Boletín Oficial de la República Argentina del 16/05/2007 - Segunda Sección

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Segunda Sección
Miércoles 16 de mayo de 2007

2.4. REMATES COMERCIALES

NUEVOS

El martillero público Eduardo Abel Espósito, con oficinas en Tucumán 1455, piso 10 C, Capital Federal; teléfono 4372-0428, designado por EQUITY TRUST COMPANY ARGENTINA S.A. en su carácter de acreedor hipotecario, en los términos de los artículos 57 y concs. de la Ley 24.441, comunica por 3 días, rematara públicamente el próximo 23 de Mayo de 2007 a las 13:45hs, ante Escribano Público; en el salón sito en Tte. Gral. Juan D. Peron 1233, Capital Federal, siendo la exhibición los días 21 y 22 de Mayo de 2007 de 10 a 12hs, lo siguiente: La UF 2 de planta baja, primer y segundo piso, integrada por los Polígonos 0002, 01-03 y 02-03, de la finca sita en la Localidad de Caseros, Partido de Tres de Febrero, Pcia. de Buenos Aíres, con frente a calle Bolivia 3063/3065, entre la calle Directorio y la Av. Mitre, edificada en el lote de terreno designado según título y según plano 117-1129-77, como parcela 5 de la Manzana 22.- Superficies: Polígono 00-02, superficie poligonal 94,36 Polígono 01-03 superficie poligonal 51,24 m2.- Y Polígono 02-03 superficie poligonal 51,25 m2.- Total para los polígonos y la unidad funcional 196,85 m2; porcentual 0,352.- Nomenclatura Catastral Circunscripción IV, Sección O, Manzana. 22, Parcela 5, Subparcela 2, Partida 15771.- El inmueble, según informe efectuado por el martillero, se ubica en la calle Bolivia 3063/3065, departamento 1 de Caseros.- El mismo consta de patio al frente con parrilla y pequeña habitación, living comedor, cocina, comedor y toilette.- Por la escalera interna se accede a la planta alta, cons-

tando de dos dormitorios y un baño, y por otra escalera se accede a terraza libre.- En regular estado.- Desocupado.- Ad Corpus.- En el estado físico y jurídico que se encuentra.- Base:
37.860,42; en caso de no haber ofertas, se subastara sin base, luego de media hora de espera.- Seña 30%.- Comisión 3% mas IVA, todo ello en dinero en efectivo en el acto del remate.- La actuación judicial tramita ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nro.48, de Capital Federal, Secretaria única, sito en Uruguay 714, piso 3ro., Capital Federal, autos EQUITITY
TRUST COMPANY ARGENTINA c/MACEIRO, ELIDA MARCELA y otro s/EJECUCION HIPOTECARIA EJECUCION ESPECIAL Ley 24.441.- El comprador deberá constituir domicilio en Capital Federal.- Deudas: Municipalidad de 3 de Febrero fs. 175/77 por $ 1916,75 al 12/11/04; en Aguas Argentinas fs. 151 por $ 738,36 al 7/10/04; y en Rentas fs. 161/3 por $ 1634,70 al 30/09/04.Atento tratarse de una propiedad del tipo PH, la misma no abona expensas.- Interviene a los efectos de protocolización de las actuaciones e inscripción del inmueble en el registro de la Propiedad Inmueble, el Escribano Marcos Alberto Giulitti, con dirección Av. Córdoba 838, piso 2do. Of. 4;
debiendo el comprador abonar el saldo de precio dentro de los cinco días de realizada la subasta directamente a los apoderados del acreedor, Dr.
Martin Gastaldi y/o Eduardo J. Gemes, en calle Cerrito 740, piso catorce, Capital Federal, Estudio Beccar Varela conforme art. 63 de la Ley 24.441, bajo apercibimiento de ser declarado postor remiso con pérdida de las sumas abonadas.Integrado el saldo de precio se otorgará la tenencia del inmueble al comprador la cual detenta la parte acreedora.- La totalidad de los gastos e impuestos, tasas o contribuciones devengados de la protocolización del inmueble, estarán a cargo del comprador.- Eduardo Abel Esposito.Buenos Aires, 3 de Abril de 2007.
Eduardo Abel Esposito, martillero.
e. 16/05/2007 Nº 61.504 v. 18/05/2007

El martillero Alberto J. Radatti comunica por 1 día que por cuenta y orden de Banco de Servicios y Transacciones S.A. en su carácter de fiduciario del Fideicomiso Financiero Solution CHLP III art. 39 Ley 12.962 y conf. art. 585 del C. de Com. subastará por ejecución de prendas, el 30/05/2007 a partir de las 14 hs. en Talcahuano 479, Cap. Fed, los automotores que a continuación se detallan, en el estado que se encuentran y exhiben los días 28 y 29 de mayo de 10 a 16 hs. en Homero 1329, Cap. Fed.
Deudor
Automotor
Dominio
Base $

