Boletín Oficial de la República Argentina del 08/01/2001 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.561 2 Sección Giménez Patricia Raquel, D.N.I. 23.107.269, Manuelita Rosas 960 Río Cuarto.
Merlo María Sandra, D.N.I. 16.903.488, Ruta 19
km. 313 Montecristo.
Corvalán Diego Rafael, D.N.I. 27.524.612, Sarmiento y Bolivia Villa de María.
Moresi José Luis, D.N.I. 22.829.717, Camino Público s/n Laguna Larga Martín Antonio Roberto, D.N.I. 18.484.925, Viamonte 324 Laboulage.
Manzanelli Gladys Silvana, D.N.I. 26.876.609, Cosquín s/n Mina Clavero.
Irusta José Alberto, D.N.I. 27.393.745, Conobio Soto 1074 Villa Dolores.
Kiss Guido Ariel, D.N.I. 27.870.087, Drago 1371
San Francisco.
Colrat Héctor Oscar, D.N.I. 22.222.286, Independencia s/n Bower.
Ibáñez Gabino Ernesto, D.N.I. 11.011.976, Calle Pública San Fco. del Chañar.
Hernández María Cristina, D.N.I. 14.373.098, Bianco s/n Villa Ascasubi;
Aguiar Damián Ricardo, D.N.I. 14.854.073, 9 de Julio 448 James Craick;
Dalmasso Graciela, D.N.I. 21.890.834, Colón 370
Hernando;
Delavalle Diego Damián, D.N.I. 28.113.793, M.
Argentinos 1090 Río Tercero;
Ceballos María Gladys, D.N.I. 4.524.335, Irigoyen 250 Río Tercero.
Salguero Adriana del Carmen, D.N.I. 24.489.903, Fassi s/n Sarmiento.
Auad Jalil Angel, D.N.I. 6.384.577, Sarmiento s/n Villa Tulumba.
Monti María Solidad, D.N.I. 22.169.671, Estrada s/n Morrison;
Utrera José Fernando, D.N.I. 12.092.845, Velázquez 326 Bell Ville;
Stortini Aurelio Alfredo, D.N.I. 6.541.767, 12 de Octubre 270 Canals.
NOMINA DEL CONSEJO PROVINCIAL
Titulares:
Presidente:
Dr. Orlando Enrique Sella, D.N.I. 6.603.133, Naciones Unidas 198, Villa María Presidente Alterno:
Dra. Sofía Teresa Auad, D.N.I. 4.955.548, Dip. J.C.
Moyano s/n Villa Tulumba Vicepresidente:
Isabel Romero Morán, D.N.I. 14.920.646, Castro Barros 75, Córdoba Capital;
Secretario General:
Eugenio Eduardo Ferrari, D.N.I. 7.986.757, Lavalleja 2826, Córdoba Capital;
Evelina Andrada, D.N.I. 11.393.570, Almirante Brown 477, Cruz del Eje Rolando Filadelfo Rivero, D.N.I. 8.401.502, Bv. La Plata s/n James Craik Dpto.
Mario Jesús González D.N.I: 6.652.575, Chiclana 353 Río Cuarto.
Analía del Valle Saracco, D.N.I. 23.752.696, Moreno 597 Huinca Renancó Darío Gustavo Capitani, D.N.I. 23.592.954, Bolívar 1798, Villa María Umberto Luis Pécora, D.N.I. 3.856.147, Av. Libertador 867, Leones Alicia Menta, D.N.I. 11.025.731, Francisco Bermúdez 4441, Córdoba Juan Bautista Sella, D.N.I. 6.607.329, Alberdi 406
Embalse Dpto. Calamuchita;
Roxana Elizabeth Tuninetti, D.N.I. 25.236.427, Duarte Quirós 256 5b Córdoba José Horacio Domínguez, D.N.I. 6.600.981, Bruno Ceballos 545,Villa María Yolanda Marcela Mofficoni, D.N.I. 1.569.558, Manzana 3 dpto. 16b Córdoba María del Valle Bianco, D.N.I. 4.479.184, Maipú 561
Villa María Dpto. Gral. San Silián Inés Vecchio, D.N.I. 10.250.548, Av. Sabio 93, Río Tercero Dpto. Tercero María Cecilia Erramouspe, D.N.I. 16.654.540, zona urbana Ausonia Dpto. Gral. Oscar Martín González, D.N.I. 6.614.704, Marcos Juárez 267 Bell Ville Dpto.
Marcelo Omar Zárate, D.N.I. 11.514.780, San Luis 265, Dean Funes Suplentes:
Raúl Horacio Mendilahatzu, D.N.I. 10.683.122, Francisco Bermúdez 4441
María Evangelina Correa, D.N.I. 20.787.792, Vieytes 650 Bell Ville Dpto. Unión;
Víctor Armando Granado, D.N.I. 20.575.533, Cirilo Allende 246 Alta Gracia María del Carmen Castro, D.N.I. 13.785.909, San Martín s/n San Carlos Minas Jorge Alberto Sibona, D.N.I. 12.550.690, Sarmiento 530 Laboulaye Nélida del Valle Roldán, D.N.I. 5.671.640, Zona Urbana San Fco. del Chañar José Carlos Alvarez, D.N.I. 6.509.855, del Balneario s/n Villa Cerro Azul Ana Laura León, D.N.I. 24.188.734, Córdoba 51
4b, San Francisco Sur Mario Ricardo Huppi, D.N.I. 13.507.317, Uruguay 1484,General Cabrera Patricia Raquel Giménez, D.N.I. 23.107.269, Manuelita Rosas 960, Bº Río Cuarto TRIBUNAL DE DISCIPLINA PARTIDARIO:
Presidente:

