Boletín Oficial de la República Argentina del 09/05/2024 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 35.417 - Primera Sección
Jueves 9 de mayo de 2024

hace saber que el pago de la multa mínima y multa sustitutiva dentro del plazo señalado, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente art. 930, 931 y 932 del C.A.. Asimismo deberá integrar las suma correspondiente a los tributos reclamados en dólares estadounidenses, para cuya conversión a pesos se utilizará el tipo de cambio vendedor que informare el Banco de la Nación Argentina al cierre de sus operaciones, correspondiente al día hábil anterior a la fecha de su efectivo pago.
Conf. PV-2021-00540216-AFIP-DVSEC2SDGTLA
Actuación SIGEA

IMPUTADO, Documento
Dest/Doc.

INFR

MULTAS

TRIBUTOS

FIRMADO POR

17165-8812015

NANCY JACOBO
Pasaporte USA
4607210769

Form OM1860A:
17165-881-2015

970
C.A.

$13..216-.
Multa Sust.: $19.714,96

U$S688-

Abog.Marcos Mazza, Jefe int. División Secretaría2

Marisa Carla Dardik, Analista, División Secretaría N2.
e. 09/05/2024 N27431/24 v. 09/05/2024

MINISTERIO DESALUD

EL MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN notifica a ROKEN CROSS S.R.L. la Resolución RESOL-2023-184APN-SCSMS dictada el 1 de Diciembre de 2023 mediante la cual se resolvió lo siguiente: viernes 1 de diciembre de 2023 por ello: el SECRETARIO DE CALIDAD EN SALUD resuelve: Artículo 1º: sanciónase a la razón social ROKEN CROSS S.R.L. CUIT: 30-71511619- 3, en su carácter de propietaria del establecimiento utilizado para la comercialización mayorista de productos biomédicos denominado ROKEN CROSS ubicado en la Avenida Sáenz n91, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con una multa de pesos $224.000 PESOS DOSCIENTOS
VEINTICUATRO MIL por haber transgredido el Artículo 7º inc. 1º de la Resolución Ministerial nº255/94. Artículo 2º: acuérdese el plazo de CINCO 05 días hábiles, a partir de la fecha de su notificación, para hacer efectivo el pago de la multa impuesta en la DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD Y TESORERÍA de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN, sita en la Avenida 9 de Julio nº1.925, piso 1 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, cuyos montos ingresarán al Fondo de Financiamiento 13 fondo nacional de salud. artículo 3: la sancionada podrá interponer, dentro de los CINCO 5 días de notificado y previo pago total de la multa impuesta, el pertinente recurso de nulidad y apelación ante la autoridad judicial correspondiente, de conformidad con lo prescripto por el Artículo 53 y concordantes de la Ley n17.565, el que reza: contra las resoluciones que dicten los organismos competentes de la autoridad sanitaria, solo podrá interponerse recurso de nulidad y apelación que se interpondrá y se sustanciará ante la autoridad judicial correspondiente y dentro del plazo del Artículo 52. en el caso de pena consistente en multa, además el recurrente deberá abonar dentro del plazo del referido Artículo 52 el total de la misma. en Capital Federal y en el Territorio Nacional de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO
SUR será competente el juez en lo contencioso administrativo que corresponda modificado por Ley 19.451.
Artículo 4º: Notifíquese por la Dirección de Despacho dando cumplimiento a lo estipulado por los artículos 41º y subsiguientes del Decreto n 1759/72 t.o. 2017 reglamentario de la Ley n 19.549, gírese a la Dirección de Contabilidad y Tesorería de la Dirección General de Administración para la continuación de su trámite y cumplido, vuelva para su guarda temporal. FDO: ALEJANDRO FEDERICO COLLIA. SECRETARIO DE CALIDAD EN SALUD.
Lilia del Carmen Vera, Jefa de Departamento, Dirección de Despacho.
e. 09/05/2024 N27814/24 v. 13/05/2024

SUPERINTENDENCIA DESEGUROS DELANACIÓN

SINTESIS: RESOL-2024-231-APN-SSNMEC Fecha: 07/05/2024
Visto el EX-2024-24559298-APN-GAYRSSN Y CONSIDERANDO EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA
NACIÓN RESUELVE: Inscribir en el Registro de Sociedades de Productores de Seguros, para ejercer la actividad de intermediación en seguros, en el Territorio Nacional y en todas las ramas del seguro, a RUBICO SOCIEDAD DE
PRODUCTORES ASESORES DE SEGUROS S.R.L. CUIT 30-71839617-0.
Fdo. Guillermo PLATE Superintendente de Seguros de la Nación.
NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en https kronos.ssn.gob.ar/ o personalmente en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.
Ramon Luis Conde, A cargo de Despacho, Gerencia Administrativa.
e. 09/05/2024 N27430/24 v. 09/05/2024

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 09/05/2024 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data09/05/2024

Conteggio pagine98

Numero di edizioni9410

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione28/07/2024

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