Boletín Oficial de la República Argentina del 19/01/2017 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 19 de enero de 2017

NIMA, VICENTIN SOCIEDAD ANÓNIMA, OLEAGINOSA SAN LORENZO SOCIEDAD ANÓNIMA, RENOVA SOCIEDAD ANÓNIMA, TERMINAL 6 SOCIEDAD ANÓNIMA, T6 INDUSTRIAL SOCIEDAD ANÓNIMA, NOBLE ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, MOLINOS RIO DE LA PLATA SOCIEDAD ANÓNIMA, CARGILL S.A.I.C.I. y BUYATTI SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGROPECUARIA, por el sector empresario, que luce a fojas 2/4 del Expediente Nº1.717.564/16, agregado a foja 3 del Expediente Nº1.712.031/16, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
ARTÍCULO 2 Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS ACEITEROS, por el sector gremial, y las empresas BUNGE ARGENTINA
SOCIEDAD ANÓNIMA, LDC ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, NIDERA SOCIEDAD ANÓNIMA, VICENTIN SOCIEDAD ANÓNIMA, OLEAGINOSA SAN LORENZO SOCIEDAD ANÓNIMA, RENOVA SOCIEDAD ANÓNIMA, TERMINAL 6 SOCIEDAD, T6 INDUSTRIAL SOCIEDAD ANÓNIMA, NOBLE ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, MOLINOS RIO DE LA PLATA SOCIEDAD
ANÓNIMA, CARGILL S.A.I.C.I. y BUYATTI SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y
AGROPECUARIA, por el sector empresario, que luce a fojas 2/3 del Expediente Nº1.717.565/16, agregado a foja 4 del Expediente Nº1.712.031/16, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
ARTÍCULO 3 Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS ACEITEROS, por el sector gremial, y las empresas BUNGE ARGENTINA
SOCIEDAD ANÓNIMA, LDC ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, NIDERA SOCIEDAD ANÓNIMA, VICENTIN SOCIEDAD ANÓNIMA, OLEAGINOSA SAN LORENZO SOCIEDAD ANÓNIMA, RENOVA SOCIEDAD ANÓNIMA, TERMINAL 6 SOCIEDAD, T6 INDUSTRIAL SOCIEDAD ANÓNIMA, NOBLE ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, MOLINOS RIO DE LA PLATA SOCIEDAD
ANÓNIMA, CARGILL S.A.I.C.I. y BUYATTI SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL
Y AGROPECUARIA, por el sector empresario, que luce a foja 2 del Expediente Nº1.717.566/16, agregado a foja 5 del Expediente Nº1.712.031/16, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
ARTÍCULO 4 Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre los Acuerdos obrantes a fojas 2/4 del Expediente Nº1.717.564/16, agregado a foja 3 del Expediente Nº1.712.031/16, 2/3
del Expediente Nº1.717.565/16, agregado a foja 4 del Expediente Nº1.712.031/16 y a foja 2 del Expediente Nº1.717.566/16, agregado a foja 5 del Expediente Nº1.712.031/16.
ARTÍCULO 5 Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con los Convenios Colectivos de Trabajo Nº391/04 y 663/04 E.
ARTÍCULO 6 Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los Acuerdos homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
ARTÍCULO 7º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Ezequiel Sabor.
Expediente N1.712.031/16
Buenos Aires, 21 de diciembre de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N1045/16 se ha tomado razón de los acuerdos obrantes a fojas 2/4 del expediente N1.717.564/16, agregado a foja 3 del expediente principal; a fojas 2/3 del expediente N1.717.565/16 agregado a foja 4 del expediente principal y a fojas del expediente N1.717.566/16 agregado a foja 5 al expediente de referencia, quedando registrados bajo los números 1620/16, 1621/16 y 1622/16 respectivamente. Jorge Alejandro Insua, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
En la Ciudad de Buenos Aires a los 21 días del mes de Abril de dos mil dieciséis, siendo las 15:00
horas en representación del SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS ACEITEROS DPTO
SAN LORENZO, los Sres. Pablo REGUERA Secretario General, Hugo LOPEZ, Secretario Adjunto y Daniel SUCCI, Secretario Gremial, con el patrocinio letrado de la Dra. María Laura CAMPAS en adelante SECTOR SINDICAL y por la otra el Sr. Nelson FERREYRA por BUNGE
ARGENTINA, el Sr. Germán VENTICINQUE por LDC ARGENTINA S.A., el Sr. Luis GARCIA por NIDERA S.A., el Sr Mario FERREYRA por VICENTIN; el Sr. Adolfo ROURICH por Oleaginosa SAN
LORENZO S.A., el Sr. Franco BRUNO por RENOVA S.A., el Sr. Jesus PUEBLAS por TERMINAL
6 S.A. y T6 INDUSTRIAL S.A., el Sr. Jorge AMOROSI por NOBLE ARGENTINA S.A., el Sr. Fabricio VECCHINI por BUYATTI SAICA, el Sr. Jorge MATALONI por MOLINOS RIO DE LA PLATA
S.A., y la Sra. Monica CASTILLO y el Sr. Marcelo PATRIARCA por CARGILL S.A.C.I., en adelante SECTOR EMPRESARIO, las partes manifiestan que han arribado al siguiente acuerdo, según las siguientes cláusulas:
1. Las partes acuerdan fijar a partir del 1 de Abril de 2016 la nueva escala salarial, aplicable a todos los trabajadores alcanzados dentro del ámbito de los CCT N391/04 y 663/04E, conforme se detalla a continuación:
a Los salarios básicos de los referidos convenios vigentes al 31/03/2016, serán actualizados en un 25% veinticinco por ciento bajo el siguiente esquema:
CATEGORIAS ACTUALES
A Inicial $14.247,B Intermedio $15.286,C Avanzada $16.558,D Superior $17.905,E Supervisor $21.726,F Supervisor $23.643,-

