Boletín Oficial de la República Argentina del 20/03/2015 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 20 de marzo de 2015

RECOMPENSAS
Resolución 447/2015-MJDH
Ofrécese recompensa

Pág.
8

SANIDAD ANIMAL
Resolución 96/2015-SENASA
Resolución N38/2015. Prórroga

9

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 3754-AFIP
Sistema Informático de Trámites Aduaneros SITA. Su implementación

9

BOLETIN OFICIAL Nº 33.094

2

Zona 3: Departamento Antofagasta de la Sierra actividad minera en Catamarca; Departamentos Cochinoca, Humahuaca, Rinconada, Santa Catalina, Susques y Yavi en Jujuy; Departamentos Los Andes, Santa Victoria, Rivadavia y Gral. San Martín excepto la ciudad de Tartagal y su ejido urbano en Salta.
Zona 4: Provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
ANEXO II
MONTO DE LA ASIGNACIÓN FAMILIAR POR AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA TITULARES
DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO

CONCURSOS OFICIALES
Nuevos

10

AVISOS OFICIALES
Nuevos
REGISTRO NACIONAL DE ARMAS
Armas de Fuego. Solicitudes de Tenencia y Portación. .

12

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61

62

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO

ANEXO III

12

MONTO DE LA ASIGNACIÓN FAMILIAR POR AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA TITULARES
DEL SIPA Y VETERANOS DE GUERRA DEL ATLÁNTICO SUR

Por ello, Valor General: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1.

LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Establécense los montos de la asignación por ayuda escolar anual para los niños, niñas y adolescentes que concurran a establecimientos de educación inicial, primaria y secundaria de acuerdo con las previsiones de la Ley N26.206 y sus modificatorias, de acuerdo a los detalles obrantes en los Anexos I, II y III que forman parte integrante de la presente medida.
Art. 2 La asignación por ayuda escolar anual se liquidará al inicio del Ciclo Lectivo para los niños, niñas y adolescentes de CUATRO 4 a DIECISIETE 17 años inclusive, debiendo presentarse el certificado pertinente que acredite la condición de alumno/a regular del establecimiento educativo, hasta el 31 de diciembre de cada año.
Para la liquidación de la mencionada asignación, en los casos no incluidos en la forma establecida en el párrafo precedente, los titulares deberán presentar ante la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES el certificado que acredite la concurrencia al establecimiento educativo hasta la fecha límite determinada en el primer párrafo de este artículo.

Zona 1: Provincias de La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.

MINISTERIO DECULTURA
Decreto 434/2015
Dase por designada la Subsecretaria de Cultura Pública y Creatividad.

Art. 3 El presente Decreto será de aplicación a partir del Ciclo Lectivo 2015.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Aníbal D. Fernández. Carlos A. Tomada.
ANEXO I
MONTO DE LA ASIGNACIÓN FAMILIAR POR AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA TRABAJADORES EN RELACION DE DEPENDENCIA REGISTRADOS Y TITULARES DE DERECHO DE LA LEY
DE RIESGOS DEL TRABAJO

Bs. As., 18/3/2015
VISTO el expediente CUDAP N3203/15 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, y el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL.
LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Dáse por designada a la doctora Maria Elena TRONCOSO DNI N24.332.774
en el cargo de Subsecretaria de Cultura Pública y Creatividad dependiente de la SECRETARÍA
DE COORDINACIÓN ESTRATÉGICA PARA EL
PENSAMIENTO NACIONAL del MINISTERIO DE
CULTURA, a partir del día 3 de marzo de 2015.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER.
Aníbal D. Fernández. Teresa A. Sellarés.

Valor General: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1, Zona 2, Zona 3 o Zona 4.
Zona 1: Provincias de La Pampa, Río Negro y Neuquén; en los Departamentos Bermejo, Ramón Lista y Matacos en Formosa; Departamento Las Heras Distrito Las Cuevas; Departamento Luján de Cuyo Distritos Potrerillos, Carrizal, Agrelo, Ugarteche, Perdriel, Las Compuertas; Departamento Tupungato Distritos Santa Clara, Zapata, San José, Anchoris; Departamento Tunuyán Distritos Los Árboles, Los Chacayes, Campo de Los Andes; Departamento San Carlos Distrito Pareditas; Departamento San Rafael Distrito Cuadro Venegas; Departamento Malarge Distritos Malarge, Río Grande, Río Barrancas, Agua Escondida; Departamento Maipú Distritos Russell, Cruz de Piedra, Lumlunta, Las Barrancas; Departamento Rivadavia Distritos El Mirador, Los Campamentos, Los Árboles, Reducción, Medrano en Mendoza; Orán excepto la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán y su ejido urbano en Salta.
Zona 2: Provincia del Chubut.

JEFATURA DEGABINETE
DEMINISTROS
Decreto 415/2015
Desígnase el Director de Contrataciones y Suministros.

Bs. As., 16/3/2015
VISTO el Expediente N CUDAP: EXP-JGM:
0010677/2015 del Registro de la JEFATU-

RA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N27.008, el Decreto N491 del 12 de marzo de 2002, la Resolución de la ex SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N 655 del 12 de diciembre de 2014 y lo solicitado por la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, tramita la designación transitoria por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles como Director de Contrataciones y Suministros de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVA de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y
EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, del Dr. D. Mateo BALDARENAS.
Que por la Ley N27.008 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015.
Que el artículo 7 de la mencionada Ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes y financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que mediante el Decreto N491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 20/03/2015 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data20/03/2015

Conteggio pagine72

Numero di edizioni9385

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione03/07/2024

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