Boletín Oficial de la República Argentina del 29/09/2014 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 29 de septiembre de 2014

zación de un Cierre y Archivo definitivo de los expedientes relevados y analizados en el marco del Plan Estratégico de Control de Gestión para el Relevamiento de Datos, Análisis de Situación y Digitalización de la Documentación, del Programa de Fortalecimiento en el Relevamiento y Control de Expedientes atinentes a las rendiciones de cuentas por apoyos financieros, entregados en carácter de subsidios, a los Agentes del Seguro de Salud conforme la Resolución Nº7800/2013-APE, bajo expresas instrucciones de las Autoridades de este Organismo.
Que las partes acuerdan realizar una ADENDA prorrogando el plazo de vigencia del Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica, hasta el 30 de Septiembre de 2015 y para ello resulta necesario modificar la CLAUSULA SEXTA del referido Convenio Original.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos tomó la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nº1615/96 de fecha 23 de diciembre de 1996 y Nº1008/12 de fecha 2 de julio de 2012.
Por ello,
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puesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, el Artículo 82 del Anexo al Decreto Nº1.344 de fecha 4 de octubre de 2007, y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 82 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº24.156 y modificatorias faculta a la TESORERIA GENERAL DE LA NACION dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a emitir instrumentos financieros denominados Letras del Tesoro para cubrir deficiencias estacionales de caja hasta el monto que fije anualmente la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional.
Que el Decreto Nº1.344 de fecha 4 de octubre de 2007, reglamentario del Artículo 82 de la Ley Nº24.156 y modificatorias, fija las pautas que deberán observarse para la emisión y colocación de las Letras del Tesoro a que se refiere dicho artículo.
Que ante la propuesta de las autoridades del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, EL FONDO DE GARANTIA DE SUSTENTABILIDAD DEL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO FGS, ha aceptado suscribir Letras del Tesoro en pesos a corto plazo.

LA SUPERINTENDENTA
DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1 Apruébase la suscripción de la ADENDA al Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica, celebrado oportunamente, entre la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD DE LA
NACION, LA SINDICATURA GENERAL DE LA NACION Y LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL
- FACULTAD REGIONAL DE SAN NICOLAS, que como Anexo se incorpora al presente.
ARTICULO 2 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese. LILIANA KORENFELD, Superintendenta, Superintendencia de Servicios de Salud.
NOTA: Esta Resolución se publica sin anexos.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.978

e. 29/09/2014 Nº72411/14 v. 29/09/2014

Que la emisión que se dispone está contenida dentro del límite que al respecto establece el Artículo 51 de la Ley Nº26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.
Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos que rigen la emisión y colocación de las precitadas Letras.
Que asimismo, se ha previsto que los gastos que irrogue la emisión y colocación de estos instrumentos, como así también los intereses que devenguen deberán ser imputados a los créditos previstos en la Jurisdicción 90 SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA.
Que la presente medida se dicta de acuerdo a lo establecido por el Artículo 82 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº24.156 y su reglamentación.
Por ello,
MINISTERIO DE EDUCACION

EL TESORERO GENERAL
DE LA NACION
DISPONE:

CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA
Resolución 8/2014
Bs. As., 16/9/2014
VISTO las Resoluciones Nº02; 03; 04; 06 y 07/2014 de este Consejo Gremial de Enseñanza Privada, y CONSIDERANDO:

ARTICULO 1 Dispónese la emisión de Letras del Tesoro en pesos con vencimiento 15 de Octubre de 2014 por un importe de PESOS VALOR NOMINAL CINCO MIL MILLONES
$VN 5.000.000.000 de acuerdo a las siguientes condiciones financieras:
FECHA DE EMISION: 15 de Septiembre de 2014.

Que conforme se estableciera por Resolución Nº09/2013, en uso de las facultades conferidas por los Artículos Nº18 inciso b y 31 incisos 1 y 2 de la Ley 13.047, se determinó el monto del Tope Indemnizatorio a aplicar por cada año de antigedad o fracción mayor a tres meses, en caso de despido del personal de servicios y maestranza, administrativo y docente a cargo de materias extraprogramáticas de los institutos reconocidos por autoridad administrativa educativa jurisdiccional y de todo el personal de los institutos comprendidos en los incisos b y c del Artículo 2 del mencionado cuerpo normativo;
Que por Resoluciones Nº02; 03; 04; 06 y 07 del año 2014 de este cuerpo colegiado se establecieron sueldos mínimos para el personal a que hace referencia el considerando primero;
Que la actualización del monto ascendería a la suma de pesos que se determina en el artículo primero en cada caso y tendrán vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial;
Que en sesión de fecha 16 de septiembre de 2014 se aprobó por mayoría el dictado del presente acto administrativo, conforme lo determina la Ley 13.047;
Por ello, en uso de atribuciones que le son propias,
PLAZO: TREINTA 30 días.
TASA DE INTERES: Devengará intereses a la tasa nominal anual equivalente a BADLAR, la que se determinará como el promedio aritmético simple de la tasa de interés para depósitos a plazo fijo de más de PESOS UN MILLON $1.000.000 BADLAR promedio bancos privados, calculado considerando las tasas publicadas durante el período por el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA
ARGENTINA desde DIEZ 10 días hábiles antes del inicio del período hasta DIEZ 10 días hábiles antes del vencimiento. Base de cálculo, actual/365.
DENOMINACION MINIMA: Será de VALOR NOMINAL ORIGINAL PESOS UNO V.N.O. $1.
AMORTIZACION: Integramente a su vencimiento.
FORMA DE COLOCACION: Suscripción directa por parte del FONDO DE GARANTIA DE SUSTENTABILIDAD DEL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO.
NEGOCIACION: Serán negociables en el Mercado Abierto Electrónico MAE y en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires.

