Boletín Oficial de la República Argentina del 27/06/2006 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Martes 27 de junio de 2006
neral Ordinaria y extraordinaria del 9 de Mayo de 2006. 2 Aumento de Capital a $ 191.625.000.- 3
Se reforma el Art. 4º: Artículo Cuarto: El Capital Social es de $ 191.625.000, representado por 191.625.000 acciones ordinarias nominativas no endosables de un peso Valor Nominal cada una con derecho a un voto por acción. 4 Por Acta de Asamblea del 9 de Mayo de 2006 y su reapertura del 8 de Junio de 2006 se Fusionan, SWISS MEDICAL S.A. Sociedad Absorbente y QUALITAS
MEDICA S.A., DOCTHOS S.A. y MEDICAL IMAGE S.A. Sociedades Absorbidas las cuales se disuelven sin liquidarse. 5 Compromiso Previo de Fusión del 23 de Marzo de 2006. 6 Balance Especial del 31 de Diciembre de 2005 y Consolidado a esa fecha. 7 La Fusión se fija con efecto Retroactivo al 12 de Enero de 2006. VANESA PAULA
SCAZZUSO, autorizado según Escritura Nº 280
del 23 de Junio de 2006.
Certificación emitida por: Flavia Andrea Rossi.
Nº Registro: 1897. Nº Matrícula: 4123. Fecha:
23/06/06. Nº Acta: 052. Libro Nº: 48.
e. 26/06/2006 Nº 46.141 v. 28/06/2006

V

VALLE DE LAS LEÑAS Sociedad Anónima Inspección General de Justicia Nº 260979 inscripta bajo el Nº 1383 del libro 97 tomo A de Sociedad Anónima, con sede social en la calle Cerrito 1186 piso 8º de Capital Federal, hace saber por tres días, que por Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha 14/11/2005 se resolvió aumentar el capital social de $ 32.154.489
a $ 60.894.644 mediante la capitalización del total de la cuenta Ajuste de Capital por un monto de $ 28.740.155, emitiéndose en consecuencia la cantidad de 28.740.155 acciones ordinarias de valor nominal $ 1.- y con derecho a 5 votos por acción. Acto seguido se resolvió aumentar el capital social por la suma de $ 2.879.485, por lo que capital social se elevó a la suma de $ 63.774.129.
Por este aumento de capital se emitirán la cantidad de 2.879.485 acciones de valor nominal $ 1.y con derecho a 5 votos por acción. En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 194 de la Ley 19.550, párrafo tercero, se comunica a los señores accionistas de Valle de las Leñas S.A. que podrán ejercer el derecho de suscripción preferente por el plazo de ley con relación a las 2.879.485 acciones a emitirse como consecuencia del aumento de capital de $ 2.879.485 resuelto. Carlos A. Nogueira Martearena, abogado, inscripto en el tomo 35 folio 17 C.P.A.C.F., autorizado por Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha 14/11/2005.
Abogado - Carlos A. Nogueira Martearena Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha:
22/06/2006. Tomo: 35. Folio: 17.
e. 23/06/2006 Nº 65.527 v. 27/06/2006

2.4. REMATES COMERCIALES

ANTERIORES

El martillero Ernesto Machado, con domicilio en la Av. Corrientes 1312 Piso 10º Casillero 179 de esta ciudad, designado por la parte acreedora en los terminos de los arts. 57 y 65 de la ley Nº 24.441, comunica por tres dias en los autos MELO, Ilde Ines c/CARIDE, Monica Maria s/Ejecución Especial ley 24.441, Expte. Nº 42.779/04, en trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 51 sito en Uruguay 714 Piso 2º de Capital Federal, que rematara el dia 30 de Junio de 2006 a las 13,45 horas en Tte. Gral. J. D.
Peron 1233 de esta ciudad, el inmueble ubicado en Rincón 1102 esq. Humberto Primo, Unidad Nº 28 Piso 6º Dpto. D de Capital Federal. Nomenclatura Catastral Circ. 8 Secc. 22, Manzana 50, Parcela 12. Matricula 8-1271/28. Superficie 34,25 m2, que consta de 2 ambientes, baño y cocina. Ocupado. Adeuda al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por A.B.L. al 24/1/06 $ 940,93, a Aguas Argentinas al 24/1/06 $ 2.500,63. Expensas Comunes al 10/1/06 $ 11.080,39. Base u$s 2.560,00. No habiendo postores se dispondra media hora después con la reduccion del 25% y si tampoco existiera postores se ordenara la venta sin base y al mejor postor. Seña 30%. Comision 4%, todo en efectivo en el acto de la subasta. El comprador debera constituir domicilio en Capital
Federal. El inmueble se exhibira el dia 28 de junio de 2006 de 13 a 15 horas. El saldo de precio se abonara dentro de los cinco dias de efectuada la subasta en la calle Libertad 192 Piso 4º Of. 8 de esta ciudad de 14 a 19 horas. La transferencia de dominio se realizara por escritura publica indefectiblemente ante la escribana Sra. Alicia E. Busto.
Buenos Aires, 14 de junio de 2006.
Ernesto Machado, martillero.
e. 23/06/2006 Nº 59.609 v. 27/06/2006

