Boletín Oficial de la República Argentina del 31/08/2005 - Segunda Sección

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Segunda Sección
Miércoles 31 de agosto de 2005
de la citada ley. Intímese al fallido y a terceros para que pongan a disposición del síndico la totalidad de los bienes del deudor en la forma que sea más apta para que el funcionario concursal tome inmediata y segura posesión de los mismos. A los efectos de la realización de bienes déjese constancia que no se realizarán mas citaciones que la edictal y que se procederá a la venta en los términos de la L.C.:
217,1, realizándose el patrimonio con inmediata distribución de los fondos entre los acreedores verificados, sin perjuicio de las reservas para los insinuados. Decrétase la inhabilitación definitiva de la fallida y la de sus integrantes por el plazo de un año contado desde la fecha de la presente art.234 a 238 de la ley 24.522 . Intimese a la fallida a que dentro de 24 hs. entregue los libros de comercio y demás documentos relacionados con su contabilidad al sindico. lntímese al fallido para que en el plazo de cinco días cumpla con los requisitos del art. 11
inc.7 de la ley 24.522 conforme art.86. Prohíbase a los terceros hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. Intímese al fallido para que dentro de las 48 hs. constituya domicilio en esta jurisdicción, bajo apercibimiento de tenerlo por constituído en los términos de los ars. 41 y 133 del CPCCN.
Buenos Aires, 24 de agosto de 2005.
María José Gigy Traynor, secretaria.
e. 31/8 N 489.694 v. 6/9/2005

N 11
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 11 a cargo del Dr. Miguel F. Bargalló, Secretaria N 21 desempeñada interinamente por la Dra. Nancy Rodriguez, sito en la Avda. Callao 635 5
piso de Capital Federal, hace saber a los creedores que en los autos caratulados SOCKNET S.A.
S/ QUIEBRA, se ha presentado el informe final, proyecto de distribución de fondos y se han regulados los honorarios a los profesionales actuantes.
Las observaciones al mismo deberán realizarse dentro de los diez días de la última publicación conf.
art. 218 Ley 24.522. Publíquense edictos por dos días.
Buenos Aires, 18 de Agosto de 2005.
Nancy Rodríguez, secretaria interina.
e. 31/8 N 489.719 v. 1/9/2005

El Juzgado Nacional de 1 Instancia en lo Comercial N 11 a cargo del Dr.Miguel F.Bargallo, Secretaría N 21 a mi cargo, sito en Av. Callao 635 P:5, Capital Federal, en autos YUDACHKIN MARCELO
FABIAN s/ pedido de quiebra por Coop.V.C.C. UNICRED Ltda, exp.n 92924/2003 cita y emplaza MARCELO FABIAN YUDACHKIN para que en el plazo de cinco días invoque y pruebe cuanto estime conveniente a su derecho bajo apercibimiento de designarle Defensor Oficial. El presente debe publíquese por dos días en el Boletín Oficial.
Buenos Aires, 13 de mayo de 2005.
María Marta Nieto, secretaria interina.
e. 31/8 N 45.322 v. 1/9/2005

EDICTO: El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 11 a cargo del Dr. Miguel F.
Bargalló, Secretaría n 22 a cargo interinamente de la Dra. PAULA MARINO, con sede en Av. Callao 635
piso 5 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica por cinco días el estado de quiebra de CVR TORNERIA S.R.L. S/ QUIEBRA, C.U.I.T. N
30-55751441-0, decretada con fecha 5/8/05. El síndico actuante es el contador IGNACIO VICTOR
KACZER con domicilio constituido en CALLAO 441
17 D de Capital Federal, a quien los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 24/10/05. Se deja constancia que el 5/12/05 y el 16/2/06 se fijaron como fechas de presentación de los informes previstos en los arts. 35
y 39 de la L.C.Q., respectivamente. Se intima a la fallida y a cuantos tengan bienes y documentación de la misma a ponerlos a disposición de la sindicatura, prohibiéndose hacer pagos o entregas de bienes so pena de considerarlos ineficaces. Se intima a la fallida para que dentro de las 48 hs. cumpla los recaudos pertinentes que exige el art. 86 de la ley 24522.
Buenos Aires, 18 de agosto de 2005.
Paula Marino, secretaria interina.
e. 31/8 N 489.785 v. 6/9/2005

