Boletín Oficial de la República Argentina del 27/12/2022 - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 35.076 - Primera Sección
Martes 27 de diciembre de 2022

Por ello, LAPRESIDENTA DELINSTITUTO NACIONAL DELAPROPIEDAD INDUSTRIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1 - Aprobar la estructura arancelaria por los servicios que presta el INSTITUTO NACIONAL DE LA
PROPIEDAD INDUSTRIAL INPI, de conformidad con los montos y condiciones que se consignan en el ANEXO
IF-2022-137068459-APN-DGCAINPI que forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2 A efectos de la implementación de estas modificaciones en las Plataformas informáticas el acceso al Portal de trámites se inhabilitará a partir de las 23:59 horas del día jueves 29 de diciembre de 2022 y se reanudará a partir de las 09:00 horas del día lunes 2 de enero de 2023. Durante ese lapso procédase a la eliminación de todos aquellos trámites que: a se encuentren en borrador con una antigedad mayor a seis 6 meses; b hayan sido finalizados o firmados, pero no se les haya generado un VEP o una boleta de pago y; c aquellos otros que, no tengan arancel y no se hayan ingresado. Todos ellos deberán ser generados nuevamente a partir del restablecimiento de los servicios el día lunes 2 de enero de 2023.
ARTÍCULO 3 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese.
Mónica Noemí Gay NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 27/12/2022 N105034/22 v. 27/12/2022

MINISTERIO DECULTURA

SECRETARÍA DEDESARROLLO CULTURAL
Resolución 65/2022
RESOL-2022-65-APN-SDCMC
Ciudad de Buenos Aires, 22/12/2022
VISTO el Expediente NEX-2022-97824135- -APN-DGDMC, la Resolución N1753 de fecha 14 de octubre de 2022 del MINISTERIO DE CULTURA, la Resolución N49 de fecha 11 de noviembre de 2022 de la SECRETARÍA
DE DESARROLLO CULTURAL,y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución M.C. N1753/22 RESOL-2022-1753-APN-MC se aprobó la tercera convocatoria del MANTA
- Beca para el desarrollo productivo artesanal, y su reglamento de Bases y Condiciones, IF-2022-97867174-APNDNICULMC, que forma parte de la citada medida.
Que a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INDUSTRIAS CULTURALES se invitó a artesanos y artesanas de todo el país a participar de la tercera convocatoria del MANTA - Beca para el desarrollo productivo artesanal, a los fines de promover el desarrollo productivo artesanal e incentivar la actividad de manera sustentable Que la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL es la autoridad de aplicación e interpretación del Reglamento de Bases y Condiciones aprobado y se encuentra facultada para dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su implementación, con intervención de las áreas técnicas pertinentes dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, de acuerdo a lo indicado en el artículo 2
de la Resolución M.C. N1753/22.
Que en el punto 7.2 del Reglamento de Bases y Condiciones - ANEXO I IF-2022-97867174-APN-DNICULMC -, establece que la autoridad de aplicación está facultada para designar a los miembros del comité evaluador.
Que la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL, a través de la Resolución S.D.C. N 49/22 RESOL-202249-APN-SDCMC, designó como integrantes del comité evaluador al señor Luis Manuel SANJURJO D.N.I.
N27.934.238, a la Señora Patricia DREIDEMIE D.N.I. N20.185.580, y a la Señora Adriana Lorena ANCHABA D.N.I. N24.198.318 .
Que el Jurado se ha reunido con fecha 14 de diciembre de 2022, procediendo a elaborar la nómina de beneficiarios de la tercera convocatoria del MANTA - Beca para el desarrollo productivo artesanal, mediante el ACTA-2022134400012-APN-DNICULMC y su ANEXO I IF-2022-134399857-APN-DNICULMC que forman parte de la presente medida.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 27/12/2022 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data27/12/2022

Conteggio pagine115

Numero di edizioni9410

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione28/07/2024

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