Se comunica por el termino de tres días, que por cuenta y orden del Banco Hipotecario SA de conformidad con el art 16 de la Ley 24.855, las facultades previstas en el art. 36 de la ex CO de la institución y el art. 26 del Dto 924-97 del PEN en autos Banco Hipotecario SA c/Moleon Rodrigues Alfredo s/ej hip. exp. 101.351-01 que tramita ante el Juzgado Nacional P. Inst. en lo Civil 13, Sec Unica con asiento en Av. Inmigrantes 1950 Cap.
Fed., que el martillero Manuel L. Lastra rematara el 30 de junio de 2006 a las 11.30 hs en el salón de Talcahuano 479, Cap Fed, el inmueble sito en Cordoba 876, Ciudad y Pdo. de Zarate, Nom Cat.:
C.I, S.H, M.56, Ch.6, P.18 Matr.506 Sup.186,05
m2. La casa de una planta consta de liv.comedor, 2 dormitorios, baño, cocina comedor diario, patio al fdo. c/anexo de dormitorio y baño incompleto.
Garage cubierto. Buen estado general. Ocupado por la Sra. Paula Torres y 3 hijos menores. Exhibicion: 28 y 29 de junio de 11 a 13 hs. Venta adcorpus, en el estado físico y jurídico en que se encuentra. Deudas: Rentas $ 3.413,30 a 31-5-06, CEZ $ 801,90 a 21-4-06, c/Municipio $ 345,43 a 21-4-06 En lo relativo a tasas y contribuciones se hace saber el Plenario del Fuero Civil en autos Servicios Eficientes SA c/Yabra R s/ej. del 18-299 Los gastos y honorarios de escrituración serán a cargo del comprador. Base $ 36.069. En caso de fracaso del primer remate se llevara a cabo uno nuevo, media hora después, Sin Base. Forma de Pago: Seña: 30% Comisión: 3% Sellado 1% En efectivo. Saldo de precio deberá abonarlo dentro de los 10 días hábiles de aprobado el remate por el BH Los pagos deberán efectuarse en el B.H. o donde este indique. El comprador debe fijar domicilio en la Cap. Fed. Inf. 15-4998-2408.
Buenos Aires, 16 de junio de 2006.
Hernán A. Domínguez, Lider de Mora Judicial, Gcia. Gestión de Cobranza.
e. 23/06/2006 Nº 59.704 v. 27/06/2006

BOLETIN OFICIAL Nº 30.934

Quinto: MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. Carlos Rolando Massaccesi. René Vicente Casas, presidente.
Hugo Marcelo Savio. Diego M. Matteucci, secretario.
e. 23/06/2006 Nº 515.939 v. 06/07/2006

Primero: CONDENANDO a JUANITO RODRÍGUEZ VEIZAGA, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de CUATRO
AÑOS DE PRISIÓN, multa de PESOS: DOSCIENTOS VEINTICINCO $ 225, la pena de inhabilitación absoluta que prescribe el artículo 12 del Código Penal, por encontrarlo autor penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes, previsto y penado por el artículo 5º inciso C
de la ley 23.737, con costas.Segundo: FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 1 de Diciembre del año dos mil ocho, y diez días para el pago de multa y costas del Juicio.Tercero: ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.Cuarto: Remitir copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Juanito Rodríguez Veisaga, para su correspondiente notificación en ese lugar.Quinto: REMITIR a Juanito Rodríguez Veisaga, al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la condena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo.Sexto: Mandando que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. RENE VICENTE
CASAS, Presidente. HUGO MARCELO SAVIO.
CARLOS ROLANDO MASSACCESI. Ante mí:
EFRAÍN ASE, secretario.
e. 14/06/2006 Nº 515.115 v. 28/06/2006

