Boletín Oficial de la República Argentina del 30/10/2003 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.266 2 Sección lló, Secretaría N 21, a cargo de la Dra. Marcela Macchi, sito en Callao 435, 5 Piso, comunica por cinco días la Quiebra de NOI DUE S.R.L., C.U.I.T.
N 30-68003825-9, decretada con fecha 14/10/
2003. El síndico actuante es el Contador Jorge Guillermo Podesta con domicilio constituido en la calle Reconquista 336 piso 8 T. a quien los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 15/12/2003. El síndico deberá presentar el informe previsto por el art.
35 de la ley 24.522 el día 26/2/2004 y el estatuido por el art. 39 de la mentada ley el día 8/4/2004.
contando el Tribunal con plazo para dictar la resolución prescripta por el art. 36 de la L.C.Q., el día 11/3/2004. Se intima a los terceros que tuviesen bienes o documentos de la fallida a que los entreguen en el término de cinco días al síndico, previniéndoseles la prohibición, de hacer pagos a la misma o recibirlos. bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. Se intima a la fallida para que en el plazo de 48 hs. constituya domicilio en esta jurisdicción, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Tribunal.
Buenos Aires, 22 de octubre de 2003.
Marcela L. Macchi, secretaria.
e. 30/10 N 430.159 v. 5/11/2003

N 12
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 12, a cargo del Dr. Juan Manuel Ojea Quintana, Secretaría N 23, a cargo del Dr. Emilio Perea, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 P.B. comunica por cinco días la declaración de quiebra de JULIO CESAR LEGASPI, D.N.I. 13.555.496, con domicilio en la calle Montiel 2867, Cap. Fed., debiendo los señores acreedores presentar los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 8/12/2003 ante el síndico don Luis Ricardo Kralj en Bouchard 468, 5to I, Cap. Fed. El período de observación de créditos del art. 34 LCQ vence el día 22/12/03. El síndico presentará el informe individual del art. 35 el 10/2/04 y la resolución del art. 36 se fija para el 24/2/04. El día 23/3/04 vence el plazo para la presentación del informe general del art. 39 y para solicitar revisión en los términos del art. 37. Las observaciones señaladas por el art. 40 deberán ser presentadas hasta el 6/4/04.
Se intima a los acreedores del fallido y a cuantos tengan bienes y documentos del mismo a ponerlos a disposición del síndico dentro de las 24 hs., prohibiéndose hacer pagos o entrega de bienes so pena de considerarlos ineficaces. Se intima al fallido para que en el término de 48 hs constituya domicilio procesal bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado y para que dentro del término de 24 hs entregue al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. Intímaselo también para que cumpla con lo dispuesto por el art. 86 ley 24.522. El presente deberá publicarse en el Boletín Oficial por cinco días sin previo pago sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere.
Buenos Aires, 17 de octubre de 2003.
Emilio Perea, secretario.
e. 30/10 N 430.267 v. 5/11/2003