Dr. Jorge Alfredo Carubín, D.N.I. 6.514.376, San Juan 1174, Villa María Vicepresidente:
Dra. Patricia Jacqueline Caruso, D.N.I. 24.617.672, Vélez Sarsfield 267, Villa María Secretaria:
María Celesta Sella, D.N.I. 24.617.790, Rivadavia 32, Villa María San Martín;
Vocales Titulares:
Dr. Federico Berto Menzio, D.N.I. 14.665.123, Sabattini 745 Villa María.
Roberto Daniele, D.N.I. 6.597.514, Zona urbana Embalse Calamuchita;
Gloria Esther Ramona Pascuali, D.N.I. 16.654.531, Pública s/n Ausonia Vocales Suplentes:
Omar Osvaldo Martín, D.N.I. 8.346.002, La Rioja 1389, Villa María San Martín;
Ana María Guiñazú, D.N.I. 13.311.983, Comercio y Perón, Embalse Calamuchita;
Francisca Rosa Tavolai, D.N.I. 4.410.916, Vélez Sarsfield 175, Río Tercero Comisión Revisora de Cuentas:
Titulares:
Juárez Gabriel Darío, D.N.I. 20.380.966, Castro Barros 75 2 piso a, Córdoba Aquistapace Jessica Noelia, D.N.I. 26.380.864, Lonardi esq. Mosconi, Villa María Macias Ana Gabriela, D.N.I. 11.025.731, Manzana 3 dpto. 16, Córdoba Suplentes:
Caula Fernando Daniel, D.N.I. 25.888.395, 9 de Julio 653 Villa Nueva Fernández Edgar Javier, D.N.I. 21.757.121, Acapulco 89 Villa María San Martín;
Sánchez Irma Beatriz, D.N.I. 13.568.904, Naciones Unidas 198 Villa María CARLOS PABLO DIERS, Secretario Electoral.
e. 8/1 Nº 340.072 v. 8/1/2001

