Boletín Oficial de la República Argentina del 20/02/2024 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.365 - Primera Sección
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Martes 20 de febrero de 2024

CONSIDERANDO:
Que ante la FISCALÍA FEDERAL DE HURLINGHAM, Provincia de BUENOS AIRES, a cargo del Doctor Santiago MARQUEVICH, tramita la causa FMS 62157/2022, caso Coirón 39356/2022 caratulada S/ SECUESTRO
EXTORSIVO. VTMA: AGUIRRE, OSCAR ANTONIO, con intervención de la UNIDAD FISCAL ESPECIALIZADA EN
CRIMINALIDAD ORGANIZADA, UFECO, y del JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL N2
de Morón, Provincia de BUENOS AIRES, a cargo del Doctor Jorge Ernesto RODRIGUEZ, Secretaría N7 a cargo del Doctor Claudio Daniel GALDI.
Que el mencionado Doctor MARQUEVICH, en su carácter de titular de la UNIDAD FISCAL ESPECIALIZADA EN
CRIMINALIDAD ORGANIZADA UFECO, solicitó a este Ministerio, mediante oficio de fecha 17 de enero de 2024, se ofrezca recompensa para aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la captura de Eduardo Marcelo ALANIZ, titular del DNI N20.341.852, de nacionalidad Argentina, nacido el 28 de agosto de 1968, con último domicilio conocido en calle Galileo Galilei N1135, de la Localidad de Ingeniero Pablo Nogués, Partido de Malvinas Argentinas, Provincia de BUENOS AIRES, sobre quien pesa orden de captura Nacional e Internacional desde el día 9 de enero de 2023.
Que el nombrado ALANIZ se encuentra prófugo en orden a la comisión del secuestro extorsivo cometido en perjuicio de Oscar Antonio AGUIRRE, hecho ocurrido el día 23 de noviembre de 2022, cuya maniobra delictiva fue llevada a cabo en el seno de una asociación ilícita dedicada a cometer ilícitos indeterminados.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que el artículo 1 del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido, según lo estime la titular de esta Cartera.
Que, a través de la RESOL-2022-549-APN-MSG de fecha 19 de agosto de 2022, el PROGRAMA NACIONAL DE
COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA pasó a denominarse PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS, el cual funciona dentro de la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL
DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este Organismo.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la Dirección de Asuntos Legales, Asesoría y Dictámenes de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4, inciso b, apartado 9, de la Ley de Ministerios t.o. 1992 y sus modificatorias, y en los artículos 1 y 3 de la Ley N26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº445/16 y M.S. Nº271/16 y sus modificatorias, y la RESOL2019-828-APN-MSG.
Por ello, LAMINISTRA DESEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS TRES MILLONES $3.000.000, destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la captura de Eduardo Marcelo ALANIZ, titular del DNI
N20.341.852, de nacionalidad Argentina, nacido el 28 de agosto de 1968, con último domicilio conocido en calle Galileo Galilei N1135, de la Localidad de Ingeniero Pablo Nogués, Partido de Malvinas Argentinas, Provincia de BUENOS AIRES, sobre quien pesa orden de captura Nacional e Internacional desde el día 9 de enero de 2023.
ARTÍCULO 2.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA
NACIONAL DE RECOMPENSAS, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y
MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, llamando a la línea gratuita 134.
ARTÍCULO 3.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada, preservando la identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y el Anexo de la presente en medios de comunicación escritos, radiales o televisivos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5.- Instrúyese a las Fuerzas Federales de Seguridad para que procedan a la difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche que obra como IF-2024-14993361-APN-DNCJYMPMSG, correspondiente a la recompensa ofrecida, formando parte integrante de la presente Resolución.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 20/02/2024 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data20/02/2024

Conteggio pagine57

Numero di edizioni9391

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione09/07/2024

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