N 16
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 16, a cargo del Dr. Alfredo A. Klliker Frers, Secretaría N 32, sito en Av. Callao 635, Planta Baja, de la Ciudad de Buenos Aires, República Argentina, comunica y hace saber por dos días en los autos caratulados GREAT
BRANDS, INC. s/Concurso Preventivo, que se ha resuelto con fecha 16 de octubre de 2003 autorizar, en los términos del Art. 16, in fine, de la Ley N 24.522, a GREAT BRANDS, INC., una sociedad, constituida bajo las leyes de las Islas Caimán GREAT BRANDS, a que transfiera a Desarrollo y Gestión S.A., una sociedad constituida en la República Argentina DyG, 43.862.000
acciones ordinarias, nominativas no endosables de $ 1 valor nominal cada una y derecho a un voto por acción de Havanna S.A. la Sociedad, representativas del 100% del capital social y votos de la Sociedad, por un precio de US$ 5.210.000, con más la suma resultante de la diferencia positiva entre la existencia en caja de la Sociedad a la fecha de la transferencia y la suma de $ 13.500.000, por hasta un monto máximo de $ 3.000.000 y la liberación del crédito resultante del llamado préstamo sindicado, actualmente declarado admisible en el concurso por valor de US$ 32.481.732,39. Asimismo, DyG ha asumido una obligación irrevocable de hacer que la Sociedad efectúe todos los actos necesarios para otorgar abiertas ciertas licencias. La autorización ha sido otorgada sujeto al previo cumplimiento de: i
el depósito a la orden del Tribunal de la suma de $ 4.470.110,43, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires; y ii cierta publicidad edictal. Asimismo, en forma simultánea con, y como condición para, la transferencia de las acciones emitidas por la Sociedad a favor de D&G, Deutsche Bank Trust Company Americas, Citibank N.A. International Banking Facility, Banco BI Creditanstalt S.A., Banco Río de la Plata, Grand Cayman Branch, Citibank N.A., Sucursal Buenos Aires y Banco Patagonia Sudameris S.A. los Bancos Acreedores han acordado ceder a favor de Banco Bansud S.A.
Bansud y Randall Invest Limited Co. Randall, los créditos que los Bancos Acreedores tienen contra la Sociedad, como prestataria, y contra GREAT BRANDS, como garante, en virtud del contrato de préstamo denominado US$ 42,000,000
Second Amended and Restated Senior Secured Credit Agreement, de fecha 10 de agosto de 2000
y sus posteriores modificaciones el Préstamo Sindicado. La cesión se efectuará en las siguientes proporciones: i Bansud, la suma de US$ 12.000.000 de valor nominal; y ii Randall, el saldo remanente. Los cesionarios de los créditos emergentes del Préstamo Sindicado, han acordado liberar a GREAT BRANDS de cualquier obligación como garante del Préstamo Sindicado. Asimismo, Randall ha acordado irrevocablemente i capitalizar en Havanna el crédito que se le ceda; y ii hasta tanto dicha capitalización tenga lugar, subordinar dicho crédito y los derechos de cobro de él derivados, a la previa e íntegra satisfacción del crédito que se ceda a Bansud. Bansud ha propuesto también irrevocablemente a DyG que cuando ésta sea titular del ciento por ciento de las acciones de la Sociedad acordará reestructurar su crédito de US$ 12.000.000, transformando la moneda de pago a pesos, y llevando el plazo total de amortización de la obligación a 5
años, bajo una tasa de interés del orden del 9%
anual, por lo menos para el período comprendido entre la formalización de la reestructuración y el 31/3/04 y a acordar por las partes para los períodos subsiguientes, tomando en consideración las condiciones del mercado. Asimismo, DyG, ha asumido los compromisos de: a mantener en marcha a la Sociedad y sus fuentes de trabajo y el de no realizar ninguna reestructuración ni ajuste en la nómina de personal de la Sociedad, salvo causas justificadas; b operar la Sociedad con el propósito de que la Sociedad continúe desarrollando su actividad productiva y comercial a través de su fortalecimiento patrimonial y financiero, y c efectuar una propuesta para acreedores quirografarios que asegure el pago del 100% de dichos créditos, en un plazo no superior a 5 años. Finalmente, se hace saber que los demás antecedentes y condiciones de la operación constan en el expediente judicial el cual se encuentra a disposición de los interesados para su consulta en la sede del Juzgado. Publíquese por 2 días en Boletín Oficial de la República Argentina.
Buenos Aires, 24 de octubre de 2003.
Jorge Héctor Yacante, secretario.
e. 30/10 N 7152 v. 31/10/2003

El Juzgado Nac. de 1ra. Inst. en lo Comercial N
16 a cargo del Dr Alfredo A. Klliker Frers, Secretaría N 32 a mi cargo, sito en Callao 635 P.B Cap.
Fed., comunica por 2 días, que en autos MARCO
DEL PONT S.A. s/Quiebra s/Incidente de Realización de Bienes ha dispuesto llamado a mejorar la oferta presentada por el Sr. Jorge E. N. Geza Farkas respecto de los marcas propiedad de la fallida, en la suma de $ 8.000 por las registradas en la Rep. Argentina: ALEPUE clase 32; CROUVILLE clases 03-42-31-30-29-05-01-33-32-28-2119-16-04-02-34, todas tipo D; CROUVILLE-CASA
MARCO DEL PONT clase 33 tipo M; FUENTE
CATARINA clase 42 tipo D, MARCO DEL PONT
clases 42-31-30-29-05-03-01-02-04-16-19-21-2528-34 todas tipo D; CASA MARCO DEL PONT
clases 32 y 33 tipo M; TROPICAL JUICE clases 5
y 32 tipo M y en la suma de $ 7.000 por las del exterior registradas: en Uruguay: CROUVILLE y MARCO DEL PONT clases 32 y 33 tipo D; en Paraguay: CROUVILLE y MARCO DEL PONT clases 32 y 33 tipo D; en Perú: CROUVILLE y MARCO DEL PONT clase 32 tipo D; en Chile: CROUVILLE y MONTEFIORE clases 32 y 33; FACUNDO
clase 32, todas tipo D; y en Brasil: CASA DE TROYA-CRESPI-FACUNDO-CROUVILLE y KEYPORT, clases 35:10, MARCO DEL PONT clases 35:10 y 29:10-30; TROPICAL JUICE clase 35:10 con situación 33 Oposic, Situación de Despacho AP y MONTEFIORE clase 35:10 con Situación 13 Pedido Comunicado, Situación de Despacho AP todas tipo D. Las ofertas se presentarán en sobre cerrado, indicando en su exter. carátula del expte.
sin identific. del proponente en la sede del Juzgado de 7,30 a 13,30 hasta el 7/11/03, debiendo contener en su inter. domic. real y constit. adjun-