PARTIDO SOCIALISTA DEMOCRATICO
Distrito Córdoba

Acta N 2: en la ciudad de Córdoba a los doce 12
días del mes de setiembre de 2000, se reúnen los miembros de la JUNTA ELECTORAL del Partido Socialista Democrático Distrito Córdoba en la sede sita en calle Sucre N 474, de la ciudad de Córdoba Capital, y siendo las 23 horas, y con la presencia de sus miembros titulares, Cro. Claudio Luque en su carácter de presidente, y las compañeras Clara Toledo y Gladys Maldonado, se inicia la reunión, y la presidencia informa de la nota recibida de los Cros.
Víctor Cemborain y Martín Luque representantes y apoderados de la Lista Celeste y Blanca, los cuales están presentes ejerciendo su condición de fiscales, en la cual comunican que se debe reemplazar de la candidatura para lo cual se lo nominara en la presentación anterior de fecha 28 de agosto, al compañero Roque Raimundo Luna, por cuanto ha renunciado a ser candidato, e indican que en su reemplazo para Miembro Suplente N tres 3 deberá incluirse al Cro. Leopoldo Ledesma D.N.I. 7.991.784.
Por lo cual propongo que se instrumente dicha correctiva a los fines que corresponda, puesta a consideración lo manifestado por el Cro. Claudio Luque, se aprueba por unanimidad. Acto seguido por presidencia se menciona pasar a un cuar to intermedio, hasta la hora de vencimiento de hora para la presentación de listas, es decir las 24 horas del día de la fecha. Siendo las 0,30 horas del día 13/09/
2000, se reinician la sesión. Por lo que el presidente pone a consideración el pronunciamiento de esta Junta electoral sobre el objeto principal de este acto, registrar la lista de candidatos presentadas en tiempo y forma conforme al cronograma de convocatoria. De lo que se deja constancia que: venciendo el 2 plazo para la presentación y habiéndose verificado como única presentación la Lista denominada Celeste y Blanca, esta Junta por unanimidad considera: a que habiéndose cumplido todos los requisitos exigidos por la carta orgánica partidaria en su artículo N 52.
B y ante las circunstancias de la presentación de una única lista.
Conforme a lo establecido en la carta orgánica artículo N 52 punto cuatro 4 y ha solicitud de los apoderados de lista Celeste y Blanca aquí presentes, esta Junta Electoral, Resuelve: Consagrar los candidatos integrantes en su totalidad de la lista Celeste y Blanca para la integración de la Junta Ejecutiva de Distrito, y Comisión revisora de cuentas a los afiliados que se detallan a continuación:
JUNTA EJECUTIVA DE DISTRITO
TITULARES:
D.N.I.
D.N.I.
D.N.I.
D.N.I.
D.N.I.
D.N.I.
D.N.I.

SUPLENTES:

7.988.699
6.548.432
7.954.734
5.697.172
6.594.006
2.786.478
6.484.203

23

CAPITULO IV

JULIO TOMAS GUDIÑO
MIGUEL ANGEL LOPEZ
ROQUE RAIMUNDO LUNA
JOSE MARIA FERRERO
CLARA ELENA RAMOS

D.N.I.
D.N.I.
D.N.I.
D.N.I.
D.N.I.

6.423.680
6.649.615
6.758.616
6.600.567
5.818.540

COMISION REVISORA DE CUENTAS
TITULARES:
MARIA EUGENIA LUQUE
NESTOR HUGO LUCHINI
PACIANO RAUL LEON

D.N.I. 22.564.652
D.N.I. 6.528.819
D.N.I. 2.781.980

SUPLENTES:
TOMAS AGUSTIN CRUZ
SILVIA DEL VALLE UBOLDI
YOLANDA ELENA DASTRES

D.N.I. 25.917.182
D.N.I. 16.157.954
D.N.I. 5.950.830

Con los que terminó el acto, que previa lectura y ratificación firman los intervinientes, siendo la hora una del día 13 de septiembre de 2000.
CARLOS PABLO DIERS, Secretario Electoral.
e. 8/1 Nº 340.068 v. 8/1/2001

