Boletín Oficial de la República Argentina del 23/07/2022 - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 34.967 - Primera Sección
Viernes 22 de julio de 2022

ser fundamentado en el pedido de designación y validado por la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS .
g. Las designaciones en las plantas permanentes de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el inciso a del artículo 8 de la Ley N24.156, como resultado de procesos de selección de personal, ya iniciados o aquellos que se inicien en el futuro mediante convocatorias internas.
h. La cobertura de cargos o contrataciones que hagan al cumplimiento del Cupo de Discapacidad instaurado a través de la Ley Nº22.431.
i. La cobertura de cargos o contrataciones que hagan al cumplimiento del Cupo para personas travestis, transexuales y transgénero instaurado por la Ley Nº27.636.
j. Las designaciones y contrataciones que se efectúen como consecuencia de cambios del régimen de prestación de servicios aplicable al personal de una jurisdicción o ente descentralizado, siempre que esas modificaciones no afecten el monto de presupuesto destinado a tales fines.
ARTÍCULO 3º.- Instrúyese a los y las representantes del Estado que integran órganos de decisión de las empresas, sociedades y organizaciones empresariales donde el Estado tiene participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias y de los fondos fiduciarios integrados total o mayoritariamente con bienes y/o fondos del Estado Nacional, de conformidad con el artículo 8, incisos b y d de la Ley N24.156, a adoptar medidas similares a las contempladas en los demás artículos del presente decreto.
ARTÍCULO 4º.- La JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, previa intervención del MINISTERIO DE ECONOMÍA, por razones debidamente fundamentadas y acreditadas por la autoridad superior de la jurisdicción o entidad requirente, podrá autorizar excepcionalmente el ingreso al Sector Público Nacional para cubrir cargos vacantes, designaciones o contrataciones en los casos previstos en el artículo 1 del presente decreto.
ARTÍCULO 5º.- La JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS podrá dictar las normas complementarias y aclaratorias que fueran necesarias para su mejor aplicación y podrá delegar las facultades asignadas por la presente medida.
ARTÍCULO 6.- No estarán alcanzadas por las disposiciones del presente decreto las tramitaciones de designaciones y contrataciones de personal que se hubieren iniciado con anterioridad al 11 de Julio de 2022 y aún no estuvieran concluidas.
ARTÍCULO 7º.- El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL y regirá hasta el 31 de diciembre de 2023.
ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Silvina Aída Batakis e. 22/07/2022 N56458/22 v. 22/07/2022

BANCO CENTRAL DELAREPÚBLICA ARGENTINA
Decreto 430/2022
DCTO-2022-430-APN-PTE - Desígnase Director.

Ciudad de Buenos Aires, 21/07/2022
VISTO el Expediente N EX-2022-73420158-APN-DGDAMEC, la Carta Orgánica del BANCO CENTRAL DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA aprobada por la Ley Nº24.144 y sus modificatorias,y CONSIDERANDO:
Que atento la renuncia presentada por el licenciado en Economía Diego Alberto BASTOURRE al cargo de Director del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, resulta necesario proceder a su aceptación y cubrir la vacancia del referido cargo.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL solicitará el correspondiente Acuerdo al HONORABLE SENADO DE LA
NACIÓN para designar Director del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA al magíster en Economía Pablo Manuel CARRERAS MAYER.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL puede realizar nombramientos en comisión durante el tiempo que insuma el otorgamiento del Acuerdo del Senado, en virtud de lo establecido en el artículo 7 de la Carta Orgánica del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, aprobada por la Ley Nº24.144 y sus modificatorias.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 23/07/2022 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data23/07/2022

Conteggio pagine112

Numero di edizioni9386

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione04/07/2024

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