Boletín Oficial de la República Argentina del 07/11/2006 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Martes 7 de noviembre de 2006

BOLETIN OFICIAL Nº 31.027

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dos domicilios especiales; 2 aumentar el capital social en la suma de $ 860.000.- y 3 reformar estatutos sociales en sus artículos CUARTO: CAPITAL: PESOS NOVECIENTOS SESENTA MIL y ARTÍCULO QUINTO. José Mangone autorizado en Esc. Púb. 323/13.10.06. Asamblea extraordinaria del 25.07.06.
Certificación emitida por: María E. Gradin. Nº Registro: 507. Nº Matrícula: 3721. Fecha: 26/10/
2006. Nº Acta: 119. Libro Nº: 12, Rub. 75616.
e. 07/11/2006 N 3724 v. 07/11/2006

CABLEPOST
SOCIEDAD ANONIMA
Nº IGJ 1672687 Comunica que por Asamblea Extraordinaria del 22 de mayo de 2006 se resolvió reformar el artículo 9º del Estatuto social, quedando redactados de la siguiente manera: Artículo 9º: La dirección de la administración de la sociedad está a cargo del directorio, compuesto del número que fije la asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de siete titulares, pudiendo la asamblea elegir igual o menor número de suplentes, los que se incorporarán al directorio por el orden de su designación. El término de su elección es de un ejercicio. La asamblea fijará el número de directores, así como su remuneración. El directorio sesionará con la mitad más uno de sus integrantes y resuelve por mayoría de los presentes; en caso de empate, el presidente desempatará votando nuevamente. En su primera reunión designará un presidente, pudiendo en caso de pluralidad de titulares, designar un vicepresidente que suplirá al primero en su ausencia o impedimento.
Los directores titulares constituirán, en garantía del buen desempeño de su mandato, una garantía por la suma y en las modalidades previstas en la normativa aplicable. El directorio tiene amplias facultades de administración y disposición, incluso las que requieran poderes especiales a tenor del artículo 1881 del Código Civil y el artículo noveno del Decreto Ley número 5965/63. Podrá especialmente, operar con toda clase de bancos, compañías financieras o entidades crediticias y generales, judiciales, de administración u otros, con o sin facultad de sustituir; iniciar, proseguir, contestar o desistir denuncias o querellas penales y realizar todo otro hecho, o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a las sociedad. La representación legal de la sociedad corresponde al presidente del directorio o vicepresidente, en su caso. La mayoría absoluta de los directores deben tener domicilio real en la República. Todos los directores deben constituir domicilio especial en la República. Autorizada por Asamblea Extraordinaria del 22 de mayo de 2006.
Abogada - Mariana DAndrea Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha: 31/10/
2006. Tomo: 79. Folio: 92.
e. 07/11/2006 Nº 18.984 v. 07/11/2006

CABLEVISION FEDERAL
SOCIEDAD ANONIMA
Nº IGJ 453228 Comunica que por Asamblea Extraordinaria del 22 de mayo de 2006 se resolvió reformar los artículos 8º y 9º del Estatuto social, quedando redactados de la siguiente manera: Artículo 8º: La administración de la sociedad estará a cargo del directorio, compuesto del número de miembros que fije la asamblea ordinaria entre un mínimo de tres y un máximo de diez directores, con mandado por un 1 ejercicio siendo reelegibles. La asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo a fin de llenar las vacantes que se produjeran en el orden de su elección. Los directores en su primera reunión deben designar ente ellos un presidente y un vicepresidente, este último reemplaza al primero en caso de ausencia, impedimento o excusación. El directorio se reunirá por lo menos una vez cada tres 3 meses y funcionará con la presencia de la mitad más uno de sus miembros que resolverán por mayoría de votos presentes. Sus deliberaciones se transcribirán en un libro de actas llevado al efecto. La representación social estará a cargo del presidente o vicepresidente en caso de vacancia, impedimento o ausencia. La invocación por el vicepresidente de la representación social hará presumir la ausencia del presidente sin que sea necesario acreditar tal circunstancia con un acta de directorio.
La remuneración del directorio la fija la asamblea.