EDICTO: El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 11 a cargo del Dr. Miguel F.
Bargalló, Secretaría n 22 a cargo interinamente de la Dra. PAULA MARINO, con sede en Av. Callao 635
piso 5 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica por cinco días el estado de quiebra de DREAMLAND S.A. S/ QUIEBRA, C.U.I.T. N 3064621551-6, decretada con fecha 3/8/05. El síndico actuante es el contador MARIA EZEQUIELA FESTUGATO con domicilio constituido en LAVALLE 1607,
1 F de Capital Federal, a quien los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 20/10/05. Se deja constancia que el 1/12/05 y el 14/2/06 se fijaron como fechas de presentación de los informes previstos en los arts.
35 y 39 de la L.C.Q., respectivamente. Se intima a la fallida y a cuantos tengan bienes y documentación de la misma a ponerlos a disposición de la sindicatura, prohibiéndose hacer pagos o entregas de bienes so pena de considerarlos ineficaces. Se intima a la fallida para que dentro de las 48 hs. cumpla los recaudos pertinentes que exige el art. 86 de la ley 24522.
Buenos Aires, 16 de agosto de 2005.
Paula Marino, secretaria interina.
e. 31/8 N 489.792 v. 6/9/2005

N 13

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 13, a cargo de la Dra. Alejandra N.
Tevez, Secretaría N 26, a cargo de la Dra. María Julia Morón de Jajan, sito en Marcelo T. Alvear 1840, 4 piso, de esta capital. comunica por CINCO días que con fecha 23 DE AGOSTO DE 2005, en los autos caratulados GUANTANAMERA S.A., se resolvió decretar la quiebra de GUANTANAMERA S.A., CUIT N 30-69321555-9, haciéndole saber a éste y a los terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean de la fallida, así como la prohibición de realizar pagos a la misma, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las veinticuatro horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, así como también a que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal la jurisdicción del Tribunal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. La síndico designada en las presentes actuaciones es la contadora IRMA MARTA HERRERA, con domicilio en la calle VIAMONTE 1454, PISO
4 DPTO. A, domicilio éste al cual deberán concurrir los acreedores a insinuar sus créditos hasta el día 22 DE NOVIEMBRE DE 2005. El presente deberá ser publicado por el término de cinco días sin necesidad de pago previo y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere art. 89 inc. 3 LC..
Buenos Aires, 23 de agosto de 2005.
María Julia Morón de Jajan, secretaria.
e. 31/8 N 489.793 v. 6/9/2005

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 13 a cargo de la Dra. Alejandra N.
Tevez, Secretaria N 26, a cargo del Dr. Jorge A.
Cardama, comunica por dos días que en los autos caratulados: FAISER S.R.L. S/QUIEBRA se ha presentado el proyecto de distribución de fondos, y se han regulado los honorarios por las tareas, correspondientes al concurso preventivo: al sindico Alberto Enrique Lopez en $ 700, el del letrado apoderado de la concursada Dr. Guido Barbarosch en $ 300, y el del letrado patrocinante de la concursada Dr. Mariano Martín Morat en $ 300; por los trabajos cumplidos a partir del decreto de quiebra: el del sindico en $ 800. Publíquese por dos días.
Buenos Aires, 4 de agosto de 2005.
Jorge Cardama, secretario.
e. 31/8 N 489.789 v. 1/9/2005

N 19

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 19, a cargo de la Dra. Adela Norma Fernández, Secretaría N 38, a cargo de la Dra.
Susana Beatriz Blanco, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, P.B., Capital Federal, comunica por CINCO
días, que con fecha 5 de julio de 2005 se decretó la quiebra de CAMARONES S.A., CUIT: 30-619129918, con domicilio en CAMARONES 2844, Capital Federal en los autos caratulados CAMARONES S.A.
PEDIDO DE QUIEBRA POR OBRA SOCIAL DE
LOS EMPLEADOS DE COMERCIO Y ACTIV. CIVILES, Expte. N 45836 en la cual se designó síndico a la Contadora GHIGLIANO ZULMA con domicilio en la calle PASAJE CIPOLETTI 554-, ante quien los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 12/09/2005. El síndico presentará los informes de los arts. 35 y 39 de la ley concursal, los días 25/10/2005 y 06/12/2005 respectivamente. Se intima a la deudora y sus administradores para que cumplimenten los siguientes recaudos: Pongan los bienes a disposición del Síndico a fin de que el funcionario concursal pueda tomar inmediata y segura disposición de los mismos, como en su caso de corresponder para que entregue al Síndico en 24
horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. Constituya en autos domicilio procesal dentro de las 48 horas, bajo apercibimiento que las sucesivas notificaciones se
BOLETIN OFICIAL Nº 30.728

tendrán por realizadas en los términos de los arts.
141 y 133 Cód Proc.. Se prohíbe los pagos y/o entrega de bienes a la fallida so pena de considerarlos ineficaces y se intima a quienes tengan bienes y documentos de la fallida en su poder, para que los pongan a disposición de la sindicatura en cinco días.
Fdo: Adela Norma Fernández. Juez.
Buenos Aires, 23 de agosto de 2005.
Susana Beatriz Blanco, secretaria.
e. 31/8 N 489.786 v. 6/9/2005

