Boletín Oficial de la República Argentina del 22/12/2000 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

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BOLETIN OFICIAL Nº 29.552 2 Sección
Viernes 22 de diciembre de 2000

Juzg.

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Secretario
Fecha Edicto
NORA C. GONZALEZ DE ROSELLO
JULIO ALFREDO AULIEL
DANIEL H. RUSSO
DOLORES MIGUENS
DIEGO HERNAN CANCELA
MARTIN ALEJANDRO CHRISTELLO
MARTIN ALEJANDRO CHRISTELLO
EDUARDO PARODY
FERNANDO P. CHRISTELLO
DANIEL J. PAZ EYNARD
DANIEL J. PAZ EYNARD
DANIEL J. PAZ EYNARD
DANIEL J. PAZ EYNARD
MARTA N. COCCIA
MARIA CRISTINA BATTAINI
EDUARDO A. VILLANTE
EDUARDO A. VILLANTE
DANIEL RUBEN TACHELLA
DANIEL RUBEN TACHELLA
MARIA C. BOURGES CAPURRO
MARIA C. BOURGES CAPURRO
SILVIA FERNANDEZ MUÑIZ

3.4 REMATES JUDICIALES

NUEVOS

JUZGADO NACIONAL
EN LO CIVIL

30/11/00
7/12/00
12/12/00
1/12/00
14/12/00
7/12/00
7/12/00
14/12/00
12/12/00
6/12/00
22/12/00
12/12/00
11/12/00
12/12/00
11/12/00
22/12/00
18/12/00
7/12/00
7/12/00
4/12/00
15/12/00
13/12/00

Asunto
ALEJANDRINA MARTHA ARANA
DIEGO SANTOS BENITO
OSCAR SEBASTIAN TARDITO
MARIA ESTHER ROSAS Y BELGRANO
JULIO MONTSERRAT COTONAT y MARIA LUISA SALADINO viuda de COTONAT
OFELIA DOLINDA GARCIA FERNANDEZ
ANIZA CHEDIEK
DE LORENZO ISABEL BETINA
VICENTE LUIS ARANIBAR
GHISONI, OSVALDO
ANTONIO DOMINGO MASTRIACO
ELSA ANGELICA CASTELO
ITALO LA VECCHIA
PEDRO CARNECHIA
CARLOS ALBERTO DAZZINI
JOSE FRANCISCO SANFELICE y CONSTANCIA AURORA BLACONA
GUSTAVO OSCAR TESTA
NELIDA AMENEIRO y NAZARENO MAGRI
HORACIO PILUSO
DAPELO, BERNARDO JORGE y LLOMBART, ZULEMA ROSA JOSE SAMEC SIMON FITERE y JOSEFA LOPEZ

a las 10, en Tte. Gral. Juan D. Perón 1233, Capital Federal, el vehículo marca Mercedes Benz, tipo automotor furgón 4 puertas, modelo MB 180D, año 1994, con motor marca Mercedes Benz Nro.
616963-10-198226, chasis marca Mercedes Benz Nro. VSA 631372-13-156807, dominio TWB 341.
El vehículo presenta cubiertas en mal estado, detalles de chapa y pintura y no arranca. Base $ 3.500. El vehículo se exhibirá en Moseñor Bufano 1558, San Justo, Provincia de Buenos Aires, los días 5 y 6 de febrero de 2001, de 10 a 12.
Comisión 10%. El martillero queda autorizado a entregar el vehículo previo pago del precio. El comprador en el acto del remate deberá abonar el arancel aprobado por Acordada CSJN Nro. 10/99 del 0,25% punto 7 Anexo Acordada CSJN 24/2000.
El comprador constituirá domicilio en Capital Federal.
Buenos Aires, 11 de diciembre de 2000.
Mariel S. Dermardirossian, secretaria.
e. 22/12 N 1227 v. 27/12/2000