Jueves 30 de octubre de 2003

tando en su caso copia del poder o copia certif.
del contr. social o estatuto y las actas que acrediten la represent. del presentante y decisión social de efectuar la oferta. No se admitirán ofertas de comisionistas o gestores de negocios. Se adjuntará garantía de mantenim. de oferta equiv. al 10%
de la misma mediante bol. de depósito en el Bco Ciudad de Bs. As en la cta. de autos y a la orden del tribunal, el precio ofrecido consignado en letr.
y núm. en pesos o dól. Estadoun. Las resol. que se dicten en el presente llamado a mejorar oferta son irrecurribles y las notific. se efectuarán ministerio legis-art. 133 CPr. No hay plazo de gracia, no aceptándose ofertas posteriores a la fecha y hora señalada ut supra. Apertura de sobres el 10/11/03 a las 10,00 hs. en la Sala de Aud. del Tribunal. Luego, todos los oferentes sin excepción tendrán derecho a mejorar sus ofertas, asentándose las mejoras que se expresen, ilimitadamente. Cada oferta representará un mínimo del 5% en relación a la anterior debiendo el síndico realizar los cálculos. La adjudicac. recaerá en el mismo acto sobre la oferta más alta debiendo quien la hubiera formulado depositar el sdo. de precio dentro del 3er. día, caso contrario será declarado postor remiso art. 584 C. Pr. y perderá su derecho a reclamar la devol. de la garantía y las sumas eventualmente abonadas. En ese caso, el magistrado podrá adjudicar el bien a quien le asigne el 2 lugar y así sucesiv. en caso de reiterarse los incumplimientos. Las garantías serán devueltas una vez firme el decto. de adjudicac. e integrado el sdo. del precio. La presentación de oferta implica el pleno conocimiento del procedimiento aquí fijado y la aceptación del mismo.
Buenos Aires, 24 de octubre de 2003.
Jorge Héctor Yacante, secretario.
e. 30/10 N 430.169 v. 31/10/2003

N 18
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 18, Secretaría Nro. 35, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, 3 Piso de la Ciudad de Buenos Aires, hace saber por cinco días que con fecha 6 de octubre de 2003 se resolvió decretar la quiebra de ARPLAMEC S.A., inscripta en la IGJ
con fecha 20/9/1984 bajo el N 6.405, L 99 T A
de Sociedades Anónimas, CUIT N 30-614434119; haciéndose saber a los acreedores que el síndico Walter Arturo Calleja, con domicilio en Lambare 1140 piso 1 A de esta Ciudad recepcionará hasta el día 5 de marzo de 2004 sus solicitudes de verificación y los títulos justificativos de sus créditos. El informe individual previsto por el art.
35 L.C.Q. deberá presentarse el día 19 de abril de 2004 y el informe general del art. 39 L.C.Q. el día 1 de junio de 2004. Se ha dado orden e intimado a la fallida para que entregue sus bienes al síndico;
cumpla los requisitos a que se refiere el art. 89 de la ley de concursos; entregue al síndico dentro de las 24:00 hs. sus libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad; y constituya domicilio procesal en esta ciudad dentro de las 48:00 hs., bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados del Juzgado.
Asimismo, se ha decretado la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. El presente se libra por mandato de SS en los autos caratulados: ARPLAMEC SA s/Quiebra pedida por HIDRAULICA SVSA, Expte. N 038.446, en trámite por ante este Juzgado y Secretaría.
Buenos Aires, 22 de octubre de 2003.
María Florencia Estevarena, secretaria.
e. 30/10 N 430.244 v. 5/11/2003

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 18, Secretaría Nro. 35, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, 3 Piso de la Ciudad de Buenos Aires, hace saber por cinco días, que con fecha 7 de octubre de 2003 se resolvió decretar la Quiebra de T.L.A. SA., inscripta en la IGJ con fecha 31/8/01 bajo el N 190 L 16, T A de Sociedades por Acciones; haciéndose saber a los acreedores que el síndico Alfredo Rubén Darío Rodríguez con domicilio en Marcelo T. de Alvear 1775
Piso 9 B de esta Ciudad recepcionará hasta el día 19 de marzo de 2004 sus solicitudes de verificación y los títulos justificativos de sus créditos.
El informe individual previsto por el art. 35 L.C.Q.
deberá presentarse el día 4 de mayo de 2004 y el informe general del art. 39 L.C.Q. el día 16 de junio de 2004. Se ha dado orden e intimado a la fallida para que entregue sus bienes al síndico;
cumpla los requisitos a que se refiere el art. 89 de la ley de concursos; entregue al síndico dentro de las 24:00 hs. sus libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad; y constituya domicilio procesal en esta ciudad dentro de las 48:00 hs., bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados del Juzgado.

