Boletín Oficial de la República Argentina del 22/09/2016 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Jueves 22 de septiembre de 2016

Primera Sección
Que la presente se enmarca en las políticas de protección de los derechos humanos que sostiene la REPÚBLICA ARGENTINA, en el entendimiento de que las necesidades de protección y las proporciones de la crisis humanitaria que afecta a la población civil, requieren del mayor compromiso por parte de todos los Estados y de respuestas adecuadas basadas en los mecanismos disponibles más efectivos y realistas para colaborar en la recepción de personas desplazadas por las consecuencias del conflicto.
Que en tal sentido, el Presidente de la Nación Argentina ha manifestado en distintos ámbitos internacionales su compromiso de sumarse a los países dispuestos a apoyar con soluciones concretas, las necesidades de quienes requieren protección internacional, compartiendo el enorme esfuerzo de los países lindantes a la REPÚBLICA ARABE SIRIA.
Que es importante destacar que desde el inicio del conflicto al presente la REPÚBLICA ARGENTINA ha venido recibiendo ciudadanos sirios, por medio de distintos mecanismos, sea con un visado de turismo, un procedimiento de reunificación familiar, reconociendo el estatuto de refugiado, un visado humanitario u otra forma de recepción humanitaria, dando la posibilidad de reconstruir su proyecto de vida en nuestro país, o permitiendo establecerse temporalmente hasta la finalización del conflicto en la REPÚBLICA ARABE SIRIA.
Que una respuesta integral a las necesidades de protección de los ciudadanos sirios que han ingresado a la REPÚBLICA ARGENTINA y de aquellos que se beneficien en el marco del PROGRAMA SIRIA u otras formas de recepción humanitaria, requiere de la decisión de diferentes áreas de gobierno.

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.467

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Decisiones Administrativas

INSTITUTO NACIONAL CONTRA LADISCRIMINACIÓN, LAXENOFOBIA YELRACISMO
Decisión Administrativa 1027/2016
Designaciones.
Buenos Aires, 21/09/2016
VISTO el Expediente NºS04:0007448/2016 del registro del INSTITUTO NACIONAL CONTRA
LA DISCRIMINACIÓN, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO INADI, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS; la Ley Nº27.198, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008 y 227 del 20 de enero de 2016, y
Que a tales fines se propone la creación del GABINETE NACIONAL DEL PROGRAMA SIRIA integrado por los Ministerios mayormente involucrados, sobre la base de un trabajo sistemático de articulación y coordinación necesario para lograr un exitoso proceso de integración en nuestra sociedad, deviniendo indispensable formalizar un ámbito de trabajo interministerial de alto nivel, que permita el abordaje de la temática con la articulación adecuada, el que será asistido por la MESA DE TRABAJO PROGRAMA SIRIA.

CONSIDERANDO:

Que a esos efectos, el GABINETE NACIONAL DEL PROGRAMA SIRIA determinará las funciones y la conformación de la aludida Mesa, a cuyos fines le impartirá las instrucciones necesarias para el cumplimiento de sus objetivos.

