Boletín Oficial de la República Argentina del 26/05/2017 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

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Primera Sección
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.632

Viernes 26 de mayo de 2017

MINISTERIO DECOMUNICACIONES

ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES
Resolución 3756-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 12/05/2017
VISTO el Expediente Nº779/2017 del Registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES,y CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto Nº267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes Nros. 27.078 y 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE LA
INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL.
Que el señor Christos PHILIPPAKOS CUIT 20-94108392-8 solicitó la inscripción en el Registro de Servicios TIC - Valor Agregado-Acceso a Internet.
Que asimismo, solicitó autorización para instalar y poner en funcionamiento las estaciones radioeléctricas para operar sistemas con técnicas de modulación digital de banda ancha en la banda de 5.725 a 5.850 MHz, según Resolución 261 de fecha 12 de septiembre de 2005, dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.
Que dichas peticiones fueron formuladas mediante documentación ingresada a través de la Plataforma de Servicios Web del Organismo.
Que el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES dictó la Resolución N2.483 de fecha 16 de mayo de 2016, que aprobó el Anexo que estableció los principios que rigen el alta, baja o modificación del Registro de Servicios TIC-Servicio de Valor Agregado-Acceso a Internet.
Que se han expedido las Áreas Técnicas pertinentes, cuyas intervenciones dan cuenta del cumplimiento por parte del señor Christos PHILIPPAKOS CUIT 20-94108392-8 de los requisitos previstos en el Artículo 3 del Reglamento de Registro de Servicios TICServicios Valor Agregado, Acceso a Internet, aprobado por Resolución del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES N2.483 de fecha 16 de mayo de 2016.
Que asimismo, respecto del pedido de acceso de espectro radioeléctrico, el área técnica pertinente ha considerado de aceptación la documentación técnica presentada.
Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Que han tomado la intervención pertinente el Coordinador General de Asuntos Ejecutivos y el Coordinador General de Asuntos Técnicos, conforme lo establecido en el Acta de Directorio Nº17 de fecha 17 de febrero de 2017
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº267/2015, el Acta de Directorio Nº1 de fecha 5
de enero de 2016 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y lo acordado en su Acta N19 de fecha 4 de mayo de 2017.
Por ello, ELDIRECTORIO DELENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- OTÓRGASE al señor Christos PHILIPPAKOS CUIT 20-94108392-8 Licencia, para prestar al público el servicio de Valor AgregadoAcceso a Internet, sea fijo o móvil, alámbrico o inalámbrico, nacional o internacional, con o sin infraestructura propia, en los términos del Anexo de la Resolución del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES N2483 de fecha 16 de mayo de 2016.
ARTÍCULO 2º.- INSCRÍBASE al señor Christos PHILIPPAKOS CUIT 20-94108392-8 en el Registro de Servicios TICServicio Valor AgregadoAcceso a Internet previsto en el artículo 3 del Anexo de la Resolución ENACOM N2.483 de fecha 16 de mayo de 2016.
ARTÍCULO 3º.- AUTORÍZASE al señor Christos PHILIPPAKOS CUIT 20-94108392-8 a instalar y poner en funcionamiento las estaciones radioeléctricas detalladas en el Anexo que forma parte de la presente, registrado como IF-2017-02794515-APN-DNAYRTENACOM en el GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES, ajustando su emisión en el espectro radioeléctrico a las características y condiciones de funcionamiento allí contenidas, las cuales se hallan en concordancia con lo estipulado por la Resolución Nº261 de fecha 12 de septiembre de 2005, dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES.
ARTÍCULO 4.- El titular de la presente autorización asume la responsabilidad por las obras e instalaciones accesorias que deban ejecutarse para conformar las mencionadas estaciones, quedando sujeto el funcionamiento a las disposiciones vigentes en materia de habilitación e inspección.
ARTÍCULO 5.- NOTIFÍQUESE al interesado conforme a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº1.759/72 T.O. 1991.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Miguel Angel De Godoy.
ANEXO
Expediente RESTIC: EXPENACOM 779/2017
ID

Banda
Configuración
Provincia
Localidad
Domicilio
Longitud
Latitud
Código de Equipo / Clase de Emisión
PTx dBm
Alt.
Ant.
mts
Pol.

1

5725 a 5850 MHz
Punto a Multipunto
CÓRDOBA

La Falda
Sarmiento 483

64º2854.12

31º0537.79

C-8578/20M0D7D

12

15

M

NOTA: LAS ACTIVIDADES DE ESTAS ESTACIONES RADIOELÉCTRICAS NO ESTAN GARANTIZADAS CONTRA INTERFERENCIAS DE OTRAS ESTACIONES AUTORIZADAS

IF-2017-02794515-APN-DNAYRTENACOM
e. 26/05/2017 N35550/17 v. 26/05/2017

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 26/05/2017 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data26/05/2017

Conteggio pagine30

Numero di edizioni9387

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione05/07/2024

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