N 108
El Juzgado Nacional en lo Civil N 108, Secretaría Unica, sito en Talcahuano 490 - 3 de Capital Federal, comunica por dos días en autos COLOMBOTTO, HECTOR EDGARDO c/MAO, ROBERTO
y Otro s/Ejec. Alquileres, Exp. 18.954/95, que el martillero Horacio A. Villalba CUIT 20-041127733, rematará el 7 de febrero de 2001 a las 12,30
horas en Tte. G. J. D. Perón 1233 de Capital Federal el 50% indiviso de la Unidad Funcional 46, piso 7mo., Letra B de Otamendi 19/31 de Capital Federal. Superficie 47,45 m2. Porcentual 1 entero, Matrícula 7-7726/46, Circ. VII, Sec. 45, Mza. 125
Parc. 17. Base: $ 15.000. Seña: 30%, Arancel C.S.J. 0,35%, Comisión 1,5% más IVA. Adeuda a Aguas Argentinas $ 45.27 al 30-8-2000; a O. Sanitarias $ 17,60 al 19-4-99, Municipales sin deuda, Expensas comunes sin deuda al 31-8-2000.
Según lo informado en autos consta de un livingcomedor, un dormitorio ambos con balcón a la calle un baño completo y una cocina, en buen estado de conservación y se encuentra ocupado por la Sra. Delia Caruso de Rabetini DNI
3.381.088, quien manifestó ser inquilina de la Sra.
María Leonor Bianchi. El comprador debe constituir domicilio en la Capital Federal y depositar el saldo dentro del 5to. día de aprobada la subasta.
El adquirente no afrontará las deudas por impuestos, tasas y contribuciones anteriores a la posesión, cuando el monto obtenido en la subasta no alcance a solventarlos. Exhibición: 1ro., 2 y 5 de febrero de 2001 de 15 a 18 horas.
Buenos Aires, 13 de diciembre de 2000.
Daniel Rubén Tachella, secretario.
e. 22/12 N 389 v. 26/12/2000

JUZGADO NACIONAL
EN LO COMERCIAL
N 26
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 26, Secretaría N 51, sito en Avda.
Callao 635, piso 1, Buenos Aires, comunica por tres días en autos ARMANDO J. RIOS S.A.C.I.F.
c. CONTRERAS JOSE VICTOR s. Ejecución Prendaria Expte. Nro. 30.456, que el martillero Juan José Derquiorkian, CUIT 20-04394430-5, domiciliado en Miralla 2066, Capital Federal, subastará al contado y mejor postor, el 8 de febrero de 2001,
Recibo
A fs. 131/134, se agregan nuevos listados de adherentes, informando el Actuario a fs. 137, que se ha procedido a verificar los listados de adherentes acompañados, arrojando un total de mil setecientos 1.566 ciudadanos inscriptos como electores en el distrito.
A fs. 127, corre glosado informe de la Excma.
Cámara Nacional Electoral, respecto a los distritos donde el partido de autos ha solicitado personería jurídico política, A fs. 129/130, consta publicación en el Boletín Oficial de la Nación, en cumplimiento al art. 14 de la Ley 23.298.
A fs. 137 vta., el Juzgado provee, que habiendo el partido de autos, dado cumplimiento a lo dispuesto por el art. 7, incisos: a, b, c, d, e, f, h y art. 61 y art. 14 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, se designa la audiencia que prevé el art. 62 de la ley antes citada, agregándose a fs.
138/171, las pertinentes notificaciones.
A fs. 192, consta el Acta de la audiencia dispuesta por la ley a los fines de la obtención de reconocimiento de la personería jurídico política.

4. Partidos Políticos
Corrida vista al señor Procurador Fiscal, la misma es evacuada a fs. 193, con lo que quedan estos actuados en condiciones de ser resueltos.

NUEVOS
PARTIDO ACCION POR LA
REPUBLICA

Distrito San Juan Juan, veinticuatro de noviembre del año dos mil.
Y VISTOS: Para resolver en esta causa N
26.021, año 2000, caratulada: PARTIDO ACCION
POR LA REPUBLICA S/PERSONERIA JURIDICO POLITICA, de los que resulta que: a fs. 106/
107, se presenta el señor Daniel PORCEL, en el carácter de apoderado del partido Acción por la República, constituyendo domicilio legal y solicitando la personería jurídico política para actuar en el distrito, acompañando la documentación requerida por Ley.
A fs. 108, obra informe del Actuario en el que consta que a los fines de obtener la personería jurídico política adjunta: Acta de Fundación y Constitución del Partido fs. 1/2; Declaración de Principios fs. 4/5; Bases de Acción Política fs. 18/
29; Carta Orgánica Partidaria fs. 7/15, documentación suscripta por las autoridades promotoras de la mencionada agrupación, cuyas firmas están certificadas por Escribano Público, conforme lo establece el art. 61 de la ley 23.298; y listados de adherentes en 73 fojas, de fs. 33/42, listados de adhesiones certificadas las firmas por Escribano Público.

