Boletín Oficial de la República Argentina del 03/04/2019 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.087 - Primera Sección
58

Miércoles 3 de abril de 2019

Disposiciones

MINISTERIO DEPRODUCCIÓN YTRABAJO

SUBSECRETARÍA DECOMPRE ARGENTINO YDESARROLLO DEPROVEEDORES
Disposición 49/2019
DI-2019-49-APN-SSCAYDPMPYT
Ciudad de Buenos Aires, 01/04/2019
VISTO el Expediente NEX-2019-17687266- -APN-DGDMPYT, la Ley N27.437, el Decreto Nº800 de fecha 5 de septiembre de 2018, la Resolución N918 de fecha 7 de septiembre de 2018 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA
del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJOy, CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N27.437 se estableció el Régimen de Compre Argentino y Desarrollo de Proveedores con el objeto de otorgar preferencia a la adquisición, locación o leasing de bienes de origen nacional.
Que entre los sujetos alcanzados en el Artículo 1 de la citada ley se encuentran las personas humanas o jurídicas a quienes el ESTADO NACIONAL hubiere otorgado licencias, concesiones, permisos o autorizaciones para la prestación de obras y servicios públicos, entre otros sujetos.
Que a través del Artículo 2º de la Ley N27.437, se establecen los márgenes de preferencia en el precio para los oferentes de bienes de origen nacional para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas MIPyMEs y/o Cooperativas y el resto de las empresas, cuando el monto estimado del procedimiento de selección sea igual o superior al monto establecido por la reglamentación vigente del apartado 1 del inciso d del Artículo 25 del Decreto N1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios.
Que por el Decreto N800 de fecha 5 de septiembre de 2018 se aprobó la reglamentación de la Ley N27.437, y se designó como Autoridad de Aplicación a la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, actual MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.
Que el Artículo 3 del mencionado Decreto N800/18 se facultó a la Autoridad de Aplicación, a dictar las normas aclaratorias y complementarias que resulten necesarias para la interpretación y aplicación de la citada ley y de lo dispuesto en la reglamentación.
Que, mediante, la Resolución N 91 de fecha 7 de septiembre de 2018 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA
del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y en uso de las atribuciones conferidas en los artículos mencionados precedentemente, se resolvió facultar a la SUBSECRETARÍA DE COMPRE ARGENTINO Y DESARROLLO DE
PROVEEDORES de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, a dictar las normas complementarias y aclaratorias que resulten necesarias para la implementación de dicha resolución.
Que, en este contexto, el licenciatario del Servicio Básico Telefónico SBT TELEFÓNICA DE ARGENTINA S.A., en su carácter de sujeto alcanzado por el inciso b del Artículo 1 de la Ley N27.437, realizó una presentación con relación a la solicitud de interpretación ante la Autoridad de Aplicación sobre el alcance de las previsiones del Régimen de Compre Argentino y Desarrollo de Proveedores a los procedimientos de selección correspondientes a la adquisición, locación o leasing de bienes que realice en el cumplimiento de la prestación del servicio público telefónico, el que reviste el carácter de servicio público de conformidad con lo establecido en el inciso e del Artículo 6 y el Artículo 54 de la Ley N27.078.
Que el Artículo 54 de la Ley N27.078 declara que el Servicio Básico Telefónico mantiene su condición de servicio público.
Que, el inciso e del Artículo 6 de dicha ley define al Servicio Básico Telefónico SBT como aquel que consiste en la provisión del servicio de telefonía nacional e internacional de voz, a través de las redes locales, independientemente de la tecnología utilizada para su transmisión, siempre que cumpla con la finalidad de permitir a sus usuarios comunicarse entre sí.
Que la Coordinación de Análisis de Proyectos de Integración Nacional dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
COMPRE ARGENTINO Y DESARROLLO DE PROVEEDORES de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO
DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, se ha expedido recomendando la necesidad de una norma interpretativa sobre el alcance de las previsiones de la Ley N27.437, aplicable a las adquisiciones que realice el licenciatario del Servicio

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Boletín Oficial de la República Argentina del 03/04/2019 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data03/04/2019

Conteggio pagine117

Numero di edizioni9413

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione31/07/2024

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