Boletín Oficial de la República Argentina del 03/08/2015 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Lunes 3 de agosto de 2015

Primera Sección
por el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público SINEP, para la cobertura de los cargos que se detallan en el Anexo II, de la citada medida, entre los cuales se encuentran los cargos de Profesional en Gestión Territorial de Políticas de Trabajo de la Delegación Regional Rosario de la Dirección Regional Centro, Abogado en Asuntos Laborales de la Delegación Regional Lomas de Zamora de la Dirección Regional Conurbano Bonaerense, Abogado en Asuntos Laborales de la Delegación Regional Córdoba de la Dirección Regional Centro, Profesional en Gestión Territorial de Políticas de Trabajo de la Delegación Regional General Roca de la Dirección Regional Austral, Abogado en Asuntos Laborales de la Delegación Regional Rosario de la Dirección Regional Centro, Abogado en Asuntos Laborales de la Delegación Regional Corrientes de la Dirección Regional NEA, Profesional en Gestión Territorial de Políticas de Trabajo de la Delegación Regional Córdoba de la Dirección Regional Centro, Abogado en Asuntos Laborales de la Delegación Regional La Matanza de la Dirección Regional Conurbano Bonaerense, dependientes de la Dirección Nacional de Relaciones Federales, de la SECRETARIA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que el artículo 24 del Anexo del Decreto N2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, dispone que todo ingreso del personal se realizará en el Grado y Tramo inicial del nivel escalafonario del agrupamiento correspondiente al puesto de trabajo para el que fuera seleccionado y cuando el órgano selector estimara condiciones de idoneidad especialmente relevantes, podrá recomendar su incorporación en el Grado siguiente al establecido precedentemente.
Que por el artículo 31 del Anexo del Decreto N2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, se establece que el personal que accediera a un nivel escalafonario superior dentro de su agrupamiento de conformidad con lo dispuesto en el referido artículo, continuará con su carrera a partir del Grado y Tramo equivalente al alcanzado en su nivel anterior, fijando a ese efecto la modalidad para su asignación.

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Que por el artículo 128 del Anexo del Decreto N2.098/08 y sus modificatorios, se establece que en el supuesto del trabajador que por al menos TRES 3 ejercicios presupuestarios se desempeñara como personal no permanente, mediante contratos o designaciones transitorias vigentes al momento de su inscripción en un proceso de selección, prestando servicios tanto equivalentes equiparados al mismo nivel, como superiores equiparados a un nivel superior, a los del cargo para el que se postula ocupar, el órgano selector podrá recomendar su incorporación en el Grado escalafonario que resulte de la aplicación de la proporción dispuesta en el inciso a del referido artículo 31, a razón de UN 1 Grado escalafonario por cada DOS 2
Grados de equiparación reconocidos en dichos contratos o designaciones transitorias, y si se verificara el supuesto respectivo, con más lo resultante de la aplicación de lo dispuesto en el inciso c del citado artículo.
Que el Comité de Selección N1, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 31 y 128 del Anexo del Decreto N2.098/08 y sus modificatorios, recomienda incorporar a los postulantes referidos en el ANEXO I de la presente medida en el Grado del Nivel escalafonario de los cargos concursados que allí se determina y, asimismo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 24 del Anexo del Decreto N2.098/08 y sus modificatorios, y considerando la demostración de condiciones de idoneidad especialmente relevantes durante el proceso de selección, recomienda incorporar a los postulantes individualizados en el ANEXO II de la presente medida en el Grado UNO 1 del nivel escalafonario de los cargos concursados allí detallados.

Que los integrantes del Comité de Selección han actuado en un todo de acuerdo con el Decreto N2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y con los procedimientos de selección establecidos por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N39/10 y sus modificatorias.
Que por las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Nros. 1.097 del 29 de octubre de 2013, 1.283 y 1.290 del 26 de noviembre de 2013, 1.317 del 3
de diciembre de 2013, 1.527 del 27 de diciembre de 2013, 201 y 204 del 7 de marzo de 2014, y 380 del 14 de abril de 2014, se aprobaron los Ordenes de Mérito Definitivos para UN 1 cargo del Agrupamiento Profesional, Nivel C, Profesional en Gestión Territorial de Políticas de Trabajo de la Delegación Regional Rosario de la Dirección Regional Centro; DOS 2 cargos del Agrupamiento Profesional, Nivel C, Abogado en Asuntos Laborales de la Delegación Regional Lomas de Zamora de la Dirección Regional Conurbano Bonaerense; TRES 3 cargos del Agrupamiento Profesional, Nivel C, Abogado en Asuntos Laborales de la Delegación Regional Córdoba de la Dirección Regional Centro; UN 1 cargo del Agrupamiento Profesional, Nivel C, Profesional en Gestión Territorial de Políticas de Trabajo de la Delegación Regional General Roca de la Dirección Regional Austral; DOS 2 cargos del Agrupamiento Profesional, Nivel C, Abogado en Asuntos Laborales de la Delegación Regional Rosario de la Dirección Regional Centro; DOS 2 cargos del Agrupamiento Profesional, Nivel C, Abogado en Asuntos Laborales de la Delegación Regional Corrientes de la Dirección Regional NEA; UN 1 cargo del Agrupamiento Profesional, Nivel C, Profesional en Gestión Territorial de Políticas de Trabajo de la Delegación Regional Córdoba de la Dirección Regional Centro; UN 1 cargo del Agrupamiento Profesional, Nivel C, Abogado en Asuntos Laborales de la Delegación Regional La Matanza de la Dirección Regional Conurbano Bonaerense; todas Direcciones Regionales de la Dirección Nacional de Relaciones Federales, de la SECRETARIA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, conforme lo consignado en los Anexos que forman parte integrante de dichas resoluciones.

BOLETIN OFICIAL Nº 33.184

Que las designaciones en los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.
Que mediante el Decreto N491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, del artículo 1 del Decreto N491/02, y de los artículos 7 y 10 de la Ley N27.008.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Exceptúase al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, al solo efecto de posibilitar la cobertura de los cargos vacantes financiados cuyo detalle obra en los ANEXOS
del presente Decreto, de lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley N27.008.
Art. 2 Desígnanse a las personas que se mencionan en los ANEXOS que forman parte integrante del presente Decreto, en el Agrupamiento, Cargo, Tramo, Nivel y Grado escalafonarios correspondientes al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO SINEP homologado por el Decreto N2.098/08 y sus modificatorios, y en las Dependencias del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL que allí se determinan.
Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. Aníbal D. Fernández. Carlos A. Tomada.

ANEXO I
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES FEDERALES

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 03/08/2015 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data03/08/2015

Conteggio pagine52

Numero di edizioni9398

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione16/07/2024

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