Los directores titulares constituirán, en garantía del buen desempeño de su mandato, una garantía por la suma y en las modalidades previstas en la normativa aplicable. El directorio tiene plenas facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme al artículo 1881 del Código Civil y el artículo noveno del Decreto Ley 5965/63. Puede en consecuencia celebrar toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos operar con los Bancos de la Nación Argentina, Nacional de Desarrollo, Hipotecario Nacional, Provinciales, Municipales, y/o privados del país o del extranjero y demás instituciones de crédito, otorgar a una o más personas poderes judiciales, inclusive para querellar criminalmente, o extrajudiciales con el objeto y extensión que juzgue conveniente, dejándose constancia que las enumeraciones precedentes no son taxativas, sino simplemente enunciativas, pudiendo realizar todos los actos y contratos que se relacionen con el objeto social siempre que se realicen de conformidad con las disposiciones del Comité Federal de Radiodifusión, cuando corresponda. La Sociedad no podrá ser comprometida en prestaciones a título gratuito o negocios ajenos al giro de la misma ni en fianzas o garantías de negocios que no intervenga. Artículo 9º: la fiscalización de la sociedad estará a cargo de una comisión fiscalizadora integrada por tres 3 síndicos titulares y tres 3 suplentes. Los síndicos titulares y suplentes serán elegidos por un 1 ejercicio y podrán ser reelegidos sin limitaciones. La comisión fiscalizadora en su primera reunión designará un presidente y un vicepresidente, este último reemplazará al primero en caso de ausencia o impedimento. La comisión fiscalizadora sesionará válidamente con la presencia de dos 2
de sus integrantes y adoptará sus decisiones por mayoría absoluta de los presentes, sin perjuicio de los derechos, atribuciones y deberes conferidos al síndico disidente en su caso, por el artículo 290 de la Ley 19.550. Autorizada por Asamblea Extraordinaria a del 22 de mayo de 2006.
Abogada - Mariana DAndrea Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha: 31/10/
2006. Tomo: 79. Folio: 92.
e. 07/11/2006 Nº 18.983 v. 07/11/2006

CALIFO
SOCIEDAD ANONIMA
Por esc. 444 del 24/10/06, F 1310, Registro 310 de Cap. Fed. a mi cargo, se protocolizó la Asamblea Gral. Ordinaria y Extraordinaria Unánime del 11/11/05, que dejó REFORMADO el ARTICULO 10 del Estatuto social adecuando lo referido a la garantía de los directores a lo dispuesto por la Resol. Gral. 20/04 de la I.G.J. Autorizado por esc. 444 del 24/10/06, F 1310, Registro 310
Cap. Fed.
Escribano - Carlos E. Monckeberg Legalización emitida por: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha: 30/10/
2006. Número: 061030456393/6. Matrícula Profesional Nº: 3482.
e. 07/11/2006 N 52.880 v. 07/11/2006