Naranjo Amelia Bondaruk Jorge Ponce Susana Perez José Franco Domingo Veneziano Miguel Costas Cira Angelica Miñio Dora
VW, 4 ptas, polo classic 1.9 SD/98
VW, 4 ptas, Polo 1.9 SD/98
Ford, 4 ptas, Galxy GL 2.0/94
VW, pick up; Saveiro CL 1.6 D/98
VW, 5 ptas, Gol GL 1.6 MI/98
VW, 4 ptas, Polo Classic SD/97
VW, 5 ptas, Golf GL 1.8 MI/97
VW, pick up, Saveiro D/97

BWI 419
BUF 367
TFR 568
BUL 231
BXI 875
BSH 018
BIX 903
BMF 323

12.060
14.740
12.340
11.170
13.540
17.940
15.980
14.360

De no existir ofertas se subastarán sin base.- Seña 30%.- Comisión 10%. - IVA sobre comisión.Saldo en 24 hs. bajo apercibimiento de rescindir la operación con perdida de las sumas entregadas a favor de la vendedora. Deudas de patentes impuestos e infracciones y trámites y gastos de transferencia a cargo del comprador.- Venta sujeta a aprobación de la vendedora.- El comprador constituirá domicilio en la Cap. Fed.Bs. As., 15/05/2007.
Alberto J. Radatti, martillero.
e. 16/05/2007 Nº 59.957 v. 16/05/2007

3. Edictos Judiciales
3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.
CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS

NUEVAS

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL
FEDERAL - SANTA FE-SANTA FE
SENTENCIA Nº 03/07
En la ciudad de Santa Fe, a los veintitrés días del mes de febrero del año dos mil siete, siendo
las doce horas, se reúnen en el Salón de Audiencias de este Tribunal, los Sres. Jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe, bajo la Presidencia de la Dra. María Ivón Vella y la presencia de los Señores Vocales Dres. Ramiro D.
Puyol y José María Escobar Cello, asistidos por el Secretario Autorizante, Dr. Daniel Edgardo Laborde, después del ACUERDO celebrado en sesión secreta conforme lo dispuesto en los arts. 396 y siguientes del Código Procesal Penal de la Nación, en la causa Nº 110/06, caratulada CASAFUS, Enrique - OYOLA, Selva Etelvina - AVALOS, Patricia Noemí s/ Infracción Arts. 5º inc. c de la ley 23.737, incoada contra; ENRIQUE CASAFUS, argentino, divorciado, instruido, jubilado de la policía, D.N.I. Nº 11.933.129, nacido en Santa Fe, el 30 de noviembre de 1955, hijo de Máximo Norberto y Amelia Ketteler, domiciliado en calle Juan Díaz de Solís 1763 de esta ciudad, y actualmente alojado en la Alcaidía local de la Unidad Regional I; SELVA ETELVINA OYOLA, argentina, soltera, instruida, de ocupación ama de casa, D.N.I. Nº 6.198.540, nacida en Santa Fe, el 4 de agosto de 1946, hija de Gerónimo y Carmen Vega, domiciliada en calle Pinzón 1707, Isla Maciel, Ave-

