Boletín Oficial de la República Argentina del 23/05/2017 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 23 de mayo de 2017

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.630

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OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a través de la Unidad Ejecutora de Proyectos Hídricos UEP, que forma parte de la Unidad Coordinadora de Programas y Proyectos con Financiamiento Externo dependiente de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA
ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE FINANZAS, suscriba el Contrato de Préstamo, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo.
Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Finanzas para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo NARG-32/2016 y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del Programa de Desarrollo de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento de la Mesopotamia, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y objetivos a los que será destinado el mencionado préstamo.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y el Artículo 53 de la Ley Nº11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 2014 y sus modificatorias.
Por ello, ELPRESIDENTE DELANACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo NARG32/2016 a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO
FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA
FONPLATA, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES
TREINTA Y TRES MILLONES U$S 33.000.000 destinado a financiar parcialmente el Programa de Desarrollo de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento de la Mesopotamia, que consta de las Estipulaciones Especiales integradas por SIETE 7 Capítulos, de las Normas Generales integradas por ONCE 11 Capítulos y de UN 1 Anexo Único, y forma parte integrante del presente decreto como Anexo I IF-201702961529-APN-SSRFIMF. Asimismo, forman parte integrante de la presente medida, como Anexo II, las Políticas para la Adquisición de Bienes y Servicios y para la Contratación de Consultores y Firmas Consultoras por Prestatarios y Beneficiarios de FONPLATA, ambas correspondientes a la edición del mes de agosto de 2013 IF-2017-02801863APN-SSRFIMF.
ARTÍCULO 2º.- Facúltase al señor Ministro de Finanzas o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo N ARG-32/2016 y su documentación adicional, conforme al modelo que se aprueba por el Artículo 1º del presente decreto.
ARTÍCULO 3º.- Facúltase al señor Ministro de Finanzas o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo NARG-32/2016, cuyo modelo se aprueba por el Artículo 1º de la presente medida, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.
ARTÍCULO 4º.- Desígnase al MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a través de la Unidad Ejecutora de Proyectos Hídricos UEP, que forma parte de la Unidad Coordinadora de Programas y Proyectos con Financiamiento Externo dependiente de la SECRETARÍA DE
OBRAS PÚBLICAS, como Organismo Ejecutor del Programa de Desarrollo de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento de la Mesopotamia, quedando facultada para suscribir los Acuerdos Marco con cada una de las jurisdicciones intervinientes y realizar todos los actos, operaciones, y contrataciones necesarias para la ejecución del Programa, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo que se aprueba por el Artículo 1 de la presente medida.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MACRI. Marcos Peña. Rogelio Frigerio. Luis Andres Caputo.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Decreto se publican en la edición web del BORA www.boletinoficial.gob.ar y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

CONTRATOS
Decreto 356/2017
Apruébase Modelo de Contrato de Préstamo.
Ciudad de Buenos Aires, 22/05/2017
VISTO el Expediente N EX-2017-02069590-APN-MF, el Modelo de Contrato de Préstamo NARG-30/2016, propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA
EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA FONPLATA,y CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo NARG-30/2016, el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA
DEL PLATA FONPLATA se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la ejecución del Programa de Apoyo al Desarrollo del Sector Agroindustrial por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES DIEZ MILLONES
U$S10.000.000.
Que el propósito del Programa es mejorar el posicionamiento externo del sector agro industrial argentino, impulsando principalmente la integración de las Pequeñas y Medianas Empresas PyMEs del sector al mercado internacional, de manera que permita aumentar de forma sostenible las exportaciones agroindustriales de productos diferenciados, con alto valor agregado.
Que el referido Programa se estructura en CUATRO 4 componentes: i Mejoramiento de la Inserción Internacional del Sector Agroindustrial, ii Fortalecimiento institucional y asistencia técnica, iii Promoción comercial de productos elaborados con participación de PyMEs, y iv Gerenciamiento del Programa.
Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, a través de la Unidad Ejecutora del Programa UEP dependiente de la SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES, en adelante denominada Organismo Ejecutor.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE FINANZAS, suscriba el Contrato de Préstamo, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo.
Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Finanzas para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA
ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo N ARG-30/2016 y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del Programa de Apoyo al Desarrollo del Sector Agroindustrial, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto, son los usuales que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y objetivos a los que será destinado el mencionado préstamo.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y el Artículo 53 de la Ley Nº11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 2014.
Por ello, ELPRESIDENTE DELANACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo NARG-30/2016 a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL
PLATA FONPLATA, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES DIEZ MILLONES U$S 10.000.000 destinado a financiar parcialmente el Programa de Apoyo al Desarrollo del Sector Agroindustrial, que consta de las Estipulaciones Especiales integradas por SIETE 7 Capítulos, de las Normas Generales integradas por ONCE
11 Capítulos y UN 1 Anexo Único, que forman parte integrante del presente decreto como Anexo I IF-2017-02801720-APN-SSRFIMF.
Asimismo, se adjuntan las Políticas para la Adquisición de Bienes y Servicios y para la Contratación de Consultores y Firmas Consultoras por Prestatarios y Beneficiarios de FONPLATA, correspondientes a la edición del mes de agosto de 2013, como Anexo II IF-201702801863- APN-SSRFIMF.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 23/05/2017 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data23/05/2017

Conteggio pagine102

Numero di edizioni9393

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione11/07/2024

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