Boletín Oficial de la República Argentina del 13/07/2018 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
Boletín Oficial Nº 33.910 - Primera Sección
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Viernes 13 de julio de 2018
Avisos Oficiales ANTERIORES
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DEMEDICAMENTOS, ALIMENTOS YTECNOLOGÍA
MÉDICA
EDICTO:
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica hace saber a la firma VOLPINO
LABORATORIOS S.A.C.I. que por Disposición ANMAT Nº DI-2018-5933-APN-ANMATMS, el Administrador Nacional de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica Dispone: ARTÍCULO
1º.- Cancélanse los Certificados de inscripción en el REM Nro. 36.963, 37.301, 40.038, 40.156, Y 40.254 por incumplimiento del artículo 8º inciso b y c de la Ley Nº16.463. ARTÍCULO 2º.- Regístrese; por la Coordinación de Gestión Administrativa publíquese el edicto correspondiente. Gírese a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos; cumplido; archívese. Expediente Nº 1-47-0000-013231-16-2. Disposición ANMAT Nº DI2018-5933-APN-ANMATMS.
Carlos Alberto Chiale, Administrador, Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica.
e. 11/07/2018 N49437/18 v. 13/07/2018
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DEMEDICAMENTOS, ALIMENTOS YTECNOLOGÍA
MÉDICA
EDICTO:
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica hace saber a la firma LABORATORIO
SCHMITZ C. e I.S.A. que por Disposición ANMAT NºDI-2018-6072-APN-ANMATMS, el Administrador Nacional de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica Dispone: ARTÍCULO 1º.- Dáse de baja la habilitación otorgada a la firma LABORATORIO SCHMITZ C. e I.S.A., con establecimiento sito en la calle Alsina 2645, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para FABRICAR Y FRACCIONAR ESPECIALIDADES
MEDICINALES. ARTÍCULO 2º.- Cancélase por intermedio de la Dirección de Gestión de información Técnica, el Certificado de Habilitación conferido a la firma LABORATORIO SCHMITZ C. e I.S.A., Nº6.302 con fecha 15 de Enero de 1970, el cual deberá ser presentado en el término de 30 días acompañado de la copia autenticada de la presente Disposición. ARTÍCULO 3º.- Cancélase el Certificado correspondiente a la especialidad medicinal:
SACAROL, Polvo, Certificado Nº3.164. ARTÍCULO 4º.- Regístrese; por la Coordinación de Gestión Administrativa publíquese el edicto correspondiente. Gírese a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos;
entréguese copia al Instituto Nacional de Medicamentos, por el Departamento de Mesa de Entradas notifíquese al interesado y hágase entrga de la presente Disposición. Cumplido; archívese. Expediente Nº1-47-0000-015018-123. Disposición ANMAT NºDI-2018-6072-APN-ANMATMS.
Carlos Alberto Chiale, Administrador, Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica.
e. 11/07/2018 N49420/18 v. 13/07/2018
BANCO CENTRAL DELAREPÚBLICA ARGENTINA
EDICTO
El Banco Central de la República Argentina comunica que por Resolución N273 del Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias, de fecha 11 de junio de 2018, se dispuso dejar sin efecto la imputación formulada al señor Alejandro Gabriel Aprea D.N.I. N 17.367.818 mediante la Resolución del Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias N475/14 y archivar el Sumario N5875, Expediente N101.428/11. Publíquese por 5
cinco días en el Boletín Oficial.
Hernan F. Lizzi, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario - Maria Gabriela Bravo, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 10/07/2018 N48773/18 v. 16/07/2018