Boletín Oficial de la República Argentina del 10/05/2016 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
Primera Sección
Martes 10 de mayo de 2016
PACHECO MAXIMILIANO
RICARDO
20346286939
273476/15
07A
Sarmiento 656 - Rosario
QUIROZ ALEJANDRO
JAVIER
20303630229
232812/15
07A
Sarmiento 656 - Rosario
GONZALEZ JORGE OMAR
20239575375
248474/15
07A
Sarmiento 656 - Rosario
NORIEGA WALDO RAMON
20290697701
237828/15
07A
Sarmiento 656 - Rosario
FRASCARELLI ALFREDO
OSCAR
20228999998
16586/16
07A
Sarmiento 656 - Rosario
JUAREZ MARCELINO
FRANSISC
20371542761
26722/16
07A
Sarmiento 656 - Rosario
BOLETIN OFICIAL Nº 33.375
23
Por ello, EL DIRECTOR NACIONAL DE RELACIONES FEDERALES
A CARGO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1 Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N 20.744
t.o. 1976 y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N41 del 26 de enero de 2016, y registrado bajo el N41/16 suscripto entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa GEFCO ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
GALLETTI CECILIA JIMENA
27276824053
25802/16
07A
Sarmiento 656 - Rosario
OLIVA ROCIO MELINA
24306896144
32472/16
07A
Sarmiento 656 - Rosario
SPAGGIARI NELSON
ANSELMO
20164515835
256905/15
07A
Sarmiento 656 - Rosario
SANCHEZ RICARDO JOSE
20108753847
243397/15
07A
Sarmiento 656 - Rosario
PEDRINI ELENA ROSA
27257518685
255414/15
07A
Sarmiento 656 - Rosario
MORALES FELIX
MARCELINO
20201007284
254915/15
07A
Sarmiento 656 - Rosario
GEATTI ADRIANA OLGA
27132406575
234361/15
07A
Sarmiento 656 - Rosario
DIAZ GABRIEL RAUL
20257157521
256385/15
07B
Sarmiento 656 - Rosario
RODRIGUEZ OLGA BEATRIZ
27104271427
268163/15
07B
Sarmiento 656 - Rosario
ARTÍCULO 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. DIEGO PODASCHEVSKY, a/c Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, M.T.E. y S.S.
ANEXO
ZARATE MARCELO
ALEJANDRO
27367808425
275524/15
12A
Las Heras 2543 - Mar del Plata
VELAZQUEZ GASTON ABEL
20308348033
7751/16
12A
Las Heras 2543 - Mar del Plata
ARTÍCULO 2 Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.
ARTÍCULO 3 Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ALVAREZ ROQUE ALBERTO
20246849987
1706/16
12A
Las Heras 2543 - Mar del Plata
RUVIRA MATIAS EZEQUIEL
20345534432
71/16
12A
Las Heras 2543 - Mar del Plata
RUIZ JORGE
20202493352
274494/15
12A
Las Heras 2543 - Mar del Plata
PARTES SIGNATARIAS
GOÑI ALBERTO GERARDO
20162429303
268181/15
12A
Las Heras 2543 - Mar del Plata
SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES
DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA
c/
GEFCO ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA
CCT N248/97 E
e. 09/05/2016 N29605/16 v. 11/05/2016
Expediente N1.699.855/15
FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA
01/07/2015
TOPE
PROMEDIO DE LAS
INDEMNIZATORIO
REMUNERACIONES
RESULTANTE
$17.028,99
$51.086,97
Expediente N1.699.855/15
Buenos Aires, 28 de marzo de 2016
CONVENCIONES
COLECTIVAS DE TRABAJO
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N 174/16 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 154/16 T. Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DEREGULACIONES DELTRABAJO
Disposición 174/2016
Bs. As., 21/03/2016
VISTO el Expediente N1.699.855/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N14.250 t.o. 2004, la Ley N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, la Resolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N41 del 26 de enero de 2016, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 6 del Expediente N 1.699.855/15, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa GEFCO ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N248/97 E
conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N14.250 t.o. 2004.
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N41 del 26 de enero de 2016 y registrado bajo el N41/16, conforme surge de fojas 52/54 y 57, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 63/65, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, por las Decisiones Administrativas N917 del 28 de diciembre de 2010 y N145 del 1 de marzo de 2016
y por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N36 del 22
de enero de 2016.
DIRECCIÓN NACIONAL DEREGULACIONES DELTRABAJO
Disposición 176/2016
Bs. As., 21/03/2016
VISTO el Expediente N1.701.212/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N14.250 t.o. 2004, la Ley N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, la Resolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N68 del 03 de febrero de 2016, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 3 del Expediente N1.701.212/15, obra la escala salarial pactada entre la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa TOYOTA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N1317/13 E, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N14.250 t.o. 2004.
Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por la Resolución Ss.R.L.
N68/16 y registrado bajo el N72/16, conforme surge de fojas 38/40 y 43, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N20.744 t.o 1976 y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 49/51, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, por las Decisiones Administrativas N917 del 28 de diciembre de 2010 y N145 del 1 de marzo de 2016
y por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N36 del 22
de enero de 2016.
Por ello, EL DIRECTOR NACIONAL DE RELACIONES FEDERALES
A CARGO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1 Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N20.744