CEGA
SOCIEDAD ANONIMA
Se hace saber que por escritura pública número 207, de fecha 29 de setiembre de 2006, ante el Escribano Hugo Felipe PARLATORE, titular del Registro número 5, del Partido de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, se ha resuelto modificar el estatuto social: el cual queda redactado de la siguiente manera: ARTICULO OCTAVO: La dirección y administración de la sociedad estará a cargo del Directorio integrado por uno a cinco titulares, debiendo la Asamblea elegir igual o menor numero de suplentes, los que se incorporaran al Directorio por el orden de su designación. El termino de elección es de tres ejercicios.
La Asamblea fijará el numero de Directores así como su remuneración. El directorio sesionará con la mitad mas uno de sus titulares y resuelve por simple mayoría de directores presentes. En su primera reunión designará un presidente, pudiendo en caso de pluralidad de titulares elegir un Vicepresidente, que suplirá al primero en su ausencia o impedimento. Los directores titulares deberán constituir una garantía, conforme al articulo 256 de la Ley de sociedades 19550 a favor de la sociedad, por el plazo que dure su mandato mas
el periodo de prescripción de las acciones individuales que puedan realizarse en su contra, no pudiendo ser éste inferior a 3 tres años luego de culminado el mismo. Cada director, como aval de su gestión, deberá constituir una garantía minima de $ 10.000 pesos diez mil o la suma que establezca la normativa vigente, de acuerdo con lo dispuesto por el órgano de contralor. La garantía podrá consistir en bonos, títulos públicos, sumas de dinero en moneda nacional o extranjera, depositadas en entidades financieras o cajas de valores a la orden de la sociedad, fianzas, avales bancarios, seguros de caución o seguros de responsabilidad civil a favor de la sociedad. Cuando la garantía consiste en depósitos de bonos, títulos públicos o sumas en moneda nacional o extranjera, las condiciones de su constitución deberán asegurar su indisponibilidad, mientras esté pendiente el plazo de prescripción de eventuales acciones de responsabilidad. El directorio tiene amplias facultades de administración y disposición, incluso aquellas para la cual la ley requiere poderes especiales, conforme el articulo 1881 del Código Civil y articulo noveno del decreto ley 5965/
63, podrá especialmente, operar con toda clase de bancos, compañías financieras o entidades crediticias oficiales o privadas, dar y revocar poderes especiales y generales judiciales, de administración u otros, con o sin facultad de sustituir, iniciar, proseguir, contestar o desistir demandas, denuncias o querellas penales, y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la sociedad. La representación de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio o al Vicepresidente en su caso.Renuncia de los directores: señora Juana Barry y el señor Ricardo Rodolfo Bidart.- Designación de nuevo Directorio: Presidente: Jorge Alfredo BARRY, argentino, empresario, casado en 2as. nupcias con Ana María Petryszyn, 21-10-1945, DNI.
4644895 y Cuit 20-04644895-3, domiciliado en Gaona 2097, 8 Piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.- Director Titular: Andrés BIDART, argentino, empresario, casado en 1as. con Gabriela Cristina Grundy, 24-06-1973, DNI.
22.842.934 y Cuit 22-22842934-2 y Director Suplente: Javier BIDART, argentino, empresario, casado en 1as. con María Eugenia Savage, 20-031975, DNI. 23.014.856 y Cuit 20-23014856-3, domiciliados en Jacinto Calvo 756 de José Mármol, Partido de Almirante Brown, Provincia de Buenos Aires.- Por el presente autoriza al escribano Hugo Felipe Parlatore, de acuerdo a la escritura de poder especial número 207 de fecha 29 de septiembre de 2006, pasada al folio 497 del Registro 5 a mi cargo, a la publicación del presente edicto.
Notario - Hugo Felipe Parlatore
CONSTRURED
SOCIEDAD ANONIMA
Nº IGJ 1549273 Comunica que por Asamblea Extraordinaria del 22 de mayo de 2006 se resolvió reformar el artículo 10º del Estatuto social, quedando redactados de la siguiente manera: Artículo 10º: Los directores titulares constituirán, en garantía del buen desempeño de su mandato, una garantía por la suma y en las modalidades previstas en la normativa aplicable. Autorizada por Asamblea Extraordinaria del 22 de mayo de 2006.
Abogada - Mariana DAndrea Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha: 31/10/
2006. Tomo: 79. Folio: 92.
e. 07/11/2006 Nº 18.985 v. 07/11/2006

