Boletín Oficial de la República Argentina del 06/03/2017 - Primera Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 6 de marzo de 2017

Remates Oficiales Nuevos 11

Avisos Oficiales Nuevos 11
Anteriores 27

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.578

2

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para el dictado de la presente medida en virtud de lo dispuesto en el artículo 99, inciso 12 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 45 de la Ley Nº19.101 para el Personal Militar.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º Promuévese al grado inmediato superior con fecha 31 de diciembre de 2016, al personal militar de la FUERZA AÉREA ARGENTINA F.A.A. mencionado en el ANEXO I IF-201703012363- APN-SSCAMD, que forma parte integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO 2º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. MACRI. Julio Cesar Martinez.

Que atento a que el plazo establecido para efectuar la declaración voluntaria y excepcional prevista en el artículo 36 del Título I del Libro II de la Ley N 27.260 vence el 31 de marzo de 2017, resulta imperioso el dictado de una norma que extienda hasta esa fecha el plazo de adquisición del citado bono a los fines antes expuestos.
Que la urgencia en la adopción de la presente medida hace imposible seguir los trámites ordinarios previstos en la CONSTITUCIÓN NACIONAL para la sanción de las leyes.
Que la Ley N 26.122 regula el trámite y los alcances de la intervención del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, respecto de los Decretos de Necesidad y Urgencia dictados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de lo dispuesto por el artículo 99, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que el artículo 2 de la ley mencionada precedentemente determina que la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN tiene competencia para pronunciarse respecto de los Decretos de Necesidad y Urgencia.
Que el artículo 10 de la citada ley dispone que la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE debe expedirse acerca de la validez o invalidez del decreto y elevar el dictamen al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento, en el plazo de DIEZ 10 días hábiles, conforme lo establecido en el artículo 19 de dicha norma.
Que el artículo 20 de la ley referida, prevé incluso que, en el supuesto que la citada COMISIÓN
BICAMERAL PERMANENTE no eleve el correspondiente despacho, las Cámaras se abocarán al expreso e inmediato tratamiento del decreto, de conformidad con lo establecido en los artículos 99, inciso 3 y 82 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que por su parte el artículo 22 de la Ley N 26.122, dispone que las Cámaras se pronuncien mediante sendas resoluciones y que el rechazo o aprobación de los decretos deberá ser expreso conforme lo establecido en el artículo 82 de nuestra Carta Magna.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE HACIENDA ha tomado la intervención de su competencia.
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y de acuerdo con los artículos 2, 19 y 20 de la Ley N 26.122.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTÍCULO 1 Sustitúyese en el apartado 2 del inciso a del artículo 42 de la Ley N 27.260, la fecha 31 de diciembre de 2016 por la de 31 de marzo de 2017.
ARTÍCULO 2 Facúltase al MINISTERIO DE FINANZAS y a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL
DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, dicten las normas que consideren necesarias para la implementación de la presente medida.
ARTÍCULO 3 El presente decreto regirá a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4 Dése cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del HONORABLE
CONGRESO DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 5 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. MACRI. Marcos Peña. Susana Mabel Malcorra. Julio C. Martinez. José Gustavo Santos. Patricia Bullrich. Alberto Jorge Triaca. Carolina Stanley.
José Lino Salvador Barañao. Alejandro Pablo Avelluto. Rogelio Frigerio. Francisco Adolfo Cabrera. Guillermo Javier Dietrich. Esteban J. Bullrich. Sergio Alejandro Bergman. Andrés Horacio Ibarra. Juan José Aranguren. Oscar Raul Aguad. Jorge Daniel Lemus. Nicolás Dujovne. Luis Andres Caputo.

FUERZA AÉREA ARGENTINA
Decreto 141/2017
Promociones.
Ciudad de Buenos Aires, 03/03/2017
VISTO lo informado por el señor Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA
ARGENTINA, lo propuesto por el señor MINISTRO DE DEFENSA,y CONSIDERANDO:

ANEXO I
PERSONAL MILITAR DE LA FUERZA AEREA ARGENTINA PROMOVIDO
AL GRADO INMEDIATO SUPERIOR, CON FECHA 31 DE DICIEMBRE DE 2016:
MAYORES:
Cuerpo de Comando A:
Escalafón del Aire:
D. Mariano Sebastián TRIULZI
D. Carlos Diego BRAVO RETA
D. Marcelo Alejandro PULENTA
D. Mariano Rubén GARBINI
D. Néstor Fabián BRUNETTA
D. Sebastián Ignacio CLAUSI
D. Cristian Andrés GALIMBERTI
D. Juan Manuel CIMATTI
D. Jerónimo Martin RODRIGUEZ SENES
D. Jorge Alejandro MAC GAUL
D. Ezequiel Hernán RODRIGUEZ CISNEROS
D. Eber José CHANQUIA
D. Guillermo MULLER
D. Gonzalo DIAZ TAGLE
D. Christian LINS

