Boletín Oficial de la República Argentina del 16/05/2014 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 16 de mayo de 2014
por el término de 12 DOCE meses desde su dictado de las recompensas previstas entre otras en la resolución citada precedentemente.

que brinden datos útiles que resulten determinantes para la detención de José Darío MAZZAFERRI.
Que ha tomado intervención la DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.

Que por Resolución M.J. y D.H. Nº1246/12
se procedió a la ampliación del ofrecimiento de la recompensa, dejando sin efecto la Resolución ex M.J.S. y D.H. Nº 1532/09 y su restablecimiento a través de la Resolución M.J. y D.H. Nº1663/11.
Que por Resolución M.J. y D.H. Nº1191/13
se prorrogaron por el término de 12 DOCE
meses varias recompensas oportunamente ofrecidas entre ellas la correspondiente a la Resolución Nº1246/12.
Que el JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 de CONCEPCION
DEL URUGUAY, en relación a Expediente Nº 56.208 caratulado Actuaciones Complementarias - Incidente de solicitud de detención de José Darío Mazzaferri comunica por Oficio del 6 de febrero de 2014, que el día 14 de diciembre de 2013 se produjo la detención de José Darío MAZZAFERRI.
Que por lo expuesto, corresponde dejar sin efecto la recompensa ofrecida a través de la Resolución M.J. y D.H. Nº 1246/12
prorrogada por la Resolución M.J. y D.H.
Nº 1191/13 destinada a aquellas personas
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3º de la Ley Nº 26.375 y de conformidad con la Resolución M.J. y D.H. Nº2318/12.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.885

12

Art. 3 El procedimiento a seguir para el ofrecimiento enunciado en el presente acto se ceñirá a lo previsto en el Anexo I de la Resolución M.J. y D.H. Nº2318/12.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Julio C. Alak.

Secretaría de Comunicaciones
TELECOMUNICACIONES

Por ello, EL MINISTRO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1 Déjase sin efecto el ofrecimiento de recompensa dentro de la REPUBLICA ARGENTINA, de la suma de PESOS CIEN
MIL $100.000, destinada a aquellas personas que brindasen datos útiles que resultasen determinantes para la detención de José Darío MAZZAFERRI D.N.I. Nº10.395.323, dispuesta por la Resolución M.J. y D.H. Nº1246 del 12 de julio de 2012, prorrogada por la Resolución M.J.
y D.H. Nº1191/13.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Julio C. Alak.