CONSULINVER
SOCIEDAD ANONIMA

Hace saber que por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha 17 de octubre de 2006
se resolvió: 1 Designar a los miembros del Directorio, cuya distribución de cargos por reunión de Directorio de igual fecha ha sido la siguiente:
Presidente: Sr. Bertrand de Lassus Dufresne, domicilio constituido en la calle Suipacha 1111, piso 31, de la Ciudad de Buenos Aires; Vicepresidente: Sr. Leopoldo Francisco González Cabaña, domicilio constituido en la calle Arenales 2896, piso 4to., departamento B, de la Ciudad de Buenos Aires; Director Titular: Sra. Laura Barbieri, domicilio constituido en la calle Suipacha 1111, piso 31, de la Ciudad de Buenos Aires; Director Suplente:
Dr. Fernando del Campo Wilson, domicilio constituido en la calle Suipacha 1111, piso 31 de la Ciudad de Buenos Aires. 2 Reformar el Artículo Cuarto del Estatuto Social. El mismo quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO
CUARTOEl capital social es de CIENTO
OCHENTA MIL PESOS $180.000, representando por ciento ochenta mil 180.000 acciones de Un Peso $1 valor nominal cada una. El capital puede aumentarse hasta el quíntuplo en la forma y con los recaudos del art. 188 de la Ley 19.550.
Abogado autorizado por Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria Nro. 11 de fecha 17
de Octubre de 2006.
Abogado - Fernando Del Campo Wilson
Escritura 443, Folio 1082, Registro Notarial N
978 de Cap. Fed., fecha 1/11/2006.- CONSTITUCION: 1 SOCIOS: I Patricia SALVADEO, argentina, nacida el 29/03/1.942, D.N.I. 14.871.526, C.U.I.T. 27-14871526-8, soltera, empresaria, domiciliada en Guatemala 4407, piso 3, depto. F, de esta C.A.B.A. II Blacida ZAYAS, argentina, nacida el 3/3/1.946, DNI 5.397.827, C.U.I.T. 2305397827-4, empresaria, viuda, domiciliada en Billinghust 132, planta baja A, de esta C.A.B.A.2 CONSULINVER S.A. 3 99 años.- 4 OBJETO: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros en el país o en el extranjero a las siguientes actividades: La realización de operaciones de distribución y promoción de inversiones inmobiliarias y mobiliarias de títulos, acciones, debentures, cédulas, bonos y cualesquiera otros documentos emitidos por Particulares, el Estado y/o Empresas Estatales y/o Mixtas y/o en participación, Entidades Financieras, de esta clase de Bienes. Para el cumplimiento de sus fines, la sociedad podrá:
a Ejercer la representación de terceros, ya se trate de personas de existencia física o ideal, en calidad de administradora, gestora, fideicomisaria o representante, con todos los derechos y obligaciones derivados de tales funciones, b afianzar, arrendar, comercializar, comprar, consignar, dar y tomar en leasing, dar y tomar en locación, financiar, gravar, hipotecar, usufructuar, vender los bienes muebles e inmuebles antes relacionados. c Dar y tomar locación o arrendamiento y comodato toda clase de bienes inmuebles, dentro o fuera del país. d Dar dinero en préstamo con o sin garantía real. e Adquirir, suscribir o transmitir por cualquier título, acciones de sociedades comerciales, cuotas sociales, debentures, Obligaciones Negociables o títulos de otras sociedades, Warrants. g Realizar estudios de falibilidad de proyectos mediante profesionales idóneos en la materia, los que deberán poseer el titulo habilitante correspondiente. g Organizar jurídica y administrativamente consorcios inversores para el desarrollo de los proyectos promovidos. h Tramitar ante instituciones financieras nacionales e internacionales, créditos y avales y participaciones para proyectos a desarrollar. i Gestionar ante los Organismos Gubernamentales componentes la obtención de beneficios para el desarrollo de proyectos. La presente enunciación no es taxativa, lo cual la sociedad podrá realizar todos los actos tendientes al cumplimiento de sus fines, que no estén prohibidos por las leyes o por este estatuto.5 Capital: $ 12.000.- 6 Dirección y Administración: 1 a 5 miembros titulares, igual o menor número de suplentes.- Término: TRES años.- 7
Representación legal: Presidente, o Vicepresidente en su caso.- 8 Prescinde de la Sindicatura 9
Directorio: Presidente: Patricia SALVADEO.- Director Suplente: Blacida ZAYAS.- Se deja Constancia que el Directorio fija domicilio especial en Guatemala N 4407, piso 3, dpto. F, Cap. Fed..10 Cierre de ejercicio: 30 de junio de cada año.11 Sede Social: Guatemala N 4407, piso 3, dpto.
F, Cap. Fed.- Leonardo Bacigaluppi, D.N.I.
26.816.263, apoderado según Poder Especial pasado a escritura pública número 443, de fecha 1/11/2006 casado al folio 1082, Registro Notarial 978, de Capital Federal.

Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha: 02/11/
2006. Tomo: 36. Folio: 791.
e. 07/11/2006 N 75.533 v. 07/11/2006

Certificación emitida por: Sebastián Reynolds.
Nº Registro: 2040. Nº Matrícula: 4296. Fecha: 02/
11/2006. Nº Acta: 143. Libro Nº: 55.
e. 07/11/2006 N 52.918 v. 07/11/2006

Legalización emitida por: Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires. Fecha: 02/
11/2006. Número: FAA02463889.
e. 07/11/2006 N 52.901 v. 07/11/2006

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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 07/11/2006 - Segunda Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data07/11/2006

Conteggio pagine48

Numero di edizioni9395

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione18/07/2024

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