Boletín Oficial de la República Argentina del 17/06/2015 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 17 de junio de 2015

Pág.

JEFATURA DEGABINETE DEMINISTROS
Decisión Administrativa 327/2015
Dase por aprobada contratación en la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial 9

BOLETIN OFICIAL Nº 33.152

Que atendiendo a la incidencia que poseen las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en la generación de empleo, deviene necesario apoyar y acompañar el proceso de inversión y crecimiento del sector con potencial competitivo.

JEFATURA DEGABINETE DEMINISTROS
Decisión Administrativa 319/2015
Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable 10

Que el costo financiero actual limita la expansión de la inversión productiva de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

JEFATURA DEGABINETE DEMINISTROS
Decisión Administrativa 320/2015
Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable 10

Que es política nacional mejorar las condiciones de acceso al crédito de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

JEFATURA DEGABINETE DEMINISTROS
Decisión Administrativa 321/2015
Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable 11

Que han tomado intervención los Servicios Jurídicos competentes en virtud de lo dispuesto por el Artículo 7, inciso d de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N19.549.

JEFATURA DEGABINETE DEMINISTROS
Decisión Administrativa 322/2015
Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría de Promoción del Desarrollo Sustentable 11
MINISTERIO DEAGRICULTURA, GANADERÍA YPESCA
Decisión Administrativa 307/2015
Contratación en la Secretaría de Agricultura Familiar 12
MINISTERIO DEECONOMÍA YFINANZAS PÚBLICAS
Decisión Administrativa 302/2015
Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría de Planificación Económica 12

DISPOSICIONES
PRODUCTOS ALIMENTICIOS
Disposición 4657/2015-ANMAT
Prohibición de comercialización 13

CONCURSOS OFICIALES
Nuevos 14

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 A partir de la vigencia de la presente medida la Autoridad de Aplicación podrá asignar, en el marco del Régimen de Bonificación de Tasas establecido en la Ley N24.467, modificada por la Ley N 25.300, cupos de crédito hasta cubrir un monto total de financiamiento a otorgarse de hasta la suma de PESOS TRES MIL MILLONES $3.000.000.000.
Art. 2 Dése intervención a las áreas competentes a fin de realizar los trámites que correspondan en materia presupuestaria.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNÁNDEZ DE KIRCHNER.
Aníbal D. Fernández. Débora A. Giorgi.

AVISOS OFICIALES
Nuevos 19
Anteriores 66

MINISTERIO DEEDUCACIÓN
Decreto 1080/2015
Dase por designada la Directora Nacional de Fortalecimiento y Ampliación de Derechos Educativos.

MICRO, PEQUEÑAS
YMEDIANAS EMPRESAS
Decreto 1089/2015
Régimen de Bonificación de Tasas. Asignación cupos de crédito.

Bs. As., 10/6/2015
VISTO el Expediente NS01:0013234/2015 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, y el Decreto N2.550 de fecha 19 de diciembre de 2012, y
to de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, el cual fue luego modificado y complementado mediante los Decretos Nros.
871 de fecha 6 de octubre de 2003 y 159
de fecha 24 de febrero de 2005.
Que a efectos de lograr un alcance más profundo y eficaz a todos los sectores de la economía que conforman el amplio universo de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, por medio del Decreto N2.550
de fecha 19 de diciembre de 2012 se creó el Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, con el objeto de mejorar las condiciones de acceso al crédito del sector, derogándose los Decretos Nros. 748/00, 871/03 y 159/05.

