Boletín Oficial de la República Argentina del 04/08/2015 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 4 de agosto de 2015

Pág.

MINISTERIO DEAGRICULTURA, GANADERÍA YPESCA
Decisión Administrativa 584/2015
Contratación en la Subsecretaría de Agregado de Valor y Nuevas Tecnologías 7
MINISTERIO DEAGRICULTURA, GANADERÍA YPESCA
Decisión Administrativa 587/2015
Contratación en la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa 8
MINISTERIO DEAGRICULTURA, GANADERÍA YPESCA
Decisión Administrativa 585/2015
Contratación en la Secretaría de Agricultura Familiar 9
MINISTERIO DECULTURA
Decisión Administrativa 439/2015
Contratación 9

MINISTERIO DESALUD
Decisión Administrativa 573/2015
Contratación en el Instituto Nacional del Cáncer 10
MINISTERIO DESEGURIDAD
Decisión Administrativa 588/2015
Trasládase agente 10

DISPOSICIONES
REGISTROS NACIONALES DELAPROPIEDAD DELAUTOMOTOR YDECRÉDITOS
PRENDARIOS
Disposición 353/2015-SDNRNPACP
Digesto de Normas Técnico-Registrales. Modificación 11

AVISOS OFICIALES
Nuevos 23
Anteriores 42

CONTRATOS
Decreto 1466/2015
Modelo de Contrato de Préstamo. Aprobación.

Bs. As., 29/07/2015
VISTO el Expediente N S01:0112556/2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
FINANZAS PÚBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1179, propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA
ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO BID, y CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1179, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO BID se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la ejecución del Programa de Mejoramiento de Barrios IV PROMEBA IV
por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES
U$S200.000.000.
Que el objetivo del Programa es mejorar las condiciones de habitabilidad de los hogares ubicados en villas y asentamientos irregulares del país a través de la legalización de la tenencia de la tierra, la provisión de infraestructura básica y el desarrollo comunitario.
Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán CUATRO 4 componentes: 1 Legalización de la tenencia de la tierra; 2 Provisión de infraestructura, saneamiento ambiental y equipamiento social; 3 Desarrollo comunitario; y 4
Fortalecimiento de la capacidad de gestión y Gerencia y administración.
Que la ejecución del Programa de Mejoramiento de Barrios IV PROMEBA IV y la utilización de los recursos del financiamiento
del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO BID serán llevados a cabo por la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA de la SECRETARÍA DE
OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, denominado en adelante Organismo Ejecutor, a través de la Unidad Coordinadora Nacional del Programa UCN.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
FINANZAS PÚBLICAS, suscriba el Contrato de Préstamo BID AR-L1179, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo.
Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID ARL1179 y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del Programa de Mejoramiento de Barrios IV PROMEBA IV, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y objetivos a los que será destinado el mencionado Préstamo.

BOLETIN OFICIAL Nº 33.185

y el Artículo 53 de la Ley N11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 2014.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1179 a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO BID, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES
DOSCIENTOS MILLONES U$S 200.000.000, destinado a financiar parcialmente el Programa de Mejoramiento de Barrios IV PROMEBA IV, que consta de las Estipulaciones Especiales integradas por SEIS 6 Capítulos, de las Normas Generales integradas por DOCE 12 Capítulos y UN
1 Anexo Único, cuyas copias autenticadas forman parte integrante del presente decreto como Anexo I. Asimismo, forman parte integrante de la presente medida, como Anexos II y III, las copias autenticadas de las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo y las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo, respectivamente, ambas correspondientes a la edición del mes de marzo de 2011.
Art. 2 Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA
ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID ARL1179 y su documentación adicional, conforme al modelo que se aprueba por el Artículo 1 del presente decreto.
Art. 3 Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA
ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo BID AR-L1179, cuyo modelo se aprueba por el Artículo 1 de la presente medida, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.
Art. 4 Desígnase a la SUBSECRETARÍA DE
DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN
PÚBLICA Y SERVICIOS, como Organismo Ejecutor del Programa de Mejoramiento de Barrios IV PROMEBA IV, a través de la Unidad Coordinadora Nacional del Programa UCN. Asimismo, la citada Unidad será responsable de coordinar y ejecutar las acciones e intervenciones, actuará como interlocutor directo por parte del organismo ejecutor ante el BANCO INTERAMERICANO DE
DESARROLLO BID, será también responsable por el manejo financiero y contable de la operación; quedando facultada para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del mencionado Programa, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo que se aprueba por el Artículo 1 de la presente medida.
Art. 5 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNÁNDEZ DE KIRCHNER.
Aníbal D. Fernández. Axel Kicillof.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Decreto se publican en la edición web del BORA
www.boletinoficial.gov.ar y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

CULTO

Decreto 1436/2015
Reconócese Obispo Coadjutor de la Diócesis de Santo Domingo de Nueve de Julio.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Bs. As., 29/07/2015

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
VISTO el Expediente N16.174/2015 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, y
2

CONSIDERANDO:
Que por nota de la Nunciatura Apostólica se comunica que Su Santidad FRANCISCO
designó Obispo Coadjutor de la Diócesis de SANTO DOMINGO DE NUEVE DE JULIO a Su Excelencia Reverendísima Monseñor Ariel Edgardo TORRADO MOSCONI.
Que conforme al Artículo 3 del Acuerdo firmado entre la SANTA SEDE y la REPÚBLICA ARGENTINA el 10 de octubre de 1966, aprobado por Ley N17.032, el nombramiento de Obispos es competencia de la SANTA SEDE.
Que se han cumplido previamente los trámites previstos por la norma indicada y el Obispo designado reúne los requisitos allí establecidos.
Que a los fines civiles y administrativos es necesario el reconocimiento de la designación efectuada.
Que la SUBSECRETARÍA LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARÍA
DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN
INTERNACIONAL y la SECRETARÍA DE
CULTO del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO han tomado la intervención que les compete.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Reconócese a Su Excelencia Reverendísima Monseñor Ariel Edgardo TORRADO MOSCONI D.N.I. N14.315.475 como Obispo Coadjutor de la Diócesis de SANTO
DOMINGO DE NUEVE DE JULIO desde la fecha de la toma de posesión.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNÁNDEZ DE KIRCHNER.
Héctor M. Timerman.

JEFATURA DEGABINETE
DEMINISTROS
Decreto 1432/2015
Dase por prorrogada designación en la Subsecretaría para la Reforma Institucional y Fortalecimiento de la Democracia.

Bs. As., 29/07/2015
VISTO el Expediente N CUDAP: EXP-JGM:
0015426/2015 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N27.008, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 358 del 4 de abril de 2013 y 1950 del 28 de octubre de 2014 y lo solicitado por la SUBSECRETARÍA PARA
LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO:
Que la Ley N27.008 aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015.
Que mediante el Decreto N 358 del 4 de abril de 2013 se dio por designada transitoriamente por el término de CIENTO
OCHENTA 180 días hábiles a la Licenciada Da. Paula Cecilia MERCHAN como Coordinadora de Articulación Estratégica dependiente de la SUBSECRETARÍA PARA
LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y cuya última prórroga se efectuó mediante el Decreto N1950 del 28 de octubre de 2014.
Que resulta necesario efectuar una nueva prórroga de la designación citada precedentemente por el término de CIENTO
OCHENTA 180 días hábiles.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/08/2015 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data04/08/2015

Conteggio pagine44

Numero di edizioni9389

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione07/07/2024

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