BOLETIN OFICIAL Nº 31.156

llaneda, Pcia. de Buenos Aires, y actualmente alojada en el Instituto de Detención de Mujeres U-4;
y PATRICIA NOEMÍ AVALOS, argentina, soltera, empleada, D.N.I. Nº 28.487.163, nacida en Santa Fe, el 29 de diciembre de 1980, hija de Bernardo Alberto y Marta Susana Córdoba, domiciliada en calle Lamadrid 1536 de esta ciudad, y actualmente alojada en el Instituto de Detención de Mujeres U-4; con intervención de la Sra. Fiscal General subrogante, Dra. Susana Raquel Tripicchio, y los defensores particulares, Dres. Patricia Hidalgo Montferrand y Claudio Torres del Sel; este Tribunal en forma definitiva, RESUELVE:
I.- NO HACER LUGAR al planteo de Nulidad formulado por el defensor técnico de los procesados Casafus y Oyola, Dr. Claudio Torres del Sel.
II.- CONDENAR a ENRIQUE CASAFUS, cuyos demás datos de identidad obran precedentemente, como autor responsable del delito de COMERCIO DE ESTUPEFACIENTES art. 5º, inc. c, de la Ley Nº 23.737 a sufrir la pena de CUATRO
AÑOS Y NUEVE MESES DE PRISIÓN y a pagar en concepto de multa la suma de CUATROCIENTOS PESOS $400,00, dentro del término previsto en el art. 501 del C.P.P.N., bajo apercibimientos de ley art. 21, Cód. Penal, con más las accesorias del art. 12 del Cód. Penal.
III. - REVOCAR la condicionalidad de la ejecución de la pena de un año de prisión en suspenso impuesta por este Tribunal al condenado Casafús en fecha 30/07/03 mediante sentencia Nº 32/03, y UNIFICAR con la dictada en el presente pronunciamiento, fijándose en la pena única de CINCO
5 AÑOS DE PRISIÓN artículos 27, 58 y cctes.
del Código Penal, y a abonar en concepto de multa la suma de CUATROCIENTOS PESOS $400, monto conforme Ley Nº 23.975, dentro del término previsto en el art. 501 del Código Procesal Penal de la Nación, bajo apercibimientos de ley artículo 21 del Código Penal, con más las accesorias previstas por el art. 12 del Código Penal.
IV.- CONDENAR a SELVA ETELVINA OYOLA, cuyos demás datos de identidad obran precedentemente, como autora responsable del delito de TENENCIA DE ESTUPEFACIENTES CON FINES
DE COMERCIALIZACIÓN art. 5º, inc. c de la Ley Nº 23.737, a sufrir la pena de CUATRO AÑOS
DE PRISIÓN y a pagar en concepto de multa la suma de TRESCIENTOS PESOS 300,00, dentro del término previsto en el art. 501 del C.P.P.N., bajo apercibimientos de ley art. 21, Cód. Penal, con más las accesorias previstas por el art. 12 del Código Penal.
V.- CONDENAR a PATRICIA NOEMÍ AVALOS, cuyos demás datos de identidad obran precedentemente, como autora responsable del delito de TENENCIA DE ESTUPEFACIENTES CON FINES
DE COMERCIALIZACIÓN art. 5º, inc. c de la Ley Nº 23.737, a sufrir la pena de CUATRO AÑOS
DE PRISIÓN y a pagar en concepto de multa la suma de TRESCIENTOS PESOS $ 300,00, dentro del término previsto en el art. 501 del C.P.P.N., bajo apercibimientos de ley art. 21, Cód. Penal, con más las accesorias previstas por el art. 12 del Código Penal.
VI.- IMPONER las costas del juicio a los condenados, y en consecuencia el pago de la tasa de justicia que asciende a la suma de pesos sesenta y nueve con setenta centavos $ 69,70, intimándolos a hacerlo efectivo en el término de cinco 5
días bajo apercibimiento de multa del cincuenta por ciento 50% del referido valor, si no se efectivizare en dicho término.
VII.- ORDENAR que por Secretaría se practique el cómputo legal, con notificación a las partes art. 493 del C.P.P.N..
VIII.- DISPONER la destrucción del material estupefaciente secuestrado art. 30, Ley Nº 23.737 en acto público cuya fecha de realización será oportunamente establecida.IX. - HACER ENTREGA del vehículo marca Jeep Grand Cherokee Limited, dominio DKC-006, con su respectiva documentación, a su titular registral.
X.- DISPONER la oportuna devolución del dinero que fuera secuestrado en autos, quedando el mismo retenido en garantía conforme lo dispuesto en el art. 523, 3er. párrafo del C.P.P.N.
XI.- PONER EN CONOCIMIENTO de la Presidencia de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, las manifestaciones vertidas en el Debate por el Dr. Claudio Torres del Sel en relación a las circunstancias que rodearon el fallecimiento de Virginia Oyola, a los efectos que correspondiere.
XII.- DIFERIR la regulación de los honorarios profesionales de los Dres. Patricia Hidalgo Montferrand, Claudio Torres del Sel y Martín López Eguiazu, hasta tanto den cumplimiento a lo dispuesto por el art. 2º de la ley Nº 17.250.
XIII.- TENER PRESENTE la reserva de recurso de casación formulada por la Dra. Patricia Hidalgo Montferrand.

