Boletín Oficial de la República Argentina del 13/05/2021 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.655 - Primera Sección
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Jueves 13 de mayo de 2021

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº20.744 to.
1976 y sus modificatorias.
Que a tales fines, las partes deberán acompañar las escalas salariales que se aplicarán con motivo del incremento acordado, debiendo ser ratificadas por ante esta Autoridad de Aplicación.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO -2019-75-APN-PTE
Por ello, ELSECRETARIO DETRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Declarase homologado el acuerdo suscripto entre el SINDICATO DE EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA
DEL VIDRIO Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.E.I.V.A.R.A. por la parte sindical y la CÁMARA
ARGENTINA DE FABRICANTES DEL VIDRIO CAFAVI, la CÁMARA DEL VIDRIO PLANO Y SUS MANUFACTURAS
DE LA REPÚBLICA ARGENTINA CAVIPLAN y la CÁMARA ARGENTINA DE INDUSTRIAS ÓPTICAS Y AFINES
CADIOA por la parte empleadora, obrante en la página 1 del archivo embebido bajo el IF-2020-74878530-APNDTDJGM del EX-2020-74876313-APN-DTDJGM, conforme lo dispuesto por la Ley N14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 2.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin del registro del instrumento obrante respectivamente en la página 1 del archivo embebido bajo el IF-2020-74878530-APN-DTDJGM.
ARTÍCULO 3.- Notifíquese a las partes signatarias haciéndoseles saber que deberán acompañar las escalas salariales que se aplicarán con motivo del incremento acordado, debiendo ser ratificadas por ante esta Autoridad de Aplicación. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la reserva conjuntamente con el legajo del Convenio Colectivo de Trabajo N683/14.
ARTÍCULO 4.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley N14.250 t.o. 2004.
ARTÍCULO 5.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 13/05/2021 N31314/21 v. 13/05/2021

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DETRABAJO
Resolución 175/2021
RESOL-2021-175-APN-STMT
Ciudad de Buenos Aires, 08/03/2021
VISTO el EX-2021-05874402- -APN-DGDMT del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, la Ley Nº23.546 t.o.2004,y CONSIDERANDO:

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/05/2021 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data13/05/2021

Conteggio pagine47

Numero di edizioni9414

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione01/08/2024

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