Boletín Oficial de la República Argentina del 09/05/2011 - Segunda Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Lunes 9 de mayo de 2011
Gatto Antonio sobre quiebra: expte. Nº42.494, que el señor martillero Omar Gandini C.U.I.T.
20-04.263.475-2 rematará públicamente el día viernes 20 de mayo de 2.011, a las 11 horas, en sala de actos de la calle Jean Jaures Nº545
de la Capital Federal, un furgón marca Volkswagen, dominio URJ 665, motor BZ509290, chasis s/Nº a causa de la corrosión; en el estado que se encuentra. Se exhibe: 18 de mayo de 2.011, entre las 15 y 16 horas, en el depósito judicial ubicado en la intersección de las calles Romain Rolland y José Darragueyra, de la localidad de Los Polvorines, Partido de Malvinas Argentinas, Provincia de Buenos Aires. Sin Base de venta:
Seña 30%, en efectivo o mediante cheque certificado sobre banco de plaza, a la orden del Banco de la Cdad. de Buenos Aires, Sucursal Tribunales. El saldo de precio consistente en el 70% restante deberá ser abonado dentro del quinto día de aprobado judicialmente el remate, sin interpelación previa del Tribunal. Acordada 24/2.000 de C.S.J.N. 0,25%. Comisión 10%. Los gastos que se devenguen en concepto de honorarios, sellados, impuestos y otros -aún aquellos que pudieren estar a cargo de la parte vendedoraque tengan directa vinculación con las transferencias de dominio a realizarse oportunamente favor del adquirente en pública subasta, incluyendo entre otros, a las diligencias tendientes a la inscripción registral del bien, al levantamiento de medidas cautelares o cancelación de prendas, estarán a cargo exclusivamente del comprador. Respecto de las deudas por impuestos, tasas, contribuciones y multas las mismas se distribuirán de la siguiente forma: las anteriores al decreto de falencia, deberán ocurrir por la vía y forma prevista por el art. 32 y sgtes. de la L.C.; las posteriores al decreto de quiebra y hasta la fecha de la toma de posesión del eventual adquirente se solventarán con el producido de la subasta, y las que se originen con posterioridad a la posesión a cargo del adjudicatario. Será inoponible cualquier incidente de todo tipo y naturaleza por parte de los eventuales adquirentes sin previo pago depósito oportuno de la integridad del precio de venta del bien. La posesión será otorgada luego de la integración del saldo del precio en la forma precedentemente dispuesta y dentro de los 5 días subsiguientes a ello, por medio de mandamiento en el que actuará el sindico como Oficial de Justicia Ad-Hoc, con las facultades de estilo, bajo apercibimiento de lo previsto por el art. 255 L.C.
El pago del IVA. que grava las operaciones de compraventa, estará a cargo de los compradores los que en el acto del remate deberán denunciar su condición de inscriptos o no y oblar los pagos correspondientes. Se encuentra terminantemente prohibido la compra en comisión y la cesión de derechos relacionados con la presente subasta. La identidad del fallido responde a L.E. 5.579.309. Mayor información dirigirse a la Secretaría del Juzgado interviniente, con sede en la Avda. Callao Nº635, piso 4º, de la Capital Federal, de lunes a viernes de 7,30 a 13,30 horas, o bien al escritorio del señor martillero, tel/
fax 4567-1351.
Ciudad de Buenos Aires, abril 15 de 2011.
Sonia A. Santiso, secretaria.
e. 09/05/2011 Nº51682/11 v. 10/05/2011

% 19 %

JUZGADOS NACIONALES EN LO
CIVIL
N 45
El Juzgado Nacional de Primera instancia en lo Civil Nº45, secretaria única a mi cargo, sito en Av. de los Inmigrantes 1950, 4to. Piso de Capital Federal, comunica por dos días que en los autos caratulados Castiñeira, Julio Amor c/Butierrez, Oscar Alejandro s/Ejecución Hipotecaria Ejecutivo, Expediente Nro. 18.365/2006 que el martillero Javier Oscar Di Blasio, rematará el día 18
de mayo de 2011 a las 9,00hs. En Punto en el salon de ventas sito en Jean Jaures 545 de Capital Federal, el inmueble sito en la calle Arenales 2021 entre Ayacucho y Junin, Unidad Funcional Nro. 35, Piso 5to. de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Superficie Total: 15 mts2. 16 dm2. Nomenclatura Catastral: Circ. 19. Secc. 11. Manz.
46. Parc. 24, Matricula: 19-28/39. Según constatación efectuada por el martillero, se trata de un departamento de un solo ambiente con placard y baño completo, todo ello en regular estado de conservación. En el acto de constatación el inmueble se encontraba ocupado por una persona que dijo llamarse Daniel Repetto L.E 4.395.008
sin exhibir manifestando ser propietario y no po-