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RECOMPENSAS
Resolución 712/2014
Resolución Nº361/2013. Prórroga.
Bs. As., 14/5/2014
VISTO la Ley Nº26.375, las Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 1552 del 17 de agosto de 2012 y 2318
del 29 de octubre de 2012 y el Legajo Nº99/13 del PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACION PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº26.375 creó el Fondo de Recompensas en jurisdicción del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, actual MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, destinado a abonar una compensación dineraria a aquellas personas que brinden a la UNIDAD ESPECIAL PARA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, datos útiles mediante informes, testimonios, documentación y todo otro elemento o referencia fidedigna y/o fehaciente, cuando resultasen determinantes para la detención de personas que registren orden judicial de captura o búsqueda de paradero, en causas penales en las que se investiguen delitos de lesa humanidad.
Que el artículo 6 de la Ley Nº26.375 permite prorrogar el ofrecimiento de recompensas que hubiesen sido dispuestas por resolución.
Que en ejercicio de la autorización legal mencionada y en atención a que se mantiene el interés en la obtención de información determinante para la detención de Ricardo ALEKS resulta procedente incrementar el monto ofrecido en la misma y prorrogar el ofrecimiento de recompensa por el plazo de DOCE 12 meses a partir del dictado del presente acto.
Que por oficio Nº050/2014 la doctora Patricia SANTONI, Fiscal General Subrogante del MINISTERIO PUBLICO FISCAL DE LA NACION - OFICINA DE ASISTENCIA EN
CAUSAS DE DERECHOS HUMANOS de la provincia de MENDOZA, no encuentra objeciones para el progreso de la medida tendiente a prorrogar el ofrecimiento de recompensa para quien aporte datos fehacientes para dar con el paradero de Ricardo ALEKS, D.N.I. Nº4.998.247.
Que la Decisión Administrativa Nº1 del 3 de enero de 2014, otorga financiamiento para el Fondo de Recompensas y para la UNIDAD ESPECIAL PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA.
Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Nº26.375 y a lo preceptuado en el Anexo I de la Resolución M.J. y D.H. Nº2318/12.
Por ello,
Resolución 17/2014
Resolución Nº107/2001. Modificación.
Bs. As., 15/5/2014
VISTO el Expediente Nº 6301/2014 del Registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES
dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA
Y SERVICIOS, el artículo 42 de la CONSTITUCION NACIONAL, la Ley Nº 19.798, el Decreto Nº1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, el Decreto Nº764 de fecha 3 de septiembre de 2000 y sus modificatorios, el Decreto Nº671 de fecha 12 de mayo de 2014, y CONSIDERANDO:
Que el inciso d del artículo 4 de la Ley Nº19.798 prescribe que es competencia exclusiva del Poder Ejecutivo Nacional administrar las bandas de frecuencias radioeléctricas, recurso natural que resulta el medio indispensable para el desarrollo de los servicios de radiocomunicaciones.
Que por el artículo 4 del Decreto Nº764/00 se aprobó como ANEXO IV el Reglamento sobre Administración, Gestión y Control del Espectro Radioeléctrico.
Que por el artículo 1 del Decreto 1142/03 se estableció como objetivo de la SECRETARIA
DE COMUNICACIONES del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS la aprobación del Cuadro de Atribución de Bandas de Frecuencias del Espectro Radioeléctrico de la REPUBLICA ARGENTINA.
Que por el artículo 2 del Decreto Nº671 de fecha 12 de mayo de 2014 se instruyó a la SECRETARIA DE COMUNICACIONES del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a instrumentar las medidas pertinentes con el objeto de atribuir las bandas comprendidas entre 698-806 MHz, 1710-1770 MHz y 2110-2170
MHz exclusivamente al Servicio Móvil Terrestre.
Que el artículo 42 de la CONSTITUCION NACIONAL establece el derecho de los usuarios a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos, a una información adecuada y veraz, a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno; y, el deber de las autoridades de proveer a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia y al control de la calidad y eficiencia de los servicios públicos.
Que por lo tanto, y a fin de salvaguardar los derechos de los usuarios, corresponde al Estado Nacional implementar las medidas necesarias a fines de garantizar una eficiente prestación y un mejor desarrollo de los servicios de telecomunicaciones.
Que a tal efecto, se considera necesario adoptar medidas tendientes a promover el ingreso de nuevos prestadores al mercado de telecomunicaciones, incentivar la oferta de nuevos servicios que contribuyan a la inclusión digital, y optimizar el uso de las redes existentes.
Que el despliegue de redes de telecomunicaciones en el rango de UHF permitirá desarrollar una política de inclusión digital de alcance federal y a promover la igualdad de oportunidades entre todos los habitantes de la nación, posibilitándose de ese modo un acceso democrático al servicio de Internet, tanto en poblaciones rurales como urbanas.
Que asimismo, la atribución y posterior asignación de la banda en cuestión generará un impacto positivo en el Producto Bruto Interno, así como también empleo, tanto directo como indirecto.
Que, en dicho marco, se ha estudiado la factibilidad de utilización de nuevas bandas de frecuencias para el despliegue de los servicios móviles avanzados.
Que la UNION INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES UIT ha tratado la temática de las comunicaciones móviles avanzadas bajo la denominación de TELECOMUNICACIONES MOVILES INTERNACIONALES IMT, identificando, a través de sus Conferencias Mundiales de Radiocomunicaciones, nuevas bandas de frecuencias para su desarrollo.
Que la identificación de las bandas para TELECOMUNICACIONES MOVILES INTERNACIONALES IMT realizada por la UNION INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES UIT se dirige al logro de una armonización de frecuencias a nivel mundial, o por lo menos regional, a los fines de la evolución de las comunicaciones móviles, habiéndose en tal sentido aprobado la Recomendación UIT-R M.1036, con un conjunto de alternativas de distribución de bandas para TELECOMUNICACIONES MOVILES INTERNACIONALES IMT que se adapten a las situaciones particulares de los países miembros.

EL MINISTRO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:

Que la COMISION INTERAMERICANA DE TELECOMUNICACIONES CITEL ha reconocido dicho conjunto de alternativas, adoptándose así las opciones de bandas más factibles para los países de América en general.

Artículo 1 Prorrógase por el término de DOCE 12 meses a partir del dictado del presente acto, la recompensa ofrecida a través de la Resolución M.J. y D.H. Nº361 del 26 de marzo de 2013.

Que la alternativa que utiliza las bandas comprendidas entre 1710-1770 MHz y 2110-2170
MHz resulta conveniente en la Región 2 UIT Américas para el empleo de TELECOMUNICACIONES MOVILES INTERNACIONALES IMT, particularmente en aquellos países que han adoptado bandas para el SERVICIO DE COMUNICACIONES PERSONALES PCS en el segmento de 1850 MHz a 1990 MHz.

Art. 2 El ofrecimiento de recompensa referido en el artículo que antecede se realizará por un monto de PESOS QUINIENTOS MIL $500.000 a partir del dictado del presente acto.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 16/05/2014 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data16/05/2014

Conteggio pagine92

Numero di edizioni9412

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione30/07/2024

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