Boletín Oficial de la República Argentina del 29/12/2014 - Primera Sección

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Primera Sección
Lunes 29 de diciembre de 2014

contratista, entre el volumen ejecutado en obra y el consignado en el presupuesto de su oferta, salvo que las diferencias provengan de ampliaciones o modificaciones debidamente aprobadas por autoridad competente.
ARTÍCULO 6 El gasto que demande esta contratación será imputado al Programa 16, Proyecto 3, Obra 51, Inciso 4, Partida Principal 2, Partida Parcial 2, correspondientes a los Ejercicios Financieros de los años 2015 y 2016 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL.
ARTÍCULO 7 Notifíquese a los proponentes y al adjudicatario.
ARTÍCULO 8 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del Interior y Transporte.
ANEXO
CONTRATO
Entre el MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, representado en este acto por el Administrador Nacional de Aviación Civil, Doctor Alejandro Agustín GRANADOS, titular del Documento Nacional de Identidad Nº24.994.815, con domicilio en la calle Azopardo 1405, 9 piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante el COMITENTE por una parte, y por la otra la UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS conformada por RIVA SOCIEDAD ANÓNIMA, INMOBILIARIA, INDUSTRIAL, COMERCIAL, FINANCIERA y AGROPECUARIA y NIRO CONSTRUCCIONES
SOCIEDAD ANÓNIMA, representada en este acto por ., titular del Documento Nacional de Identidad N en su carácter de ., con domicilio en . de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante la CONTRATISTA, se conviene en celebrar el presente contrato, con sujeción a las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA - OBJETO DEL CONTRATO: La CONTRATISTA se obliga a realizar la Obra CONSTRUCCIÓN TORRE DE CONTROL AÉREO, EDIFICIO DE CENTRO DE CONTROL DE
ÁREA, ACCESOS Y ESTACIONAMIENTO EN EL AEROPUERTO MINISTRO PISTARINI - EZEIZA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, bajo el régimen de la Ley de Obras Públicas Nº13.064 y en un todo de acuerdo a la documentación a que se refiere la CLÁUSULA QUINTA.
CLÁUSULA SEGUNDA - MONTO DEL CONTRATO: El monto de este contrato, por la ejecución de los trabajos enunciados en la CLÁUSULA PRIMERA, asciende a la suma de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS MIL $379 800.000.
CLÁUSULA TERCERA - PLAZO DE EJECUCIÓN: La CONTRATISTA deberá cumplimentar los trabajos contratados dentro del plazo de MIL NOVENTA Y CINCO 1.095 días corridos, contados a partir de la fecha de la Orden de Inicio impartida por el COMITENTE.
CLÁUSULA CUARTA - AFIANZAMIENTO: En garantía del cumplimiento del presente contrato, la CONTRATISTA presenta en este acto PÓLIZA DE SEGURO DE CAUCIÓN de
Nº, por la suma de PESOS
extendida a favor del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL.
CLÁUSULA QUINTA - DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Forman parte integrante de este contrato: el Pliego de Condiciones Generales para la Licitación y Contratación de Obras Públicas, el Pliego de Condiciones Especiales y las Especificaciones Técnicas para la Obra CONSTRUCCIÓN
TORRE DE CONTROL AÉREO, EDIFICIO DE CENTRO DE CONTROL DE ÁREA, ACCESOS Y ESTACIONAMIENTO EN EL AEROPUERTO MINISTRO PISTARINI - EZEIZA - PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, aprobados como Anexos l, II y III de la Resolución Nº667 de fecha 15 de julio de 2014 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Circular Aclaratoria Nº1, la Circular Aclaratoria Nº2, la Circular Aclaratoria Nº3 y la Circular Modificatoria de Fecha Nº1, de la Licitación Pública Nacional Nº1/2014 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, y la propuesta de la CONTRATISTA presentada en dicha licitación, en lo que no se oponga a los términos de los documentos antes mencionados.
CLÁUSULA SEXTA - JURISDICCIÓN Y CONSTITUCIÓN DE DOMICILIOS: En caso de litigio las partes acudirán a la jurisdicción nacional en lo contencioso administrativo federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, constituyendo domicilio en los denunciados en el encabezado del presente contrato, en los que serán válidas todas las notificaciones y/o comunicaciones que se cursaren.
En prueba de conformidad, se firman DOS 2 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los .. días del mes de
del año ..
e. 29/12/2014 Nº102186/14 v. 29/12/2014