seer escritura a su nombre, todo ello de acuerdo a las constancias de autos. Condiciones de venta: Al contado y mejor postor. Base: $75.300,00.
Seña 30%. Comision 3%. Acord. 10/00 CSJN
arancel de subasta 0,25%. En efectivo, en el acto de remate, y a cargo del comprador. Deudas: Aguas Argentinas al 19-8-10 $0,00 Fs.156.
GCBA al 29-7-10 $971,48 Fs.152. Aysa al 106-10 $ 563,90 Fs. 145. Expensas a septiembre de 2010 $ 9.821,00 Fs. 157, O.S.N. Residual, no posee deudas Fs.65 al 7/02/08. El adquiriente deberá constituir domicilio dentro del radio de Capital Federal bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se le tendrán por notificadas en la forma y oportunidad prevista por el art. 133 del Cod. Proc. Hagase saber al comprador que dentro de los cinco dias de aprobado el remate deberá depositar el importe del saldo de precio que corresponda abonar al contado en el Banco de La Nación Argentina, Sucursal Tribunales a la orden del Tribunal, a la orden del Suscripto y como pertenecientes a estos autos o podrá realizarse el pago directamente al acreedor, quién deberá depositar el importe en autos dentro de los cinco dias de verificado el cobro en la forma antes indicada. No corresponde la compra en comisión en virtud de lo normado por el art.
58 inc. 7 C.P.C.C. y que no resultará procedente la compra por intermedio de poder otorgado el mismo día de la subasta, ni la cesión del boleto de compraventa por considerar la Suscripta que ello importa una compra en comisión encubierta.
El inmueble podrá ser visitado los dias 16 y 17 de mayo 2011 de 14,00 a 16,00hs.
Buenos Aires, 29 de abril de 2011.
Andrea Alejandra Imatz, secretaria.
e. 09/05/2011 Nº52392/11 v. 10/05/2011

% 19 %

N 90

El Juzgado Nacional de Primera instancia en lo Civil Nº 90, secretaria única a mi cargo, sito en Av. De los Inmigrantes 1950, 4to.
Piso de Capital Federal, comunica por dos dias que en los autos caratulados Pini, Sara Edelweis y Otro c/Raff, Roberto Fabio Emilio y Otro s/Ejecución Hipotecaria Expediente Nº19.979/2007, que el martillero Javier Oscar Di Blasio, rematará el dia 18 de mayo de 2011
a las 11,45hs. en punto en el salon de ventas sito en la calle Jean Jaures 545 de Capital Federal, el inmueble sito en La Ruta Pcial. 25
Km. 1,500 Barrio La Cascada Country Club del Partido de Pilar, provincia de Buenos Aires.
Nomenclatura Catastral: Circ: VIII. Secc. Rural.
Parc. 1277 c. Sub. Parc. 84. Matricula: 1614/84.
Superficie Total: 450 mts2. PH 84-2-77. Cuartel 1º del Partido de Pilar. De acuerdo a la constatación efectuada por el escribano designado en autos que obra a fs.103, se trata de una casa de dos plantas con identificación que expresa Los Aromos 84. La misma consta de cuatro dormitorios, tres en planta alta y uno en planta baja, dos baños, uno en planta alta y otro en planta baja, una cocina, un lavadero, un living-comedor, una galeria con parrilla y jardin en su parte posterior, los que se encuentran en buen estado de conservación. En el acto de constatación el inmueble se encontraba ocupado por el señor Cristian Hernandez DNI
25.358.774 manifestando ocupar el inmueble en caracter de inquilino y solo por el mes de febrero de 2009. A fs.237 se encuentra agregada la constatación realizarla por el martillero, donde surge que la vivienda se encontraba sin ocupantes en el acto de realizarse la diligencia y en las mismas condiciones edilicias que fueron constatadas por el escribano. Condiciones de venta: Al contado y mejor postor. Base:
$300.000,00. Seña 30%. Comisión 3%. Acord.
10/99. CSJN arancel de subasta 0,25%. En efectivo, en el acto de remate, y a cargo del comprador. Deudas: O.S.N Fuera del radio de servido. Fs.116. Sudamericana de Aguas S.A
Fuera del radio de servido. Fs. 119. ARBA al 4-9-09 $ 4.165 Fs. 121. Municip. Del pilar al 31-8-09 $3180,40 Fs.136. Expensas al 10-1209 $ 26.771,62 Fs. 139. El comprador deberá constituir domicilio dentro del radio de la Capital Federal, bajo apercibimiento de dar por notificadas las sucesivas providencias en la forma y oportunidad previstas por el art. 133 del Código Procesal. Se hace saber que las posturas que se efectúen en el remate, no deberán ser inferiores a doscientos pesos entre una y otra.
El saldo de precio deberá ser integrado por el adquirente dentro del plazo de cinco días de aprobado el remate, bajo apercibimiento de ordenarse nueva subasta conf. Art. 580 del C.
Procesal. No procede la compra en comisión.
No corresponde que el adquirente en subasta
BOLETIN OFICIAL Nº 32.145

