Boletín Oficial de la República Argentina del 12/10/2021 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.767 - Primera Sección
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Martes 12 de octubre de 2021

la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. 7.- Dentro de los 90 días corridos de notificada la presente, el licenciatario deberá regularizar su situación ante la AFIP. 8.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los Artículos precedentes, importará la caducidad del presente acto de adjudicación.
9.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: ww.enacom.gob.
ar/normativas Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho.
e. 12/10/2021 N75755/21 v. 12/10/2021

ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 1481/2021

RESOL-2021-1481-APN-ENACOMJGM FECHA 06/10/2021 ACTA 73
EX-2021-22940684-APN-DNSAENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Aprobar los actos de Concurso Público Simplificado convocado para la provincia de MENDOZA, a través de la RESOL-2021-102-APN-ENACOMJGM, conforme el cronograma establecido. 2.- Adjudicar al señor Diego Gustavo SORROCHE, 1 licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de 1 servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia en el canal 211, frecuencia 90.1 MHz., categoría E, para la localidad de GENERAL ALVEAR, provincia de MENDOZA. 3. - El plazo de la licencia adjudicada abarcará un período de 10 años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada, a solicitud del licenciatario. 4.- Dentro de los 180 días corridos de notificado el acto administrativo de adjudicación, el adjudicatario deberá presentar el proyecto técnico definitivo, tendiente a la posterior habilitación del servicio. 5.- Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, el licenciatario, deberá presentar la DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. 6.- El licenciatario asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. 7.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los Artículos precedentes, importará la caducidad del presente acto de adjudicación.
8.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: ww.enacom.gob.
ar/normativas Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho.
e. 12/10/2021 N75757/21 v. 12/10/2021

ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 1482/2021

RESOL-2021-1482-APN-ENACOMJGM FECHA 06/10/2021 ACTA 73
EX-2021-24275726-APN-DNSAENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Aprobar los actos de Concurso Público Simplificado convocado para la provincia de MENDOZA, a través de la RESOL-2021-102-APN-ENACOMJGM, conforme el cronograma establecido. 2.- Adjudicar a la señora Rosana Marcela GIOVANELLI, 1 licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de 1 servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia en el canal 212, frecuencia 90.3 MHz., categoría E, para la localidad de UGARTECHE, provincia de MENDOZA.
3. - El plazo de la licencia adjudicada abarcará un período de 10 años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada, a solicitud de la licenciataria. 4.- Dentro de los 180 días corridos de notificado el acto administrativo de adjudicación, la adjudicataria deberá presentar el proyecto técnico definitivo, tendiente a la posterior habilitación del servicio. 5.Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, la licenciataria deberá presentar la DECLARACIÓN
JURADA ANUAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. 6.- La licenciataria asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. 7.- Dentro de los 90 días corridos de notificada la presente, la licenciataria deberá regularizar su situación ante la AFIP. 8.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 12/10/2021 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data12/10/2021

Conteggio pagine145

Numero di edizioni9416

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione03/08/2024

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