Boletín Oficial de la República Argentina del 04/06/2021 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.671 - Primera Sección
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Viernes 4 de junio de 2021

Decisiones Administrativas

MEDIDAS GENERALES DEPREVENCIÓN
Decisión Administrativa 544/2021
DECAD-2021-544-APN-JGM - Exceptúanse delasmedidas dispuestas, alos ylasvotantes yal personal afectado alos comicios correspondientes alasegunda vuelta delasElecciones Generales delaRepública delPerú.

Ciudad de Buenos Aires, 03/06/2021
VISTO el Expediente NEX-2021-25508781-APN-DGDMRE, la Ley N27.541, los Decretos Nros. 260 del 12 de marzo de 2020, 167 del 11 de marzo de 2021, 235 del 8 de abril de 2021, 287 del 30 de abril de 2021, 334 del 21 de mayo de 2021 y su respectiva normativa modificatoria y complementaria y las Decisiones Administrativas Nros. 1856 del 14 de octubre de 2020 y 345 del 9 de abril de 2021 y su respectiva normativa modificatoria y complementaria,y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N260/20 se amplió por el plazo de UN 1 año la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N27.541, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA
SALUD OMS con relación a la COVID-19.
Que, al respecto, por el Decreto N 167/21 se prorrogó, en los términos de dicha norma, el referido Decreto N260/20 hasta el 31 de diciembre de 2021.
Que a través de los Decretos N235/21, N241/21, N287/21 y N334/21 se establecieron una serie de medidas generales de prevención y disposiciones temporarias, locales y focalizadas de contención, con el fin de mitigar la propagación del virus SARS-CoV-2 y su impacto sanitario, hasta el 11 de junio de 2021, inclusive.
Que en aquellos lugares que, en razón de su estatus sanitario, fueron clasificados como lugares de Alto Riesgo Epidemiológico y Sanitario o en situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria los días 5 y 6 de junio de 2021, únicamente podrán desarrollarse las actividades detalladas en los artículos 4 y 5 del Decreto N334/21.
Que por los Decretos Nros 287/21 y 334/21 se facultó al Jefe de Gabinete de Ministros en su carácter de Coordinador de la Unidad de Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional para ampliar o restringir las excepciones para circular dispuestas.
Que, oportunamente, a través de la Decisión Administrativa N1856/20, entre otros extremos, se aprobaron las RECOMENDACIONES PARA LA CELEBRACIÓN DE ELECCIONES DE AUTORIDADES DE PAÍSES EXTRANJEROS
EN TERRITORIO ARGENTINO EN EL MARCO DE COVID-19.
Que, ulteriormente, a través de la Decisión Administrativa N345/21 se exceptuó de las prohibiciones dispuestas por el artículo 16 del Decreto N235/21 a los y las votantes y al personal afectado a los comicios correspondientes a las Elecciones Generales de la REPÚBLICA DEL PERÚ, que tuvieron lugar el día 11 de abril de 2021, a cuyo efecto se aprobó el Protocolo de Seguridad Sanitaria para las Elecciones Generales del Perú 2021 y se dispuso la aplicación de las Recomendaciones para la celebración de elecciones de autoridades de países extranjeros en territorio argentino en el marco de COVID-19, aprobadas por la Decisión Administrativa N1856/20.
Que la Embajada de la REPÚBLICA DEL PERÚ comunicó al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO que el día 6 de junio del corriente año tendrán lugar los comicios correspondientes a la segunda vuelta de las Elecciones Generales 2021 de la REPÚBLICA DEL PERÚ, a cuyo fin posteriormente remitió la información pertinente respecto de los locales de votación en distintas ciudades argentinas en los que se desarrollará el sufragio de ciudadanas peruanas y ciudadanos peruanos residentes en territorio argentino.
Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha peticionado que se arbitren las medidas para que los y las votantes que residen en nuestro país puedan asistir al acto electoral, gestionando el permiso de circulación.
Que, en dicho marco, corresponde el dictado del presente acto.
Que ha tomado intervención la autoridad sanitaria nacional.
Que el servicio jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 04/06/2021 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data04/06/2021

Conteggio pagine64

Numero di edizioni9415

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione02/08/2024

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