afronte las deudas que registra el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones devengadas antes de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en la subasta no alcanza para solventarlas. conf., fallo plenario de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de fecha 18 de febrero de 1999, en autos Servicios Eficientes S.A c/Yabra, Roberto Isaac s/Ejecución Hipotecaria. Para mayor información los interesados podran compulsar el expediente en los estrados del Juzgado. El inmueble podrá ser visitado los dias 16 y 17 de mayo de 2011 de 10,00 a 12,00hs.
Buenos Aires, 29 de abril de 2011.
Gustavo Alberto Alegre, secretario.
e. 09/05/2011 Nº52397/11 v. 10/05/2011

4. Partidos Políticos NUEVOS

% 19 %

PARTIDO NUEVO COMPROMISO
NEUQUINO
Distrito Provincia Neuquén
Anexo III: Carta Orgánica del Partido Nuevo Compromiso Neuquino Capítulo I. De los afiliados Artículo 1: El partido está formado por los ciudadanos de ambos sexos inscriptos en su registro de afiliados de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica de los partidos políticos y esta Carta Orgánica.
Artículo 2: Para ser afiliado se requiere; a Cumplir con los requisitos legales establecidos en la ley 26.571 y cctes; b Adherir a esta Carta, a la Declaración de Principios y Bases de Acción Política del Partido, adhesión que se operará automáticamente por la suscripción de la ficha de afiliación. c Que la afiliación sea aceptada por la Junta Ejecutiva o por la Junta Promotora en su etapa de formación. Transcurrido el plazo de 15 días sin que la autoridad partidaria se expida en relación a la aceptación de la afiliación, la misma se considerará tácitamente aceptada de conformidad al art. 25 de la ley 23.298 y sus modificatorias.
Artículo 3: El afiliado tiene los siguientes derechos: Peticionar ante las autoridades partidarias; elegir y ser elegido conforme a las prescripciones de este estatuto, su reglamentación y las de la Ley Orgánica de los partidos políticos; examinar el registro de afiliación, solicitar y obtener certificación de la propia.
Artículo 4: Son deberes del afiliado: Contribuir a la realización de las actividades partidarias;
Acatar y sostener las resoluciones y directivas partidarias; Informar a las autoridades partidarias cuando se halle incurso en cualquier causal de pérdida de derechos electorales o impedido de ser electo candidato a cargos públicos o cargos internos partidarios.
Artículo 5: La afiliación se pierde por las causales previstas en la ley 26.571. Para el caso de la renuncia, la misma deberá ser presentada ante la Secretaría Electoral del Distrito y se la tendrá por aceptada de pleno derecho en ese mismo momento.
Artículo 6: El registro de afiliados, que estará permanentemente abierto, será formado, actualizado y conservado por la Junta Ejecutiva conforme a las disposiciones legales pertinentes.
Artículo 7: Pueden ser adherentes al Partido los argentinos de mayores de edad y los extranjeros. La adhesión deberá manifestarse por escrito y la Junta Ejecutiva, o la Junta Promotora durante su formación, resolverá sobre su aceptación. Los adherentes tienen los mismos derechos y obligaciones que los afiliados, excepto los electorales.

