Boletín Oficial de la República Argentina del 09/06/2016 - Primera Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 9 de junio de 2016

BOLETIN OFICIAL Nº 33.396

29

Que los premios consisten, según la Resolución N 609/2015/INCAA, en veintidós 22 premios de PESOS UN MIL $ 1.000 libre de impuestos, entre los adquirientes de Boletos Oficiales Cinematográficos resultantes del sorteo correspondiente a los meses de noviembre y diciembre del año 2015.

una asignación mensual no contributiva equivalente a la pensión por invalidez para las personas beneficiarias de la norma que se encuentren en situación de desempleo forzoso y que no cuenten con ningún otro beneficio de carácter previsional.

Que el sorteo referido en la Resolución citada en el VISTO fue realizado el 21 de enero de 2016 a las 19 horas en el Espacio INCAA Gaumont, sito en avenida Rivadavia 1635 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, protocolizado por la escribana Valeria Mazzitelli, Notaria adscripta al Registro Notarial número 1464 de esta Ciudad.

Que el Decreto N 2266/2015 en la reglamentación del citado artículo, determina que el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN, a través de la COMISIÓN NACIONAL DE
PENSIONES ASISTENCIALES, será el organismo de aplicación y ejecución de la prestación referida precedentemente.

Que en el acta confeccionada por la escribana Valeria Mazzitelli constan los nombres y documentos de los ganadores.

Que la mencionada reglamentación establece, además, que corresponderá al MINISTERIO
DE SALUD regular lo concerniente a la inclusión de los beneficiarios en el PROGRAMA FEDERAL
INCLUIR SALUD, en relación a la asistencia médica.

Que los ganadores resultaron ser por el mes de Noviembre: 1 María Cristina Goñi - DNI:
4.875.051; 2 Mirian Bidyeran - DNI: 23.848.870; 3 Marina Liliana Lopez Osornio - DNI: 16.226.712; 4 Alejandro Schindler - DNI: 22.635.725; 5 Marta del Viaballay López - DNI: 6.231.630; 6 Julia Falconi - DNI: 6.408.043; 7 Norma Alozew - DNI: 3.946.457; 8 Blanca Baasch - DNI: 0.141.402; 9 Rosana Covos - DNI: 17.203.322; 10 Verónica Lidia Bellene - DNI: 22.185.917; 11 Fernando Mariano Peidro DNI: 25.705.656 y por el mes de Diciembre: 1 Jorge Daniel Gutiérrez - DNI: 25.227.786; 2 Sebastián Napoli - DNI: 20.249.493; 3 Liana Casanova - DNI: 3.919.860; 4 Armando Nupieri - DNI: 25.418.847;
5 Rita de los Angeles Fabian - DNI: 30.637.874; 6 Cecilia Inés Lovigné - DNI: 29.722.739; 7 José Enrique Ruggieri - DNI: 10.878.917; 8 Ana María Gravinese - LC: 6.169.500; 9 Aida Elfa Fernández DNI: 3.924.578; 10 Romina Gisela Lencinas - DNI: 34.434.356; 11 Luis Alamprese - DNI: 4.548.315.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley N 17.741 y sus modificatorias t.o. Decreto N 1248/01 y Decreto N 175/2016.
Por ello, EL PRESIDENTE
DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1 Declárense ganadores del premio de PESOS MIL $1000 libre de impuestos, correspondiente a los meses de noviembre y diciembre del año 2015, a los acreedores que figuran en el Anexo I de la presente Resolución, que a todos los efectos forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2 Liquídese y abónese a favor de los adquirientes de Boletos Oficiales Cinematográficos que figuran en el Anexo I de la presente Resolución, la suma de PESOS MIL $ 1.000
libre de impuestos.
ARTÍCULO 3 Impútese el gasto a la Partida correspondiente sujeto a disponibilidad presupuestaria.
ARTÍCULO 4 Publíquense los nombres de los ganadores en la página Web del Instituto.
ARTÍCULO 5 Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. ALEJANDRO CACETTA, Presidente, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Decreto N 2266/2015, reglamentario de la Ley N 26.928.
Por ello;
EL MINISTRO
DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1 Dispónese que los beneficiarios del Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas o que se encuentren en lista de espera, creado por Ley N 26.928, a los que se otorgue la prestación prevista en el artículo 11 de la citada norma y cuenten con cobertura medico asistencial al momento de dicho otorgamiento, podrán optar entre conservarla o ser incluidos como beneficiarios del PROGRAMA FEDERAL INCLUIR SALUD.
ARTÍCULO 2 Regístrese, comuníquese, notifíquese a quienes corresponda, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. JORGE DANIEL LEMUS, Ministro de Salud.
e. 09/06/2016 N 39076/16 v. 09/06/2016

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Noviembre DNI: 4.875.051
DNI: 23.848.870
DNI: 16.226.712
DNI: 22.635.725
DNI: 6.231.630
DNI: 6.408.043
DNI: 3.946.457
DNI: 141.402
DNI: 17.203.322
DNI: 22.185.917
DNI: 25.705.656

Diciembre 1 Jorge Daniel Gutiérrez 2 Sebastián Napoli 3 Liana Casanova 4 Armando Nupieri 5 Rita de los Angeles Fabian 6 Cecilia Inés Lovigné 7 José Enrique Ruggieri 8 Ana María Gravinese 9 Aida Elfa Fernández 10 Romina Gisela Lencinas 11 Luis Alamprese
Que en este marco, resulta apropiado adoptar decisiones sanitarias tendientes a lograr la eficiencia en las prestaciones de salud, ampliando en este caso, las posibilidades de los beneficiarios de la Ley N 26.928, quienes podrán optar entre su cobertura medico asistencial o la inclusión en el PROGRAMA FEDERAL INCLUIR SALUD.