PARTIDO FRENTE GRANDE CATAMARCA

AFILIADOS Y ADHERENTES
Artículo 7: Podrán ser miembros del partido los argentinos nacidos o por opción que hayan cumplido los 18 años de edad, acepte su declaración de principios, carta orgánica y programa, cumplan las decisiones del partido, respeten la disciplina partidaria y demás obligaciones estatutarias. La afiliación se mantendrá abierta en forma permanente. Aprobada la solicitud se le entregará al afiliado una constancia oficial.
Artículo 8: No podrán ser afiliados: a Los inhabilitados por ley electoral, mientras dure su inhabilitación. b Los autores, cómplices o instigadores de fraude electoral. c Los que no cumplan con la Carta Orgánica y demás disposiciones partidarias. d Los que directa o indirectamente modificaren, adulteraren, tacharen o desprestigiaren listas oficiales de candidatos del partido.
Artículo 9: Son derechos de los afiliados: a Exponer libremente sus ideas y participar en las decisiones que competen al organismo u organismos a los que pertenezca. b Elegir y ser elegidos para desempeñar cargos electivos y directivos. c El debido proceso en toda cuestión relacionada con el derecho de afiliación Ley 23.298 título VII. d Participación y control en el gobierno y administración del partido, según las disposiciones reglamentarias que la Dirección dicte a ese efecto.
e Información y capacitación en las medidas de las necesidades del partido. f Sólo los afiliados tienen derecho a ser elegidos en los cargos partidarios.

CARTA ORGANICA
CAPITULO I
SIMBOLOS Y DENOMINACIONES
Artículo 1: El Partido FRENTE GRANDE adoptará los símbolos, colores y logotipos que establezcan oportunamente las autoridades de distrito o nacionales, ad-referéndum de la Asamblea de distrito o nacional, respectivamente.
CAPITULO II

ACTA DE PROCLAMACION DE LISTA UNICA
JUNTA ELECTORAL

VICTOR MIGUEL CEMBORAIN
CESAR JESUS MUSSETTA
OCTAVIO VICTOR VEDELAGO
SILVIA ESTER DIAZ
CARLOS ALEXIS FERRERO
MANUEL MOLINA SANCHEZ
JOSE MARTIN LUQUE

Lunes 8 de enero de 2001

OBJETIVOS
Artículo 2: El Partido FRENTE GRANDE afirma la necesidad del régimen democrático, participativo, representativo, republicano y federal como así también los principios y fines de la Constitución Nacional; fijando como objetivos los establecidos en la declaración de principios y base de acción política.
CAPITULO III
PATRIMONIO
Artículo 3: El patrimonio del partido estará integrado por: a Las contribuciones de los afiliados. b Los aportes extraordinarios que abonen los afiliados, adherentes y simpatizantes, que no estén prohibidos por la legislación vigente.
Los fondos del partido deberán depositarse en Bancos nacionales, provinciales o municipales, a nombre del partido y a la orden de las personas que designe la Dirección Provincial y la Dirección Nacional en su caso. Las cuentas bancarias deberán estar a la orden conjunta de dos afiliados como mínimo.
Los bienes inmuebles adquiridos con fondos partidarios o que provinieran de donaciones deberán inscribirse a nombre del partido.

