Boletín Oficial de la República Argentina del 30/11/2010 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Martes 30 de noviembre de 2010

3. Edictos Judiciales
3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.
CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS

ANTERIORES

TRIBUNAL ORAL EN LO
CRIMINAL FEDERAL
CORRIENTES
Por disposición de S. SA. Juez de Ejecución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, Dra. Lucrecia M. Rojas de Badaró, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el termino de cinco 5 días, de lo dispuesto en la Sentencia Nº 26 de fecha 25 de Agosto de 2.010, en la causa caratulada: Martínez, Juan Carlos s/Transporte de Estupefacientes, Expediente Nº606/09, respecto a Juan Carlos Martínez, DNI Nº22.840.777, de nacionalidad argentino, sin apodos ni sobrenombres, de profesión remisero, de estado civil casado, instruido, de 36 años de edad, nacido el 09 de Mayo de 1.974 en la localidad de Leandro N. Alem, provincia de Misiones, domiciliado en Barrio Arturo Illia, de la ciudad de su nacimiento, hijo de Carlos Martínez y Yolanda Esther Mendoza, la que dispone: Sentencia Nº 26. Corrientes, 25 de Agosto de 2.010.- y Vistos: Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente;
se Resuelve: 1º Condenar a Juan Carlos Martinez, DNI Nº22.840.777, ya filiado en autos, a la pena de cuatro 4 años de prisión, y multa de pesos doscientos veinticinco $225,00, la que deberá hacerse efectiva dentro del termino de treinta 30 días de quedar firme la presente, como autor penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto reprimido por el articulo 5 Inc. c de la Ley 23.737, mas accesorias y costas legales Art. 12, 40 y 41 del Código Penal, 530 del CPPN 2 3º 4 5º Registrar, agregar el original al expediente, copia testimoniada al Protocolo respectivo, cursar las demás comunicaciones correspondientes, practicar por secretaría el computo de pena, fijando fecha de su vencimiento Art. 493 del CPPN y oportunamente archivar. Fdo: Dra. Lucrecia M. Rojas de Badaró, -- Dr. Víctor Antonio Alonso - Dr.
Fermín Amado Ceroleni --- Jueces de Cámara.
Ante mí: Dra. Susana Beatriz Campos-- Secretaria Tribunal Oral en lo Criminal Federal Corrientes.e. 24/11/2010 Nº142645/10 v. 30/11/2010

TRIBUNAL ORAL EN LO
CRIMINAL FEDERAL
JUJUY

El tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy en los autos: Gareca Yurquina, Mario s/inf.
Ley 23.737 resuelve:
Primero: Condenar a Mario Gareca Yurquina de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de cuatro años de prisión, multa de Pesos: Doscientos veinticinco $225, la pena de inhabilitación absoluta que prescribe el artículo 12 del Código Penal, por encontrarlo autor penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes cocaína, figura prevista y penada por el artículo 5º inciso C de la ley 23.737, con costas.Segundo: Remitir a Mario Gareca Yurquina al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en una Unidad carcelaria a su cargo, haciéndole saber a la mencionada institución que deberá evaluar la solicitud de permanencia o traslado efectuada por el nombrado.Tercero: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 13 de Octubre del dio dos mil trece, y diez días para el pago de multa y costas del Juicio.-.
Cuarto: Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente,
Segunda Sección con intervención de la autoridad sanitaria federal.Quinto: Remitir copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Mario Gareca Yurquina, para su correspondiente notificación en ese lugar.Sexto: Levantar la inhibición general de bienes de Mario Gareca Yurkuina dispuesta a fs.
67/68 de autos.Séptimo: Mandar que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. René Vicente Casas. Marta Liliana Snopek. Jorge Luis Villada. Ante mí: Efraín Ase, Secretario.
e. 24/11/2010 Nº142618/10 v. 07/12/2010

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, en los autos caratulados: Gomez, Cristian Eduardo y Otro s/Infracción a la Ley 23.737, resuelve:
1º Condenar a Cristian Eduardo Gómez y José Luis Barrios, de las demás calidades personales obrantes en autos, a la penas de Cuatro Años y Siete Meses de Prisión, y multa de Pesos Quinientos $500, a cada uno por encontrarlos autores responsables del delito de Tenencia de Estupefacientes cocaína con fines de comercialización, previsto y penado por el artículo 5º, inciso C de la ley 23.737, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme el artículo 12 del Código Penal. Con costas. Remitiéndolos al Servicio Penitenciario Federal para que cumplan la pena privativa de la libertad, en una unidad carcelaria a su cargo.
2º Cómputo de la Pena: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 28 de Marzo de 2014, y diez días para el pago la multa y costas del Juicio.
3º Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal y el comiso el dinero secuestrado en autos.
4º Disponer que la lectura de los fundamentos del presente fallo se efectúe el día 24 de Agosto de 2010, a horas doce, en la sede de este Tribunal Artículo 400 del C.P.P.N..
5º Mandar que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes.
Jorge Luis Villada. René Vicente Casas, Juez de Cámara. Marta Liliana Snopek. Ante mí:
Efraín Ase, secretario.
e. 19/11/2010 Nº140819/10 v. 03/12/2010

