Boletín Oficial de la República Argentina del 24/05/2016 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Martes 24 de mayo de 2016

Primera Sección
DIRECCION GENERAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
ARTÍCULO 61.- La DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL depende de la VICEPRESIDENCIA DE GESTIÓN POLITICA Y SOCIAL y su titular es designado por el CONSEJO
DIRECTIVO.
ARTÍCULO 62.- La DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL tiene la misión de promover acciones conducentes al ordenamiento territorial teniendo en cuenta los aspectos de la realidad regional, dirigir los proyectos en materia de relocalización y urbanización de villas, asentamientos precarios, recuperación de espacios públicos y forestación. Tiene las siguientes funciones:

BOLETIN OFICIAL Nº 33.385

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ARTÍCULO 65.- La COORDINACIÓN DE INTERVENCIÓN SOCIAL depende de la DIRECCIÓN
GENERAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL y tiene las siguientes funciones:
a Ejecutar acciones en materia de Participación Social en la Cuenca.
b Ejecutar acciones de organización comunitaria en materia de relocalización y/o urbanización de villas y asentamientos precarios.
c Ejecutar acciones en materia de difusión, sensibilización y concientización en sus ámbitos educativos formal y no formal y de inserción local que coadyuve a la concreción de los anteriores puntos.

a Diseñar y planificar proyectos en materia de RELOCALIZACION Y URBANIZACION DE VILLAS Y ASENTAMIENTOS PRECARIOS, FORESTACTON, RECUPERACION DE ESPACIOS PÚBLICOS, y aquellas acciones vinculadas con las actividades de sensibilización con la comunidad.

d Proponer acciones que contribuyan a fortalecer la organización y compromiso barrial para difundir las acciones desarrolladas en pos de la mejora de la calidad de vida de los habitantes de la Cuenca.

b Participar en la elaboración de mecanismos de concientización en la población de la Cuenca a efectos de la creación de ambientes saludables y sustentables.

e Proponer a la Dirección General la implementación de proyectos y acciones que prevean la mejora en la calidad de vida de los habitantes de la Cuenca.

c Desarrollar y planificar acciones conducentes al ordenamiento territorial teniendo en cuenta todos los aspectos de la realidad regional en la Cuenca Matanza Riachuelo.
d Desarrollar la estructura de funcionamiento global de la Cuenca Matanza Riachuelo, procurando generar la coordinación interjurisdiccional entre la Nación, la Provincia de Buenos Aires, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los Municipios.
e Participar en la elaboración de regímenes normativos que permitan la instrumentación jurídica-administrativa del ordenamiento territorial.
f Promover lineamientos de modificación de las normas y planes municipales de uso del suelo y urbanización, a través de la articulación institucional y con miras a la mejora de la calidad ambiental de la Cuenca y la ocupación del suelo conforme un patrón de urbanización sustentable.
g Participar en el desarrollo de programas de planificación y en cuestiones relacionadas con la zonificación.
h Promover la protección de áreas ecológicamente estratégicas.
i Intervenir en los proyectos de reubicación de industrias, en el ex Polo Petroquímico, hoy Puerto Dock-Sud.
j Coordinar acciones entre las diversas jurisdicciones y organismos que intervienen en los procesos de cumplimiento del Plan de Urbanización de Villas y Asentamientos precarios en riesgo ambiental de la Cuenca Matanza Riachuelo.
k Producir y elevar a la VICEPRESIDENCIA DE GESTIÓN POLÍTICA Y SOCIAL el informe anual a que hace mención el Artículo 8 de la Ley 26.168 en lo referente a la Dirección General.
l Intervenir, en el ámbito de su competencia, en todos los actos resolutorios en forma previa a su elevación a la VICEPRESIDENCIA DE GESTIÓN POLÍTICA Y SOCIAL.
m Controlar la evolución de los Convenios, Acuerdos y/o Protocolos celebrados por ACUMAR
en el marco de las misiones y funciones de la Dirección General.
n Dirigir y gestionar el personal a su cargo.
ñ Elaborar el Plan Anual de Compras de la Dirección General para su elevación a la VICEPRESIDENCIA DE GESTIÓN POLÍTICA Y SOCIAL.
o Elaborar el proyecto de presupuesto de la Dirección General para su elevación a la VICEPRESIDENCIA DE GESTIÓN POLÍTICA Y SOCIAL.
p Asistir a la VICEPRESIDENCIA DE GESTIÓN POLITICA Y SOCIAL en la materia de su competencia.
COORDINACIÓN DE PLANEAMIENTO URBANO
ARTÍCULO 63.- La COORDINACIÓN DE PLANEAMIENTO URBANO depende de la DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL y tiene las siguientes funciones:
a Desarrollar propuestas y elevarlas a consideración de la Dirección General en materia de ordenamiento territorial teniendo en cuenta todos los aspectos de la realidad regional, en la Cuenca Matanza Riachuelo.
b Proponer a la Dirección General acciones específicas tendientes a la modificación de las normas y planes municipales de uso del suelo y urbanización, a través de la articulación institucional y con miras a la mejora de la calidad ambiental de la Cuenca y la ocupación del suelo conforme un patrón de urbanización sustentable.
c Elevar a la Dirección General proyectos de planificación en cuestiones relacionadas a la zonificación.
d Asistir a la Dirección General en todo lo relacionado en materia a su competencia.
COORDINACIÓN DE HABITAT
ARTÍCULO 64.- La COORDINACIÓN DE HABITAT depende de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ORDENAMIENTO TERRITORIAL y tiene las siguientes funciones:
a Proponer y ejecutar acciones tendientes a la protección de las áreas ecológicamente estratégicas.
b Participar en los procesos de reubicación de industrias, en el ex Polo Petroquímico, hoy Puerto Dock-Sud.
c Participar en los procesos de cumplimiento del Plan de Urbanización de Villas y Asentamientos precarios en riesgo ambiental de la Cuenca Matanza Riachuelo.
d Participar en la implementación de planes de ejecución de servicios urbanos.
e Asistir a la Dirección General en todo lo relacionado en materia a su competencia, COORDINACIÓN DE INTERVENCIÓN SOCIAL

