Boletín Oficial de la República Argentina del 25/01/2018 - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 33.799 - Primera Sección
Jueves 25 de enero de 2018

Por ello, ELMINISTRO DEHACIENDA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Dar por prorrogada, a partir del 15 de mayo de 2015 y hasta el 31 de octubre de 2017 la designación transitoria dispuesta mediante el decreto 1394 del 19 de agosto de 2014, de Antonella Marcolin M.I. N32.592.236, en el cargo de Jefe de Departamento de Capacitación y Comunicaciones dependiente de la Dirección de Carrera y Relaciones Laborales de la Dirección General de Recursos Humanos de la Subsecretaría de Administración y Normalización Patrimonial de la Secretaría Legal y Administrativa del Ministerio de Hacienda, Nivel B, Grado 0, del Sistema Nacional de Empleo Público SI.N.E.P., aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el decreto 2098 del 3 de diciembre de 2008 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos establecidos en el artículo 14 del citado convenio.
ARTÍCULO 2.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Capítulos III y IV del Título II y en el Título IV, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público SI.N.E.P., homologado por el decreto 2098/2008.
ARTÍCULO 3.- El gasto demandado por esta medida fue imputado con cargo a las partidas presupuestarias de los ejercicios correspondientes de la Jurisdicción 50 - SAF 357.
ARTÍCULO 4.- Comunicar al Ministerio de Modernización conforme lo dispuesto en el artículo 1 del decreto 1165
del 11 de noviembre de 2016.
ARTÍCULO 5.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Nicolas Dujovne.
e. 25/01/2018 N4097/18 v. 25/01/2018

MINISTERIO DESALUD
Resolución 177-E/2018

Ciudad de Buenos Aires, 22/01/2018
VISTO la Ley 18.284, el Decreto 2126/71, el Decreto N1490/92 y el Decreto N1271/13 el Expediente N201803795747-APN-ANMATMS;y CONSIDERANDO:
Que la Ley 18.284 establece la vigencia del Código Alimentario Argentino CAA en todo el territorio de la República y dispone que dicha Ley y sus disposiciones reglamentarias se aplicarán y harán cumplir por las autoridades sanitarias en sus respectivas jurisdicciones, sin perjuicio de que la autoridad sanitaria nacional podrá concurrir para hacer cumplir las aludidas normas en cualquier parte del país.
Que el Artículo 4 de la referida Ley 18.284 establece que la autoridad sanitaria nacional podrá verificar las condiciones higiénico-sanitarias, bromatológicas y de identificación comercial de los productos que entren o salgan del país.
Que el Artículo 3 del Decreto N1490/92 en sus incisos b y e establece que la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE
MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA ANMAT tiene competencia en el control y fiscalización sobre la sanidad y calidad de los alimentos acondicionados, incluyendo los insumos específicos, aditivos, colorantes, edulcorantes e ingredientes utilizados en la alimentación humana y de los materiales en contacto con los alimentos, como así también en el contralor de las actividades, procesos y tecnologías que se realicen en función del aprovisionamiento, producción, elaboración, fraccionamiento, importación y/o exportación, depósito y comercialización de los productos, sustancias, elementos y materiales consumidos o utilizados en la alimentación humana.
Que el Decreto N1271/13, que aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la ANMAT, asigna al Instituto Nacional de Alimentos INAL, entre otras acciones, la de promover la salud de la población asegurando la inocuidad y calidad de los productos alimenticios, insumos y los materiales en contacto directo con los alimentos.
Que en ese marco, le corresponde concretar el control de los alimentos, insumos y los materiales comprendidos en el marco regulatorio alimentario y planificar las actividades de monitoreo y control de productos importados y exportados.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 25/01/2018 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data25/01/2018

Conteggio pagine68

Numero di edizioni9383

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione01/07/2024

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