Boletín Oficial de la República Argentina del 22/06/2011 - Segunda Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Miércoles 22 de junio de 2011

3. Edictos Judiciales
3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.
CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS

NUEVAS
% 16 %

TRIBUNAL ORAL EN LO
CRIMINAL FEDERAL
JUJUY

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy en los autos caratulados: Acosta José Rafael s/
Infracción Ley 23.737, resuelve:
ICondenar a José Rafael Acosta, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de Cuatro Años y Cinco Meses de prisión, y multa de pesos doscientos veinticinco $ 225 por resultar autor responsable del delito de Tenencia de Estupefaciente con fines de comercialización, previsto y sancionado en el art. 5 inc. c de la ley 23.737, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena conforme art. 12 del Código Penal y las costas del juicio.
II.- Ordenar que por Secretaría se realice el cómputo de pena.
III.- Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
IV.- Remitir al condenado al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la condena privativa de libertad en unidad carcelaria a su cargo.
V.- Evaluar la permanencia de José Rafael Acosta en la U. 8 del S.P.F por acercamiento familiar.
VI.- Mandar que por Secretaría se registre este fallo, y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. Jorge Luis Villada.- René Vicente Casas. Ante mí: Efraín Ase, Secretario.
e. 22/06/2011 Nº73022/11 v. 22/06/2011

% 16 %
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy en los autos caratulados: Fiscalía General Nº2
Requiere Instrucción s/Infracción Ley 23.737, resuelve:
I.- Condenar a Ariel Gustavo Mamani, de las calidades personales obrantes en el exordio, a la pena de Cuatro Años de Prisión y multa de pesos doscientos veinticinco $225, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, art. 12 C.P. y las costas del juicio, por resultar el nombrado autor responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, previsto y sancionado por el art. 5º inc. c de la ley 23.737.
II.- Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 03 de Abril de 2013, y diez días para el pago de multa y costas del juicio.
III.- Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
IV.- Imponer al nombrado la medida de seguridad curativa de desintoxicación y rehabilitación del art. 16 de la ley 23.737 por el tiempo necesario.
V.- Remitir a Ariel Gustavo Mamani al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en una unidad carcelaria a su cargo.
VI.- Mandar que por Secretaría se registre este fallo, y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. René Vicente Casas, Juez de Cámara. Ante mí: Efraín Ase, Secretario.
e. 22/06/2011 Nº73014/11 v. 22/06/2011

% 16 %
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy el los autos caratulados: García, Carlos Javier s/
Infracción Ley 23.737, resuelve:
I.- Condenar a Carlos Javier García de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de Cuatro Años y Quince Días de Prisión y multa de Pesos Doscientos Veinticinco $ 225 con más la de Inhabilitación Absoluta por el tiempo de la condena, Art. 12 C.P., y las costas del juicio, por resultar autor responsable del delito de
transporte de estupefacientes, Art. 5 inc. c de la ley 23.737.
IIDeclarar reincidente a Carlos Javier García.
III.- Cómputo de la Pena. Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 22 de junio de 2014 y diez días para el pago de multa y costas del juicio.
IV.- Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
V.- Remitir a Carlos Javier García al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la condena privativa de libertad en unidad carcelaria a su cargo.
VI.- Evaluar la permanencia del interno Carlos Javier García en la U.8 del Servicio Penitenciario Federal por razones laborales.
VII.- Mandar que por Secretaría se registre este fallo, y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. José Luis Villada.- René Vicente Casas.- Marta Liliana Snopek. Ante mi:
Efraín Ase, Secretario.
e. 22/06/2011 Nº73003/11 v. 22/06/2011

% 16 %
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy en los autos caratulados: Quintanilla Gómez, Jenny Neisa s/Infracción Ley 23.737, resuelve:
I.- Condenar a Yenny Neisa Quintanilla Gómez de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de Cuatro Años de Prisión y multa de Pesos Doscientos Veinticinco $225 con más la de Inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, Art. 12 C.P. y las Costas del juicio, por resultar autora responsable del delito de transporte de estupefacientes, Art. 5 inc. c de la ley 23. 737.
II.- Computo de la Pena, fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el 10 de agosto de 2014 y diez días para el pago de multa y costas del juicio.
III.- Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
IV.- Remitir a Yenny Neisa Quintanilla Gómez al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la condena privativa de libertad en unidad carcelaria a su cargo.
V.- Mandar que por Secretaría se registre este fallo, y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. Jorge Luis Villada.- René Vicente Casas. Ante mí: Efraín Ase, Secretario.
e. 22/06/2011 Nº73008/11 v. 22/06/2011

