Boletín Oficial de la República Argentina del 20/02/2022 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.861 - Primera Sección
55

Viernes 18 de febrero de 2022

Convenciones Colectivas de Trabajo

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DETRABAJO
Resolución 1576/2021
RESOL-2021-1576-APN-STMT
Ciudad de Buenos Aires, 23/11/2021
VISTO el EX-2021-00727933- -AFIP-DIEDRHSDGRHH del Registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE
INGRESOS PÚBLICOS, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, la Ley N23.546
t.o. 2004,y CONSIDERANDO:
Que luce como archivo embebido en la NO-2021-00727819-AFIP-DIEDRHSDGRHH del EX-2021-00727933-AFIP-DIEDRHSDGRHH, el acuerdo celebrado entre el SINDICATO ÚNICO DEL PERSONAL ADUANERO DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
Que el acuerdo traído a estudio resultará de aplicación para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº56/92 E Laudo N16/92 T.O. Resolución S.T. N924/10.
Que a través del referido acuerdo las partes modifican el artículo 179 del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº56/92 E Laudo N16/92 T.O. Resolución S.T. N924/10, conforme surge de los términos y contenido del texto.
Que el ámbito de aplicación del mentado instrumento se circunscribe a la estricta correspondencia entre el alcance de representación del sector empresario firmante, y los ámbitos personal y territorial de la entidad sindical de marras, emergentes de su personería gremial.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N14.250 t.o. 2004.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DCTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello, ELSECRETARIO DETRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO ÚNICO DEL PERSONAL
ADUANERO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE
INGRESOS PÚBLICOS, por la parte empleadora, que luce como archivo embebido en la NO-2021-00727819AFIP-DIEDRHSDGRHH del EX-2021-00727933- -AFIP-DIEDRHSDGRHH, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a los fines del registro del acuerdo que luce como archivo embebido en la NO-2021-00727819-AFIPDIEDRHSDGRHH del EX-2021-00727933- -AFIP-DIEDRHSDGRHH.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 20/02/2022 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data20/02/2022

Conteggio pagine83

Numero di edizioni9382

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione30/06/2024

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