El TRIBUNAL ORAL CRIMINAL FEDERAL DE
JUJUY, FALLA:
I. CONDENAR a SIMON CONDORI MENDOZA, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS y SEIS MESES
de PRISIÓN, inhabilitación especial para ejercer el comercio por el tiempo de la condena; inhabilitación, especial perpetua para desempeñarse como funcionario o empleado aduanero, miembro de la policía auxiliar aduanera, o de las fuerzas de seguridad, despachante de aduana, agente de transporte aduanero o proveedor de abordo de cualquier medio de transporte internacional y como apoderado o dependiente de cualquiera de estos tres últimos, inhabilitación absoluta por el doble tiempo que el de la condena para desempeñarse como funcionario o empleado público, por encontrarlo autor responsable del delito de contrabando de importación de estupefacientes, agravado por 3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.
su destino de comercialización, previsto y sancioCONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS
nado por los Art 866 2º párrafo, en función del Art.
864 inc. a de la Ley 22.415 y sus modificatorias, con más las inhabilitaciones del art. 876 inc. e por el tiempo de la condena, f, y h , sin perjuicio ANTERIORES de las que correspondan en sede aduanera, y las costas del juicio.II. COMPUTO de PENA. Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de libertad el 28

de marzo de 2.009; y diez días para el pago de las TRIBUNAL ORAL
costas del juicio.
III. ORDENAR la destrucción del remanente del EN LO CRIMINAL FEDERAL
material secuestrado estupefaciente, con interJUJUY
vención de la autoridad sanitaria federal.
IV. REMITIR a SIMON CONDORI MENDOZA
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpor unanimidad:
pla la condena privativa de libertad en unidad carFALLA:
Primero: CONDENANDO a SANTUSA VARGAS celaria a su cargo, dejando constancia de que en ZELAYA, de las calidades personales mencionala audiencia de visu pidió traslado a un lugar dondas más arriba, a la pena de CUATRO AÑOS DE de pueda trabajar.V. NOTIFICAR la Sentencia en lugar de detenPRISIÓN, multa de PESOS: DOSCIENTOS VEINTICINCO $ 225, la pena de inhabilitación absoción bajo acta. MANDAR que por Secretaría se luta que prescribe el artículo 12 del Código Penal, registre este fallo, y se hagan las comunicaciopor encontrarla autora penalmente responsable del nes, oficios y notificaciones. RENE VICENTE
delito de Transporte de Estupefacientes cocaíCASAS. HUGO MARCELO SAVIO. CARna, figura prevista y penada por el artículo 5º LOS ROLANDO MASSACCESI. Ante mí: EFRAÍN
ASE, secretario.
inciso C de la ley 23.737, con costas.e. 14/06/2006 Nº 515.107 v. 28/06/2006
Segundo: FIJANDO como fecha de cumplimien to de la pena privativa de la libertad, el día 14 de Abril del año dos mil nueve, y diez días para el
pago de multa y costas del Juicio.El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, Tercero: ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, por unanimidad:
FALLA: Primero: CONDENANDO a RONALD
con intervención de la autoridad sanitaria federal.Cuarto: REMITIR copia de la presente sentenJIMÉNEZ ANTELO, de las calidades personales cia al actual lugar de detención de Santusa Varmencionadas más arriba, a la pena de CUATRO
gas Zelaya, para su correspondiente notificación AÑOS DE PRISIÓN, multa de PESOS: DOSCIENTOS VEINTICINCO $ 225, la pena de inhabilitaen ese lugar.-

