Boletín Oficial de la República Argentina del 13/07/2015 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
Primera Sección
Lunes 13 de julio de 2015
NUEVE 9 cargos: Profesional Analista de Laboratorio Vitivinícola y de Alcoholes - Nivel C Agrupamiento Profesional.
UN 1 cargo: Profesional en Control Ley N25.163 - Nivel C - Agrupamiento Profesional.
UN 1 cargo: Profesional en Estadísticas Vitivinícolas y de Alcoholes - Nivel C - Agrupamiento Profesional.
UN 1 cargo: Profesional Investigador Vitícola - Nivel C - Agrupamiento Profesional.
CUATRO 4 cargos: Inspector Vitivinícola y de Alcoholes - Nivel C - Agrupamiento General.
UN 1 cargo: Técnico de Laboratorio Vitivinícola y de Alcoholes - Nivel D - Agrupamiento General.
COMITÉ N4
BOLETIN OFICIAL Nº 33.169
COMITÉ N6
Integrantes Titulares:
Licenciado Fernando PALACIO - DNI N27.975.449.
Señora Carmen CRUCIANI - DNI N11.665.261.
Licenciada Sonia VENTURA - DNI N14.229.950.
Licenciada Romina FlNUCCI - DNI N29.115.343.
Licenciada Viviana Andrea LEO - DNI N18.446.561.
Licenciado Mario THORP - DNI N18.179.104.
Licenciado Gabriel VALEGGIANI - DNI N22.297.580.
Integrantes Titulares:
Integrantes Suplentes:
Contador Pablo HERRERA BLANCHARD - DNI N18.082.867.
Técnico Gustavo BALDO - DNI N22.185.815.
Contador Antonio ZEITUNE - DNI N13.259.311.
Señora Nancy BUSTOS - DNI N16.005.171.
Contadora Viviana PINTI - DNI N17.744.991.
Contadora María MARTINEZ - DNI N26.711.001.
Doctor Oscar E. LAMATTINA - DNI N6.904.304.
Licenciada Yanina PROMENZIO - DNI N25.434.798.
Licenciado Daniel RADA - DNI N16.459.611.
Profesora Alejandra María CONTRERAS - DNI N18.035.744.
Contador Emilio BERRUTI - DNI N20.932.313.
Licenciada Paula RECALDE POLARI - DNI N28.380.941.
Licenciada Paula RECALDE POLARI - DNI N28.380.941.
Cargos reservados para Personas con Discapacidad intervinientes:
Abogada Lorena CARBONE - DNI N27.497.308.
UN 1 cargo: Técnico en Gestión de Personal - Nivel D - Agrupamiento General.
Integrantes Suplentes:
DOS 2 cargos: Asistente Administrativo - Nivel D - Agrupamiento General.
Contador Marcelo WINTERSTETTER - DNI N18.083.355.
e. 13/07/2015 N118156/15 v. 13/07/2015
Señora Carmen R. CRUCIANI - DNI N11.665.261.
Contadora Lilia Bettina MONSERRAT - DNI N17.924.071.
Contador Claudio WENGORRA - DNI N22.075.895.
Licenciada Sonia VENTURA - DNI N14.229.950.
Contadora Jimena MARTINEZ - DNI N26.711.001.
Arquitecto Luis NAVARRETE DNI N14.267.173.
Licenciado Rafael MANZANARES - DNI N22.423.554.
Licenciado Enzo CASTELLANO - DNI N10.039.180.
Contador Eduardo LEZAMA - DNI N13.259.091.
Licenciado Mario THORP - DNI N18.179.104.
Contadora Adriana Beatriz MORANZONI - DNI N22.819.654.
Cargos intervinientes:
UN 1 cargo: Responsable del Área Administrativa - Nivel C - Agrupamiento General.
UN 1 cargo: Profesional Inicial Contable - Nivel D - Agrupamiento Profesional.
UN 1 cargo: Profesional Inicial en Gestión Financiera y de Tesorería - Nivel D - Agrupamiento Profesional.
ONCE 11 cargos: Asistente Administrativo - Nivel D - Agrupamiento General.
DOS 2 cargos: Auxiliar Administrativo - Nivel E - Agrupamiento General.
UN 1 cargo: Ayudante en Mantenimiento Edilicio - Nivel E - Agrupamiento General.
COMITÉ N5
Integrantes Titulares:
Licenciada Sandra Erica LEO - DNI N17.513.
