Boletín Oficial de la República Argentina del 27/02/2014 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Jueves 27 de febrero de 2014

Primera Sección
de frecuencia, en el ámbito del BACHILLERATO PROVINCIAL Nº13 Comandante Luis Piedrabuena, de la localidad de SUSQUES, provincia de JUJUY.
ARTICULO 2 Asígnase al servicio autorizado en el artículo 1, el canal 202, frecuencia 88.3 MHZ., con categoría F, y señal distintiva LRQ722, para la localidad de SUSQUES, provincia de JUJUY.
ARTICULO 3 Exceptúase al MINISTERIO DE EDUCACION, de la provincia de JUJUY, del pago del gravamen establecido por el artículo 94 de la Ley Nº26.522, con relación a la prestación del servicio autorizado en el artículo 1.
ARTICULO 4 Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes y a la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
e. 27/02/2014 Nº11383/14 v. 27/02/2014

AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
Resolución Nº218/2014

BOLETIN OFICIAL Nº 32.837

9

cionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, conforme lo dispuesto por el artículo 149 de la Ley Nº26.522 y en el marco de Convenio de Cooperación ME Nº797/11, celebrado entre el MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES y esta AUTORIDAD FEDERAL.
Que el artículo 149 de la Ley Nº 26.522 establece que La autoridad de aplicación podrá otorgar, en forma directa por razones fundadas, autorizaciones para la operación de servicios de radiodifusión a establecimientos educativos de gestión estatal. El titular de la autorización será la autoridad educativa jurisdiccional, quien seleccionará para cada localidad los establecimientos que podrán operar el servicio de comunicación audiovisual.
Que en ese orden, el peticionante seleccionó para tal fin a la ESCUELA DE COMERCIO Nº1
República Argentina, de la localidad de LA QUIACA, provincia de JUJUY.
Que, por su parte, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES asignó para el presente trámite el canal 205, frecuencia 88.9 MHz., con categoría F, y señal distintiva LRQ720, para la localidad de LA QUIACA, provincia de JUJUY.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Regulatorios ha tomado la intervención que le compete.

Bs. As., 21/2/2014

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

VISTO el Expediente Nº2863/13 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE
COMUNICACION AUDIOVISUAL, y
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 12, inciso 8 y 149 de la Ley Nº26.522.

CONSIDERANDO:
Que las actuaciones del Visto documentan la solicitud formulada por el MINISTERIO DE EDUCACION, DEPORTES Y PREVENCION DE ADICCIONES, de la provincia de ENTRE RIOS, tendiente a obtener autorización para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, conforme lo dispuesto por el artículo 149
de la Ley Nº26.522 y en el marco de Convenio de Cooperación ME Nº797/11, celebrado entre el MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
y esta AUTORIDAD FEDERAL.
Que el artículo 149 de la Ley Nº 26.522 establece que La autoridad de aplicación podrá otorgar, en forma directa por razones fundadas, autorizaciones para la operación de servicios de radiodifusión a establecimientos educativos de gestión estatal. El titular de la autorización será la autoridad educativa jurisdiccional, quién seleccionará para cada localidad los establecimientos que podrán operar el servicio de comunicación audiovisual.
Que en ese orden, el peticionante seleccionó para tal fin a la ESCUELA SECUNDARIA Nº5
José Artigas, de la localidad de ARROYO MARTINEZ, provincia de ENTRE RIOS.
Que, por su parte, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES asignó para el presente trámite el canal 268, frecuencia 101.5 MHz., con una PRE de 0,1 Kw. y una HMA de 60 metros, y señal distintiva LRS864, para la localidad de ARROYO MARTINEZ, provincia de ENTRE RIOS.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Regulatorios ha tomado la intervención que le compete.
Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 12, inciso 8 y 149 de la Ley Nº26.522.