Que mediante el artículo 1 del Decreto Nº227/16 se dispuso que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que por otro lado, resulta conveniente facultar al Gabinete para convocar y/o requerir la participación y colaboración de expertos y representantes de sectores con conocimientos e injerencia en la materia, de los ámbitos público y privado.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES de la DIRECCIÓN
GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES han tomado la intervención que les compete.
Que el presente acto se dicta en virtud de las facultades emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1 Créase, en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el GABINETE NACIONAL DEL PROGRAMA SIRIA, que tendrá como finalidad establecer las directrices generales para la recepción humanitaria de personas desplazadas forzosamente como consecuencia del conflicto en la REPÚBLICA ARABE SIRIA y proponer acciones interministeriales en materia de integración social de quienes arriben a la REPÚBLICA ARGENTINA por los distintos mecanismos de admisión humanitaria disponibles.
ARTÍCULO 2 El GABINETE NACIONAL DEL PROGRAMA SIRIA estará presidido y coordinado por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, e integrado por los titulares del MINISTERIO
DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO, MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, MINISTERIO DE SALUD, MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, MINISTERIO DE SEGURIDAD, MINISTERIO DE
CULTURA y la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA, quedando facultados para designar a un funcionario en su reemplazo con rango no inferior a Secretario.
ARTÍCULO 3 El GABINETE NACIONAL DEL PROGRAMA SIRIA será asistido por la MESA
DE TRABAJO PROGRAMA SIRIA, coordinada por el titular de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA. El GABINETE NACIONAL DEL PROGRAMA SIRIA determinará las funciones y la conformación de la aludida Mesa de Trabajo, a cuyos fines le impartirá las instrucciones necesarias para el cumplimiento de sus objetivos.
ARTÍCULO 4 Facúltase al GABINETE NACIONAL DEL PROGRAMA SIRIA para convocar y/o requerir la participación y colaboración de expertos y representantes de sectores con injerencia en la materia, de los distintos sectores de la sociedad civil, representantes de Organismos Internacionales y de los poderes del Estado Nacional, Provincial y de la CIUDAD AUTÓNOMA
DE BUENOS AIRES.
ARTÍCULO 5 Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. MACRI. Marcos Peña. Rogelio Frigerio.

MINISTERIO DELINTERIOR, OBRAS PÚBLICAS YVIVIENDA
Decreto 1036/2016
Desígnase Subsecretario de Interior.
Buenos Aires, 21/09/2016
VISTO el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1 Desígnase, a partir del 17 de agosto de 2016, en el cargo de SUBSECRETARIO
DE INTERIOR de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, al Dr. D. Juan Carlos MORÁN D.N.I. Nº21.853.038.
ARTÍCULO 2 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. E/E MICHETTI. Rogelio Frigerio.

Que por el artículo 7º de la Ley N27.198 se estableció que salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros, las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad.

Que el INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACIÓN, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO INADI, solicita la cobertura transitoria de CINCO 5 cargos vacantes y financiados del citado Instituto.
Que a los efectos de implementar las referidas coberturas transitorias resulta necesario designar a las personas que se proponen con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley N 27.198 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos para el acceso al Nivel B, establecidos en el artículo 14 del CONVENIO COLECTIVO
DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
SINEP, homologado por el Decreto Nº2098/08.
Que la cobertura de los cargos en cuestión no constituye asignación de recurso extraordinario alguno, contándose con el crédito necesario.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7º de la Ley Nº 27.198 y 1 del Decreto N227/16.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º Desígnanse transitoriamente, a partir de las fechas que en cada caso se indican y por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha del presente acto, en la planta permanente del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACIÓN, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO INADI, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, a las personas consignadas en el Anexo IF-2016-01540384-APN-MJ/2016 que forma parte integrante de la presente medida, en los cargos allí indicados, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº27.198 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel B establecidos en el artículo 14 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL
DEL PERSONAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SINEP, homologado por el Decreto Nº2098/08, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel IV del citado Convenio.
ARTÍCULO 2º Los cargos involucrados en el artículo 1, deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SINEP, homologado por el Decreto Nº2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha del presente acto.
ARTÍCULO 3º Desígnase transitoriamente a partir del 15 de febrero de 2016 hasta el 15
de mayo de 2016 a la señora Leslie Nahir ABBAS D.N.I. N33.020.518 en el cargo de Coordinadora de Delegaciones del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACIÓN, LA
XENOFOBIA Y EL RACISMO INADI, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL del MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, Nivel B, Grado 0, del CONVENIO COLECTIVO DE
TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
SINEP, homologado por el Decreto Nº2098/08, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley N27.198, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel IV del citado SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO.
ARTÍCULO 4º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Entidad 202 - INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACIÓN, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO INADI, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
ARTÍCULO 5º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña. Germán C. Garavano.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 22/09/2016 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data22/09/2016

Conteggio pagine32

Numero di edizioni9407

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione25/07/2024

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