f Ejecutar acciones en materia de recuperación de espacios públicos locales.
g Ejecutar acciones de concientización, organización y promoción de la comunidad en materia de limpieza de márgenes y forestación.
h Asistir a la Dirección General en todo lo relacionado en materia a su competencia.
DIRECCION GENERAL DE COMUNICACIÓN
ARTÍCULO 66.- La DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN depende de la VICEPRESIDENCIA DE GESTIÓN POLITICA Y SOCIAL y su titular es designado por el CONSEJO DIRECTIVO.
ARTÍCULO 67.- La DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN tiene la misión de difundir las actividades de la ACUMAR así como fomentar la concientización y educación ambiental en los habitantes del ámbito de la Cuenca Matanza Riachuelo. Tiene las siguientes funciones:
a Diseñar el plan anual de actividades de interrelación con los distintos actores de la sociedad civil en el ámbito de la Cuenca Matanza Riachuelo.
b Diseñar los lineamientos e instrumentos de comunicación estratégica desde el plano institucional a los efectos de otorgar visibilidad a las actividades de la ACUMAR en la Cuenca Matanza Riachuelo.
c Dirigir la relación con los medios de comunicación.
d Diseñar los lineamientos, mecanismos e instrumentos de concientización y educación en la población dentro del ámbito de la Cuenca Matanza Riachuelo.
e Producir y elevar a la VICEPRESIDENCIA DE GESTIÓN POLÍTICA Y SOCIAL el informe anual a que hace mención el Artículo 8 de la Ley 26.168 en lo referente a la Dirección General.
f Intervenir, en el ámbito de su competencia, en todos los actos resolutorios en forma previa a su elevación a la VICEPRESIDENCIA DE GESTIÓN POLÍTICA Y SOCIAL.
g Controlar la evolución de los Convenios, Acuerdos y/o Protocolos celebrados por la ACUMAR, en el marco de las misiones y funciones de la Dirección General.
h Dirigir y gestionar el personal a su cargo.
i Elaborar el Plan Anual de Compras de la Dirección General para su elevación a la VICEPRESIDENCIA DE GESTIÓN POLÍTICA Y SOCIAL.
j Elaborar el proyecto de presupuesto de la Dirección General para su elevación a la VICEPRESIDENCIA DE GESTIÓN POLÍTICA Y SOCIAL.
k Asistir a la VICEPRESIDENCIA DE GESTIÓN POLÍTICA Y SOCIAL en la materia de su competencia.
COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN PÚBLICA
ARTÍCULO 68.- La COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN PÚBLICA depende de la DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN y tiene las siguientes funciones:
a Organizar un sistema de información pública de modo concentrado, claro y accesible al público que permita verificar y comunicar el avance que se vaya logrando en cumplimiento de los objetivos de la ACUMAR.
b Contar con un Sistema de Información y de Acceso a la Información Pública que permita realizar el análisis espacial y temporal de las acciones realizadas en la Cuenca Matanza Riachuelo.
c Implementar herramientas de clasificación temática que faciliten el acceso a la información por los distintos actores involucrados en la problemática de la Cuenca Matanza Riachuelo.
d Asistir en materia de diseño, imagen y aplicación de estrategias comunicacionales en el ámbito de la ACUMAR.
e Organizar un sistema de información pública digital vía internet que contenga todos los datos, informes y cronogramas de las actividades de la ACUMAR en cumplimiento de las resoluciones judiciales.
f Administrar la página Web de la ACUMAR.
g Producir los informes y respuestas destinados a los medios de comunicación.
h Asistir a la Dirección General en todo lo relacionado en materia a su competencia.
COORDINACIÓN DE CULTURA, PATRIMONIO y EDUCACIÓN SOCIO-AMBIENTAL
ARTÍCULO 69.- La COORDINACIÓN, DE CULTURA, PATRIMONIO Y EDUCACIÓN SOCIOAMBIENTAL depende de la DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN y tiene las siguientes funciones:
a Implementar, actualizar y mantener un registro de instituciones educativas situadas en el ámbito de la Cuenca Matanza Riachuelo.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 24/05/2016 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data24/05/2016

Conteggio pagine76

Numero di edizioni9392

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione10/07/2024

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