Boletín Oficial de la República Argentina del 23/04/2019 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
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Boletín Oficial Nº 34.099 - Primera Sección
Martes 23 de abril de 2019
Avisos Oficiales NUEVOS
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
ADUANA POSADAS
EDICTO DE NOTIFICACIÓN
Para su conocimiento y demás efectos legales la Dirección General de AduanasAduanas de Posadas. Notifica en los términos del articulo 1013 inciso h del Código Aduanero, a quienes acrediten su derecho a disponer de los Rodados cuyas actuaciones se detallan, conforme lo estatuye el art. 417 inciso c del Código Aduanero, podrán solicitar respecto a ellos alguna destinación autorizadas, dentro de los 15 quince días corridos, contado desde su publicación del presente, vencido dicho plazo, se procederá a su comercialización o donación, según el caso, en los términos de los arts. 2, 4 y 5 de la Ley 25.603. Fdo. Dra. Adelfa Beatriz Candia a/c Administración de la Aduana de Posadas.
SUMARIO
SC46-635/18-2
SC46-388/17-5
SC46-1047/18-k SC46-1046/18-1
IMPUTADOS
AUTOMOTOR
Automóvil Marca Toyota Modelo Auris/2008, dominio MOLINA CARLOS VICENTE
colocado NBK649
MAXIMO DUVIER SILVA LEZCANO
Automóvil Toyota Modelo Corolla, azul, Dominio Py BKS175
Automóvil Volkswagen Modelo Suran, color negro, dominio GARCIA CESAR ADRIAN Y ACOSTA CRISTIAN RAMON
colocado Arg IQA600
MENDOZA JOSE GASPAR
Automóvil Mitsubishi Modelo Lancer dominio NAB421
Jorge Alberto Scappini, Administrador de Aduana.
e. 23/04/2019 N26571/19 v. 23/04/2019
BANCO CENTRAL DELAREPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación A 6675/2019
12/04/2019
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: Circular OPRAC 1 972, LISOL 1 - 827. Financiamiento al sector público no financiero. Títulos de la Deuda Pública Provincial de la Provincia del Chubut.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
- No formular observaciones, respecto de la restricción contenida en el punto 2.1. de las normas sobre Financiamiento al sector público no financiero, a que las entidades financieras puedan adquirir títulos de la deuda pública provincial a ser emitidos por la provincia del Chubut por hasta la suma de valor nominal $3.500.000.000
denominados Títulos de Cancelación de Deuda Provincial TICADEP, en el marco de la Ley Provincial VII 82 y de acuerdo con las condiciones establecidas en la Resolución N40/19 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda de la Nación, sin perjuicio de la observancia por parte de las entidades financieras intervinientes de las disposiciones en materia de fraccionamiento del riesgo crediticio establecidas en las normas citadas.
Al no contar estos títulos con alguna de las garantías elegibles previstas por las normas de esta Institución, las entidades financieras adquirentes deberán cumplir las disposiciones aplicables establecidas en las normas sobre Capitales mínimos de las entidades financieras y de Financiamiento al sector público no financiero puntos 2.6.2.8. mayor ponderador de riesgo y 6.1.2.1., acápite b cupo del 5 % de la responsabilidad patrimonial computable de la entidad, respectivamente.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - Agustín Torcassi, Subgerente General de Regulación Financiera.
e. 23/04/2019 N26730/19 v. 23/04/2019