Boletín Oficial de la República Argentina del 24/06/2021 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.685 - Primera Sección
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Jueves 24 de junio de 2021

de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD
del MINISTERIO DE SALUD, Agrupamiento de Investigación, Diagnóstico Referencial, Producción y Fiscalización/
Control, Categoría Profesional Adjunto, Grado Inicial del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del Ministerio de Salud, homologado por el Decreto N1133/09.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función de Jefatura Profesional Nivel II del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con autorización excepcional por no reunir la licenciada CATALÁN los requisitos mínimos establecidos en los artículos 22 y 39 de dicho Convenio y con carácter de excepción al artículo 7 de la Ley N27.591.
ARTÍCULO 2.- Dase por designada con carácter transitorio, a partir del 3 de febrero de 2021 por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida a la licenciada Vanina Paula CATALÁN D.N.I. N31.641.749 en el cargo de Jefa de la Sección de Residencia Interdisciplinaria en Salud Mental dependiente del Departamento de Formación, Capacitación e Investigación del HOSPITAL NACIONAL
EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES LICENCIADA LAURA BONAPARTE, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD, Agrupamiento Asistencial, Categoría Profesional Adjunto, Grado Inicial del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto N1133/09.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función de Jefatura Profesional Nivel II del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con autorización excepcional por no reunir la licenciada CATALÁN los requisitos mínimos establecidos en los artículos 22 y 39 de dicho Convenio y con carácter de excepción al artículo 7 de la Ley N27.591.
ARTÍCULO 3.- El cargo involucrado en el artículo 2 de la presente medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido en los artículos 22 y 39 del Título III, Capítulo II y Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción, dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto N1133/09, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 4.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 80 --MINISTERIO DE SALUD, Entidad 902 - HOSPITAL NACIONAL EN RED
ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES LICENCIADA LAURA BONAPARTE.
ARTÍCULO 5.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Santiago Andrés Cafiero - Carla Vizzotti e. 24/06/2021 N43419/21 v. 24/06/2021

HOSPITAL NACIONAL ENRED ESPECIALIZADO ENSALUD
MENTAL YADICCIONES LICENCIADA LAURA BONAPARTE
Decisión Administrativa 627/2021
DECAD-2021-627-APN-JGM - Designación.

Ciudad de Buenos Aires, 22/06/2021
VISTO el Expediente NEX-2020-26973589-APN-DACYSHNRESMYA, la Ley N27.591, los Decretos Nros. 1133
del 25 de agosto de 2009, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, la Decisión Administrativa 213 del 25 de marzo de 2019 y su modificatoria y la Resolución del HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD
MENTAL Y ADICCIONES LICENCIADA LAURA BONAPARTE N57 del 3 de febrero de 2021,y CONSIDERANDO:
Que por la Ley N27.591 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021.
Que por el artículo 7 de la citada Ley se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes existentes a la fecha de su entrada en vigencia ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 24/06/2021 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data24/06/2021

Conteggio pagine71

Numero di edizioni9415

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione02/08/2024

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