Y CONSIDERANDO: que la agrupación política solicitante de personería jurídico política, denominada Acción Por La República, ha reunido los recaudos exigidos por el art. 7 incs. a al f y h de la actual Ley Orgánica de los Partidos Políticos Ley 23.298, desde que ha acompañado en legal forma art. 61 ibídem la documentación que a continuación se detalla: Acta de Fundación y Constitución conteniendo: el nombre, domicilio partidario, autoridades promotoras y apoderados, Declaración de principios y Bases de Acción Política, Carta Orgánica Partidaria; listados de adherentes, en número de mil quinientos sesenta y seis 1.566, cantidad que excede el mínimo establecido en el cuatro por mil del Registro Cívico del distrito, el que a la fecha arroja trescientos ochenta y siete mil cuatrocientos ochenta y nueve 387.489 inscriptos art. 7 inc. a ley 23.298. De las citadas adhesiones, se acreditan trescientas diez 309 firmas certificadas por Escribano Público ver informe del Actuario a fs. 137, lo que está de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal en causas análogas, entre otras: Expediente N
25894, año 96, caratulado: PARTIDO SOCIALISTA AUTENTICO S/PERSONERIA JURIDICO POLITICA; N 25.892, año 96, caratulado: PARTIDO. DESARROLLO Y JUSTICIA S/PERSONERIA
JURIDICO POLITICA, Expediente N 25.955, año 98, caratulado: PARTIDO ALTERNATIVA FEDERAL S/PERSONERIA JURIDICO POLITICA; Expediente N 25.975, año 99, caratulado: PARTIDO DE LOS TRABAJADORES SOCIALISTAS
S/PERSONERIA JURIDICO POLITICA.
En lo que respecta a las condiciones sustanciales que requieren para la existencia de los partidos políticos, conforme lo determinado por el art.
3 de la ley que rige en la materia, en el caso en estudio, del examen de la documentación acompañada, se constata que las disposiciones de las mismas, contemplan; la elección de autoridades partidarias por el voto secreto y directo de los afiliados, la participación de las minorías en el go-

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e. 22/12 Nº 237 v. 27/12/2000

bierno y en la administración del partido, la renovación periódica de autoridades, lo que está de acuerdo con la norma antes señalada art. 3 inc.
b de la ley 23.298.
Que ninguna de las fuerzas políticas debidamente notificadas a fs. 156/171, ha formulado observación, con respecto a la falta de cumplimiento de las condiciones y requisitos exigidos por la ley o, referentes al derecho, registro o uso del nombre partidario propuesto, de acuerdo con el derecho que les otorga la ley que rige en la materia art. 14 y 62 de la Ley 23.298.
Que la Excma. Cámara Nacional Electoral, tiene establecido en reiteradas oportunidades jurisprudencia que es vinculante conforme art. 6 de la 19.108, que para el reconocimiento como partido político es necesario un número mínimo de adhesiones de los ciudadanos y la misma cantidad mínima, pero esta vez de afiliaciones, que se requiere para que las autoridades promotoras, convoquen válidamente a elecciones, para constituir las autoridades definitivas del partido, desde que uno de los principios que informa, la actual Ley Orgánica de los Partidos Políticos, es que las expresiones políticas que se formen y comiencen a funcionar como partidos, tengan un mínimo de consentimiento y aceptación en el cuerpo electoral Fallos de la C.N.E., Nros. 707/89; 731/89
entre otros.
Sin este orden, sería inadmisible, aceptar que un partido político comience a funcionar como tal, sin contar con afiliados, o con un número de éstos, inferior al de adherentes, que exige la Ley para su reconocimiento, ya que son precisamente los afiliados, los que resultan indispensables para la existencia real y jurídica de un grupo humano organizado como partido y que consiste en la distribución de la masa partidaria, en afiliados y dirigentes del gobierno interno delimitada en toda Carta Orgánica.
Además, sin este elemento humano y social, con respecto a la personalidad jurídica que implica el derecho de elegibilidad, sería imposible la selección de candidatos a funciones electivas, dentro de la indispensable representatividad, para solicitar la oficialización de sus listas de candidatos, facultad que la Ley confiere en la democracia representativa, exclusivamente en los partidos políticos en cada uno de los distritos donde pretende realizar actividad de acuerdo al art. 2 de la Ley 23.298.
Que el señor Fiscal Federal, al evacuar la vista ordenada a fs. 192 vta., dictamina que el Ministerio que representa, estima que el suscripto puede conceder el reconocimiento definitivo de la personería jurídico política del Partido Acción por la República, por cuanto se ha cumplido con los recaudos establecidos en los arts. 7, 61 y 62 de la ley 23.298.
Por lo expuesto, constancias de autos, normas legales citadas y oído el señor Fiscal Federal, RESUELVO: 1 Acordar personería jurídico política al Partido Acción Por La República, reconociéndolo como tal para actuar en este distrito, con el derecho exclusivo, al uso del nombre, el cual dentro de los términos que fija la Ley 23.298 deberá proceder a cumplimentar los requisitos determinados por el art. 7 incs. e y g del citado

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 22/12/2000 - Segunda Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data22/12/2000

Conteggio pagine40

Numero di edizioni9392

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione15/07/2024

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