MINISTERIO DE SALUD

ANEXO I - RESOLUCION N 1060

1 María Cristina Goñi 2 Mirian Bidyeran 3 Marina Liliana Lopez Osornio 4 Alejandro Schindler 5 Marta del Viaballay López 6 Julia Falconi 7 Norma Alozew 8 Blanca Baasch 9 Rosana Covos 10 Verónica Lidia Bellene 11 Fernando Mariano Peidro
Que el mencionado Programa, aprobado por Resolución N 1862/2011 de este Ministerio, promueve el acceso a titulares de pensiones no contributivas, al ejercicio pleno del derecho a la salud en todo el territorio nacional, y asiste a las respectivas jurisdicciones en la implementación de un modelo sanitario que permite una cobertura médica integral.

DNI: 25.227.786
DNI: 20.249.493
DNI: 3.919.860
DNI: 25.418.847
DNI: 30.637.874
DNI: 29.722.739
DNI: 10.878.917
LC: 6169500
DNI: 3.924.578
DNI: 34.434.356
DNI: 4.548.315

e. 09/06/2016 N 39071/16 v. 09/06/2016

MINISTERIO DE SALUD
Resolución 726/2016
Bs. As., 03/06/2016

VISTO el expediente N 1-2002-4638000078/16-7 del registro del INSTITUTO NACIONAL
CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE INCUCAI, las disposiciones de la Ley N 26.928 de creación de un Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas o en Lista de Espera y su reglamentación aprobada por Decreto N 2266/2015 del P.E.N.; y CONSIDERANDO:
Que la Ley citada en el visto dispone en su artículo 11 que el Estado Nacional debe otorgar, en los términos y condiciones de la Ley N 13.478 y sus normas modificatorias y complementarias,
Resolución 229/2016
Bs. As., 03/06/2016
VISTO el Expediente N 28821/2015 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, la Ley 23660, el Decreto N 576 de fecha 1 de abril de 1993 y las Resoluciones N 1030 del 2 de septiembre de 2010 y N 1344 de fecha 25 de noviembre de 2010, ambas del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, y CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones citadas en el VISTO, la UNION OBRERA LADRILLERA DE LA REPUBLICA ARGENTINA UOLRA solicita el reconocimiento de las autoridades designadas por esa entidad, para ocupar los cargos de dirección y fiscalización en la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL
LADRILLERO RNOS 1-1030-5.
Que al efecto, acompaña copia legalizada del certificado de autoridades gremiales extendido por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, con mandato vigente por el período 26/05/15 al 26/05/19.
Que es del caso recordar, que desde el dictado de la Resolución N 167/10-MTEySS, la citada asociación sindical se encontraba conducida por un Delegado Normalizador.
Que asimismo, la UOLRA acompaña copia certificada del Acta por la cual la Comisión Directiva de la entidad gremial elige las autoridades del Agente del Seguro de Salud, por el período 30/11/2015 al 29/11/2019.
Que la asociación sindical peticiona la normalización de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL
LADRILLERO RNOS 1-1030-5, por encontrarse ésta, desde el 2 de septiembre de 2010, bajo la conducción de un Administrador Provisorio.
Que tal medida se implementó con el dictado de la Resolución N 1030/10-SSSALUD, atento el conflicto de gobernabilidad suscitado en la entidad; toda vez que la conducción de la Obra Social se encontraba acéfala y resultaba imposible la designación de nuevas autoridades por parte de la asociación sindical, conforme los artículos 8 y 25 del Estatuto de la OSPL, por encontrarse la propia UNION OBRERA LADRILLERA DE LA REPUBLICA ARGENTINA, bajo la administración de un Delegado Normalizador conforme Resolución N 167/10-MTEySS.
Que el Dr. Carlos María GALLARDO DNI 11.915.578, actual administrador de la Obra Social, fue designado por Resolución N 1344/2010-SSSalud, hasta tanto se normalice la entidad o el Poder Ejecutivo disponga la intervención del Agente del Seguro de Salud.
Que la Coordinación de Registros de Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga, se expide en Providencia N 53985/2016 detallando el cumplimiento de los recaudos establecidos en el art. 13 Anexo I del Decreto 576/93, respecto de los integrantes del Consejo Directivo y Comisión Revisora de Cuentas de la Obra Social, elegidos de acuerdo a las disposiciones estatutarias.
Que la solicitud efectuada por la entidad gremial debe ser analizada a la luz de la normativa de aplicación.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 09/06/2016 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data09/06/2016

Conteggio pagine48

Numero di edizioni9415

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione02/08/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Junio 2016>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930