EL CONSEJO GREMIAL
DE ENSEÑANZA PRIVADA
Reunido en sesión ordinaria RESUELVE:

TITULARIDAD: Se emitirá un certificado que será depositado en la CENTRAL DE REGISTRO
Y LIQUIDACION DE PASIVOS PUBLICOS Y FIDEICOMISOS FINANCIEROS CRYL del BANCO
CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA B.C.R.A..

ARTICULO 1 Establecer a partir de su publicación en el Boletín Oficial, el nuevo tope indemnizatorio por cada año de antigedad o fracción mayor a tres meses determinado por el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, modificado por el artículo 153 de la Ley 24.013, aplicable en los casos de despido del personal de servicio y maestranza, administrativo y docente a cargo de materias extraprogramáticas de los institutos incorporados a la enseñanza oficial y de todo el personal de los institutos comprendidos en los incisos b y c del artículo 2 de la Ley 13.047, en la suma que a continuación se detalla:

ATENCION DE SERVICIOS FINANCIEROS: Los pagos se cursarán a través del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA mediante la transferencia de fondos en la cuenta de efectivo que posea el titular de registro en dicha institución.
ARTICULO 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lic. JORGE HORACIO DOMPER, Tesorero General de la Nación.

Pesos veintiún mil doscientos setenta y seis con cuarenta y seis centavos $21.276,46.-

e. 29/09/2014 Nº72285/14 v. 29/09/2014

ARTICULO 2 Registrar la presente Resolución. Hecho, comuníquese al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a la Administración Nacional de Seguridad Social, a la Administración Federal de Ingresos Públicos y a la Secretaría de Comercio Interior.
ARTICULO 3 Comuníquese. Publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Prof. JOSÉ LUIS AIZZA, Miembro del C.G.E.P. Dr. HORACIO FERRARI, Miembro del C.G.E.P.
Prof. TOMÁS IBARRA, Miembro del C.G.E.P. Prof. JORGE KALINGER, Miembro del C.G.E.P.
Prof. ENRIQUE MARTIN, Miembro del C.G.E.P. Dr. PABLO OLOCCO, Miembro del C.G.E.P. Dra.
ELENA OTAOLA, Miembro del C.G.E.P. Prof. EDGARDO RODRIGUEZ, Miembro del C.G.E.P. Dra.
ERICA V. COVALSCHI, Presidente, Consejo Gremial de Enseñanza Privada.
e. 29/09/2014 Nº72327/14 v. 29/09/2014

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SECRETARIA DE HACIENDA
TESORERIA GENERAL DE LA NACION
Disposición 54/2014
Bs. As., 15/9/2014

VISTO el Artículo 82 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº24.156 y modificatorias, el Artículo 51 de la Ley Nº26.895 de Presu-

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DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS
GENDARMERIA NACIONAL CON DOMICILIO EN AV. ANTARTIDA ARGENTINA NRO. 1480 CIUDAD AUTONOMA DE BS. AS., NOTIFICA A JOSE JOAQUIN PEDRO DNI 27.467.164, DE LA DDNG
NRO. 0038 DEL 13/01/14 QUE DICE: ARTICULO 1RO. DAR DE BAJA DE GENDARMERIA NACIONAL, CON FECHA 08 DE ENERO DE 2014, AL CABO PRIMERO ESCALAFON GENERAL ESPECIALIDAD SEGURIDAD JOSE JOAQUIN PEDRO DNI 27.467.164 - CE 66.303, CUYA FECHA DE INCORPORACION ES 01 DE MARZO DE 2002, DEL ESCUADRON ESPECIAL NRO. 2, POR EL CORRECTIVO
DISCIPLINARIO IMPUESTO POR EL CONSEJO DE DISCIPLINA COMANDO DE UNIDADES CINTURON SUR, CONSISTENTE EN LA DESTITUCION DE LA FUERZA. FIRMADO ENRIQUE ALBERTO
ZACH, DIRECTOR NACIONAL DE GENDARMERIA. PUBLIQUESE POR EL TERMINO DE 3 DIAS.
JORGE ALBERTO HOGALDE, Comandante General, Director de Recursos Humanos.
e. 25/09/2014 Nº71565/14 v. 29/09/2014

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 29/09/2014 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data29/09/2014

Conteggio pagine20

Numero di edizioni9409

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione27/07/2024

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