CONSIDERANDO:
Que mediante el Artículo 3 de la Ley N 24.467, sustituido por el Artículo 32 de la Ley N 25.300, se instituyó un régimen de bonificación de tasas de interés para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
Que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas tienen un rol preponderante en la generación de empleo y en el desenvolvimiento integrado de la actividad económica en todo el territorio del país.
Que el Régimen de Bonificación de Tasas tiene por objeto facilitar el acceso a financiamiento competitivo por parte de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de todo el Territorio Nacional.
Que inicialmente, por medio del Decreto N748 de fecha 29 de agosto de 2000 se creó el Programa de Estímulo al Crecimien-

Que el Artículo 3 de la Ley N24.467, sustituido por el Artículo 32 de la Ley N25.300, dispuso que el monto de la bonificación fuera establecido en la respectiva reglamentación.
Que a través del Decreto N1.013 de fecha 2 de julio de 2012, se facultó a la Autoridad de Aplicación del Régimen de Bonificación de Tasas a asignar cupos de crédito por hasta la suma de PESOS TRES MIL MILLONES $3.000.000.000.
Que el Artículo N 13 del Decreto N2.550/12, establece que la Autoridad de Aplicación podrá solicitar ampliaciones del cupo originalmente asignado al Régimen de Bonificación de Tasas habiendo agotado el CINCUENTA POR CIENTO 50% del cupo previamente asignado a dicho Programa.

Bs. As., 10/6/2015
VISTO el Expediente N21.682/14 del Registro del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, la Ley N27.008, los Decretos Nros. 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, 115 del 21 de enero de 2010, 2.084 del 7 de diciembre de 2011, 1.794
del 2 de octubre de 2012 y 1.263 del 4 de agosto de 2014 y lo solicitado por el citado Ministerio, y CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N357/02, entre otros aspectos, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, estableciendo los objetivos de las unidades organizativas, entre las cuales se encuentra la correspondiente a la citada Cartera Ministerial.
Que por los Decretos Nros. 115/10, 2.084/11 y 1.794/12 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
Que por el Decreto N1.263/14 se incorporó la DIRECCIÓN NACIONAL DE FORTALECIMIENTO Y AMPLIACIÓN DE DERECHOS
EDUCATIVOS en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE EQUIDAD Y CALIDAD EDUCATIVA dependiente de la SECRETARÍA
DE EDUCACIÓN del citado Ministerio.
Que por la Resolución Conjunta Nros. 563
de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y 291 de la SECRETARÍA DE HA-

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CIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
FINANZAS PÚBLICAS de fecha 14 de noviembre de 2014 se incorporó al Nomenclador de Funciones Ejecutivas el cargo perteneciente al MINISTERIO DE EDUCACIÓN, creado por la normativa mencionada en el considerando precedente.
Que en la Jurisdicción en cuestión, se encuentra vacante el cargo de Directora Nacional de Fortalecimiento y Ampliación de Derechos Educativos dependiente de la SUBSECRETARÍA DE EQUIDAD Y CALIDAD EDUCATIVA de la SECRETARÍA DE
EDUCACIÓN por lo que resulta necesaria la cobertura de dicho cargo a los efectos de su inmediata puesta en funciones y la continuidad de sus servicios.
Que la Licenciada Luana VOLNOVICH
reúne las condiciones profesionales y técnicas para desempeñar con idoneidad dicha función.
Que el artículo 7 de la Ley N 27.008 establece que las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el artículo 10 de la citada ley se dispuso que las facultades otorgadas al Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que el Decreto N491/02 dispuso que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que la cobertura del cargo en cuestión no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7 y 10 de las Leyes Nros. 26.895
y 27.008 y 1 del Decreto N491 del 12 de marzo de 2002.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Dáse por designada con carácter transitorio a partir del 1 de diciembre de 2014 y por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles, en el cargo de Directora Nacional de Fortalecimiento y Ampliación de Derechos Educativos - Nivel A Grado 0 con Función Ejecutiva I - dependiente de la SUBSECRETARÍA DE EQUIDAD Y CALIDAD EDUCATIVA de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, a la Licenciada en Ciencia Política Luana VOLNOVICH D.N.I.
N 18.887.355, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva l y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
SINEP aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N 2.098/08 y con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 7 de las Leyes Nros.
26.895 y 27.008.
Art. 2 El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II Capítulos III, IV
y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PÚBLICO SINEP, homologado

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 17/06/2015 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data17/06/2015

Conteggio pagine68

Numero di edizioni9418

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione05/08/2024

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