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Asimismo, se ha decretado la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. El presente se libra por mandato de SS en los autos caratulados: TLA SA s/Pedido de Quiebra DI
LACIO FERMIN Expte. N 045.392, en trámite por ante este Juzgado y Secretaría.
Buenos Aires, 22 de octubre de 2003.
María Florencia Estevarena, secretaria.
e. 30/10 N 430.243 v. 5/11/2003

N 19
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial No. 19, a cargo de la Dra. Adela Norma Fernández, Secretaría No. 37, a mi cargo, comunica en los autos caratulados LE BOULEVARDS
S.R.L. s/Quiebra, que por auto del 15 de septiembre de 2003 se ha decretado la Quiebra de LE
BOULEVARDS S.R.L. C.U.I.T. 30-69441998-0, Inscripta en la Inspección General de Justicia el 6/1/1996 bajo el Nro. 117 del L 108, habiendo sido designado Síndico la Cont. Mabel Herrera, con domicilio en Rodríguez Peña 694, 7 piso E, Capital Federal, ante quien los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación hasta el día 15 de diciembre de 2003. Los informes previstos en los arts. 35 y 39 de la ley 24.522 se presentarán los días 27 de febrero y 5 de mayo de 2004
respectivamente. Intímese a la deudora para que cumplimente los siguientes recaudos: a Cumplir con los requisitos previstos por el art. 11, inc. 2, 3, 4 y 5, ley 24.522, y de corresponder en igual término los mencionados por los incisos 1 y 7 del mismo artículo; b Poner los bienes a disposición del síndico, a fin de que el funcionario concursal pueda tomar inmediata y segura disposición de los mismos, como así también, de corresponder, para que entregue al síndico en 24 hs. los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. c Constituya en autos domicilio procesal, dentro de las 48 hs. bajo apercibimiento de que las sucesivas notificaciones se tendrán realizadas en los términos de los arts. 41
y 133 del CPCC. d Abstención de salir del país sin previa autorización del Tribunal. Prohibir los pagos y/o entrega de bienes a la fallida bajo pena del considerarlos ineficaces e intimar a quienes tengan bienes y documentos de la misma para que los pongan a disposición del síndico en cinco días.
Buenos Aires, 17 de octubre de 2003.
María Fernanda Mazzoni, secretaria.
e. 30/10 N 430.155 v. 5/11/2003

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 19, a cargo de la Dra. Adela Norma Fernández, Secretaría N 38, a cargo del Dr. Federico Santiago Johnson, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, P.B., Capital Federal, comunica por cinco días, que con fecha 21 de agosto de 2003
se decretó la quiebra de GRAFICA MANTOVA
S.A., CUIT: 30-663300219-2, con domicilio en Cnel. Pagola 3758, Capital Federal en los autos caratulados GRAFICA MANTOVA S.A. sobre concurso preventivo, Expte. N 42.274 en la cual se designó síndico al Contador Andrés Angel Landro con domicilio en la calle Avda. Scalabrini Ortíz 215, 3 piso A, ante quien los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 9/12/2003.
El síndico presentará los informes de los arts. 35
y 39 de la ley concursal, los días 23/2/2004 y 05/
4/2004 respectivamente. Se intima a la deudora y sus administradores para que cumplimenten los siguientes recaudos: Pongan los bienes a disposición del Síndico a fin de que el funcionario concursal pueda tomar inmediata y segura disposición de los mismos, como en su caso de corresponder para que entregue al Síndico en 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. Constituya en autos domicilio procesal dentro de las 48 horas, bajo apercibimiento que las sucesivas notificaciones se tendrán por realizadas en los términos de los arts. 141 y 133 Cód Proc. Se prohíbe los pagos y/o entrega de bienes a la fallida so pena de considerarlos ineficaces y se intima a quienes tengan bienes y documentos de la fallida en su poder, para que los pongan a disposición de la sindicatura en cinco días. Fdo.: Adela Norma Fernández, Juez.
Buenos Aires, 17 de octubre de 2003.
Federico S. Johnson, secretario.
e. 30/10 N 430.259 v. 5/11/2003

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 19, a cargo de la Dra. Adela Norma Fernández, Secretaría N 38, a cargo del Dr. Fe-

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TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data30/10/2003

Conteggio pagine56

Numero di edizioni9419

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione11/08/2024

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