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XIV.- FIJAR LA AUDIENCIA del día viernes 2 de marzo del corriente año, a las 12:30 horas para dar lectura a los fundamentos del presente art.
400, 2do. párrafo, del C.P.P.N..
Agréguese el original al expediente, protocolícese la copia, hágase saber y oportunamente archívese. José M. Escobar Cello, juez de cámara. María Ivon Vella, juez de cámara presidente. Ramiro D. Puyol, juez de cámara. Ante mí:
Daniel E. Laborde, secretario de cámara.
e. 16/05/2007 Nº 545.537 v. 16/05/2007

SENTENCIA Nº 09/07
Santa Fe, 4 de abril de 2007.
AUTOS Y VISTOS: Estos caratulados: LIZONDO, PABLO ANDRÉS y AVALOS, MARIELA RAQUEL s/ Infracción Art. 5to. inc. c de la ley 23.737
Expte. Nº 133/06, de los registros de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe, incoados contra PABLO ANDRÉS LIZONDO, argentino, soltero, instruido, panadero, nacido el 15
de noviembre de 1984 en Santa Fe Provincia de Santa Fe, D.N.I. Nº 30.703.579, hijo de Luis y de Mirta Sosa, domiciliado en calle Hugo Wast al 6800 de esta ciudad, actualmente alojado en dependencias de la Alcaidía local; y contra MARIELA RAQUEL AVALOS, argentina, soltera, ama de casa, instruida, nacida el 1 de agosto de 1988
en Santa Fe Provincia de Santa Fe, DNI
Nº 33.949.069, hija de Miguel Ángel y de Francisca Alejandra Ávalos, domiciliada en calle Hugo Wast al 6800 de esta ciudad, actualmente alojada en dependencias de la Estación Tránsito de Mujeres de la U.R.I.; y en los que intervienen la Sra.
Fiscal General Subrogante, Dra. Susana Raquel Tripicchio, y el Defensor Público Oficial, Dr. Juan de Dios Moscoso; de los que, RESULTA:
1 Se inicia esta causa a raíz de tareas de RESUELVE:
I.- CONDENAR a PABLO ANDRÉS LIZONDO
cuyos demás datos de identidad obran en autos, como autor responsable del delito de TENENCIA
DE ESTUPEFACIENTES CON FINES DE COMERCIALIZACIÓN art. 5to. inciso c de la ley 23.737 a sufrir la pena de CUATRO AÑOS DE
PRISIÓN, y a abonar en concepto de multa la suma de Trescientos Pesos $ 300,00, monto conforme Ley Nº 23.975, dentro del término previsto en el art. 501 del Código Procesal Penal de la Nación, bajo apercibimientos de ley artículo 21 del Código Penal, con más las accesorias previstas por el art. 12 del Código Penal.
II.- CONDENAR a MARIELA RAQUEL AVALOS, cuyos demás datos de identidad obran precedentemente, como participe secundaria del delito de TENENCIA DE ESTUPEFACIENTES CON FINES
DE COMERCIALIZACIÓN art. 5º inc. c, ley Nº 23.737 y 46 del Cód. Penal a sufrir la pena de TRES AÑOS DE PRISIÓN cuyo cumplimiento será dejado en suspenso art. 26 del Cód. Penal y a pagar en concepto de multa la suma de Doscientos Pesos $ 200,00, dentro del término previsto en el art. 501 del C.P.P.N., bajo apercibimientos de ley art. 21, Cód. Penal.
III.- DISPONER la inmediata libertad de la nombrada siempre que no se encuentre detenida a disposición de otra autoridad competente y que cumpla durante el plazo de dos años contados a partir de su soltura las reglas de conducta que se detallan a continuación art. 27 bis del Código Penal: a Fijar residencia en el domicilio que indicara en la audiencia de visu y someterse al cuidado del Patronato de este Tribunal; y b Abstenerse de relacionarse con personas vinculadas al expendio y/o consumo de estupefacientes.
IV.- IMPONER las costas del juicio a los condenados y en consecuencia el pago de la tasa de justicia que asciende a la suma de pesos sesenta y nueve con setenta centavos $ 69,70, intimándolos a hacerlo efectivo en el término de cinco 5
días bajo apercibimiento de multa del cincuenta por ciento 50% del referido valor, si no se efectivizare en dicho término.
V.- ORDENAR que por Secretaría se practique el cómputo legal en relación al imputado Lizondo, con notificación a las partes art. 493 del Código Procesal Penal de la Nación.
VI.- PROCEDER a la devolución del dinero secuestrado que asciende a la suma de novecientos cuatro pesos con treinta centavos $ 904,30, el que mientras tanto quedará retenido en garantía conforme lo dispuesto en el art. 523. 3er. párrafo del C.P.P.N.VII.- DISPONER la destrucción del material secuestrado art. 30 de la ley 23.737 en acto público cuya fecha de realización será oportunamente establecida.
Agréguese el original al expediente, protocolícese la copia, hágase saber y oportunamente archívese. María Ivon Vella, juez de cámara. Ra-

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Boletín Oficial de la República Argentina del 16/05/2007 - Segunda Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data16/05/2007

Conteggio pagine48

Numero di edizioni9409

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione01/08/2024

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