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Resolución 1750/2014
Bs. As., 23/12/2014
VISTO el Expediente NºS02:0113173/2014 del registro de este Ministerio, y CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº1004 del 23 de junio de 2014 se creó el INSTITUTO ARGENTINO DEL
TRANSPORTE I.A.T. en el ámbito de este Ministerio con el objeto de participar en la elaboración del PLAN ESTRATÉGICO DEL TRANSPORTE y brindar asesoramiento sobre el particular; convocar, integrar y articular los sectores público y privado a ese fin vinculados al transporte; propiciar la investigación. capacitación y distribución de la información relacionada al transporte; así como colaborar en la elaboración de todo tipo de programas y acciones tendientes a la mejora constante del transporte.
Que el artículo 5 del Decreto 1004/14 dispone que el I.A.T. contará con un COMITÉ EJECUTIVO integrado por el Ministro del Interior y Transporte o quien este último indique, quien presidirá el mismo, y SIETE 7 miembros titulares y SIETE 7 suplentes que representarán, UN 1 titular y UN 1 suplente al conjunto de las provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, UN 1 titular y UN 1 suplente a los municipios del país, UN 1 titular y UN 1 suplente al sector académico, UN 1 titular y UN 1 suplente al sector empresario, UN 1 titular y UN 1 suplente al sector sindical, UN 1 titular y UN 1 suplente a los consejos profesionales y UN 1 titular y UN
1 suplente a las entidades representativas de los usuarios del transporte y otras organizaciones
BOLETIN OFICIAL Nº 33.038