N 20

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 20 a cargo del Dr. Gerardo D. Santicchia, Secretaría N 39 a mi cargo, en los autos caratulados BLOISE DE VIVES MARIA JULIA
S/ QUIEBRA hace saber que con fecha 15/06/2005
se decretó la quiebra de BLOISE DE VIVES MARIA
JULIA y que hasta el día 4.10.05 los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación al síndico Carlos León Desseno con domicilio constituido en la calle PERON 158 PISO 5 así como los títulos justificativos de sus créditos. El síndico presentará los informes previstos en los arts. 35 y 39
de la ley 24.522 los días 15.11.05 y 27.12.05, respectivamente. Prohíbese hacer pagos y/o entrega de bienes al fallido so pena de considerarlos ineficaces, intimado al fallido y a terceros que tengan bienes del fallido para que los pongan a disposición del síndico dentro del quinto día. Intímase al fallido para que dentro de las 48 hs. constituya domicilio procesal bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado y para que entregue al síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad y para que en el plazo de cinco días acompañe un estado detallado y valorado del activo y pasivo con indicación precisa de su composición, ubicación, estado y gravámenes de los bienes y demás datos necesarios para conocer debidamente su patrimonio.
Para ser publicado en el Boletín Oficial por el término de cinco días sin pago previo.
Buenos Aires, 16 de agosto de 2005.
Ana V. Amaya, secretaria.
e. 31/8 N 489.787 v. 6/9/2005

N 22

LLAMADO A MEJORA DE OFERTA. El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 22
Secretaría N 43 con sede en Marcelo T. de Alvear 1840 3 piso de esta Ciudad, comunica por un día que en autos EMPRESA CENTRAL EL RÁPIDO S.A.T.A. s/QUIEBRA S/INCIDENTE DE VENTA
DE ACCIONES, Expte. N 50.535, se ha dispuesto el llamado a mejorar la oferta de $ 20.000.- efectuado por el Sr. Néstor Otero, respecto de 153.796
acciones societarias que Empresa Central El Rápido S.A.T.A. poseía en la firma TEBA S.A., representativas del 1,025% del capital social de esta última.
Las presentaciones deberán ser realizadas por escrito, en sobre cerrado que no contendrá señas externas salvo los autos para los cuales se dirigen y se agregarán al proceso con su correspondiente cargo de recepción. Deberán hallarse firmadas por quienes las formulen o por los representantes legales en caso de tratarse de personas jurídicas, debiendo éstos acreditar la representación que invoquen por medio de instrumento fehaciente. No se admitirán propuestas en comisión. Las enmiendas o raspaduras deberán hallarse salvadas al pie y suscriptas. El plazo para la presentación de las ofertas vence el día 6 de septiembre de 2005 a las 12.00
horas, momento en que se procederá a abrir los sobres presentados en la audiencia pública con presencia del síndico y los oferentes, o sus representantes con facultades suficientes para el acto. Carecerá de derecho a mejorar su propuesta aquél oferente que no comparezca al acto, cualquiera sea su motivo. La simple presentación de las propuestas implica para todos los oferentes el pleno conocimiento y aceptación de las presentes condiciones y de las normas de aplicación supletoria. Todas las resoluciones que se dicten en el presente trámite de llamado a mejora de oferta serán inapelables. Las ofertas se clasificarán por orden de mayor precio.
En el acto de apertura de las ofertas presentadas, y una vez conocidas ellas, todos los presentes en el acto que así lo requieran podrán mejorar la mejor oferta presentada, pujando hasta obtener el mayor precio, mediante posiciones que no podrán hallarse por debajo del 5% de la oferta anterior. El adjudicatario deberá integrar el precio dentro del tercer día de la notificación de la adjudicación. El depósito se hará efectivo en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Tribunal, a la orden de estos obrados. Vencido el plazo anterior y no cumplidos los recaudos se otorgará la adjudicación al oferente que siga en orden de turno, quien deberá cumplir con las cláusulas pertinentes en el tiempo fijado. El incumpli-