Desde el 01/04/2016 al 30/09/2016
$17.809,$19.107,$20.697,$22.381,$27.157,$29.554,-

b Los salarios básicos de los referidos convenios, a partir del 1 de Octubre de 2016, serán actualizados en un 10% diez por ciento bajo el siguiente esquema:
CATEGORIAS AL 31/03/2016
A Inicial $14.247,B Intermedio $15.286,C Avanzada $16.558,D Superior $17.905,E Supervisor $21.726,F Supervisor $23.643,-

Desde el 01/10/2016 al 31/03/2017
$19.233,$20.636,$22.353,$24.172,$29.330,$31.918,-

2. Se establece por el término de la vigencia del presente las contribuciones previstas a favor del Sindicato previstas en el Art. 50 del CCT 391/04 2% y del Art. 52 del CCT 663/04E 2,5%.

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.548

50

Se establece un dos 2% por ciento de contribución solidaria por cada trabajador no afiliado al SOEA San Lorenzo, comprometiéndose la parte empresaria a efectuar la pertinente retención en el recibo de haberes.
3. La representación gremial solicita a la representación empresaria que retenga al personal beneficiario del presente acuerdo salarial por única vez el cuarenta 40% por ciento del incremento pactado con el pago del mes de Abril de 2016, de acuerdo al siguiente cuadro:
CATEGORIAS
A Inicial B Intermedio C Avanzada D Superior E Supervisor F Supervisor
Retención por única vez $1.995,$2.140,$2.318,$2.506,$3.042,$3.310,-