% 16 %

JUZGADOS NACIONALES EN LO
COMERCIAL
N 4
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comerciar Nº4, Secretaría Nº8, hace saber por cinco días en autos J.N.C. S.A. s/Concurso Preventivo que con fecha 02/06/11 se ha abierto el concurso preventivo de J.N.C. S.A., C.U.I.T. Nº30-70996948-6, fijándose hasta el día 10/8/2011 para que los acreedores por causa o título anterior a la presentación en concurso acaecida con fecha 16/5/2011 y sus garantes formulen el pedido de verificación de sus créditos a la Síndica Cdora María Inés Palermo, con domicilio en la calle Florida 336, 2º P, 203, CABA
quien los recibirá de 14 a 18 hs.. Fijase el día 22/9/2011 para que la sindicatura presente el informe individual art. 35 L.C. y el día 04/11/2011
para la presentación del informe general art.
39 L.C.. La audiencia informativa se celebrará el 18/5/12 a las 10hs. Para ser publicado en el Boletín Oficial.
Buenos Aires, 14 de junio de 2011.
Josefina Conforti, secretaria ad-hoc, e. 22/06/2011 Nº73602/11 v. 28/06/2011

% 16 %

N 12

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 12, a cargo del Dr. Hernán Diego Papa, Secretaría Nº23, mi cargo, comunica por dos días que en los autos Banco Argenfe SA s/
Quiebra se ha presentado tercer proyecto de distribución de fondos.
Buenos Aires, 3 de junio de 2011.
Alberto F. Pérez, secretario.
e. 22/06/2011 Nº73620/11 v. 23/06/2011

% 16 %
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº12, Secretaría Nº24 sito en Marcelo T. de Alvear 1840 PB, Capital Federal, comunica por cinco días que en los autos caratulados Servipallets SA, expediente Nº090350, con fecha 2 de junio de 2011 encontrándose re-

BOLETIN OFICIAL Nº 32.175

unidos los requisitos contemplados en el art. 46
y 77, de la ley 24522, de conformidad con el art.
88 del mismo cuerpo legal se ha declarado en estado de quiebra a Servipallets S.A. CUIT 3070198827-9, que la síndico es la ctdora. Susana L. Erusalimsky, con domicilio en la calle Espinosa 2501 Capital Federal, a quien los acreedores hasta el día 22 de agosto de 2011 deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos. El día 3 de octubre de 2011, el síndico deberá presentar el informe individual previsto por el art. 35
de la LC. El día 15 de noviembre de 2011 la síndico deberá presentar el informe general art. 39
LC. Se intima a la fallida para que dentro de las 24hs cumpla con los recaudos establecidos en el art. 86 de la ley 24.522 y entregue a la síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. Se prohibe hacer pagos y entrega de bienes de la fallida so pena de considerarlos ineficaces. Se intima a la fallida y a los terceros a fin de que entreguen dentro de las 72hs. a la síndico todos los bienes de la deudora que se encontraren su poder.
Buenos Aires, 14 de junio de 2011.
Jorge L. Médici, secretario.
e. 22/06/2011 Nº72996/11 v. 28/06/2011

% 16 %

N 13

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº13, a cargo del Dr. Fernando J.
Perillo, Secretaría n 26, a cargo interinamente del Dr. Javier Martín Taillade, sito en Marcelo T.
Alvear 1840, 4º piso de esta Capital Federal, comunica por cinco días que con fecha 14 de junio de 2011, se decretó la quiebra de Bellisomi Joyeros S.A. CUIT 30-52352562-6 con domicilio en la calle Lavalle 357 piso 2 de esta Ciudad de Buenos Aires e inscripta en la I.G.J con fecha 10
de septiembre de 1984, bajo el número 6048 del Libro 97 Tomo A de las Sociedades por Acciones, siendo desinsaculado como síndico la Cdora. Isabel Ana Ramirez, con domicilio en la calle Tte. Gral Peron 2082 piso 2 D de esta ciudad y teléfono Te: 4951-7193, ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos art.
32 L.C.Q hasta el día 19 de septiembre de 2011.
El síndico presentará los informes previstos en los arts. 35 y 39 L.C.Q los días 1 de noviembre de 2011 y 15 de diciembre de 2011 respectivamente. Se intima a la fallida y a los terceros que entreguen al síndico los bienes que tengan en su poder, al igual que los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad, previniéndose a los terceros la prohibición de hacer pagos a la misma bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. Asimismo, se intima a los directores de la fallida para que dentro del quinto día cumplimente la información requerida por el art. 11 de la ley 24.522, bajo apercibimiento de considerar su conducta obstructiva y de ocultamiento patrimonial, procediendo a iniciar las acciones legales pertinentes encaminada a reconstruir patrimonialmente el activo de la falente. Deberá asimismo la deudora constituir, en el plazo de 48hs., domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado y que cumplan en lo pertinente con los requisitos del art. 86 segundo párrafo de la ley citada. El auto que ordena el presente dice:
Buenos Aires, 14 de junio de 2011. publíquense edictos por 5 cinco días en el Boletín Oficial Fdo. Fernando J. Perillo. Juez.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 14 días del mes de junio de 2011.
Javier Martín Taillade, secretario interino.
e. 22/06/2011 Nº73130/11 v. 28/06/2011