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, en los autos caratulados: Paredes Saldaña, Lucinda s/Infracción a la Ley 23.737, resuelve:
Falla:
Primero: Condenar a Lucinda Paredes Saldaña, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de Cuatro Años de Prisión, multa de Pesos Doscientos Veinticinco $225, con más la pena de inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena que prescribe el artículo 12 del Código Penal, por encontrarla autora penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes cocaína, figura prevista y penada por el artículo 5º inciso C de la ley 23.737, con costas.
Segundo: Remitir a Lucinda Paredes Saldaña al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en una unidad carcelaria a su cargo, haciéndole saber a la mencionada institución que la nombrada solicitó el traslado a la Unidad Nº31 de Ezeiza por acercamiento familiar.
Tercero: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 23 de Marzo del año dos mil catorce, y diez días para el pago de multa y costas del Juicio.
Cuarto: Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
Quinto: Remitir copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Lucinda Paredes Saldaña, para su correspondiente notificación en ese lugar.
Sexto: Levantar la inhibición general de bienes de Lucinda Paredes Saldaña dispuesta a fs. 80/81 de autos.
Séptimo: Mandar que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes.
Jorge Luis Villada. René Vicente Casas.
Marta Liliana Snopek. Ante mí: Efraín Ase, secretario.
e. 19/11/2010 Nº140813/10 v. 03/12/2010

BOLETIN OFICIAL Nº 32.038

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, en los autos caratulados: Pérez, Marcelo Antonio s/Inf. Ley 23.737, resuelve:
Primero: Condenando a Marcelo Antonio Lopez, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de cuatro años de prisión, multa de pesos doscientos veinticinco $ 225, con más la pena de inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena que prescribe el artículo 12 del Código Penal, por encontrarlo autor penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes Marihuana, figura prevista y penada por el artículo 5º inciso C de la ley 23.737, con costas.Segundo: Remitir a Marcelo Antonio López al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en una unidad carcelaria a su cargo, haciéndole saber a la mencionada institución que deberá evaluar la solicitud efectuada por el nombrado y disponer la permanencia en el actual lugar de detención o el alojamiento en una unidad de la institución que favorezca a las visitas familiares y coadyuve a la resocialización, cumplimiendo así con el fin de la pena.
Tercero: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 04 de Octubre del año dos mil trece, y diez días para el pago de multa y costas del Juicio.Cuarto: Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.Quinto: Remitir copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Marcelo Antonio López, para su correspondiente notificación en ese lugar.Sexto: Levantar la inhibición general de bienes de Marcelo Antonio López dispuesta a fs.
69/71 de autos.Séptimo: Mandar que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. René Vicente Casas. Marta Liliana Snopek. Jorge Luis Villada. Ante mí: Efraín Ase, Secretario.
e. 24/11/2010 Nº142623/10 v. 07/12/2010

JUZGADO NACIONAL EN LO
PENAL ECONOMICO NRO. 3
SECRETARIA NRO. 6
Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº3, a cargo del Dr. Rafael Caputo, Juez, Secretaría Nº 6 a cargo de la Dra. Mirtha Lilián Campos Tula, en Nº64.977/97 9, caratulada:
Lucero Nélida Beatriz s/Inf. Art. 302 del C.P.
se dispuso lo siguiente: nos Aires 12 de noviembre de 2010 1º Por recibido. Líbrese oficio al Boletín Oficial a fin de solicitarle tenga a bien notificar a Miguel Eduardo Guzman, Francisco Montenegro, Gustavo Wajensberg y Roberto Ramón Fumas, lo resuelto a fs. 446/469, mediante la publicación de edictos Acompáñese cédula Fdo. Rafael Caputo. Ante mi:
Mirtha Lilian Campos Tula. Resolución de Fs. 466/469: nos Aires, 4 de octubre de 2010 Autos y Vistos Y Considerando Se Resuelve: Se Resuelve: I Declarar extinguida por prescripción la Acción Penal en la presente causa Nº 64.977/97 9 y respecto de Nélida Beatriz Lucero, Miguel Eduardo Guzmán, Francisco Antonio Montenegro, Daniel Gustavo Wagensberg y Roberto Ramón Fumas, con relación a la situación fáctica descripta por el considerando 1º de la presente arts. 59 inc.
3º, 62 inc. 2º, 63, 67 párr. 4º y 302 del C.P..II
Sobreseer por extinción de la Acción Penal por Prescripción respecto de Nélida Beatriz Lucero, Miguel Eduardo Guzmán, Francisco Antonio Montenegro, Daniel Gustavo Wagensberg y Roberto Ramón Fumas, con relación a la situación fáctica descripta por el considerando 1º de la presente arts. 336 inc. 1º del C.P.P.N.. III
Sin Costas arts. 530 y ccs. del C.P.P.N.. Fdo.
Rafael Caputo. Ante mi: Rosana V. Berlingieri.
Secretaria.
Buenos Aires, 17 de noviembre de 2010.
Rosana V. Berlingieri, secretaria.
e. 26/11/2010 Nº145132/10 v. 02/12/2010

Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº 3, a cargo del Dr. Rafael Caputo, Juez, Secretaría Nº 6 a cargo de la Dra. Mirtha Lilián Campos Tula, en Nº 9604/09, caratulada:
Prorganic S.A. s/Inf. Ley 22415 Incidente de regulación de honorarios solicitado a favor de la perito traductora pública en idioma italiano Gabriela Anzelini de Roca formado en la causa Nro. 9604/09 Delegada 1940 se dispuso
50

lo siguiente: nos Aires 15 de noviembre de 2010 1º Notifíquese a Prorganic S.A. de lo resuelto a fs. 34/35 mediante edictos a publicarse durante 3 días en el boletín oficial. Líbrese edicto y diligénciese mediante cédula. Fdo.
Rafael Caputo. Ante mi: Mirtha Lilian Campos Tula. Resolución de Fs. 34/35: nos Aires, 9
de noviembre de 2010 Autos y Vistos Considerando Resuelvo: I Regular los honorarios profesionales de la traductora pública de idioma italiano Gabriela Anzelini De Roca, en la suma de doscientos pesos $ 200. II Sin Costas arts. 529 y ccs. del C.P.P.N. Fdo Rafael Caputo. Secretaría Mirtha Lilian Campos Tula.
Buenos Aires, 17 de noviembre de 2010.
Rosana V. Berlingieri, secretaria.
e. 26/11/2010 Nº145129/10 v. 30/11/2010

JUZGADOS NACIONALES EN LO
CRIMINAL Y CORRECCIONAL
FEDERAL
Nº 1
Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº1 de la Capital Federal, a cargo de la Dra. María R. Servini de Cubría, en causa nº 549/10 A-12359 caratulada González Juan Pablo y Otro s/Inf. Ley 23.737, cita y emplaza durante el término de cinco 5 días a Manuel Armando Cartagena Zoto, indocumentado, hijo de José Roberto y de Elvira Rosa Soto Vadilla, nacido en la Ciudad de Santiago, República de Chile, el día 12 de noviembre de 1961, con último domicilio registrado en autos en la calle Jean Jaures 38, habitación nro. 16
de esta Ciudad, con el objeto de que se presente ante este Tribunal dentro de los cinco 5 días posteriores a la última publicación de los edictos, a los efectos de dar cumplimiento con su declaración indagatoria artículo 294
del C.P.P.N., bajo apercibimiento de declararlo Rebelde y ordenarse su inmediata captura en caso de la incomparecencia no justificada.
Secretaría Nº1, 15 de noviembre de 2010.
María Inés Gambirassi, secretaria federal.
e. 24/11/2010 Nº142451/10 v. 30/11/2010

Nº 5
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro. 5, a cargo del Dr. Norberto M. Oyarbide, Secretaría nro. 9 a mi cargo, cita y emplaza a Pedro Onassis Huaman Montes de 29 años de edad, comerciante, de estado civil soltero, nacido el 14/11/1980, peruano y respecto de Erika Ursula Palomino Rios de 33
años de edad, comerciante, estado civil soltera, nacida el 10/08/1976, peruana a fin de que comparezca ante este Juzgado a los fines de recibirle declaración indagatoria en los términos del art. 294 del Código Procesal Penal de la Nación - indagatoria - dentro de las 72hs., a contar de la fecha de la última publicación, bajo apercibimiento de librarse orden de paradero en la causa nro. 2065/10, caratulada Palomino Erika Ursula y otros s/inf. ley 23737 que se le sigue por presunto delito en infracción a la ley 23737.
Secretaría nro. 9, 16 de noviembre de 2010.
Martín A. Ramos, secretario.
e. 25/11/2010 Nº143570/10 v. 01/12/2010

El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº5, a cargo del Dr. Norberto M. Oyarbide, Secretaría Nº 10, a cargo del Dr. Pedro O. Diani, sito en Av. Comodoro Py 2.002, 3º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber por medio del presente a la Sra.
Alicia Gimenez Segovia Paraguaya, Cédula de Identidad de la República de Paraguay Nº 2.605.788, nacida el 25 de diciembre de 1973, que deberá comparecer por ante este Juzgado dentro del quinto día de la publicación del presente edicto, en horario judicial, a fin de recibírsele declaración indagatoria, en la causa Nº 6.679/10 caratulada Gimenez Segovia Alicia s/Falsificación Documentos Públicos del registro de esta Secretaría, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde y ordenar su inmediata detención. El presente edicto será publicado por cinco días en el Boletín Ofical.
Secretaría Nº10, 17 de noviembre de 2.010.
Norberto M. Oyarbide, juez federal.
Pedro O. Diani, secretario.
e. 25/11/2010 Nº144495/10 v. 01/12/2010

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 30/11/2010 - Segunda Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data30/11/2010

Conteggio pagine60

Numero di edizioni9392

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione15/07/2024

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