4. Contribución solidaria. Aporte patronal extraordinario. Se acuerda por única vez un aporte patronal extraordinario de $3.000,- pesos tres mil por cada trabajador beneficiario del presente, pagadero en dos cuotas, la primera de $1.500,- pesos un mil quinientos en el mes de Mayo 2016 y la segunda de $1.500,- pesos un mil quinientos en el mes de Junio de 2016. Las mismas deberán ser depositadas en la cuenta Banco Nación Nro. 6600254962 CBU 011066840066002549626 que a tal efecto ha abierto oportunamente la entidad sindical. Las partes manifiestan que dicho aporte extraordinario tendrá la afectación específica de Vivienda para los trabajadores.
5. El presente acuerdo salarial tendrá vigencia hasta el 31 de Marzo de 2017, en el ámbito de aplicación del departamento San Lorenzo Provincia de Santa Fe conforme la personería gremial del sindicato signatario de los CCT 391/04 y 663/04E.
6. Como consecuencia del consenso obtenido, las partes se comprometen a mantener la Paz Social durante la vigencia del mismo.
Se firman 9 nueve ejemplares de un mismo tenor y las partes se comprometen que dicho acuerdo será presentado ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación según Expte. Nro. 1712031/16, para solicitar la pertinente homologación.
En la Ciudad de Buenos Aires a los 21 días del mes de Abril de dos mil dieciséis, referente Expte.
Nro. 1712031/16, siendo las 15:00 horas en representación del SINDICATO DE OBREROS Y
EMPLEADOS ACEITEROS DPTO SAN LORENZO, los Sres. Pablo REGUERA Secretario General, Hugo LOPEZ, Secretario Adjunto y Daniel SUCCI, Secretario Gremial, con el patrocinio letrado de la Dra. María Laura CAMPAS en adelante SECTOR SINDICAL y por la otra el Sr. Nelson FERREYRA por BUNGE ARGENTINA, el Sr. Germán VENTICINQUE por LDC ARGENTINA S.A., el Sr. Luis GARCIA por NIDERA S.A., el Sr. Mario FERREYRA por VICENTIN S.A., el Sr. Adolfo ROURICH por OLEAGINOSA SAN LORENZO S.A., el Sr. Franco BRUNO por RENOVA S.A., el Sr.
Jesus PUEBLAS por TERMINAL 6 S.A. y T6 INDUSTRIAL S.A., el Sr. Jorge AMOROSI por NOBLE ARGENTINA S.A., el Sr. Fabricio VECCHINI por BUYATTI SAICA, el Sr. Jorge MATALONI por MOLINOS RIO DE LA PLATA S.A., y la Sra. Monica CASTILLO y el Sr. Marcelo PATRIARCA por CARGILL S.A.C.I., en adelante SECTOR EMPRESARIO, convienen, en cumplimiento de compromisos preexistentes entre las partes, lo siguiente:
1. Las partes acuerdan fijar que a partir del 1 de Abril de 2016, se fijaran las siguientes sumas aplicables a todos los trabajadores comprendidos en los CCT 391/04 y 663/04E, conforme se detalla a continuación y bajo la voz Adicional Acta 15 de Junio de 2015, teniendo impacto la presente cláusula en todos los adicionales convencionales y actas acuerdos.
CATEGORIAS
A Inicial B Intermedio C Avanzada D Superior E Supervisor F Supervisor
Desde el 01/04/2016 al 31/03/2017
$377,$435,$506,$578,$1.327,$1.432,-

2. Las partes convienen que el nuevo valor actualizado correspondiente a PRESENTISMO, desde el 1 de Abril de 2016, será de $1.786,- Pesos un mil setecientos ochenta y seis.
En la Ciudad de Buenos Aires a los 21 días del mes de Abril de dos mil dieciséis, referente Expte. Nro.
1712031/16 siendo las 15:00 horas en representación del SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS
ACEITEROS DPTO SAN LORENZO, los Sres. Pablo REGUERA Secretario General, Hugo LOPEZ, Secretario Adjunto y Daniel SUCCI, Secretario Gremial, con el patrocinio letrado de la Dra. María Laura CAMPAS en adelante SECTOR SINDICAL y por la otra el Sr, Nelson FERREYRA por BUNGE
ARGENTINA, el Sr. Germán VENTICINQUE por LDC ARGENTINA S.A., el Sr. Luis GARCIA por NIDERA S.A., el Sr. Mario FERREYRA por VICENTIN S.A., el Sr. Adolfo ROURICH por OLEAGINOSA
SAN LORENZO S.A., el Sr. Mario FERREYRA por RENOVA S.A., el Sr. Jesus PUEBLAS por TERMINAL 6 S.A. y T6 INDUSTRIAL S.A., el Sr. Jorge AMOROSI por NOBLE ARGENTINA S.A., el Sr. Fabricio VECCHINI por BUYATTI SAICA, el Sr. Jorge MATALONI por MOLINOS RIO DE LA PLATA S.A., y la Sra. Monica CASTILLO y el Sr. Marcelo PATRIARCA por CARGILL S.A.C.I. en adelante SECTOR EMPRESARIO, convienen, en cumplimiento de compromisos preexistentes entre las partes, lo siguiente:
Las partes acuerdan fijar que a partir del 1 de Abril de 2016, continuara vigente la cláusula numero 4 cuarta del expediente N1479362/11 que surge del acta del 20 de Mayo de 2014, la cual se continuara bajo la voz Adicional Acta 20 de Mayo 2014, teniendo impacto la presente cláusula en todos los adicionales convencionales y actas acuerdos.
La misma será actualizada en base a los porcentajes establecidos en las escalas salariales de los presente acuerdos 35%.

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DERELACIONES LABORALES
Resolución 859 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 06/12/2016
VISTO el Expediente Nº283.790/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del Acuerdo obrante a fojas 1/3 celebrado entre el SINDICATO
DE LUZ Y FUERZA DE MENDOZA, por la parte gremial, y la empresa HIDROELECTRICA LOS
NIHUILES SOCIEDAD ANONIMA por la parte empresarial, conforme a lo establecido por la Ley N14.250 t.o. 2004.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 19/01/2017 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data19/01/2017

Conteggio pagine56

Numero di edizioni9400

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione18/07/2024

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