Licenciado Bruno ROBERTI FERRI - DNI N23.796.483.
Ingeniero Jorge Francisco MARTÍNEZ - DNI N10.730.144.
Licenciada Paula RECALDE POLARI - DNI N28.380.941.
Ingeniero Gabriel Alberto PUJOL - DNI 13.653.884.
Integrantes Suplentes:
Ingeniera Carina COZZOLINO PEÑA - DNI N24.342.285.
Ingeniero Marcelo MUSRI - DNI N18.081.172.
Ingeniero José Lucio QUERO - DNI N10.274.992.
Licenciado Mario THORP - DNI N18.179.104.
Contadora María Patricia PRANDINI - DNI 13.530.756.
Cargos intervinientes:
UN 1 cargo: Especialista en Comunicaciones - Nivel D - Agrupamiento Profesional.
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MINISTERIO DEAGRICULTURA, GANADERÍA YPESCA
Resolución 419/2015
Bs. As., 06/07/2015
VISTO el Expediente NS05:0059521/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y CONSIDERANDO:
Que el objetivo principal del SELLO PRODUCIDO POR LA AGRICULTURA FAMILIAR es fortalecer la visibilidad e identificación por parte de la sociedad, del sector de la Agricultura Familiar así como informar y concientizar sobre su significativo aporte a la seguridad y soberanía alimentaria de nuestro pueblo, que se expresa cotidianamente en la mesa de todos y todas los y las argentinos/as.
Que mediante la Declaración Universal de los Derechos Humanos 1948, la Organización de las Naciones Unidas ha establecido el acceso a una alimentación adecuada como un derecho individual.
Que el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, aprobado por la REPÚBLICA ARGENTINA por la ley N23.313, hace hincapié en la responsabilidad colectiva sobre el derecho a la alimentación adecuada, ya que requiere que los alimentos sean culturalmente aceptables y se produzcan en forma sostenible para el ambiente y la sociedad, e insta a los Estados Parte a asegurar su plena aplicación.
Que la Declaración Final de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación 1996 llama a prestar especial atención a la aplicación y la realización plena y progresiva de este derecho como medio de conseguir la seguridad alimentaria para todos.
Que el Relator Especial de la Organización de las Naciones Unidas sobre el Derecho a la Alimentación, Señor Olivier DE SCHUTTER, ha declarado en su Informe Anual que no se lograrán avances importantes en la lucha contra el hambre y la desnutrición si ese aumento no se combina con mayores ingresos y mejores medios de sustento para los más pobres, sobre todo para los pequeños agricultores de los países en desarrollo.
Que la CONSTITUCIÓN NACIONAL reconoce el derecho a la protección del trabajo y la protección integral de la familia artículo 14 bis; al derecho a un ambiente sano y equilibrado artículo 41; el derecho de los consumidores en la relación de consumo a la protección de su salud y a una información adecuada y veraz para la libertad de elección, así como el derecho a la educación para el consumo y al control de los monopolios artículo 42; y el deber de promover las medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y el pleno ejercicio de los derechos reconocidos por la Constitución y los tratados internacionales vigentes artículo 75, inciso 23.
Que la jurisprudencia de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN reconoció el derecho a la vida digna como implícito entre las declaraciones, derechos y garantías que enumera nuestra Constitución Nacional.
Que las Constituciones Provinciales de Entre Ríos, Jujuy, Neuquén, Santa Fe, Salta, Santiago del Estero, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y del Chubut, reconocen el derecho a la alimentación sana y saludable, y el mandato a los Estados a crear las condiciones necesarias para garantizar el bienestar por la alimentación.
Que la Agricultura Familiar comprende un conjunto diverso de actores e identidades productoras y productores familiares, campesinas y campesinos, chacareras y chacareros, comunidades de pueblos originarios, pescadores y pescadoras artesanales, trabajadoras y trabajadores rurales sin tierra, colonos, medieros, agricultoras y agricultores familiares, productores y productoras minifundistas, artesanas y artesanos, agricultoras y agricultores urbanos y periurbanos, pequeños productores, etc. y sus actividades, entre ellas, agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales, de producción agroindustrial, artesanal y recolección; siendo ampliamente reconocida como el principal proveedor de alimentos de la población argentina por aportar aproximadamente el SETENTA
POR CIENTO 70% de la dieta diaria de consumo de alimentos.