Boletín Oficial de la República Argentina del 24/10/2019 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.225 - Primera Sección

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Jueves 24 de octubre de 2019

AUTORIDAD DECUENCA MATANZA RIACHUELO
Resolución 218/2019
RESOL-2019-218-APN-ACUMARMI

Ciudad de Buenos Aires, 22/10/2019
VISTO el Expediente EX-2019-67302020--APN-SGACUMAR, la Ley Nacional Nº. 26.168, la Ley de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº. 2.217, la Ley de la Provincia de Buenos Aires Nº. 13.642, la Resolución Presidencia ACUMAR N. 5/2017 y sus modificatorias,y CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº. 26.168 creó la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO ACUMAR como ente de derecho público interjurisdiccional, con competencias en el área de la Cuenca Matanza Riachuelo en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los partidos de Lanús, Avellaneda, Lomas de Zamora, Esteban Echeverría, La Matanza, Ezeiza, Cañuelas, Almirante Brown, Morón, Merlo, Marcos Paz, Presidente Perón, San Vicente, y General Las Heras, de la Provincia de Buenos Aires.
Que las Legislaturas de los Gobiernos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la Provincia de Buenos Aires, conforme lo establecido en el artículo 14 de dicha Ley, han adherido a la norma citada ut supra mediante las Leyes Nº. 2.217 y Nº. 13.642, respectivamente.
Que si bien fue creada bajo la órbita del ESTADO NACIONAL, la Autoridad de Cuenca es un ente tripartito que cuenta con facultades delegadas por las tres jurisdicciones que la componen.
Que habiendo sido creado entre personas públicas estatales correspondientes a distintas esferas de competencia constitucional, tanto su marco de actuación como las limitaciones a las conductas del organismo surgen en primer lugar de la Ley - Convenio que crea el organismo, y luego del ejercicio de la representación que cada jurisdicción ejerce al dirigir el mismo.
Que la naturaleza de ACUMAR impide someterla a una relación jerárquica con el Poder Ejecutivo Nacional, ya que la creación de ACUMAR fue motivada por un acuerdo interjurisdiccional.
Que ACUMAR es un ente de derecho público interjurisdiccional con capacidad, poderes y atribuciones suficientes para cumplir adecuadamente con el objeto para el que fue creado con plena autonomía funcional y autarquía financiera con los controles pertinentes, que no se encuentra comprendida en las entidades incluidas en el artículo 8 de la Ley N. 24.156.
Que lo expresado en el párrafo precedente resulta conteste con lo acordado en el CONVENIO DE COOPERACIÓN
celebrado entre la ACUMAR y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN SIGEN, y lo expresado en el Dictamen IF-2018-47230804-APN-GAJSIGEN de la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SIGEN, en relación al vínculo del organismo con la Ley Nº. 24.156.
Que en ese sentido, la Ley de creación de ACUMAR establece en su artículo 2º in fine que el organismo dictará sus reglamentos de organización interna y de operación.
Que mediante la Resolución Presidencia ACUMAR N. 5/2017, modificada mediante las Resoluciones Presidencia ACUMAR N. 50/2018, N. 12/2019 y N. 41/2019, se aprobó la estructura organizativa del organismo, regulando en su articulado las misiones y funciones de cada una de las áreas que lo componen.
Que en el marco del proceso de modernización del estado y con la finalidad de lograr que el organismo cuente con una estructura operativa que permita resolver con agilidad y eficiencia el objetivo para el cual fue creado, se requiere diferenciar los niveles organizacionales que lo conforman.
Que en tal sentido corresponde delegar en el Presidente de ACUMAR la facultad de diseñar y aprobar el segundo nivel operativo de la estructura del organismo, quedando reservada al CONSEJO DIRECTIVO la determinación del primer nivel de dicha estructura.
Que el CONSEJO DIRECTIVO de ACUMAR aprobó la presente medida e instruyó a esta PRESIDENCIA a proceder a la suscripción del acto administrativo correspondiente.
Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS de ACUMAR.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas la Ley Nacional Nº. 26.168, la Ley de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº. 2.217, la Ley de la Provincia de Buenos Aires Nº. 13.642 y la Resolución Presidencia ACUMAR N. 5/2017.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 24/10/2019 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data24/10/2019

Conteggio pagine95

Numero di edizioni9389

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione07/07/2024

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