Boletín Oficial de la República Argentina del 08/09/2015 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 8 de septiembre de 2015

MINISTERIO DELINTERIOR YTRANSPORTE
SUBSECRETARÍA DEGESTIÓN ADMINISTRATIVA DELTRANSPORTE
Disposición 803/2015

BOLETIN OFICIAL Nº 33.209

36

MINISTERIO DEECONOMÍA YFINANZAS PÚBLICAS
SUPERINTENDENCIA DESEGUROS DELANACIÓN
Resolución 39404/2015

Bs. As., 02/09/2015
VISTO la Decisión Administrativa N 477 del 16 de septiembre de 1998, modificada por su similar N1 del 12 de enero de 2000, EL SUBSECRETARIO
DE GESTION ADMINISTRATIVA DEL TRANSPORTE
DISPONE:
ARTICULO 1 Dase por modificado, a partir del 1 de agosto de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2015, el suplemento establecido en el artículo 3, inciso c de la Decisión Administrativa N477/98, a PISTASOLI, Sebastián D.N.I. N28.470.615 con CIENTO OCHENTA 180 Unidades Retributivas mensuales.
ARTICULO 2 Dase por modificado, a partir del 1 de agosto de 2015 y hasta el 31 de agosto de 2015, el suplemento establecido en el artículo 3, inciso c de la Decisión Administrativa N477/98, a las personas que se citan a continuación, asignándoseles la cantidad de Unidades Retributivas mensuales que se detallan en cada caso:
MARTINEZ, Natalia Soledad D.N.I. N31.782.761 con CIENTO VEINTICINCO 125 Unidades Retributivas mensuales.
PREISS, Ignacio D.N.I. N32.244.681 con TRESCIENTAS 300 Unidades Retributivas mensuales.
ARTICULO 3 Dase por otorgado, a partir del 1 de agosto de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2015, el suplemento establecido en el artículo 3, inciso c de la Decisión Administrativa N477/98, a las personas que se citan a continuación, asignándoseles la cantidad de Unidades Retributivas mensuales que se detallan en cada caso:
CARRERAS, Laura Edith D.N.I. N31.586.529 con CIENTO CINCUENTA 150 Unidades Retributivas mensuales.
PALACIO, Sebastián Mauricio D.N.I. N33.998.819 con CIENTO CINCUENTA 150 Unidades Retributivas mensuales.
ARTICULO 4 Dase por modificado, a partir del 1 de septiembre de 2015 y hasta el 30 de septiembre de 2015, el suplemento establecido en el artículo 3, inciso c de la Decisión Administrativa N477/98, a las personas que se citan en el Anexo I a la presente, asignándoseles la cantidad de Unidades Retributivas mensuales que allí se detallan.
ARTICULO 5 Dase por otorgado, a partir del 1 de agosto de 2015 y hasta el 31 de agosto de 2015, el suplemento establecido en el artículo 3, inciso c de la Decisión Administrativa N477/98, a las personas que se citan en el Anexo II a la presente, asignándoseles la cantidad de Unidades Retributivas mensuales que allí se detallan.
ARTICULO 6 Dase por modificado, a partir del 1 de octubre de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2015, el suplemento establecido en el artículo 3, inciso c de la Decisión Administrativa N477/98, a las personas que se citan en el Anexo III a la presente, asignándoseles la cantidad de Unidades Retributivas mensuales que allí se detallan.
ARTICULO 7 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Lic. GERARDO OTERO, Subsecretario de Gestión Administrativa del Transporte, Secretaría de Transporte.

EXPEDIENTE: 62.742 Asunto: Constitución de QUALIA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.; 63.386
- Autorización para operar en el Ramo Vida con el Plan Seguro Colectivo de Vida sobre Saldo Deudor.
SINTESIS:
03/09/2015
VISTO Y CONSIDERANDO
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1 Conformar el acto constitutivo de la entidad QUALIA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.
ARTÍCULO 2 Autorizar a QUALIA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. a operar en el Ramo VIDA Sin Constitución de Reservas Matemáticas con el Plan de Seguro Colectivo de Vida sobre Saldo Deudor, Condiciones Generales fs. 2/6 del folio 5; Anexo N 1 - Riesgos No Cubiertos fs. 7 del folio 5; Cláusula de Invalidez Total y Permanente-Liquidación del Capital Asegurado fs. 8/9 del folio 5; Anexo N1 - Riesgos No Cubiertos de la Cláusula de Invalidez Total y Permanente fs. 10 del folio 5; Condiciones Particulares fs. 11/12 del folio 5; Solicitud del Acreedor/Tomador fs. 13 del folio 5; Solicitud del Deudor fs. 14/15 del folio 5; Certificado Individual fs. 16/17 del folio 5; Formulario de Siniestro para Coberturas de Invalidez fs.
20/21 y fs. 26 del folio 2; Denuncia de Fallecimiento fs. 22 del folio 2; Informe del Médico fs.
24/25 del folio 2; Nota Técnica fs. 18/20 del folio 5; Bases Técnicas fs. 21/22 del folio 5 del Expediente N63.386.
ARTÍCULO 3 Conferir intervención a la Inspección General de Justicia a los efectos previstos en el Artículo 8 de la Ley N20.091.
ARTÍCULO 4 Hacer saber a la aseguradora que, una vez producida la inscripción en el Registro de Entidades de Seguros, deberá comunicar la fecha de inicio de las operaciones.
ARTÍCULO 5 Hacer saber a la aseguradora que deberá tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 48 inciso a de la Ley N20.091.
ARTÍCULO 6 Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial.
Fdo.: Juan Antonio BONTEMPO - SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN
Lic. JUAN ANTONIO BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.
NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en Av. Julio A. Roca 721 P.B.
Capital Federal.

ANEXO I

e. 08/09/2015 N142884/15 v. 08/09/2015

MINISTERIO DEECONOMÍA YFINANZAS PÚBLICAS
SUPERINTENDENCIA DESEGUROS DELANACIÓN
Resolución 39406/2015
EXPEDIENTE N66.039 - Asunto: Universidad Nacional de Rosario - Facultad de Derecho Sol. Autorización para el dictado de cursos.
SINTESIS:

ANEXO II

03/09/2015
VISTO Y CONSIDERANDO
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:
ANEXO III

ARTÍCULO 1 Incorporar a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO - FACULTAD DE
DERECHO, en el Registro de Entidades Prestadoras del Programa de Capacitación para el dictado de cursos, talleres y seminarios del programa de capacitación continuada para productores asesores de seguros y para el dictado de cursos de capacitación para aspirantes a matricularse como productores de seguros.
ARTÍCULO 2 Regístrese, notifíquese al Ente Cooperador Ley N22.400 en el domicilio sito en Chacabuco N77 de Ciudad Autónoma de Buenos Aires C.P. 1069 y publíquese en el Boletín Oficial.
Fdo. Lic. Juan A. BONTEMPO - SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN.
Lic. JUAN ANTONIO BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.
NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en Av. Julio A. Roca 721 P.B., de esta Ciudad de Buenos Aires.
e. 08/09/2015 N142780/15 v. 08/09/2015

e. 08/09/2015 N142974/15 v. 08/09/2015

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 08/09/2015 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data08/09/2015

Conteggio pagine40

Numero di edizioni9413

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione31/07/2024

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