3. Edictos Judiciales
33

ción absoluta que prescribe el artículo 12 del Código Penal, por encontrado autor penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes, previsto y penado por el artículo 5 inciso C
de la ley 23.737, con costas.
Segundo: FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 29 de Junio del año dos mil nueve, y diez días para el pago de multa y costas del Juicio.
Tercero: ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
Cuarto: Remitir copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Ronald Jiménez Antelo, para su correspondiente notificación en ese lugar.
Quinto: REMITIR a Ronald Jiménez Antelo, al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la condena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo.
Sexto: Mandando que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. RENE VICENTE
CASAS, PRESIDENTE. HUGO MARCELO
SAVIO. CARLOS ROLANDO MASSACCESI.
DIEGO M. MATTEUCCI, Secretario.
e. 21/06/2006 Nº 515.752 v. 04/07/2006

FISCALIA NACIONAL
EN LO PENAL ECONOMICO
N 1
La Fiscalía Nacional de Primera Instancia en lo Penal Económico N 1 a cargo de la Dra. Carolina Robiglio, Secretaría a cargo del Dr. Maximiliano Padilla, en la causa N 5261, caratulada TRANSTERMINAL S.A. S/DCIA. S/CONTRABANDO, en trámite ante esta Fiscalía en los términos del art.
196 del C.P.P., notifica a ABELARDO MIGUEL
GONZALEZ D.N.I. N 13.508.385, ELIO GUSTAVO MENDIETA D.N.I. N 21.436.768, GABRIEL VIÑAS DNI N 25.316.465, RAFAEL
EDUARDO CONDE DNI N 20.825.168, JORGE HORACIO BAMBACHE D.N.I. N
12.946.879, ORLANDO RAÚL PELLlCCI D.N.I.
N 20.268.137, ROBERTO BRUCKNER D.N.I.
N 20.922.200, WALTER FABIÁN MELCHIORE
D.N.I. N 17.307.028 Y JORGE ANTONIO AMADEO PAGLlONE D.N.I. N 22.380.045, el auto que se transcribe: Buenos Aires, 29 de diciembre de 2005.- desígnase al Sr. Perito Calígrafo Oficial Guillermo Anzorena para que realice una pericia de su especialidad tendiente a determinar:
a en el TLAT 003689 N b en el TLAT 00652 A
c en el TLAT 001374 C d en el TLAT 002125
U e en el TLAT 003387 X Notifíquese haciéndose saber que se podrá proponer perito de parte art. 259 del C.P.P. dentro del tercer día de notificados FDO.: CAROLINA ROBIGLlO. FISCAL. ANTE MI: RAFAEL M. SARRABAYROUSE
BARGALLO. SECRETARIO.
Secretaría, 13 de junio de 2006.
Maximiliano Padilla, secretario.
e. 21/06/2006 Nº 515.657 v. 27/06/2006

JUZGADOS NACIONALES
EN LO CIVIL

Nº 16
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil No. 16, interinamente a cargo de la Dra. Cecilia Yolanda Federico, Secretaría Unica, interinamente a cargo de la Dra. Karina Sandra Frignani, sito en Av. de los Inmigrantes 1950, entre piso, Capital Federal, notifica a Carlos Rubén Delgado, la sentencia, sus aclaratorias y resoluciones complementarias, dictadas en autos AVENDAÑO
APAZA, ZACARÍAS c/ NUEVOS RUMBOS S.A.
DE TRANSPORTE y OTROS s/ DAÑOS y Perjuicios Expte. No. 122724/98, que se transcriben:
Buenos Aires 21 de Febrero de 2006. FALLO:
I. Rechazando la excepción de falta de legitimación para obrar pasiva, opuesta por Compañía de Seguros La Mercantil Andina Sociedad Anónima.II. Admitiendo la excepción planteada por Martha Rosa Méndez Sánchez.- III. Haciendo lugar a la demanda. En consecuencia, condeno a Carlos Rubén Delgado, Rufino Britez y Carlos Sebastián Marchini, por ser los conductores de los vehículos, y a Nuevos Rumbos Sociedad Anónima de Transporte Automotor Comercial, Industrial, Financiera e Inmobiliaria, Luis Ariel Lucente y Juan Carlos Marchini, por ser los titulares de dominio de los rodados involucrados, a abonar a Zacarías Avendaño Apaza, en el plazo de diez días de pasada esta decisión en autoridad de cosa juzgada,

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/06/2006 - Segunda Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data27/06/2006

Conteggio pagine44

Numero di edizioni9383

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione06/07/2024

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