19

Capítulo II. De los órganos de gobierno Artículo 8: Los órganos de gobierno del partido son:
a La Asamblea de Delegados.
b La Junta Ejecutiva c El Tribunal de Disciplina d La Comisión Revisora de Cuentas e La Junta Electoral Articulo 9: Para integrar los órganos de gobierno del partido se requiere tener 25 años de edad y un año de antigedad en la afiliación.
Este último requisito no se exigirá para la primera constitución, siendo suficiente con estar afiliado.
Los mandatos de todos los cargos partidarios durarán cuatro años, pudiendo ser reelectos por un nuevo período. Cuando han sido reelectos no pueden ser elegidos para ningún otro cargo partidario, sino con el intervalo de cuatro 4 años.
Es incompatible el ejercicio simultáneo de más de un cargo partidario. La elección de todas las autoridades del partido se hará en un solo acto electoral.
Articulo 10: La Asamblea de Delegados estará compuesta por nueve 9 miembros elegidos por el voto directo de los afiliados al partido conforme al sistema electoral que se establece en el Capítulo Régimen electoral Sus autoridades serán un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario y un Prosecretario. Todos serán designados de entre los delegados electos por simple mayoría.
Artículo 11: La Asamblea de Delegados es el órgano rector y deliberativo del Partido, Son sus atribuciones y deberes todos aquellos que no estén expresamente atribuidos a cualquier otra autoridad partidaria, en especial los siguientes:
1 Crear su propio reglamento de funcionamiento y juzgar sobre la legitimidad de sus miembros. 2
Controlar el correcto funcionamiento de la Junta Ejecutiva. 3 Resolver el orden del día de cada convocatoria y los temas puestos a su consideración por las demás autoridades partidarias. 4
Aprobar la plataforma electoral del partido para cada elección. 5 Elegir y Proclamar candidatos partidarios o extrapartidarios para cargos electivos municipales y provinciales en caso de no haberse presentado lista interna para tal fin por parte de los afiliados o en caso de conveniencia electoral debidamente justificada. Para el caso de las candidaturas a cargos nacionales la Asamblea de Delegados podrá elegir y proclamar candidatos que deberán presentarse en las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias en concordancia con lo dispuesto por ley 26.571 y demás legislación electoral vigente. En las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias los aportes públicos para campaña e impresión de boletas, como así los espacios de publicidad electoral serán distribuidas en partes iguales entre las listas de precandidatos oficializadas por la junta electoral del partido conforme arts. 32, 33, y 35 de la ley 26.517. 6 Resolver sobre posibles alianzas electorales. 7 Aprobar el presupuesto anual del partido. 8 Reformar la Carta Orgánica del Partido. 9 Aprobar la integración de confederaciones, la fusión con otro u otros partidos y la extinción de la agrupación.
10 Resolver como alzada en todos los asuntos decididos por las demás autoridades partidarias que hayan sido motivo de recurso, con excepción de los casos normados por los artículos de esta Carta. 11 Designar integrantes de los restantes órganos partidarios en caso de vacancia por renuncia, incapacidad, fallecimiento o alguna otra causa, designará reemplazante de entre el padrón de afiliados. La Asamblea resolverá estas cuestiones por mayoría absoluta de los presentes a excepción de las aludidas en los puntos 5, 6, 7, 8 y 9 que deberán ser resueltas con una mayoría especial de los dos tercios del total de los miembros de la Asamblea de Delegados. 12 Designar a 2 responsables económicos-financieros de campaña conforme al art. 48 de la ley 26.571.
Articulo 12: La Asamblea de Delegados se reunirá en sesión ordinaria una vez al año el primer lunes del mes de agosto, para considerar todo lo relacionado con las actividades partidarias y demás asuntos que correspondan ser sometidos a su consideración y sean de su competencia.
Articulo 13: La Asamblea de Delegados se reunirá en sesiones extraordinarias:

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 09/05/2011 - Segunda Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data09/05/2011

Conteggio pagine40

Numero di edizioni9416

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione08/08/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Mayo 2011>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031