% 16 %
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº13, a cargo del Dr. Fernando J.
Perillo, Secretaría n 26, a cargo interinamente del Dr. Javier Martín Taillade, sito en Marcelo T.
Alvear 1840, 4º piso de esta Capital Federal, comunica por cinco días que con fecha 14 de junio de 2011, se decretó la quiebra de Szalkowicz León CUIT 20-5597455-4 con domicilio en la calle Matienzo 1541 piso 7 de esta Ciudad de Buenos Aires, siendo desinsaculado como síndico la Cdora. Isabel Ana Ramirez, con domicilio en la calle Tte. Gral Peron 2082 piso 2 D de esta ciudad y teléfono Te: 4951-7193, ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos art. 32 L.C.Q hasta el día 19 de septiembre de 2011. El síndico presentará los informes previstos en los arts. 35 y 39 L.C.Q los días 1 de noviembre de 2011 y 15 de diciembre de 2011 respectivamente. Se intima a la fallida y a los terceros que entreguen al síndico los bienes que tengan en su poder, al igual que los libros de
16

comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad, previniéndose a los terceros la prohibición de hacer pagos a la misma bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. Asimismo, se intima a la fallida para que dentro del quinto día cumplimente la información requerida por el art. 11 de la ley 24.522, bajo apercibimiento de considerar su conducta obstructiva y de ocultamiento patrimonial, procediendo a iniciar las acciones legales pertinentes encaminada a reconstruir patrimonialmente el activo de la falente. Deberá asimismo la deudora constituir, en el plazo de 48hs., domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado y que cumplan en lo pertinente con los requisitos del art. 86 segundo párrafo de la ley citada. El auto que ordena el presente dice:
Buenos Aires, 14 de junio de 2011. publíquense edictos por 5 cinco días en el Boletín Oficial Fdo. Fernando J. Perillo. Juez.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 14 días del mes de junio de 2011.
Javier Martín Taillade, secretario interino.
e. 22/06/2011 Nº73133/11 v. 28/06/2011

% 16 %

N 18

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 18, Secretaría nro. 35, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, 3º Piso de la Ciudad de Buenos Aires, hace saber por cinco días que con fecha 30 de mayo de 2011 se resolvió decretar la quiebra de María Lucrecia Vernengo Lima, con DNI: 347.669, CUIT Nº27-00347669-9; haciéndose saber a los acreedores que el síndico Oscar Alfredo Arias con domicilio en Carlos Pellegrini 1063, 11º piso de esta Ciudad, recepcionará hasta el día 4 de agosto de 2011 sus solicitudes de verificación y los títulos justificativos de sus créditos. El informe individual previsto por el art. 35 L.C.Q. deberá presentarse el día 16 de septiembre de 2011 y el informe general del art.
39 L.C.Q. el día 28 de octubre de 2011. Se ha dado orden e intimado a la fallida para que entregue sus bienes al síndico; cumpla los requisitos a que se refiere el art. 89 de la ley de concursos y entregue al síndico dentro de las 24:00hs. sus libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. Asimismo, se ha decretado la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. El presente se libra por mandato de SS en los autos caratulados: Vernengo Lima María Lucrecia s/Quiebra Expte.
Nº 056774, en trámite por ante este Juzgado y Secretaría.
Buenos Aires, 10 de junio de 2011.
Santiago Doynel, secretario.
e. 22/06/2011 Nº73031/11 v. 28/06/2011

% 16 %

N 20

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº20, Secretaría Nº40, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, 4to piso, Capital Federal, en los autos caratulados Banco Alas Coop. Ltdo s/Quiebra hace saber la presentación del 4º proyecto de distribución de fondos, el cual podrá se observado en el término de diez días desde la última publicación. Edicto para ser publicado por dos días en el Boletín Oficial.
Buenos Aires, 3 de junio de 2011.
Ana V. Amaya, secretaria.
e. 22/06/2011 Nº73623/11 v. 23/06/2011

% 16 %

N 26

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº26, a cargo de la Dra. Maria Cristina OReilly, Secretaría Nº 51, a mi cargo, sito en Callao 635 1º piso de esta ciudad, comunica por cinco dias, en los autos caratulados: Mallarini Jorge Alberto s/Quiebra expte Nº 053436, la declaración de quiebra de Mallarini Jorge Alberto DNI 16.304.334, CUIT 20-16304334-4
con domicilio real en la calle Huergo 331, 7 piso, dpto D, Capital Federal, debiendo los señores acreedores presentar los títulos justificativos de créditos hasta el día 8/08/2011 ante el Síndico Gabriel Alejandro Fridman con domicilio en Dorrego 169 piso 2º G, quién presentará el informe individual de los créditos el día 20/09/2011
y el informe general el día 2/11/2011. Se intima a los acreedores del fallido y a cuantos tengan bienes y documentos del mismo, a ponerlos a disposición del Síndico dentro de las 24 horas, prohibiéndose hacer pagos o entrega de bienes so pena de considerarlos ineficaces. Se intima al fallido para que en el término de 48 horas constituyan domicilio procesal y para que entregue al Síndico dentro de las 24 horas los libros de co-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 22/06/2011 - Segunda Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data22/06/2011

Conteggio pagine52

Numero di edizioni9412

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione04/08/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Junio 2011>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930