Boletín Oficial de la República Argentina del 13/09/2023 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.254 - Primera Sección
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Miércoles 13 de septiembre de 2023

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y
ADMINISTRATIVA DGLTYA de la ANAC, ha tomado la intervención que le compete.
Que se ha cumplimentado lo establecido en la Resolución ANAC N506-E de fecha 25 de agosto de 2023.
Que, en el caso, corresponde implementar el proceso de Elaboración Participativa de Normas establecido por el Decreto N1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003.
Que dicho procedimiento brindará la posibilidad de que los sectores interesados y toda persona, en general, puedan expresar su opinión y propuestas respecto del proyecto elaborado.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en los Decretos N 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003 y N1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.
Por ello, LAADMINISTRADORA NACIONAL DEAVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase abierto el procedimiento de Elaboración Participativa de Normas respecto de la Parte 91 Reglas de vuelo y operación general de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL RAAC, que como ANEXO IF-2023-105754851-APN-DNSOANAC, integra la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.- Se recibirán comentarios y observaciones hasta QUINCE 15 días corridos a contar de la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la presente medida, los que deberán ser dirigidos a la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL ANAC, con domicilio en la Calle Balcarce 290 C1064AAF de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, indicando como referencia el número de expediente que surge del Visto de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3.- Facúltase al Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos de la Unidad de Planificación y Control de Gestión UPYCG de la ANAC para llevar el registro de las presentaciones a que hace referencia el Artículo 15 del Anexo V al Decreto N1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003 y habilitase la casilla de correo normaer@anac.gob.ar a los efectos de recibir los comentarios aludidos en el Artículo 17 del mismo ordenamiento legal.
ARTÍCULO 4. Póngase a disposición de los interesados por un plazo de QUINCE 15 días corridos en la página web institucional, cumplido, vuelva al Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos de la UPYCG de la ANAC.
ARTÍCULO 5.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación por DOS 2 días en el BOLETÍN OFICIAL, y cumplido archívese.
Paola Tamburelli NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: https www.argentina.gob.ar/anac/raac-dnar-regulaciones-argentinas-de-aviacion-civil e. 12/09/2023 N72657/23 v. 13/09/2023

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Boletín Oficial de la República Argentina del 13/09/2023 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data13/09/2023

Conteggio pagine136

Numero di edizioni9411

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione29/07/2024

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