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no gubernamentales relacionadas con el transporte, los que serán designados por el Ministro del Interior y Transporte.
Que el COMITÉ EJECUTIVO tendrá por objeto desarrollar las acciones necesarias para el cumplimiento de las decisiones adoptadas en las reuniones del I.A.T. y todas aquellas necesarias para el cumplimiento de los objetivos asignados al mismo, y sus miembros, exceptuado el Ministro del Interior y Transporte, durarán UN 1 año en sus funciones, pudiendo ser reelegidos, y se desempeñarán con carácter ad honorem.
Que el I.A.T. inició las tareas relacionadas con la convocatoria, integración y articulación de los sectores público y privado vinculados al transporte con el fin de garantizar su participación en la elaboración del PLAN ESTRATÉGICO DEL TRANSPORTE, habiéndose realizado hasta el día de la fecha reuniones en las que han participado los representantes de las provincias y de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, del sector académico y de los consejos profesionales.
Que al día de la fecha se encuentran adheridas al I.A.T. las siguientes jurisdicciones: la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, la Provincia de Buenos Aires, la Provincia del Chaco, la Provincia de Chubut, la Provincia de Córdoba, la Provincia de Corrientes, la Provincia de Formosa, la Provincia de Jujuy, la Provincia de La Pampa, la Provincia de Mendoza, la Provincia de Misiones, la Provincia de Neuquén, la Provincia de Río Negro, la Provincia de San Juan, la Provincia de San Luis, la Provincia de Salta, la Provincia de Santa Cruz, la Provincia de Santa Fe, la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y la Provincia de Tucumán.
Que asimismo, al día de la fecha se encuentran adheridas al I.A.T. las siguientes universidades: la Universidad Nacional de Buenos Aires, la Universidad Nacional de La Plata, la Universidad de Belgrano, la Universidad Nacional de Rosario, la Universidad Nacional de Villa Mercedes, la Universidad Nacional del Noroeste de la Provincia de Buenos Aires, la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires, la Universidad Nacional de La Matanza, la Universidad Nacional de La Rioja, la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco, la Universidad Nacional del Sur, la Universidad Nacional de Entre Ríos, la Universidad Católica Argentina, la Universidad Nacional de San Martín, la Universidad Tecnológica Nacional, la Universidad Nacional de Córdoba, la Universidad Nacional de Chilecito, la Universidad Nacional de Jujuy, la Universidad Nacional de La Pampa, la Universidad Católica de Cuyo, la Universidad Nacional de José C. Paz, la Universidad Católica de La Plata, la Universidad Nacional de Catamarca, la Universidad Nacional de Mar del Plata, la Universidad Nacional de Luján, la Universidad Nacional de Quilmes, la Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales, la Universidad Nacional de General Sarmiento, la Universidad Nacional de Lomas de Zamora y la Universidad Nacional de Lanús.
Que por último, al día de la fecha se encuentran adheridos al I.A.T. los siguientes consejos profesionales: la Junta Central de Consejos Profesionales de Agrimensura, Arquitectura e Ingeniería, la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, el Consejo Profesional en Sociología, la Federación Argentina de Ingeniería Civil, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires, el Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo, la Fundación Profesional del Transporte de la FADEEAC, la Academia Nacional de Geografía, la Federación Argentina de Entidades de Arquitectos, la Sociedad Argentina de Estudios Geográficos.
el Consejo Profesional de Ingeniería Civil, el Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires, la Sociedad Central de Arquitectos y el Consejo del Notariado Argentino.
Que al momento del dictado de la presente medida se encuentra en trámite la convocatoria a adherir al Decreto Nº1004/14, a los representantes de los municipios, del sector empresario, del sector sindical y de las entidades representativas de los usuarios del transporte y otras organizaciones no gubernamentales relacionadas con el transporte, a los fines de su incorporación al I.A.T.
y su participación activa en la elaboración del PLAN ESTRATÉGICO DEL TRANSPORTE.
Que en consecuencia, corresponde en esta instancia designar en el COMITÉ EJECUTIVO
del I.A.T. a los representantes titulares y suplentes de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del sector académico del transporte y de los consejos profesionales, restando designar a los representantes de los municipios, del sector empresario, del sector sindical y de las entidades representativas de los usuarios del transporte y otras organizaciones no gubernamentales relacionadas con el transporte.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 5 del Decreto Nº1004 del 23 de junio de 2014.
Por ello, EL MINISTRO
DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTICULO 1 Desígnase a los siguientes representantes titulares y suplentes del COMITÉ
EJECUTIVO creado por el artículo 5 del Decreto Nº1004 del 23 de junio de 2014:
- DIEGO MARTINEZ PALAU, D.N.I. Nº18.167.857, Ministro de Transporte de la Provincia de Mendoza, como representante titular de las provincias y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES.
- JOSÉ EDUARDO RAMIREZ, D.N.I. Nº 17.792.282, Secretario de Servicios Públicos de la Provincia de Salta, como representante suplente de las provincias y de la CIUDAD AUTÓNOMA
DE BUENOS AIRES.
- ALBERTO E. BARBIERI, D.N.I. Nº 11.528.615, rector de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE
BUENOS AIRES, como representante titular del sector académico.
- RAÚL ANIBAL PERDOMO, D.N.I. Nº10.286.281, presidente de la UNIVERSIDAD NACIONAL
DE LA PLATA, como representante suplente del sector académico.
- ALEJANDRO PEREZ VARGAS, D.N.I. Nº12.601.324, presidente de la JUNTA CENTRAL DE
CONSEJOS PROFESIONALES DE AGRIMENSURA, ARQUITECTURA E INGENIERIA, como representante titular de los consejos profesionales.
- RAMÓN VICENTE NICASTRO, D.N.I. Nº7.682.672, presidente de la FEDERACIÓN ARGENTINA DE CONSEJOS PROFESIONALES DE CIENCIAS ECONÓMICAS, como representante suplente de los consejos profesionales.
ARTICULO 2 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del Interior y Transporte.
e. 29/12/2014 Nº102547/14 v. 29/12/2014

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 29/12/2014 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data29/12/2014

Conteggio pagine120

Numero di edizioni9397

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione15/07/2024

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