Escalafón General:
D. Jorge Iván ZABLOCKI
D. Carlos Alberto MONASTERO
D. Fernando Javier YMFELD
D. Eliodoro Ives PINTO TABORDA
D. Ignacio Walter CAVALIERI
D. Miguel Alejandro MARUDES
D. Nicolás Nelson DESPRES
D. Eduardo Guillermo FORTE
D. Marco Alejandro SAVOIA
D. Oscar Alejandro YABLANSECK
D. Cesar Oscar LENCINA
D. Matías Eduardo VALDATA
D. Esteban Adrián ALONSO
D. Mariano Leonel GNESUTTA
D. Carlos Gustavo GODINO
D. Jerónimo Javier CECCHETTO
D. Andrés Mario OLIVA
D. José Luis ALTAMIRANO
D. Eduardo Javier LESIW
D. Leonardo Robinson BOMPADRE D. Eduardo Juan RIQUELME
D. Christian Julián DOMINGUEZ
D. Juan Carlos Cristián VITALI

D.N.I. N23.171.727
D.N.I. N23.155.323
D.N.I. N23.607.010
D.N.I. N18.757.356
D.N.I. N24.788.068
D.N.I. N22.736.075
D.N.I. N24.508.230
D.N.I. N22.979.618
D.N.I. N24.286.668
D.N.I. N22.403.386
D.N.I. N24.128.751
D.N.I. N23.960.276
D.N.I. N23.276.965
D.N.I. N24.048.641
D.N.I. N22.955.681
D.N.I. N24.505.856
D.N.I. N24.293.145
D.N.I. N22.795.081
D.N.I. N22.307.715
D.N.I. N22.737.380
D.N.I. N22.536.008
D.N.I. N23.390.971
D.N.I. N23.619.589

Escalafón Técnico:
D. Esteban Alberto NUÑEZ
D. José Américo ALVAREZ
D. Fabio Adrián LAMAS
D. Sebastián Juan Manuel MENENDEZ

D.N.I. N22.233.005
D.N.I. N24.230.596
D.N.I. N22.947.907
D.N.I. N23.450.770

Cuerpo de los Servicios Profesionales:
Escalafón Farmacia:
D. Cesar Leonardo LARRIPA

D.N.I. N20.248.646

Escalafón de Bioquímica:

Que de conformidad con lo determinado en el párrafo 172, inciso 1º, apartado a del Título II Capítulo III de la Reglamentación para la FUERZA AÉREA ARGENTINA - F.A.A. de la Ley Nº 19.101 para el Personal Militar RLA 1, fue convocada la JUNTA DE CALIFICACIONES DE
OFICIALES JEFES y la JUNTA DE CALIFICACIONES DE OFICIALES SUBALTERNOS para considerar al Personal Militar Superior que cumple en el grado el tiempo de permanencia deseable para ascenso, de acuerdo a la política vigente.

Escalafón de Meteorología:

Que las mencionadas Juntas calificaron: APTO PARA LAS FUNCIONES DEL GRADO INMEDIATO SUPERIOR, a determinado personal.

Escalafón Jurídico:

Que tomó intervención la Asesoría Jurídica de la Dirección General de Personal y Bienestar de la FUERZA AÉREA ARGENTINA, emitiendo dictamen favorable.

D.N.I. N24.151.486
D.N.I. N22.533.602
D.N.I. N22.768.611
D.N.I. N23.772.476
D.N.I. N23.378.186
D.N.I. N24.690.908
D.N.I. N23.837.859
D.N.I. N24.473.393
D.N.I. N23.799.778
D.N.I. N24.247.331
D.N.I. N23.904.565
D.N.I. N23.458.369
D.N.I. N24.133.482
D.N.I. N24.450.911
D.N.I. N22.374.010

Da. María Paola CUDOS

D. Olver Federico BOOLSEN

D. Luis Ramiro CARRANZA TORRES
Da. María Elena ROSSI

D.N.I. N21.665.268

D.N.I. N17.694.719

D.N.I. N22.375.661
D.N.I. N22.244.432

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 06/03/2017 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data06/03/2017

Conteggio pagine28

Numero di edizioni9394

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione12/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Marzo 2017>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031