 ley 24.522: 32 en el horario de 12:00 a 18:00hs. El informe individual del síndico deberá presentarse el 18.5.2012
y el general el 3.7.2012 art. 35 y 39 de la citada ley. Intímase al fallido y a terceros para que pongan a disposición del síndico la totalidad de los bienes del deudor en la forma que sea más apta para que dicho funcionario tome inmediata y segura posesión de los mismos. Prohíbese a los terceros hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. A los efectos de la realización de bienes déjese constancia que no se realizarán más citaciones que la edictal y que se procederá a la venta en los términos de la L.C.: 217, realizándose el patrimonio con inmediata distribución de los fondos entre los acreedores verificados, sin perjuicio de las reservas para los insinuados. Se libra el presente en los autos Vitruvius S.R.L. s/
Quiebra, expte Nº092130, en trámite ante este Juzgado y Secretaría.
Buenos Aires, febrero 24 de 2012.
Fernanda Andrea Gómez, secretaria.
e. 02/03/2012 Nº18558/12 v. 08/03/2012


JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL

N 12

EL Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 12, a cargo del Dr. Hernán Diego Papa, Secretaría N 23, a cargo del Dr. Jorge Luis Médici, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, Planta Baja, comunica por cinco días que en los autos: Argentwist S.R.L. s/Quiebra con fecha 7
de febrero de 2012 se ha declarado en estado de quiebra a Argentwist S.A., CUIT 30-71073645-2
insc. bajo el N 8745, L 129, T S.R.L. con fecha 27 de agosto de 2008, que el Síndico designado es el contador Gustavo Ariel Fiszman, con domicilio en la calle Emilio Mitre 435, 6 H de esta ciudad, ante quien los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos, hasta el 16 de abril de 2012. Fijanse hasta los días 30 de mayo de 2012 y 12 de julio de 2012 el término para que la sindicatura presente los informes previstos por el art. 35 y del art. 39
de la L.C.Q., respectivamente. La fallida dentro de las 24 hs. de notificada deberá hacer entrega a la Sindicatura de sus bienes, libros de Comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. Se prohiben los pagos y entregas de bienes a la fallida so pena de considerarlos ineficaces e intímase a quienes tengan bienes y documentos de la misma, para que los pongan a disposición del Sindico dentro del término de cinco días, bajo apercibimiento de ley. Intímase al fallido para que dentro del plazo de 48 hs.
constituya domicilio procesal dentro del radio del juzgado bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado.
En Buenos Aires, 24 de febrero de 2012.
Jorge Médici, secretario.
e. 02/03/2012 N 18277/12 v. 08/03/2012


JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL

N 18

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº18, Secretaría Nº36, sito en M.
T. de Alvear 1840, piso 3º, hace saber por cinco días que con fecha 27.12.2011 se ha decretado la quiebra a Espacios Verdes del Oeste SRL
Inscripta en la IGJ con fecha 06.10.1999 bajo el Nº 7746, Lº 111 de SRL CUIT: 30-70202179-7

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 02/03/2012 - Segunda Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data02/03/2012

Conteggio pagine28

Numero di edizioni9408

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione31/07/2024

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