Artículo 10: Son obligaciones de los afiliados: a Aceptar las disposiciones emanadas de los organismos partidarios y obrar consecuentemente. b No realizar actos que lesionen o entorpezcan las decisiones adoptadas por los organismos de conducción. c Ningún afiliado o núcleo de afiliados podrá atribuirse la representación del partido, de sus organismos o de otros afiliados, sino estuvieren autorizados.
Artículo 11: Son adherentes al partido los argentinos menores de 18 años y los extranjeros. Deben solicitarlo y recibirán constancia de su adhesión. Gozarán de los mismos derechos y obligaciones que los afiliados excepto en materia electoral.
CAPITULO V
GOBIERNO Y ADMINISTRACION
Artículo 12: Son organismos de conducción del Partido: La Asamblea Nacional, El Plenario Federal, la Dirección Nacional, las Asambleas Provinciales, las Direcciones Provinciales, El Secretariado Ejecutivo Provincial, las Asambleas Departamentales y las Direcciones departamentales.
Artículo 13: Son órganos deliberativos: a La Asamblea Nacional. b La Asamblea Provincial. c Las Asambleas Departamentales.
Artículo 14: Son órganos ejecutivos: a La Dirección Nacional. b Las Direcciones Provinciales. c Las Direcciones Departamentales.
Artículo 15: Todo lo relacionado con la Asamblea Nacional y la Dirección Nacional se regirá por lo establecido en la Carta Orgánica Nacional.
ASAMBLEA PROVINCIAL

Artículo 4: Con el objeto de ordenar las finanzas, la Dirección Provincial o la Nacional en su caso, establecerá las normas relativas a la administración de su patrimonio, el manejo de fondos, la elaboración de presupuestos, el pago y cobro de porcentajes destinados a la formación del patrimonio partidario. Es obligatorio para todas las instancias partidarias la presentación de balances anuales.

Artículo 16: La Asamblea Provincial del Partido es el Organismo Supremo y representa la soberanía partidaria. Será elegido por consenso o por el voto secreto y directo de los afiliados de la provincia. Estará integrado por tres asambleístas por cada uno de los departamentos de la provincia correspondiéndole también un asambleísta más por cada mil afiliados o fracción no menor a setecientos cincuenta.

Artículo 5: La Dirección Provincial llevará la contabilidad partidaria de conformidad con las disposiciones legales vigentes. La administración y empleo de fondos partidarios serán controlados por una comisión revisora de cuentas designada por la Dirección Provincial, compuesta por tres miembros, preferentemente profesionales en ciencias económicas y tres suplentes quienes reemplazarán a los titulares en caso de ausencia, renuncia, fallecimiento o remoción. En el ejercicio de su función, la comisión podrá recabar de todos los organismos partidarios la documentación y datos que considere necesario para el mejor desarrollo de sus funciones. El partido deberá contratar una auditoría externa para que verifique y certifique anualmente el patrimonio de las autoridades y candidatos electos quienes pondrán a disposición los elementos que se requieran. Esta obligación comienza en la fecha en que se hacen cargo de sus funciones tanto los funcionarios electos, directores o administradores de empresas públicas y autoridades partidarias.

En los casos en que solamente deban elegirse tres asambleístas, uno de ellos representará a la minoría, siempre que ésta obtenga el 33% de los votos validos emitidos. Durarán dos años en sus funciones y podrán ser reelegidos.

Artículo 6: Sesenta días antes de la reunión ordinaria anual de la Dirección Provincial la Comisión elevará el balance anual, adjuntando su dictamen técnico.

Artículo 17: La Asamblea Provincial tendrá su sede en la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, pero en cada reunión se podrá designar otro lugar de la provincia, donde se realizará la siguiente.
El quórum se formará con la mitad más uno de los asambleístas en la primera citación y con un tercio en la segunda convocatoria.
Sus deliberaciones se regirán por el reglamento partidario y supletoriamente por el reglamento vigente en la Cámara de Diputados de la provincia.
Artículo 18: La Asamblea Provincial designará sus autoridades de su seno, por consenso, de no alcanzarlo se resolverá en votación secreta, a simple mayoría de votos de sus miembros presentes. Serán autoridades un Presidente, un Vice Presidente y cuatro Secretarios. Las autoridades durarán un año en sus funciones y podrán ser reelectas.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 08/01/2001 - Segunda Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data08/01/2001

Conteggio pagine44

Numero di edizioni9380

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione03/07/2024

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