Boletín Oficial de la República Argentina del 06/09/2020 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.467 - Primera Sección
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Viernes 4 de septiembre de 2020

Extracción: extracción de los materiales reciclables y de reuso de una mezcla de residuos sólidos urbanos.
3.-Recuperación: actividad relacionada con la obtención de materiales secundarios, bien sea por separación, recolección o cualquier otra forma de selección de los residuos sólidos municipales o domésticos, con el objeto de reciclarlos o volverlos a utilizar. Se refiere a la reutilización de productos que normalmente van al relleno sanitario o disposición final. 4.-Valorización: proceso de optimización de la forma/materia/energía de los residuos sólidos urbanos mediante. Su reutilización, recuperación o transformación en energía. 5.- Forestación: diseño, ejecución, cuidado y/o mantenimiento de recuperación de espacios verdes. Reforestar zonas impactadas por los efectos del cambio climático y el uso del suelo, y que contribuyen a incrementar la zona boscosa con su función como captura de carbono. 7.- Recolección de residuos diferenciados y que prestan asistencia en proceso mecanizado.8.- Control ambiental y fiscalización ambiental. 9.- Constructor de viviendas bioclimáticas y/o sustentables. 10.-Movilidad sustentable y/o transporte público/privado propulsado por energías alternativas exceptuando combustibles fósiles.
10.- Tratamiento de líquidos cloacales y su reuso, plantas de potabilización de agua, reuso de lodos biológicos, y operación de sistema de producción hidropónica. Siempre teniendo como actividad principal la ecología, promoviendo asimismo la eliminación de la polución ambiental en todos sus aspectos.
Esta lista no es excluyente de procesos relacionados con los objetivos de este sindicato.
Podrán mantener la afiliación los trabajadores que alcancen la jubilación siempre que se hubieren encontrado afiliados a la entidad al momento de acceder a dicha prestación. Tendrá como zona de actuación todo el territorio de la Nación Argentina, fijando domicilio legal en Honduras 6075, piso 5 departamento H, Capital Federal.
ARTICULO 2.- La entidad tendrá los objetivos y fines que se indican a continuación:
a. Fomentar la unión, armonía, solidaridad, participación y agrupamiento de todos los trabajadores de la actividad.
b. Representar a los trabajadores de la actividad, .a la entidad y sus componentes en toda cuestión sea individual o colectiva; de carácter gremial, laboral, ambiental o social ante los organismos públicos o privados, cualquiera sea su naturaleza.
c. Peticionar a las autoridades nacionales, provinciales, municipales o cualquier organismo nacional o internacional en beneficio de la entidad sindical y de la calidad de vida laboral de sus afiliados.
d. Vigilar las condiciones de trabajo, el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad e impulsar su mejoramiento. Velar por la protección del ambiente laboral y por el desarrollo sostenible.
e. Propiciar y concretar convenios colectivos que coadyuven a la protección del trabajador y su entorno ambiental.
Proponer proyectos de legislación que determinen la mejora del sector en las condiciones de trabajo, que contemplen especialmentelas condiciones ambientales y de seguridad e higiene.
f. Fomentar la actividad gremial, el interés y la participación de los trabajadores dentro del marco de los Objetivos del Milenio de Naciones Unidas. Especialmente el número ocho que se refiere al trabajo decente y al crecimiento económico.
g. Impulsar la promoción de la profesionalización eficiente de cada trabajador para el mejor cumplimiento de sus obligaciones de servicio.
h. Realizar actividades culturales, sociales, incentivar la educación, crear espacios de estudio y capacitación para todos los trabajadores del sector. Fomentar la toma de conciencia sobre el cuidado del ambiente en consonancia con lo preceptuado por el artículo 41de la Constitución Nacional y la Ley General del Ambiente.
i. Crear colonias, campamentos, campos de deportes, sitios vacacionales y de esparcimiento, que promuevan y permitan el acceso de los afiliados al turismo sustentable, la recreación y las actividades sociales y deportivas.
Instar a la defensa de los intereses económicos, profesionales y sociales de sus trabajadores y su constante capacitación, teniendo en la mira el desarrollo sostenible y las nuevas tecnologías.. A tal fin y para mantener su unidad orgánica, como así también afianzar la armonía entre sus miembros, este sindicato es independiente de todo partido político, congregación religiosa, agrupación ideológica, sector racial, no estableciendo diferencia de nacionalidad o sexo y no permitiendo en su seno intromisión alguna de política partidista.
k Asegurar la efectiva vigencia de la democracia sindical y el pluralismo, así como la permanente consulta y la más amplia participación de los trabajadores para la toma de decisiones, manteniendo una organización sindical apta, consciente y disciplinada, capaz de llevar a cabo las tareas a ella encomendadas. Será un deber de la organización sindical brindar a todos los afiliados igualdad de derechos y estar sujetos a las mismas obligaciones.
I Crear y organizar Delegaciones del ind to cuando las necesidades y el número de afiliados así lo aconsejen.
ARTICULO 3 - Decálogo de Conducta y Ética Sindical
A los fines de guiar la acción de la organización y sus componentes se establece el siguiente Decálogo de Conducta y Ética Sindical

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Boletín Oficial de la República Argentina del 06/09/2020 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data06/09/2020

Conteggio pagine94

Numero di edizioni9412

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione30/07/2024

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