Boletín Oficial de la República Argentina del 26/09/2023 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.265 - Primera Sección
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Martes 26 de septiembre de 2023

Resoluciones

ADMINISTRACIÓN DEPARQUES NACIONALES
Resolución 747/2023
RESFC-2023-747-APN-DAPNAC

Ciudad de Buenos Aires, 22/09/2023
VISTO el Expediente EX-2023-03534638-APN-DGAAPNAC del registro de esta ADMINISTRACIÓN DE PARQUES
NACIONALES, la Ley Nacional N27.670, el Decreto Nº1.114/2020 de la provincia de Río Negro, las Resoluciones N74/2002 y RESFC-2021-82-APN-DAPNAC del Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES,y CONSIDERANDO:
Que conforme se detalla en la Ley N22.351, la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES tiene entre otras atribuciones y funciones: el manejo y fiscalización de los Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales y la administración del patrimonio del Organismo y de los bienes afectados a su servicio; la conservación y manejo de los Parques Nacionales en su estado natural, de su fauna y flora autóctonas; la Protección de la Inviolabilidad de los Monumentos Naturales, dictar las reglamentaciones que le competen como autoridad de aplicación, la intervención obligatoria en el estudio, programación y autorización de cualquier obra pública dentro de su jurisdicción, en coordinación con las autoridades que con otros fines tengan competencia en la materia y teniendo en cuenta las normas legales atinentes a Zonas de Seguridad y Zonas de Frontera; el establecimiento de regímenes sobre acceso, permanencia, tránsito y actividades recreativas en los Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales y el control de su cumplimiento, sin perjuicio de las medidas que correspondan a la competencia de otras jurisdicciones nacionales o locales y tomando en consideración los objetivos generales y políticas nacionales fijadas para el sector del turismo nacional; dictar normas generales para la planificación de las vías de acceso y de los circuitos camineros de los Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales, a fin de no alterar las bellezas escénicas y los objetivos de conservación; la promoción del progreso y desarrollo en las Reservas Nacionales con arreglo al Artículo 10, mediante la construcción, entre otros de caminos, puentes, sistemas de comunicación.
Que mediante la Ley Nacional N27.670 se acepta la cesión de la jurisdicción y dominio, efectuada por la provincia de Río Negro al Estado Nacional mediante Ley N 5.476 de la provincia de Río Negro, para que a través de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, se ejerzan las competencias previstas en la Ley N 22.351 Régimen Legal de los Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales, sobre el total de los sectores fiscales intermareal y marino y sobre las parcelas de propiedad privada sector terrestre.
Que la cesión se corresponde con el Área Natural Protegida Complejo Islote Lobos ANPCIL la cual fue creada con el propósito de conservar los ambientes sumamente sensibles allí presentes.
Que la mencionada Ley precisa en sus Artículos 6 y 7 los límites del Parque Nacional Islote Lobos stricto sensu, que cuenta con una superficie aproximada de QUINCE MIL QUINIENTAS OCHENTA Y TRES hectáreas 15.583
ha., y los límites de la Reserva Nacional Islote Lobos con un total aproximado de TRES MIL CUATROCIENTAS
OCHENTA Y SEIS hectáreas. 3.486 ha..
Que la creación del Área Natural Protegida Complejo Islote Lobos cuenta con delimitaciones georreferenciadas de las categorías de manejo asignadas en Anexos I y II de la Ley provincial N5.476.
Que el área cuenta con una notable biodiversidad, destacando por la importante concentración de colonias reproductivas de diferentes especies en un área reducida, y un valioso registro arqueológico que representa el desarrollo de asentamientos humanos desde al menos DOS MIL SEISCIENTOS 2600 años Antes del Presente AP en la zona.
Que la provincia de Río Negro durante los años 2019 y 2020 contrató una consultoría a través del CONSEJO
FEDERAL DE INVERSIONES para la elaboración del Plan de Manejo del Área Natural Protegida Complejo Islote Lobos, que obra en el Informe IF-2023-34290221-APN-DTCAPNAC, la que en ese entonces era un área protegida provincial.
Que el Gobierno de la provincia de Río Negro mediante el Decreto Nº 1.114/2020, aprobó el Plan de Manejo del Área Natural Protegida Complejo Islote Lobos, el cual fue tomado como antecedente de referencia para la elaboración de la Zonificación Preliminar.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 26/09/2023 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data26/09/2023

Conteggio pagine128

Numero di edizioni9391

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione09/07/2024

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