Por ello, EL DIRECTORIO
DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTICULO 1 Autorízase al MINISTERIO DE EDUCACION, de la provincia de JUJUY, a la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en el ámbito de la ESCUELA DE COMERCIO Nº1 República Argentina, de la localidad de LA QUIACA, provincia de JUJUY.
ARTICULO 2 Asígnase al servicio autorizado en el artículo 1, el canal 205, frecuencia 88.9 MHz., con categoría F, y señal distintiva LRQ720, para la localidad de LA QUIACA, provincia de JUJUY.
ARTICULO 3 Exceptúase al MINISTERIO DE EDUCACION, de la provincia de JUJUY, del pago del gravamen establecido por el artículo 94 de la Ley Nº26.522, con relación a la prestación del servicio autorizado en el artículo 1.
ARTICULO 4 Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes y a la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
e. 27/02/2014 Nº11387/14 v. 27/02/2014

AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
Resolución Nº229/2014
Bs. As., 21/2/2014
VISTO el Expediente Nº2872/13 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE
COMUNICACION AUDIOVISUAL, y
Por ello, EL DIRECTORIO
DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTICULO 1 Autorízase al MINISTERIO DE EDUCACION, DEPORTES Y PREVENCION DE
ADICCIONES, de la provincia de ENTRE RIOS, a la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en el ámbito de la ESCUELA
SECUNDARIA Nº5 José Artigas, de la localidad de ARROYO MARTINEZ, provincia de ENTRE
RIOS.
ARTICULO 2 Asígnase al servicio autorizado en el artículo 1, el canal 268, frecuencia 101.5
MHz., con una PRE de 0,1 Kw. y una HMA de 60 metros, y señal distintiva LRS864, para la localidad de ARROYO MARTINEZ, provincia de ENTRE RIOS.
ARTICULO 3 Exceptúase al MINISTERIO DE EDUCACION, DEPORTES Y PREVENCION
DE ADICCIONES, de la provincia de ENTRE RIOS, del pago del gravamen establecido por el artículo 94 de la Ley Nº26.522, con relación a la prestación del servicio autorizado en el artículo 1.
ARTICULO 4 Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes y a la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
e. 27/02/2014 Nº11384/14 v. 27/02/2014

AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
Resolución Nº219/2014
Bs. As., 21/2/2014
VISTO el Expediente Nº2874/13 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE
COMUNICACION AUDIOVISUAL, y CONSIDERANDO:
Que las actuaciones del Visto documentan la solicitud formulada por el MINISTERIO DE
EDUCACION, de la provincia de JUJUY, tendiente a obtener autorización para la instalación, fun-

CONSIDERANDO:
Que las actuaciones del Visto documentan la solicitud formulada por el MINISTERIO DE
EDUCACION, de la provincia de JUJUY, tendiente a obtener autorización para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, conforme lo dispuesto por el artículo 149 de la Ley Nº26.522 y en el marco de Convenio de Cooperación ME Nº797/11, celebrado entre el MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES y esta AUTORIDAD FEDERAL.
Que el artículo 149 de la Ley Nº26.522 establece que La autoridad de aplicación podrá otorgar, en forma directa por razones fundadas, autorizaciones para la operación de servicios de radiodifusión a establecimientos educativos de gestión estatal. El titular de la autorización será la autoridad educativa jurisdiccional, quién seleccionará para cada localidad los establecimientos que podrán operar el servicio de comunicación audiovisual.
Que en ese orden, el peticionante seleccionó para tal fin al BACHILLERATO PROVINCIAL
Nº24, de la localidad de LOZANO, provincia de JUJUY.
Que, por su parte, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES asignó para el presente trámite el canal 206, frecuencia 89.1 MHz., con categoría F, y señal distintiva LRQ723, para la localidad de LOZANO, provincia de JUJUY.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Regulatorios ha tomado la intervención que le compete.
Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 12, inciso 8 y 149 de la Ley Nº26.522.
Por ello, EL DIRECTORIO
DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTICULO 1 Autorízase al MINISTERIO DE EDUCACION, de la provincia de JUJUY, a la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/02/2014 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data27/02/2014

Conteggio pagine44

Numero di edizioni9412

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione30/07/2024

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