Boletín Oficial de la República Argentina del 28/05/2024 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.429 - Primera Sección

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Lunes 27 de mayo de 2024

MINISTERIO DECAPITAL HUMANO
Resolución 265/2024
RESOL-2024-265-APN-MCH

Ciudad de Buenos Aires, 23/05/2024
VISTO el Expediente NEX-2024-44850615-APN-DGDMT, las Leyes Nros. 25.191 y 27.341, el Decreto N453 de fecha 24 de abril de 2001 y las Resoluciones del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL Nros. 1109 de fecha 28 de diciembre de 2016, RESOL-2021-61-APN-MT de fecha 10 de febrero de 2021, RESOL-2022-1485-APN-MT de fecha 30 de septiembre de 2022, Resolución N RESOL-2024- 160-MCH del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO de fecha 13 de mayo de 2024,y CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 61 de la Ley Nº27.341 se restableció la vigencia de la Ley Nº25.191 en su redacción original junto con la normativa reglamentaria, a partir del 1 de enero de 2017.
Que por el Artículo 7 de la Ley N25.191 se dispuso la creación del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES
RURALES Y EMPLEADORES RENATRE, como entidad autárquica de Derecho Público no Estatal.
Que en virtud de ello, por Resolución Nº1109/2016 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL se declaró constituido el REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES
RENATRE a partir del 1º de enero de 2017 y se reconoció a las autoridades del citado registro.
Que de conformidad a lo previsto por el Artículo 8 de la Ley N25.191, corresponde a esta Cartera de Estado designar un síndico titular y un suplente, quienes tendrán las funciones de fiscalización y vigilancia sobre todas las operaciones contables, financieras y patrimoniales del RENATRE y los derechos y obligaciones enunciados en su Decreto Reglamentario N453/01.
Que asimismo, la Resolución N RESOL-2021-61-APN-MT del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL establece que los síndicos o representantes que cumplen funciones en entidades que administran prestaciones de la seguridad social y/o regímenes de complementación previsional, serán en todos los casos, propuestos, designados, ratificados y removidos por resolución de la referida Cartera de Estado.
Que conforme a lo dispuesto en el Artículo 2 de la precitada Resolución, las designaciones de los síndicos se establecen por el término de CUATRO 4 años.
Que la norma citada, delimita las atribuciones y deberes de los síndicos, pauta las condiciones necesarias que deben cumplir para acceder al cargo, así como su responsabilidad en la formulación e implementación de un Plan de Trabajo Anual vinculado al funcionamiento y control de las acciones que se lleven a cabo en la entidad supervisada.
Que en tal sentido, la SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL dependiente de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO le compete coordinar el trabajo de los síndicos y aprobar el Plan de Trabajo Anual y receptar el Informe Anual de su gestión.
Que por medio de la Resolución NRESOL-2022-1485-APN-MT del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL se designaron como síndico titular y síndico suplente, ante el REGISTRO NACIONAL DE
TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES RENATRE, al Sr. Claudio REY M.I. N11.373.949 y al Sr. Julio Cesar CASAVELOS M.I. N8.382.231 respectivamente, por el plazo de CUATRO 4 años.
Que por medio de la Resolución NºRESOL-2024-160-MCH del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO se dejaron sin efecto dichas designaciones y se nombró en su reemplazo al Sr. Ariel Alberto ROMANO ANGEL M.I.
N 27.087.127 y a la Sra. Jimena Magali GALANTI M.I. N 34.497.985 en calidad de síndico titular y síndico suplente, respectivamente.
Que mediante Nota de fecha 14 de mayo de 2024 que obra como archivo embebido en NO-2024-53137507APNSSL MCH los funcionarios designados informaron a la MINISTRA DE CAPITAL HUMANO, que no aceptaban dichos cargos.
Que a través del Decreto NDNU-2023-8-APN-PTE se modificó la Ley de Ministerios Nº22.520 T.O. por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992 creándose el MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, el cual tiene a su cargo los compromisos y obligaciones asumidos por los entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN, MINISTERIO DE
CULTURA, MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
y MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD.
Que la SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL y el Servicio Jurídico Permanente, dependientes de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, han tomado la intervención que les compete.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 28/05/2024 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data28/05/2024

Conteggio pagine91

Numero di edizioni9385

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione03/07/2024

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