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miento del adjudicatario implicará la resolución del contrato sin necesidad de interpelación alguna, y lo hará pasible de lo previsto por el art. 584 del Código Procesal, respecto del postor remiso. Cualquier oferta inferior a la que sirve de base para el llamado a mejora de oferta será descalificada no pudiendo tomarse en cuenta. La sindicatura deberá pronunciarse acerca de las propuestas y mejoras que se hubieren presentado en el mismo acto de la audiencia.
La Sindicatura deberá brindar todas las explicaciones que le sea posible sobre los bienes objeto de este llamado. Las garantías de las ofertas serán devueltas después de los treinta días de quedar firme el auto de adjudicación correspondiente, con excepción de las presentadas y aportadas por el que resulte adjudicatario y por quien hubiere realizado la segunda mejor oferta. La persona física y jurídica que adquiera los bienes no podrá transferir total o parcialmente su dominio mientras no se encuentre abonado el saldo de precio y cubiertos los gastos cargados a su parte. La posesión de los bienes será entregada al adquirente, en el estado en que se encuentren, contra la acreditación en el expediente del depósito en la cuenta de autos del precio de compra. En garantía de las ofertas los eventuales oferentes deberán depositar el 10% del precio de su oferta a la orden del Tribunal en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Tribunales, debiendo acompañarse la constancia del depósito con la oferta respectiva. En caso de resultar adjudicatario, dicha suma será imputada como pago a cuenta de precio. La adjudicación podrá resolverse: por incumplimiento del adjudicatario de cualquiera de las obligaciones asumidas a raíz de la operación y contenidas en este llamado a mejora de oferta. La mora operará de pleno derecho y producirá la caducidad de los plazos. La falta de pago en término del saldo de precio provocará la pérdida del importe depositado a ese momento, ello sin mengua del reclamo por daños y perjuicios que pueda deducir la quiebra en razón del incumplimiento alegado.
por presentación en concurso de acreedores o petición de propia quiebra, o quiebra decretada del adjudicatario con pérdida de las sumas abonadas.
Publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial tomando en consideración la envergadura de los bienes de que se trata. Se dejará constancia en ellos que los oferentes deberán constituir domicilio en la Jurisdicción del tribunal y que la adjudicación se hará conocer por cédula en caso que el adjudicatario no se hallare presente en el acto de apertura de sobres.
Buenos Aires, 15 de agosto de 2005.
M. Gabriela Gutiérrez Cabello, secretaria.
e. 31/8 N 489.848 v. 31/8/2005

N 26

El Juzgado de Primera Instancia en lo Comercial Nro 26, sito en la calle CALLAO 635 1 - CAPITAL
FEDERAL a cargo de la DRA. MARIA ELSA UZAL, Secretaría n 51 a mi cargo, en los autos caratulados: CZARNETZKI, CHRISTIAN WOLFGANG
S/PEDIDO DE QUIEBRA POR GESTISUR S.R.L.
ha dispuesto la citación de CZARNETZKI CHRISTIAN WOLFGANG, con DNI 93774130, a fin de que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de designársele Defensor Oficial para que lo represente.- Publíquese por 1 día en el Boletín Oficial.
Buenos Aires, 4 de agosto de 2005.María Verónica Balbi, secretaria.
e. 31/8 N 43.457 v. 31/8/2005

JUZGADOS NACIONALES
EN LO PENAL ECONOMICO
N 4

El Juzgado Nacional en lo Penal Económico nro.
4, Secretaría nro. 7, a cargo de la Dra. Amanda Ruiz Ramirezsito en Avda. de los Inmigrantes 1950, piso 2do. cita y emplaza por el término de CINCO
DÍAS a OSCAR ANTONIO VARGA de nacionalidad uruguayo, D.N.I. N 92.677.459 a fin de preste declaración indagatoria ante este Tribunal dentro del quinto día de notificado, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de ordenar su captura y declarar su rebeldía. Como recaudo legal se transcribe el auto que ordena la medida: Buenos Aires, 9 de agosto de 2005.- cítese a Oscar Antonio Varga a prestar declaración indagatoria ante este Tribunal dentro del quinto día de notificado, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de ordenar su captura y declarar su rebeldía. Notifíquese mediante la publicación de edictos.- FDO. CARLOS A. LIPORACEJUEZANTE
MIAMANDA RUIZ RAMIREZ -SECRETARIABuenos Aires, 9 de agosto de 2005.
e. 31/8 N 489.800 v. 6/9/2005

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 31/08/2005 - Segunda Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data31/08/2005

Conteggio pagine52

Numero di edizioni9389

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione12/07/2024

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